Miquel Barceló, Pase de pecho
¿Qué dice la CNMV?
Que alguien que “proporcione información sobre productos de inversión” tiene que conocer los productos sobre los que informa, es decir, cuánto cuestan, a quién pueden interesar (deben conocer al cliente, no están vendiendo en un mercado anónimo, sino en un mercado “relacional” en el que el cliente tiene derecho a confiar en la persona que le ofrece el producto); quién se puede beneficiar más de adquirirlos y para quién no está indicado Por ejemplo, tiene que preguntarse – el empleado - ¿por qué se les llama “preferentes” si su cobro está subordinado al pago de otras deudas que haya contraído el emisor? ¿por qué ofrecen un interés inicial tan elevado en relación con los tipos predominantes en el mercado? ¿por qué los rendimientos de ese producto dependen de si sube o no la cotización de Telefonica? ¿qué sentido tiene que mis rendimientos dependan de la cotización de Telefonica si no me están ofreciendo acciones de Telefonica y yo no puedo influir en modo alguno en la cotización de Telefonica?