La secuencia acción – reacción es la siguiente: Canadá estableció un elevado arancel para proteger su mercado de las empresas estadounidenses. Eso provocó que muchas empresas locales entraran en los mercados – ahora – protegidos provocando una reducción de los precios y de los márgenes por la mayor competencia hasta que empezó a poner en pérdida a muchos de los empresarios presentes en ese sector (azúcar, algodón por ejemplo). Estos empresarios empiezan a cartelizarse para no acabar todos arruinados, esto es, empiezan a formar “combinaciones”, "asociaciones”, “coaliciones” “trusts” de sus negocios de manera que puedan asegurarse unos precios mínimos. Las demás empresas se quejan al legislador que dicta una ley anti-combinaciones. Esta narración del origen de la primera Ley antimonopolio del mundo – la canadiense de 1889, un año anterior a la Sherman Act– no es correcta nos dice Geloso. En realidad, esas “combinaciones” entre empresarios vinieron condicionadas por la posibilidad de obtener economías de escala y eficiencias en la distribución de los productos que no estaban al alcance de las pequeñas empresas. Su coordinación era imprescindible para obtener tales economías y eficiencias lo que lleva a concluir que las primeras leyes de defensa de la competencia eran leyes contra las grandes empresas pero, por suerte prohibieron los acuerdos colusorios, esto es, los cárteles. Con el paso del tiempo el control de los niveles de concentración en el mercado se encomendó a las normas sobre control de concentraciones basadas en la necesidad de obtener una autorización administrativa previa.
Este efecto de las leyes “anti”- trust se debe a que la forma más efectiva de evitar una guerra de precios entre competidores es convertir a cada una de las empresas hasta ese momento independientes en divisiones de una única empresa sometidas todas ellas a una dirección común y estableciendo sus precios por decisión del órgano de dirección de todas ellas (semejante a los grupos de sociedades dentro de los cuales, el Derecho de la Competencia no exige actuación autónoma de cada una de ellas lo que se conoce como el “privilegio del grupo”). Si hay varias asociaciones de este tipo en un mercado y la entrada en ellos no es costosa, su efecto sobre los consumidores puede ser beneficioso porque, por un lado, se obtienen las economías de escala y, por otro, la competencia potencial constriñe el uso del poder de mercado.
Naturalmente, la intención de los empresarios que llegaban a acuerdos con otros empresarios no era la de obtener las economías de escala resultantes de fusionar sus negocios y aumentar su tamaño, sino “limitar la producción y elevar los precios”.
La Economía canadiense estaba en esos años, ampliamente cartelizada. Por ejemplo, en el sector del azúcar existía un acuerdo de precios entre los mayoristas respecto de los minoristas y otro de los primeros con las refinerías de azúcar para vender el azúcar más caro a los mayoristas que no formaban parte del cártel. Pero, dado que no era ilícito, los que celebraban estos contratos lo anunciaban en los periódicos incluyendo los precios pactados .
Por ejemplo, los diferentes productores de algodón informaban de su acuerdo de precios en el ampliamente leído periódico franco-canadiense La Presse (22 de abril de 1887). Anuncios similares aparecían en la Gaceta de Montreal y en el Sherbrooke Weekly Examiner. Incluso los acuerdos adoptados en las reuniones de los productores de algodón llegaron a publicarse en periódicos internacionales como el New York Times (2 de junio de 1888).
lo que, naturalmente, atrajo la atención del público, de los políticos y, sobre todo, de los empresarios que no formaban parte de esos acuerdos.
Según los historiadores, la ley antitrust careció de efectos y no impidió que estas asociaciones crecieran en tamaño y aumentaran los precios y desplazaran a las empresas más pequeñas. Que crecieron, dice Geloso, es un hecho. Pero que los precios aumentaran, no. Es decir, no se produjo el resultado que cabía esperar de una cartelización de la Economía: reducción de la oferta y/o aumento de los precios. Y, como hizo DiLorenzo para la Sherman Act estadounidense, eso se podría probar comparando sectores cartelizados con la Economía en general: si la producción aumentó más y los precios subieron menos en esos sectores, sería una prueba de que no estaban teniendo lugar prácticas anticompetitivas en masa sino, más bien, que había muchas economías de escala por obtener que no se estaban obteniendo por el pequeño tamaño de los productores individuales. Por otra parte, no parece que estas asociaciones lograran disuadir a otros empresarios de entrar en sus mercados, lo que sería otra señal de su escaso éxito como cárteles.
Geloso encuentra que
mientras que los ingresos per cápita en Canadá aumentaron (en esa década) entre un 14% y un 17%, el consumo per cápita de azúcar y algodón aumentó el doble de rápido. En cuanto al carbón, el ritmo de crecimiento fue más de siete veces superior al de la renta per cápita. Combinados, estos elementos sugieren que la experiencia de las asociaciones más controvertidas contrasta marcadamente con el relato más extendido en la literatura.
es decir, que los precios de los productos supuestamente cartelizados subieron muy por debajo de los ingresos y de los precios de mercancías presuntamente no cartelizadas.
Hay, pues, dos explicaciones para esta evolución: o que los cárteles no funcionaron porque, como asociaciones inestables que son, los asociados infringían lo pactado con frecuencia; o eran acuerdos eficientes. Parece que hubo de las dos cosas.
Geloso da cuenta de algunos casos en los que los miembros del cártel del algodón traicionaron el acuerdo de precios y de reducción de la producción que habían alcanzado; las asociaciones creadas se disolvieron y volvieron a formarse y disolverse de nuevo porque los intereses individuales de los miembros no eran coincidentes. Al parecer, la entrada en los mercados correspondientes era fácil lo que reducía la estabilidad del cártel.
Los “cárteles” eficientes eran, en realidad, formas de integración de las actividades de empresarios hasta entonces independientes entre los que, una mejor coordinación, permitía reducir notablemente los costes de – por ejemplo – distribución del producto. Geloso explica cuán ineficientemente se distribuía el carbón en Otawa y cómo un acuerdo entre competidores permitió obtener las ganancias de eficiencia
Cada vendedor de carbón en Ottawa normalmente tenía que contratar agentes para cada una de los lugares en la ciudad donde se entregaba el carbón. Estos agentes tenían que llevar el carbón desde esos lugares hasta el depósito operado por cada comerciante. Sólo entonces el carbón era distribuido a los clientes finales para su consumo. La Coal and Cartage Company, sobre cuya existencia hubo muchas protestas, ofreció una innovadora solución. Los comerciantes importaban el carbón y lo vendían a la Compañía al costo. La Compañía entonces entregaba el carbón directamente a los clientes de los comerciantes a un precio que fijaría ella misma. Una parte del beneficio de la compañía iría a los comerciantes. Esta estrategia permitía economizar en mano de obra y transporte y, por lo tanto, reducir los costes de explotación
porque se reducían los trayectos que había que hacer con el carbón. “Los comerciantes se especializaban en buscar el carbón al mejor precio y dejaban a The Coal and Cartage Company que se concentrara en la logística de la distribución. El ahorro era casi de 10 centavos por tonelada”. Si la Company subía los precios a los clientes, provocaba que los agentes que utilizaba empezasen a abastecerse y a suministrar su propio carbón a los clientes a un precio más bajo.
Con este panorama no es de extrañar que en el proceso de elaboración de la ley solo participaran los empresarios que formaban parte de estas asociaciones y los empresarios descontentos con ellas. Algunos de los descontentos eran distribuidores con mayores costes de producción que se quejaban de que el precio (de reventa) era igual para todos (porque era fijado por el fabricante), lo que daba ventaja a los nuevos entrantes porque tenían menos costes de distribución que ellos, es decir, un caso típico en el que el PVP impuesto es eficiente al expulsar a los distribuidores que tienen costes de producción muy elevados.