viernes, 7 de marzo de 2025

El TS reitera su jurisprudencia sobre la posibilidad de vencimiento anticipado / resolución de los contratos de préstamo

Liu Jiakun

Por Esther González



CaixaBank interpuso demanda de juicio ordinario solicitando la declaración del vencimiento anticipado de un contrato de cuenta de crédito suscrito con un particular “por causa de la insolvencia y el incumplimiento grave y esencial de la obligación de pago”, así como la condena al deudor al pago de la totalidad de los importes debidos. El deudor se opuso alegando que sólo había impagado 9 cuotas de las 360 cuotas totales, por lo que el incumplimiento no era de gravedad suficiente como para justificar el vencimiento del contrato y la reclamación de la totalidad de la deuda. La demanda fue estimada en primera instancia y confirmada por la AP de Madrid.

Ante el recurso del prestatario, el TS confirma la sentencia de la AP y concluye que procede la declaración del vencimiento anticipado del contrato. Para ello, reitera su jurisprudencia en relación con esta cuestión, resumidamente: En virtud del art. 1.124 del Código civil
“es posible resolver un contrato de préstamo cuando el prestatario incumple de manera grave o esencial las obligaciones asumidas que sean relevantes para las partes, como la de devolver el capital en ciertas cuotas o abonar os intereses remuneratorios pactados” 
“A falta de una norma que concrete cuándo es resolutorio el incumplimiento del deudor por impago de las cuotas del préstamo, la valoración de la gravedad del incumplimiento que exige la aplicación del art. 1124 CC debe tener en cuenta tanto su carácter prolongado en el tiempo como la falta de reparación de la situación por parte del deudor, pues se trata de que el incumplimiento de las contraprestaciones que le incumben (devolución en ciertos plazos, pago de los intereses) justifique que el acreedor quiera poner fin al contrato para recuperar todo el capital prestado sin esperar al término pactado. A estos efectos, aun cuando el art. 24 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (LCCI) no es de aplicación a los contratos cuyo vencimiento anticipado se hubiera producido antes de la entrada en vigor de tal ley, para valorar la gravedad de un incumplimiento resolutorio resultan ilustrativos y pueden servir como pauta orientativa los criterios fijados por el legislador en el mencionado precepto para permitir al prestamista reclamar el reembolso total adeudado del préstamo.”

  • Además
  • cuando se produce alguna de las circunstancias previstas en el art. 1129 CC, el acreedor está facultado para exigir el cumplimiento íntegro de la obligación. El vencimiento anticipado no se produce de manera automática, pero basta con una comunicación extrajudicial del acreedor, que podrá después exigir judicialmente el pago del capital pendiente y las cuotas vencidas e impagadas si el deudor no cumple voluntariamente lo solicitado. Entre los supuestos que permiten al acreedor anticipar el vencimiento de la obligación se encuentra la insolvencia sobrevenida del deudor (art. 1129.1.º CC). El precepto no exige que medie una previa declaración formal de insolvencia y es suficiente la constatación de la falta de cumplimiento regular de las obligaciones exigibles

    En conclusión, El TS reconoce que cabe la declaración de vencimiento anticipado tanto en virtud del art. 1.129 del Código civil (incumplimiento en el pago de las cuotas vencidas de entidad suficiente como para revelar la falta de seguridad del pago del crédito), como en virtud del art. 1.124 del Código civil (incumplimiento esencial y suficientemente grave conforme a los parámetros interpretativos del art. 24 LCCI).

No pueden impugnarse mediante un procedimiento declarativo las condiciones de una subasta en una ejecución hipotecaria y la adjudicación resultante de la misma


 Liu Jiakun

Por Esther González

Es la Sentencia del Tribunal Supremo, de Pleno, Sala de lo Civil, núm. 235/2025, de 12 de febrero de 2025

CaixaBank inició un procedimiento de ejecución hipotecaria contra Diforma, deudora de la cuenta de crédito garantizada con hipoteca, y contra Miur Familiar, hipotecante no deudora. Ante la ausencia de postores, CaixaBank se adjudicó la finca hipotecada por todos los conceptos adeudados ex. art. 671 LEC. Ni la deudora ni la hipotecante no deudora recurrieron en revisión el decreto de adjudicación del letrado de la Administración de Justicia.

Con posterioridad, Miur Familiar interpuso demanda de juicio ordinario contra Caixabank, alegando que CaixaBank debía haber asumido las cargas posteriores que pesaban sobre la finca que se había adjudicado hasta alcanzar el 50% del valor de tasación y debía haberse amortizado parcialmente una segunda hipoteca que pesaba sobre la finca y que había sido otorgada en garantía de una deuda de la propia Miur Familiar.

El TS no resuelve la cuestión de fondo y se limita a resolver la cuestión procesal. Así, desestima la pretensión de Miur Familiar argumentando que debía haber recurrido en revisión el decreto del letrado de la Administración de Justicia por el que acordó la adjudicación de la finca a favor de Caixabank y, en caso de desestimación, debía haber interpuesto recurso de apelación:

 “En conclusión, el ejecutado no puede impugnar en un juicio declarativo los pronunciamientos efectuados en el procedimiento de ejecución sobre la aprobación del remate y la adjudicación de los bienes al acreedor, pues pudo impugnar el decreto dictado por el LAJ en el propio procedimiento de ejecución hipotecaria para que lo que ahora plantea se discutiera por las partes y fuera resuelto en un procedimiento contradictorio con plenas garantías por el juez o tribunal de la ejecución a través de los recursos previstos en esa sede.”

El TS se pronuncia en un sentido similar: (i) en la sentencia de Pleno núm. 234/2025 de 12 de febrero de 2025, en la que establece que la posibilidad de recurrir el decreto de adjudicación de bienes ya había sido expresamente reconocida por el TS en el pasado y que además ahora viene establecido en el propio art. 671 LEC, tras la reforma de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, y que ahora establece que “contra el decreto que apruebe o deniegue el remate cabe recurso directo de revisión ante el tribunal que dictó la orden general de ejecución”, y (ii) en la sentencia de Pleno núm. 236/2025 de 12 de febrero de 2025.

El cambio sorpresivo en la forma de convocatoria realizada conforme a estatutos, pero sin aviso previo como era habitual, supone una actuación contraria a la buena fe y con abuso de derecho que da lugar a la nulidad de los acuerdos. No es de aplicación el test de resistencia

Annie Spratt en Unsplash

Por Marta Soto-Yárritu

Es la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, núm. 282/2025, de 20 de febrero de 2025 

El litigio se refiere a una SL cuyo capital estaba dividido entre tres socios, que eran a su vez los tres miembros del Consejo de Administración. En un contexto de enfrentamiento abierto entre los socios, se inician conversaciones para liquidar la participación de uno de los socios (la sociedad Marivent Yatch, SL,  “Marivent”) y se celebra Junta Universal por la que entre otras cosas, se sustituye el Consejo de Administración por un Administrador Único.

Posteriormente, se celebra otra Junta General en la que, entre otras cosas, se acuerda un aumento de capital por la que se da entrada en el capital a nuevos socios. A pesar de que hasta esa fecha las reuniones de la Junta General se habían producido de manera informal, con carácter universal y sin necesidad de realizar convocatoria alguna, dicha Junta General fue convocada mediante la publicación del anuncio de convocatoria tanto en el BORME como en un diario, de conformidad con los establecido en los Estatutos Sociales. La sociedad Marivent no asistió a dicha Junta, aprobándose los acuerdos con el voto favorable de los otros dos socios (titulares del 60% del capital social). Como consecuencia del aumento de capital aprobado, Marivent vio reducida su participación en la sociedad del 40% al 13,79% del capital social.

Marivent ejercita acción de impugnación y solicita la declaración de nulidad de los acuerdos adoptados, al entender que la Junta había sido convocada de mala fe y con abuso de derecho (art. 7 del CCiv.), al haberse cambiado de forma repentina el sistema de convocatoria, sin advertir personalmente a la impugnante de su celebración pese al carácter limitado de la sociedad, con solo tres socios, y pese a la trascendencia de los asuntos contenidos en el orden del día.

El Juzgado de lo Mercantil estima íntegramente la demanda, al concluir que la modificación del sistema de convocatoria respondía a una actuación de mala fe y con abuso de derecho, por lo que declara la nulidad de los acuerdos, así como la adjudicación de las participaciones resultantes de la ampliación de capital. La sociedad interpone recurso de apelación, pero la AP confirma la nulidad de los acuerdos al entender que se alteró sorpresivamente la forma seguida hasta entonces para la adopción de acuerdos en la sociedad. Señala que, aunque la junta universal no requiera de convocatoria previa, es evidente que ha de estar precedida de un aviso o comunicación personal entre los socios que asegure que todos están presentes, comunicación personal que se omitió por primera vez en este caso. Considera que el clima de enfrentamiento o la hostilidad entre los socios no justifica la actuación seguida por el administrador único al convocar la junta mediante anuncios, omitiendo cualquier aviso personal, como venía ocurriendo. Añade que el orden del día era de extraordinaria importancia y nunca antes la sociedad había adoptado en junta acuerdos de tanta trascendencia. El hecho de que el administrador acudiera al cauce formal de la convocatoria previsto en los Estatutos, cauce nunca antes observado, sin advertir a Marivent, supone una actuación que incurre en abuso de derecho. Con ello, se buscó  intencionadamente y logró, en fin, que Marivent no se enterase de la convocatoria, diluyendo de este modo su participación en la sociedad.

La sociedad interpone recurso de casación alegando, entre otras cosas, que los acuerdos se adoptaron por socios que representaban el 60% del capital, por lo que aunque Marivent hubiera asistido a la Junta no hubiera podido impedir la adopción de los acuerdos impugnados. El TS desestima el recurso. Recuerda que en su sentencia 510/2017, de 20 de septiembre, fijó un criterio sore la aplicación de la doctrina del abuso de derecho o de la apreciación de mala fe: 

Cuando la junta general no se constituye como junta universal, su convocatoria habrá de realizarse en la forma prevista por la Ley o los estatutos para que su celebración sea válida. […] En principio, pues, la convocatoria será correcta y la junta no podrá ser tachada de nulidad si se cumplen tales requisitos. No obstante, habrá supuestos en que procedería la sanción de nulidad si se acreditara el ánimo del convocante de que el anuncio pasara desapercibido, lo que puede deducirse, por ejemplo, de la ruptura de la que, hasta entonces, había sido la pauta general para convocar las juntas (notificación personal, anuncio en un diario concreto...).” 

En este caso, el nuevo administrador único modificó sorpresivamente la forma de convocar a los socios a la junta, sin comunicárselo a Marivent, y lo hizo con la intención de que ésta no pudiera asistir a la junta convocada, de modo que no pudo suscribir el acuerdo de ampliación de capital que se aprobó en la misma y su participación en el capital social quedó diluida considerablemente.

Tampoco acoge el argumento relativo a que la presencia de Marivent en la junta no hubiera impedido la adopción de los acuerdos impugnados (test de resistencia). El TS advierte que el test de resistencia se aplica únicamente a los casos en que se permitió de forma indebida la asistencia y el voto de quien no gozaba de dichos derechos. Pero no se extiende a los casos en que se deniega indebidamente la asistencia a quien gozaba de dicho derecho. Además, en este caso, el daño no consiste solo en que se privara a Marivent de la posibilidad de asistir y votar en la junta, si no que al desconocer la aprobación de aumento, no pudo suscribirlo por lo que su participación en el capital social quedó diluida.

Berman sobre Weber y la ética del protestantismo: es la eclesiología, no la soteriología la que explica la relación entre protestantismo y capitalismo

 A continuación, reproduzco extractos de la segunda parte del magnum opus de Harold J. Berman sobre la tradición jurídica de Occidente en la que examina la "revolución protestante" y cómo se reflejó en el Derecho. En un pasaje del libro, Berman analiza el famoso opúsculo de Weber sobre el protestantismo y la ética del capitalismo. Y, creo, da en el clavo en su crítica al más famoso sociólogo del derecho y de la política de toda la historia. Se me escapa por qué Berman no ha sido más influyente. Creo que acierta en algo fundamental y que relaciona su análisis con el de Joseph Henrich sobre lo 'raros' que son psicológicamente los occidentales (de los trabajos de Henrich me he ocupado a menudo en este blog y en el Almacén de Derecho). Los habitantes de la Europa noroccidental (Inglaterra y Países Bajos) son los más individualistas del mundo en el siglo XVI-XVII. En esa zona del mundo los clanes y la cooperación basada en el parentesco habían desaparecido hacía mucho tiempo. Es discutible cuándo y por efecto de quién o de qué, pero, en todo caso, habían desaparecido. La familia nuclear era dominante, los matrimonios entre primos estaban prohibidos, así como la poligamia y la cooperación social se articulaba, cada vez con más frecuencia, a través de asociaciones voluntarias. Cuando el fin colectivo perseguido era estable y no podía quedar al albur de las vicisitudes que pudieran afectar a los individuos que cooperaban, era necesario constituir una corporación. Lo que es nuevo en el siglo XVII en esa zona del mundo es que la corporación se empieza a utilizar para proyectos empresariales de gran envergadura y que requieren grandes aportaciones de capital. Así que los ingleses y los holandeses 'reinventan' el trust y la corporación. Inventan el business trust y la business corporation. Y es aquí donde - parece decir Berman - se deja ver la influencia de la reforma protestante. Con su insistencia en la importancia de la 'comunidad', de los pactos que nos ligan y obligan frente a ella, el luteranismo y, sobre todo, el calvinismo favoreció el desarrollo de las sociedades anónimas. Porque, a mi juicio, los sentimientos religiosos ayudaron a reducir suficientemente los - diríamos hoy - 'costes de agencia' gigantescos que la puesta en marcha de organizaciones comerciales de ese tamaño y alcance generaba. Los administradores - o los trustees - de esas primeras sociedades anónimas (Berman se refiere a la compañía de comercio de Groenlandia y al Banco de Inglaterra pero hubo muchas otras y pocas de ellas en el sector manufacturero porque para financiar la fabricación de productos no hacía falta mucho capital) se comportaban como fiduciarios leales porque consideraban que ese era su deber frente a la comunidad y frente a Dios.  

El argumento de Weber... es... muy complejo y sutil. Weber no afirmó que el “protestantismo” fuera una “causa” del “capitalismo”. Más bien, sostuvo que una forma de protestantismo, concretamente el calvinismo, especialmente entre los puritanos ingleses del siglo XVII, era congruente con, y respaldaba, “el espíritu”... del capitalismo industrial burgués que surgió posteriormente en Europa. Además... Weber... definió el espíritu del capitalismo como el deseo de... los empresarios capitalistas... de acumular riqueza, al mismo tiempo que reconocía que los calvinistas ingleses denunciaban tal deseo como un culto pecaminoso a Mammón. 

Este paradoja se resolvía, argumentó, mediante la doctrina calvinista de la predestinación, según la cual Dios ha elegido solo a una pequeña proporción de la humanidad para recibir la salvación eterna, y la decisión divina de enviar a una persona a la condenación o a la salvación está completamente fuera de la capacidad humana para comprenderla o influir en ella. Así, el creyente calvinista quedaba, escribió Weber, en un estado de terrorífica incertidumbre sobre si estaba destinado a ser uno de los condenados o de los elegidos. En esa situación, su única esperanza residía en que, si cumplía diligentemente la vocación a la que (según creía) Dios lo había llamado, entonces Dios podría concederle gran éxito en esa labor, y si lo bendecía con tal éxito, esto sería una señal — solo una señal— de que Dios lo había situado entre los elegidos. 

Fue esta creencia, según Weber, la que motivaba al empresario calvinista, llamado a emprender negocios, a acumular riqueza. Mientras que el catolicismo romano, en su opinión, menospreciaba este deseo mundano y buscaba la salvación, sobre todo, en el “ascetismo ultraterreno” y el luteranismo buscaba la salvación, ante todo, mediante la fe ultraterrena, solo el calvinismo, según Weber, valoraba lo que llamó “ascetismo intramundano” (innerweltliche Askese), que era la dedicación del individuo a su vocación secular. En el caso del empresario capitalista, esa vocación era “ganar cada vez más dinero, combinado con la estricta evitación de todo disfrute espontáneo de la vida”, con la esperanza de que la inescrutable voluntad de Dios lo bendijera y recompensara con éxito terrenal, y con la creencia de que dicha bendición sería una señal de que era uno de los elegidos, uno de los pocos escogidos. 

… (Pero)… a la luz de la visión de Weber de que la Ilustración del siglo XVIII, la Revolución Francesa y el utilitarismo británico fueron progenitores ideológicos inmediatos del capitalismo industrial burgués del siglo XIX, su ensayo quizás debería haberse titulado 'El declive de la ética protestante y el espíritu del capitalismo' 

En realidad, no fueron las doctrinas calvinistas sobre la salvación las que fomentaron el espíritu empresarial en los siglos XVII y XVIII, sino las doctrinas calvinistas sobre la naturaleza de la comunidad cristiana: en términos teológicos técnicos, no la soteriología calvinista, sino la eclesiología calvinista. 

La creencia calvinista —y luterana— en la unidad y la comunión de la congregación de creyentes respaldó la formación de comunidades unidas, centradas en Dios y basadas en pactos. De hecho, tanto el luteranismo como el calvinismo, contrariamente a la visión convencional de los teóricos sociales contemporáneos, eran profundamente comunitarios. El individuo, escribió Lutero, es una “persona privada” en su relación con Dios, pero una persona social en relación con “los tres estamentos”: la familia, la iglesia y la autoridad gobernante ('Obrigkeit'). Tanto la congregación luterana, dirigida por el pastor, como la congregación calvinista, liderada por sus ancianos, eran hermandades unidas y autogobernadas basadas en “pactos”. 

La doctrina cristiana de los pactos divinos —acuerdos solemnes— entre Dios y su pueblo, por un lado, y entre los miembros de la comunidad cristiana en sus diversas vocaciones, por otro, era compartida por luteranos y calvinistas, pero fue especialmente enfatizada por estos últimos. Del mismo modo, la empresa económica de los siglos XVI y XVII —aún no “burguesa” ni “industrial”— era básicamente comunitaria, no individualista, y ciertamente no “ascética”. 

Un ejemplo notable del comunitarismo capitalista del siglo XVII es la invención de la sociedad anónima como medio para unir a inversores en una causa común, a menudo de importancia política y económica. Así, una ley parlamentaria de 1692 que otorgaba una carta corporativa a una Compañía de Mercaderes de Londres para comerciar con Groenlandia mencionaba la gran importancia de dicho comercio y cómo había caído en manos de otras naciones y la necesidad de recuperarlo mediante el esfuerzo conjunto de muchas personas. Declaraciones similares de propósito público marcaron las cartas corporativas de otras sociedades anónimas. Estas eran, sin duda, actividades empresariales destinadas a ser rentables para los accionistas. Al mismo tiempo, el éxito de la empresa dependía de la estrecha cooperación de muchas personas afines, motivadas en parte por el deseo de participar con otros en una empresa conjunta al servicio de una causa pública. 

Nada simboliza mejor el “espíritu del capitalismo” en Inglaterra a finales del siglo XVII que la creación de la sociedad anónima llamada Banco de Inglaterra, fundada por ley parlamentaria en 1694 principalmente para financiar la guerra del gobierno contra Francia. Según la ley, se nombraron comisionados por la Corona para recibir suscripciones, y se autorizó a la Corona a constituir una corporación cuyos miembros serían 'los suscriptores y contribuyentes, sus herederos, sucesores o cesionarios' unidos 'como un solo cuerpo político y corporativo'. Se exigía a los accionistas que identificaran sus intereses colectivos con el bienestar de la economía inglesa. Entre los suscriptores había muchos miembros del Parlamento. De los primeros veintiséis miembros del Consejo de Administración (Court of Directors), seis llegaron a ser alcaldes de Londres. Los estatutos del banco requerían que el Consejo de Administración se reuniera semanalmente y que la Junta de Accionistas se reuniera dos veces al año 'para evaluar el estado general de esta Corporación y para distribuir dividendos… en proporción a las aportaciones'. 

A finales del siglo XVII también se inventó otra institución jurídica importante que servía a propósitos comunitarios e individuales: los trusts modernos Al igual que la sociedad anónima, el trust permitía que las inversiones realizadas por capitalistas fueran gestionadas por trustees, agentes sometidos a deberes fiduciarios, esto es, a anteponer los intereses de los inversores sobre los propios. El trust facilitó la formación de empresas comerciales y organizaciones benéficas que agrupaban a numerosos miembros en proyectos colectivos. 

Si uno observa a esos juristas y las instituciones que inventaron, no ve a ascetas individualistas temblando ante la perspectiva de la condenación o salvación eterna. Más bien, se ven hombres comprometidos con la comunidad creando instituciones jurídicas comunitarias, como sociedades anónimas, bancos y trusts. Entendían que el éxito de una economía de mercado descansa en la confianza, en el crédito, en la empresa común, no, como muchos llegaron a creer después, en la codicia personal. Este comunitarismo, que implicaba la cooperación a gran escala entre la nobleza terrateniente y las élites mercantiles, tenía profundas raíces calvinistas. El espíritu del capitalismo de Weber en los siglos XVII y XVIII no era producto, como él pensaba, del “ascetismo secular”, sino de lo que en su época se llamaba 'espíritu público', que, a su vez, reflejaba no las doctrinas individualistas de la predestinación y la vocación, sino las doctrinas colectivistas calvinistas del pacto y las comunidades pactantes. 

El fracaso de Weber —en su análisis tanto del protestantismo como del capitalismo— al no considerar los valores jurídicos como los implícitos en las estructuras corporativas, los trusts, las normas para constituir y regular organizaciones benéficas o, incluso, el derecho constitucional que regula las asociaciones religiosas y comerciales, se debió en parte a la marcada distinción que hizo en todas sus obras entre hechos y valores, junto con su relegación del Derecho al ámbito de los hechos. 

En sus numerosos escritos sobre sociología del derecho, Weber definió el derecho como reglas y procedimientos establecidos y aplicados por el Estado para lograr el cumplimiento de su voluntad. Buscó... el origen de las instituciones jurídicas en la dominación política. Los diferentes “tipos ideales” de sistemas jurídicos que detectó en varias culturas y períodos históricos los concibió como fuentes de legitimación de la autoridad política para ejercer la coacción de manera más efectiva. Clasificó el common law de los siglos XVII y XVIII, con su énfasis en los precedentes judiciales, como un tipo de derecho 'tradicionalista', en contraste con el tipo de derecho 'formal-racional' característico de los siglos XIX en Francia y Alemania, con su énfasis en la codificación; sin embargo, clasificó al calvinismo del mismo período como 'anti-tradicionalista' y afín al racionalismo que asociaba con el espíritu del capitalismo, sin considerar que los puritanos calvinistas ingleses libraron una guerra civil en parte para establecer la supremacía del common law 'tradicionalista'. 

Quizás la diferencia más importante entre el luteranismo y el calvinismo, tal como se practicaban en el siglo XVI, era la creencia calvinista en la máxima autoridad en asuntos eclesiásticos de los ancianos de la congregación local de los fieles, en contraste con la creencia luterana en la máxima autoridad en asuntos eclesiásticos del príncipe territorial.

Harold J. Berman, Law and Revolution, II, The Impact of Protestant Reformations on the Western Legal Traditions, 2003, pp 24-28

jueves, 6 de marzo de 2025

Citas: los niños no aprenden, Rusia, Burke, Troeltsch, fascistas nacionalistas, Trump, backfire effect, conjetura, tecnofascista, Leslie, tomar por tonto, Fukuyama, China y la IA y Yolanda Díaz debería pedir perdón y la indignidad de Valerio

Los niños no aprenden mucho más en la secundaria, salvo los más listos, que esos aprenden, los pongas donde los pongas, por eso, dejar que los niños se salten cursos les da más tiempo para vivir sus vidas.





Rusia no forma parte de Occidente

.. . Rusia solo entró en estrecho contacto con Occidente en el siglo XVIII, cuando sus clases dominantes cayeron bajo la influencia de la Ilustración francesa. Su primera universidad fue fundada en Moscú en 1756, casi setecientos años después de la fundación de la primera uni versidad en Bolonia. Y sólo en el siglo XIX, después de las guerras napoleónicas, surgieron en Rusia instituciones jurídicas similares a las que habían existido en Occidente durante siete siglos: una clase social formada por juristas expertos, la sistematización de las leyes, un cuerpo de literatura jurídica y, finalmente, en la década de 1860, una judicatura profesional y una clase profesional de abogados. Sin embargo, Rusia fue gradualmente "occidentalizada" durante los siglos XVIII, XIX, y a principios del XX, el socialismo marxista que formaba el sistema de creencias de los líderes de la Revolución Bolchevique Rusa de 1917 era en sí mismo un sistema de creencias occidental.

Berman, Ley y Revolución, II, p 18


Burke y el contrato social

"La Sociedad es, en efecto, un contrato... pero el Estado no debe ser considerado como algo semejante a un acuerdo de sociedad para el comercio de la pimienta o el café, los tejidos de algodón o el tabaco... que puede disolverse a capricho por los socios... Es una sociedad en toda ciencia, una sociedad en todo arte; una sociedad en cada virtud y en toda perfección. Como los fines de tal sociedad no pueden ser alcanzados en muchas generaciones, se convierte en una sociedad no solo entre los que viven, sino entre los que viven, los que han muerto y los que están por nacer."

Edmund Burke, Reflexiones sobre la Revolución en Francia (1790)


Troeltsch (el teólogo del protestantismo y la modernidad Max L. Stackhouse

Como profesor de teología en la Universidad de Heidelberg, Troeltsch vivía... en la otra mitad de un dúplex donde su colega Max Weber, quien, a decir de su mujer tenía poco oído para la religión, moralmente riguroso y sociológicamente brillante, escribió sus cinco volúmenes sobre la sociología de la religión. También era amigo del famoso historiador judío del derecho Georg Jellinek, que escribió una obra definitiva sobre los fundamentos teológicos de los derechos humanos, y del calvinista holandés conservador Abraham Kuyper, que desarrolló la teoría del pluralismo de la "esfera" que ha estado relacionada con las teorías católicas de la "subsidiariedad". Todos ellos simpatizaban con aspectos de la teoría del derecho natural y discutían con aprecio la revitalización de la tradición en la encíclica social de León XIII.  
Obviamente, estas figuras no estaban de acuerdo en todas las cosas, pero sí reconocían que las profundas estructuras de la existencia y las largas tradiciones religiosas conformaban el presente y el futuro más de lo que la mayoría de los académicos contemporáneos han querido reconocer. También sabían que su repudio, como hecho y como valor, había sido llevado en direcciones radicales y destructivas por Marx y Nietzsche, los padrinos del posmodernismo. Al mismo tiempo, también criticaban la dogmática tradicional, no sólo porque hacía afirmaciones increíbles, sino porque no podía, en su opinión, resistir los asaltos historicistas que veían en el horizonte intelectual, a medida que florecía la influencia del secularismo militante de Marx y del romanticismo nihilista de Nietzsche. 
Troeltsch vio los problemas del historicismo temprano y agudamente. Vio que tenía algo de cierto en el sentido de que reconocía que gran parte de nuestro pensamiento y nuestra vida están profundamente arraigados en patrones históricamente construidos y cambiantes. Pero ese reconocimiento no era toda la verdad, y estaba convencido de que la verdad parcial del historicismo no podía darnos ninguna guía moral para la vida. De hecho, sostenía que ciertos "a priori religiosos" eran intrínsecos a la naturaleza humana y debían ser reconocidos en la teoría social. La cuestión crítica era si la teología podía reconocer las profundidades de la historicidad y la teoría social las profundidades de la conciencia religiosa. 
La cuestión era si, en la nueva situación, era posible una nueva síntesis sobre bases cristianas, análoga a la de Agustín con respecto a la religión bíblica y la filosofía neoplatónica, o a la de Tomás con Agustín y Aristóteles, o a la de Calvino con Lutero y el legado del pensamiento estoico. Estos grandes sintetizadores no abandonaron ni la tradición y la fe, como lo había hecho la Ilustración, ni las contribuciones dinámicas de la perspicacia filosófica y cultural, como lo hicieron los dogmáticos. 
El protestantismo era, en sentido profundo... el vientre de la "modernidad" y esa "modernidad" no podía entenderse ni como una "mayoría de edad" puramente científica de la razón, ni como un rechazo secularista a gran escala del pasado cristiano.. - 
En cierto sentido, la monumental obra de Troeltsch puede entenderse como una búsqueda autocrítica de un correctivo a la tradición luterana alemana, con su tendencia a separar el Derecho y el Evangelio de manera demasiado radical y a entregar la iglesia exterior al Estado, mientras que confinaba la iglesia interna al corazón.

Por qué los fascistas nacionalistas son antiliberales y no quieren que la gente decida individualmente


En Castellón, el 70 % de las familias han elegido valenciano. ¿Justifica eso que se imponga al 30 % el valenciano? No, ¿verdad? En Alicante, casi la misma proporción ha elegido el castellano. ¿Justifica eso que se imponga al 35 % restante el castellano? No, ¿verdad? Pues eso es lo que han hecho en Cataluña y el País Vasco - y Galicia, probablemente -. ¿Se imaginan ustedes qué habría pasado si en 1981 se hubiera preguntado a las familias catalanas y vascas qué lengua 'base' preferían? Pero los fascistas nacionalistas que nos han tocado en (mala) suerte a los españoles han logrado imponerse. Ya han conquistado Navarra. No sé si Valencia y Baleares. Proliferan en Canarias. O damos la vuelta a la situación, o España carece de futuro.


El fascismo nacionalista vasco exige una única Historia nacional


Carecer del sentido del ridículo es la única característica personal imprescindible para ser actor, periodista o, en estos tiempos, político

Que el presidente de la Comisión no mandara callar a Rufian y no lo expulsara por impedir hablar al compareciente es una muestra más de la calaña del PSOE (el diputado Ramírez, del PSC no tiene cv. No parece haber trabajado nunca. Es politólogo y político)


Bloomberg Jessica Carl

Hablando de controlar la narrativa, el primer ministro canadiense, Justin Trudeau, atacó a Trump el martes por la mañana: “Eres un tipo muy inteligente. Es una tontería hacer lo que estás haciendo”. ¿Qué tontería? Bueno, veamos: Trump quiere que los agricultores “se animen” y aumenten la producción y así justifica sus aranceles a los productos agrícolas del extranjero a partir del 2 de abril. Pero Estados Unidos obtiene el 80% de su potasa (un ingrediente clave en los fertilizantes agrícolas) de Canadá. Cuando llegue la primavera, las cosechas de los “Grandes Agricultores de los Estados Unidos” podrían estar condenadas.

Efecto contraproducente - backfire effect- y así todo con los sesgos

El efecto contraproducente es un sesgo cognitivo en el que las personas reaccionan a las pruebas que contradicen sus creencias reafirmando su creencia previa en lugar de revisarla. Estudios recientes, sin embargo, no encuentran pruebas de que tal sesgo exista ni siquiera en condiciones teóricamente favorables

¿Cuál es el área más pequeña que una aguja infinitamente delgada puede barrer si debe girarse para apuntar en todas las direcciones posibles


Es periodista y escritora y llama tecnofascistas a los individuos muy inteligentes que no piensan como ella


Pero si fuera más lista, los llamaría "locos" o "dementes" (Ian Leslie) 

Trump es un innovador político: se salta todas las reglas de la política, establecidas durante décadas, pero domina la escena política. Es un "desequilibrado", un obsesivo despotricante que lleva más de cuarenta años hablando de inmigración y aranceles. Sobre cualquier pregunta, toma una decisión rápidamente y nunca se deja influir por la evidencia, los contraargumentos o las apelaciones emocionales. Al igual que Musk y Milei, no parece relacionarse con otras personas como humanos tridimensionales sino, en su caso, como personajes de un programa de televisión. De hecho, el atributo crucial que comparten Milei, Musk y Trump -junto con la energía inagotable, las ideas fijas y la voluntad implacable- es la falta de empatía. (También es cierto, en menor o mayor grado, de los líderes exitosos del pasado, como Thatcher y De Gaulle). Vivir en un mundo mental cerrado no es propicio para las buenas relaciones ni para la felicidad, y a menudo es una desventaja en la política (y los negocios). Pero en ciertas circunstancias, un déficit de empatía se convierte en un superpoder. Resulta que si no te importa si complaces o no a la gente, te permite volverte muy popular. 

En términos más generales, la locura -o la excentricidad extrema, o la "neurodivergencia"- puede ser una ventaja en la política... Alguien que opera fuera de las normas establecidas puede parecer errático o inestable, e incluso repugnante, y aun así ser percibido por los votantes como una respuesta racional a la disfunción sistémica.

Hacer la vida difícil a tus conciudadanos para minimizar la cooperación social y la carga de trabajo de los funcionarios


¿Quién toma por tonto a quién?


La aspirina reduce la probabilidad de metástasis

El trabajo demuestra que los inhibidores de la ciclooxigenasa 1 (COX-1), incluida la aspirina, mejoran la inmunidad a la metástasis del cáncer al liberar a las células T de la supresión por el tromboxano A2 derivado de plaquetas (TXA2). El TXA2 actúa sobre las células T para activar una vía inmunosupresora que depende del factor de intercambio de guanina ARHGEF1, suprimiendo la señalización, la proliferación y las funciones efectoras de la cinasa impulsada por el receptor de células T. "La eliminación condicional específica de células T de Arhgef1 en ratones aumenta la activación de células T en el sitio metastásico, provocando un rechazo inmunomediado de metástasis pulmonares y hepáticas... "restringir la disponibilidad de TXA2 mediante aspirina, inhibidores selectivos de COX-1 o la eliminación específica de plaquetas de COX-1 reduce la tasa de metástasis de una manera que depende de la expresión intrínseca de células T de ARHGEF1 y la señalización de TXA2 'in vivo'".

Repatrimonialización de los EE. UU (Fukuyama)

Estados Unidos está inmerso en un proceso de repatrimonialización, al igual que muchas otras sociedades antes que ella. Donde antes el mundo estaba dividido por ideologías, hoy está dividido en lo que cada vez más parecen bandas criminales que luchan por el territorio y las extorsiones de protección.

Al parecer, los turistas son tan raros que en Chengdu y Chongqing nos pidieron selfies muchas veces.

 Con mucho, lo más inconveniente de visitar China es el acceso a Internet. .. todos los sitios web que puede resultar útiles están detrás del firewall... tampoco hay nada que se acercara a lo que se podría llamar Internet de alta velocidad.  La mayor sorpresa de hablar con los capitalistas de riesgo chinos es la escasez de capital para invertir en IA. Moonshot AI, uno de los principales laboratorios de IA de China, recaudó 1.000 millones de dólares con una valoración de 3.000 millones de dólares. Mientras tanto, solo el nuevo clúster de xAI costará entre 3.000 y 4.000 millones de dólares... El ecosistema tecnológico se siente bastante conmocionado por la represión de 2021. Un capitalista de riesgo me preguntó medio en broma si podía ayudarlo a sacar su dinero de China. Si mantienes el dinero en China, básicamente estás atrapado entre opciones terribles. Puedes aceptar un mísero rendimiento del 2% de los bancos estatales, o lanzarlo al mercado bursátil de China, que está en perpetuas dificultades. Esto ayuda a explicar por qué las valoraciones de las empresas chinas son crónicamente bajas. Incluso si construyes (o inviertes en) algo grande, no hay garantía de que la empresa pueda obtener financiación para la siguiente ronda. E incluso si vuelves a buscar financiación y tienes éxito, el gobierno podría cancelar aleatoriamente tu salida a bolsa. E incluso si de alguna manera logras llegar a la bolsa, las acciones chinas se han comportado terriblemente de todos modos. Es un buen recordatorio de lo fácil que es destrozar por completo un ecosistema de innovación que depende de inversores arriesgados...  (la forma más eficaz de llegar al 'pueblo chino') es mostrar nuestra admiración por sus logros (realmente arrasan en todos los ámbitos no dominados por el comunismo). Esas muestras de admiración socavan la narrativa central del régimen según la cual Occidente está empeñado en frenar al pueblo chino, que no respeta ni comprende su cultura, y que el PCCh es un baluarte necesario contra estos imperialistas.

¿Cuándo va a pedir perdón Yolanda Díaz a los riders por su ley anti-riders que ha empobrecido a los más vulnerables y perjudicado a los consumidores? Primum non nocere ¿A qué esperan los progresistas para derogar la ley riders como derogaron la ley del sí es sí?

Las plataformas de entrega de alimentos en línea suelen operar a través de un modelo de negocio controvertido que se basa en la subcontratación de trabajadores autónomos, conocidos como riders. Cuantificamos el efectos laborales de la Ley de Riders en 2021 que estableció la presunción de empleo dependiente para los repartidores utilizando un modelo de búsqueda y emparejamiento. Los repartidores con preferencias heterogéneas para el ocio: compensación, flexibilidad laboral y facilitación de la empleabilidad como autónomos frente a disfrutar de salarios más altos como empleados. Nuestro principal hallazgo es que la reforma dio lugar a una mayor proporción de empleados, pero no logró absorber plenamente los grandes flujos de trabajadores que acaban dejando de trabajar por cuenta propia y la disminución de los salarios de los repartidores... Sin embargo, complementando la reforma con una rebaja del impuesto sobre la nómina para las plataformas que contratan a los repartidores, se preservan los niveles de empleo y aumentan el bienestar de los repartidores.


Magdalena Valerio carece de dignidad y honor

miércoles, 5 de marzo de 2025

Citas: excretar los microplásticos, IA, poligamia y otras transacciones parlamentarias corruptas, contrato social, grupos de sociedades, corporaciones benéficas, paracaídas dorados, homeostasis, Juana Rivas debe volver a la cárcel y sus abogados ser expulsados del colegio


El PSOE consuma una nueva transacción corrupta con Junts que, como tal, es intrínsecamente inconstitucional

Como he explicado aquí, los 'contratos' entre diputados y senadores que permiten formar mayorías son intrínsecamente inconstitucionales porque destrozan la posibilidad de que las decisiones parlamentarias se orienten al interés general de España. La inconstitucionalidad de la 'delegación' de las competencias sobre inmigración a Cataluña no deriva solo de que el art. 150.2 CE permite la delegación de 'facultades', no de competencias, sino que exige justificar desde el interés general de España tal delegación. Y los diputados y senadores que voten la ley orgánica correspondiente no pueden justificar la delegación desde el interés general de España si la misma es resultado de la compra de los votos de un grupo parlamentario cuyos miembros proceden de la región a la que se transfieren las facultades. Dado que se trata de competencias exclusivas del Estado, corresponde al Congreso la carga de probar que, excepcionalmente, el interés general de España está mejor servido si se produce tal delegación. El artículo 150 CE es una norma meramente habilitadora. Del mismo modo que la ausencia de una prohibición expresa de las amnistías permite, simplemente, otorgar una cuando así lo exija el interés general de la nación. Que la inefable ministra de migraciones haya apuntado a la posibilidad de que se delegue la competencia en otras regiones si así lo solicitan indica que no es el interés general de España el que mueve a la mayoría parlamentaria a adoptar tal decisión, lo que hace, de nuevo y como en el caso de la condonación de la deuda y la amnistía, intrínsecamente inconstitucional la delegación de facultades. Como explica José Domingo, las facultades en relación con la inmigración no son "por su propia naturaleza"... "susceptibles de transferencia o delegación". 

¿No se avergüenza Conde Pumpido y sus seis acólitos del Tribunal Constitucional de que los grupos parlamentarios se atrevan siquiera a promover este tipo de medidas? ¿Acaso no lo hacen porque saben que serán bendecidas por siete votos en el TC? 

La conclusión repugnante de Parfit

o paradoja de la mera adición de Parfit. Parfit señaló que a menudo sería posible aumentar el bienestar total incrementando el tamaño de la población relevante mientras se reduce el bienestar promedio. Si tenemos una población de un millón de individuos con un bienestar individual de 100, entonces aumentaremos el bienestar total (de hecho, lo quintuplicaremos) si aumentamos la población a 10 millones de individuos mientras reducimos el bienestar de cada individuo a 50. Por lo tanto, maximizar el bienestar total requeriría expandir la población mientras se la empobrece, un resultado aparentemente moralmente inaceptable que Parfit denominó la conclusión repugnante (Robert T. Miller)

Jeffrey N. Gordon explica por qué, en el siglo XX había 'oleadas' de operaciones de fusiones y adquisiciones y en el siglo XXI las operaciones de M & A son un fenómeno permanente cuyo volumen, simplemente, oscila, 

... en los Estados Unidos se ha producido un nivel de actividad de fusiones y adquisiciones superior al óptimo social. A finales del siglo XIX y durante todo el siglo XX, la actividad de fusiones y adquisiciones se caracterizó por “olas” que reflejaban adaptaciones a un entorno externo cambiante, ya fuera la frontera de producción eficiente, las restricciones regulatorias o los cambios en el mercado de capitales. Las partes con motivaciones económicas vieron las oportunidades de cambiar los contornos de la empresa; los pioneros exitosos generaron imitadores, de ahí la formación de una oleada, que finalmente se calma, a menudo junto con el deterioro de las condiciones del mercado de capitales. El siglo XXI es diferente. Hay un nivel persistentemente alto de fusiones y adquisiciones que fluctúa pero no hay oleadas. Este patrón puede explicarse al menos en parte por la introducción de un impulsor interno de la actividad de fusiones y adquisiciones, el “paracaídas dorado”, el pago de un superbonus al Consejero-Delegado de la compañía objetivo de la operación de adquisición. Los paracaídas dorados se introdujeron como una innovación en el gobierno corporativo en la década de 1980 para superar la hostilidad de los administradores de compañías cuyos accionistas recibían una oferta premium no solicitada (OPAS hostiles). Con el tiempo, especialmente a medida que la remuneración de los ejecutivos se fue orientando radicalmente hacia el pago basado en acciones, los paracaídas dorados se han vuelto cada vez más lucrativos. Ahora brindan a los administradores ejecutivos un incentivo poderosísimo para convertirse en consejeros-delegados cuya remuneración se estructura como la de un banquero de inversiones que es premiado si logra realizar determinadas transacciones, incentivos que han cambiado el patrón de la actividad de fusiones y adquisiciones. Esto genera pérdidas de eficiencia a nivel de empresa, produce pérdidas sociales debido a los despidos excesivos y... exacerbará los resentimientos sociales que pueden tener consecuencias políticas.

Robert T. Miller destroza las bases intelectuales del stakeholderism, purpose y ESG en su artículo Stakeholder Theory and the Challenge of Welfare Economics,


¿Cuándo va a pedir el fiscal que detengan y metan en la cárcel a Juana Rivas?


Mentiros-Illa, en esta ocasión, sobre la condonación de la deuda regional


Excelente carta de Lech Walesa a Trump recordando a Ronald Reagan


Excretar microplásticos: todo lo que necesitas es conocimiento y energía abundante y barata

La contaminación por microplásticos (MP) en los alimentos y el agua plantea importantes riesgos para la salud. Si bien los microbios que forman biopelículas muestran potencial para eliminar MP del medio ambiente, actualmente no existen métodos para eliminar estos MP no degradables del cuerpo humano. En este estudio, proponemos utilizar probióticos para adsorber y eliminar MP ingeridos dentro del intestino. Realizamos una evaluación integral de 784 cepas bacterianas para evaluar su capacidad para adsorber partículas de poliestireno de 0,1 μm utilizando un método de detección de alto rendimiento. Entre las cepas probadas, Lacticaseibacillus paracasei DT66 y Lactiplantibacillus plantarum DT88 exhibieron una adsorción óptima in vitro y fueron efectivas en varios tipos de MP. En un modelo animal, los ratones tratados con estos probióticos demostraron un aumento del 34% en las tasas de excreción de PS y una reducción del 67% en las partículas de poliestireno (PS) residuales dentro del intestino. Además, la administración de Lactiplantibacillus plantarum DT88 mitigó la inflamación intestinal inducida por PS. En conjunto, nuestros hallazgos demuestran una nueva estrategia probiótica para abordar los riesgos de salud asociados con el MP, destacando el potencial de los probióticos específicos de cada cepa para eliminar el MP del ambiente intestinal.

Miguel Ángel García Díez

Si tengo que elegir entre un modelo confederal asimétrico y la independencia, prefiero la segunda si se paga la alícuota de deuda pública y se hacen cargo de las pensiones.

Gregory Clark en conversación con Tyler Cowen


La IA se utiliza sobre todo para escribir programas y textos


Los males de la poligamia

Los sistemas familiares configuran las instituciones sociales, pero rara vez se los tiene en cuenta en las historias del desarrollo económico. En este artículo, demostramos que una serie de convenciones sociales (como la diferencia de edad al momento del matrimonio, el precio de la novia, el secuestro de los bienes y la discriminación y la violencia contra las mujeres) están sobrerrepresentadas en las sociedades polígamas en comparación con las sociedades monógamas. Esta dicotomía se puede explicar con el argumento de que la poligamia produce una escasez crónica de mujeres casaderas. Sostenemos que este conjunto, que llamamos gamos y que cuantificamos mediante dos métodos diferentes, tiene consecuencias demostrablemente significativas para el desarrollo social, institucional y económico.

Dios los cría y ellos, los ex-terroristas y los nacionalistas catalanes se juntan


Sarah Connors FT sobre el uso de la IA para hacer trabajos universitarios

Los investigadores concluyeron que “centrarse en mantener las habilidades fundamentales de recopilación de información y resolución de problemas ayudaría a los trabajadores a evitar depender demasiado de la IA”. En otras palabras, para usar el atajo de manera efectiva en lugar de hacerlo sin pensar, es necesario saber cómo hacerlo sin el atajo. Las universidades (y los estudiantes) deben tomar nota.

Cuando la suma de las participaciones en filiales supera el valor de cotización de las acciones de la matriz es, probablemente, porque no hay mercado líquido para las acciones de las primeras

Documentamos 76 casos en los que la capitalización de mercado de la empresa matriz es inferior al valor de mercado total de las acciones que la matriz tiene en filiales cotizadas. Utilizando datos de grupos empresariales en Corea, encontramos que esa infravaloración extrema es más probable cuando la empresa es más “central”, es decir, más importante para mantener el control de otras empresas miembro del grupo de sociedades. Las medidas estándar de libre flotación o iliquidez no explican esta ineficiencia de los precios cuando se las toma en conjunto con la “centralidad”. Nuestros resultados sugieren que puede tratarse de un problema de límites al arbitraje cuando los arbitrajistas no pueden comprar (todas) las acciones infravaloradas que desearían y que eliminarían la subvaloración.

La naturaleza es un conjunto de procesos interactivos complejos entre sistemas que están organizados de manera emergente por idénticas leyes de la termodinámica...

... en diferentes niveles de organización (como fractales). Por ejemplo, el concepto de entropía se aplica a modelos de física cuántica, biología molecular, sistemas orgánicos, psicología e incluso sociología, economía y ecología. Por lo tanto, hay algo en común en todas las disciplinas del conocimiento observacional sobre el Universo: los paradigmas organizativos de sus procesos y sistemas, que van desde los no complejos (como elementos químicos que están a la deriva en el entorno) hasta los complejos, se basan en el surgimiento dinámico de patrones de orden y estabilidad a partir del caos. 

La temperatura del cuerpo humano debe ser estable (más o menos constante) a pesar de las fluctuaciones de la temperatura ambiente. Esto es lo que llamamos homeostasis. Esta estabilidad es un proceso emergente, es decir, autoorganizado... El organismo encuentra un equilibrio (a expensas de mucha energía) entre sus sistemas a través de un proceso llamado retroalimentación. Si la temperatura interna aumenta, los vasos periféricos se expanden. Si la temperatura interna desciende, los músculos comienzan a contraerse para producir más calor (temblores de frío)... Una vez alcanzada la homeostasis, todo el conjunto de billones de células puede reproducirse, evolucionar y adaptarse al mundo que lo rodea. La homeostasis es la piedra angular de una vida duradera.

Cassirer: "No hay nada menos misterioso que un contrato". El contrato social

La doctrina del estado contractual - del contrato social - se convierte en el siglo XVII en un axioma evidente del pensamiento político... todo misterio queda desvanecido... en cuanto el orden legal y social se reduce a actos individuales libres, a una sumisión contractual voluntaria de los gobernados. No hay nada menos misterioso que un contrato. Un contrato tiene que concertarse con plena conciencia de su significación y sus consecuencias; presupone el libre consenso de todas las partes afectadas. El estado se convierte en un hecho perfectamente claro y comprensible en cuanto se le atribuye un origen contractual. Este enfoque racional no era concebido en modo alguno como histórico. Sólo unos pocos pensadores tuvieron la ingenuidad de creer que el “origen” del estado, tal como lo explicaban las teorías contractualistas, permitiera conocer sus comienzos. Es manifiesto que no se puede fijar el momento determinado de la historia en que el estado apareció por vez primera. Pero esta falta de conocimiento histórico no preocupa a los teóricos del estado contractual… El término “origen” lo entienden en un sentido lógico y no cronológico. Lo que ellos andan averiguando no es el comienzo del estado, sino su “principio”, su raison d’étre” Cassirer, El Mito del Estado

Magnuson, History of Corporations (un libro muy malo)

Este párrafo no contiene ni una sola afirmación correcta:  

Muchos creen que las corporaciones son entidades sin alma dedicadas exclusivamente a la búsqueda de ganancias por encima de todo lo demás. (nadie cree eso) Algunos van incluso más allá, argumentando no sólo que las corporaciones anteponen la obtención de beneficios a cualquier otra consideración, sino que es su deber hacerlo (se refiere a Friedman que, naturalmente, tiene razón). Los que dicen estas cosas están equivocados. Desde sus inicios, las corporaciones han sido instituciones diseñadas para promover el bien común Desde la antigua Roma (las societates publicanorum se constituían, según Magnuson, para beneficiar a Roma, no para beneficiar a los tres o cuatro senadores que hicieron beneficios millonarios suministrando equipamiento al ejército romano, ver para creer) hasta la Florencia renacentista (lo mismo con el banco de los Medici) y la Inglaterra isabelina (la East India Company también se formó para ayudar a los campesinos ingleses, ¡hay que fastidiarse!), las corporaciones han sido los caballos de batalla de la república, encargadas de construir y mantener una sociedad próspera. Las corporaciones son entidades públicas con un propósito público, a las que se les otorgan derechos y privilegios especiales precisamente porque los gobiernos creen que contribuirán a la grandeza de sus naciones (¿entonces lo que tenemos a partir del siglo XIX ya no son corporaciones?). Si bien a veces —quizás incluso a menudo— se desvían de este propósito, su justificación original y duradera siempre ha sido su capacidad para promover el bien de todos (no el bien de sus miembros, qué va, el bien de todos)... Permitimos que las empresas se beneficien de sus esfuerzos porque creemos que, en última instancia, nos beneficiarán a todos. Las empresas tienen un propósito público, en opinión de Smith, y es promover el bien público.

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