Ya está publicado el Proyecto de Real Decreto que desarrolla la Ley de Acceso. Seguimos en contra. Aún estamos a tiempo de derogar la Ley en lugar de desarrollarla. No hay nada roto en el acceso a la abogacía o a la procura y, por lo tanto, no hay nada que arreglar. Lo de la procura es especialmente sangrante dado el trabajo que realizan los procuradores. No hemos visto ningún estudio empírico que muestre que un sistema de acceso como el propuesto (título de grado en Derecho, más un master de 60 créditos ECTS – un año mínimo – orientado a la formación práctica – más un examen nacional pero corregido regionalmente y cuyo contenido – el del examen – desconocemos todavía) garantice un aumento de la calidad de los servicios jurídicos. Esto no es mas que poner barreras de entrada.
LA VOCE ha publicado un pequeño estudio empírico relacionando los apellidos de los jóvenes que pasan el examen de abogado con los aprobados en dicho examen. El estudio es muy interesante porque los resultados son los esperados (si tu padre era abogado, tienes más probabilidades de aprobar que si no lo es y en el Sur el examen era un coladero y en el Norte de Italia aprobar era un triunfo) y nos recuerda otro estudio hecho en España sobre las oposiciones. Lo terrible es que en Italia están pensando en incrementar las barreras de acceso a la profesión. Pero los datos sobre la edad a la que se accede a la profesión en Italia son para pensárselo: 6 años desde que se termina la carrera hasta que uno se convierte en abogado. Repugnante. A los abogados los vamos a tener que hacer socios según se inscriban en el Colegio:
Da questi dati è possibile calcolare l'età in cui ogni avvocato si è iscritto al proprio albo, una variabile che è influenzata sia da quanto tempo si impiega a laurearsi sia da quante volte si sostiene l'esame di abilitazione. In media si diventa avvocati a 32 anni. È facile desumere che se l’età media di laurea in Italia è 26,5 anni (così come riportato dalle statistiche del Miur) un giovane avvocato viene impiegato in media 5,5 anni come praticante (di cui due obbligatori e gli altri, probabilmente, dovuti a bocciature all'esame di abilitazione).
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