domingo, 7 de mayo de 2023

Fundamentos eclesiásticos del Estado moderno

 


Estas son las ideas que me han parecido destacables del libro que resumo a continuación. 

La primera es que el Estado se construye conceptualmente a partir de categorías de Derecho Privado. Lo que resucita en la Edad Media del Derecho Romano es el Derecho privado y se aplica al Estado el Derecho de las corporaciones privadas (la representación, las elecciones para designar al rey, en lugar de derecho hereditario, la regla de la mayoría, la regla universitas nunquam moritur, la regla quod omnes tangit):

el Conflicto de la Investidura fortaleció a los nobles en su lucha contra los monarcas, al afirmar que las elecciones eran un mecanismo legítimo de selección de líderes en lugar de la ascensión divinamente sancionada. Gregorio VII y los papas posteriores abogaron por las elecciones reales como una forma más confiable de garantizar que un líder fuera adecuado desde el punto de vista religioso, ya que la herencia no garantizaba la bendición de la iglesia. En este sentido, los señores alemanes se aliaron con la iglesia para presionar a favor de las elecciones reales, obteniendo un poderoso recurso contra la corona (Zacour 1976, 105). El decreto Venerabilem (1202) de Inocencio III respaldó formalmente las elecciones reales, y el cargo de emperador del Sacro Imperio Romano Germánico se convirtió en un cargo electoral después de 1254, durante el interregno de 1250-1312, cuando ningún papa ungía a un emperador (Watts 2009, 64). Incluso la disputada elección real en 1314 llevó a uno de sus protagonistas, el futuro emperador Luis IV de Baviera (r. 1328-47), a darse cuenta de que la elección significaba que el papado podía ser excluido de la selección del emperador (Wilks 1963, 239-40)17. Con la Bula de Oro de 1356, los papas continuaron ungiendo a los emperadores, pero el valor del reconocimiento papal era más alto cuando los reyes surgían de las elecciones en lugar de las dinastías (Kern [1948] 1985, 33). Por lo tanto, el conflicto cambió indirectamente el equilibrio de poder interno donde se celebraban las elecciones reales.

La segunda es la explicación de la autora de por qué fue posible la Revolución Papal: el conflicto entre el papado y el imperio versaba sobre la autonomía del primero y del segundo y sobre la delimitación de sus respectivas competencias - sobre todo jurisdiccionales -. El conflicto no iba de la destrucción mutua. 

La tercera es que el Papado pudo imponerse durante siglo y medio al emperador por la enorme cantidad de riqueza y capital humano que la Iglesia había acaparado desde la cristianización del Imperio Romano. Lo que hicieron los papas a partir del siglo XI fue coordinar a los detentadores de esa riqueza creando una ideología que atribuía toda esa riqueza como único legítimo titular a la Iglesia Universal, o sea, la católica en Occidente y, por tanto, obligando a los obispos, clérigos, órdenes religiosas, monasterios, catedrales… a pagar impuestos al Papa y reconocer (i) la titularidad de esa riqueza en la Iglesia (ii) el derecho del papa de designar a los que la gestionaban (y se beneficiaban de los frutos de ese enorme capital). En esta lucha, el Papa se enfrentaba más a los reyes que a los propios clérigos porque, naturalmente, los reyes eran los competidores del Papa en cuanto al destino de los impuestos que pagaran los clérigos. Esto explica muy bien dónde estaban los "cañones" de la Iglesia. Su capacidad para conseguir recibir una parte de las rentas que producían los bienes en manos de instituciones religiosas. Pero la acumulación de capital humano por parte de la Iglesia fue de semejante importancia:

"Pero el estudio del Derecho jugó un papel importante en la creación de universidades y la promoción de una nueva cultura basada en el conocimiento. Las universidades se convirtieron en verdaderos arsenales del saber, donde las facultades de derecho formaban a expertos jurídicos capacitados que se dispersaban por todo el continente. La investigación analítica y el estudio del derecho reemplazaron a la gramática y la retórica como enfoque principal de las universidades... El papado desempeñó un papel importante en la creación del capital humano al establecer y proteger universidades, pero no pudo controlar eficazmente cómo se utilizaría este capital humano.... Los estudiantes, los libros y las ideas se difundieron por toda Europa y encontraron un lugar en las cancillerías y tribunales reales, eventualmente reemplazando al clero como expertos legales y administrativos".

La idea central del libro es que, contra Tilly, los Estados europeos se formaron por imitación de las instituciones jurídicas que había inventado la Iglesia medieval. No de la guerra constante entre reinos, principados, ducados etc. La autora lo argumenta diciendo que las instituciones estatales surgieron en Europa 

"como los tribunales, impuestos y parlamentos, ya estaban en funcionamiento durante la Edad Media, mucho antes de las costosas guerras y las negociaciones elitistas del período moderno. A principios del siglo XII, las cancillerías y secretarías estaban en crecimiento, al igual que las filas de jueces, funcionarios de ingresos, secretarios reales y rotarios. Las innovaciones legales a finales del siglo XI reemplazaron la posesión de propiedad privada, los acuerdos orales con contratos escritos y las pruebas con procedimientos judiciales orales. Los parlamentos medievales tuvieron su propia "edad de oro" desde el año 50 hasta 1450, siglos antes de la Revolución Gloriosa"

 Y es una explicación más sencilla la de que los estados se imitan unos a otros y copian las instituciones que observan que tienen éxito en otras jurisdicciones. 

"En lugar de inventar instituciones desde cero, los gobernantes seculares en la Edad Media a menudo adoptaban precedentes eclesiásticos. La iglesia fue una fuente crucial de modelos institucionales, innovaciones conceptuales y soluciones administrativas. Además, proporcionó capital humano, como obispos eruditos, empleados alfabetizados y canonistas expertos, que ocuparon cargos en las cortes reales, administraciones regionales y universidades por igual. Esta emulación de la iglesia también ayuda a explicar por qué las instituciones medievales tomaron las formas que tomaron, como las características representativas distintivas de la representación y el consentimiento vinculante.... Paradójicamente, al adoptar estos modelos eclesiásticos, los estados en desarrollo crecieron en capacidad, desarrollaron su propio capital humano y finalmente subordinaron a la iglesia."

Es en el seno de la Iglesia y de las corporaciones eclesiásticas donde se 'inventan' las prácticas parlamentarias y los procedimientos para adoptar acuerdos a través de la representación, esto es, inventa la "democracia representativa". Es la Iglesia la que inventa los impuestos sistemáticos y es la Iglesia la que inventa las secretarías o ministerios que copiarán todos los reinos medievales

"La Iglesia desempeñó un papel fundamental en el desarrollo de las prácticas parlamentarias en Europa. Los sínodos y consejos de la Iglesia establecieron normas que regulaban la introducción de nuevas ideas y decisiones, basadas en la unanimidad y tolerancia hacia las opiniones divergentes. Los obispos que asistían a la Iglesia y a estos concilios tradujeron estas normas a nivel local y regional. Además, estos parlamentos también se ocupaban de cuestiones de justicia y de impuestos. Las innovaciones de la Iglesia tuvieron un impacto en ambos aspectos. 

La Iglesia había resuelto disputas y legitimado decisiones papales durante siglos a través de sínodos antes de que se celebrara la primera asamblea en León en 1188. Los papas convocaron a obispos y otros altos clérigos para resolver peticiones. Asimismo, los impuestos sistemáticos surgieron primero en la Iglesia y luego fueron adoptados por los monarcas seculares después de las Cruzadas.  

Por encima de todo, la representación y el consentimiento fueron posibles gracias a las prácticas e innovaciones conceptuales de la Iglesia. Para su propia conveniencia, el papado adoptó la doctrina de la representación corporativa y fue pionero en la representación proctorial con un mandato completo, lo que significa que un individuo podía representar a un electorado colectivo con plenos poderes para tomar decisiones vinculantes para todos. Los abogados canónicos, obispos y papas reelaboraron el derecho romano privado en principios públicos de toma de decisiones compartida, completa y vinculante, basados en las nociones críticas de consentimiento de los afectados, representación de un cuerpo corporativo o comunidad, y pleno poder para tomar decisiones vinculantes en nombre de esa comunidad. Adaptaron conceptos utilizados por la Iglesia, como "con pleno poder" (plena potestas) o "lo que toca a todos debería ser decidido por todos" (Quod omnes tangit, ab omnibus approbetur, o Quod omnes), en reglas que regulaban primero las asambleas eclesiásticas y luego seculares. Los abogados canónicos también desarrollaron la noción de personalidad jurídica: la corporación, sin la cual los contratos modernos, los negocios, las universidades o las organizaciones voluntarias no podrían existir. Incluso, el teórico canónico Tists desarrolló una doctrina revolucionaria del conciliarismo en el siglo XIV, que proponía que un concilio podría anular y deponer a un malévolo papa"

Pero no sólo la organización del Estado. También la fragmentación europea - la inexistencia de imperios en Europa tras la caída del imperio romano Walter Scheidel, Escape from Rome: The Failure of Empire and the Road to Prosperity, - se explica según la autora por la política papal: la única forma de conservar su papel preponderante en una Europa culturalmente unida era promover la fragmentación política. El Papa podía preservar su autonomía si se enfrentaba a reinos medievales que rivalizaran entre sí por el poder político. No frente a un Imperio Romano Germánico centralizado. La Iglesia contribuyó como nadie a debilitar al Emperador medieval. 

Anna M. Grzymała-Busse, Sacred Foundations: The Religious and Medieval Roots of the European State, 2023

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