lunes, 6 de septiembre de 2010

Un buen testigo es un tesoro

      TERCERO.- La segunda cuestión que se suscita con el recurso es la relativa a la acreditación de la relación causal entre los daños aparecidos en la vivienda de la demandante y las obras efectuadas en el local de la demandada.
La prueba de esa relación causal no es, desde luego, contundente, pues el perito que elaboró el informe aportado por la demandante no ha concretado en qué consistieron las obras llevadas a cabo en el local.
Sin embargo, tanto el momento de aparición de los desperfectos (18 años después de terminado el edificio en el que ambas propiedades se ubican), como la morfología de la mayor parte de los mismos (grietas verticales y horizontales) hace pensar, como explicó el perito, que no se deben a los asientos diferenciales de los elementos estructurales (que se producen en los años inmediatamente posteriores a la terminación de la construcción y generan grietas diagonales, a 45º, en los tabiques).
Siendo ello así, y estando razonablemente acreditado que los daños aparecieron en las fechas en que se llevó a cabo la obra (al respecto es importante la declaración de la testigo Maribel que, aunque es hija de la demandante, resultó particularmente convincente), la conclusión que, en cuanto a la causa, se expresa en la resolución recurrida resulta igualmente razonable.

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