martes, 6 de junio de 2017

La Compagnia italiana como prototipo de la sociedad mercantil de personas

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Siena

Introducción

En otra entrada hemos hablado de la  commenda y del préstamo a la gruesa o la societas maris. Eran las formas organizativas utilizadas para articular la cooperación entre un comerciante y un transportista o entre ambos y un financiador en el ámbito del comercio marítimo. En el comercio terrestre, los comerciantes se organizaban a través de la compagnia. O sea, el precedente de la sociedad colectiva. Ya veremos que fue predecesora de mucho más.

Las variedades de compagnia son tantas como las de commenda. Las hay ocasionales y las hay estables; entre extraños y entre familiares. En el trabajo que resumimos a continuación, se analiza el modelo de gran compagnia italiana de los siglos XIII a XVI. Es decir, la sociedad colectiva formada en parte por personas unidas por lazos de sangre pero en la que participaban también extraños y que desarrollaba actividades comerciales y bancarias a lo largo y ancho de Europa de forma estable. Esta compañía familiar se convierte en la forma organizativa de la “gran empresa” que, en esos siglos, es una empresa mercantil dedicada al comercio y a las finanzas. Dice Greif que el patrimonio de la compañía de los Bardi en 1335, según Hunt, superaban el millón de liras, o sea 4,5 veces el ingreso neto de los reyes de Inglaterra en 1433. Y que los beneficios de tres años (entre 1330 y 1332) equivalían a la mitad del ingreso neto real.

Los libros de Derecho Mercantil dicen que la compagnia nace en Italia y se extiende por toda Europa en la Edad Media y Moderna como resultado de la evolución del acuerdo entre varios comerciantes para convertirse en agentes recíprocos o del ejercicio familiar del comercio terrestre cuando los hijos se incorporaban a la empresa fundada por el padre. La sociedad colectiva se utilizó no sólo para el comercio local, sino también para el comercio a larga distancia. Según los historiadores, la compagnia surge porque varios individuos de distintas familias, a menudo, se asocian, aportan capital y desarrollan una empresa ocasional. Es decir, participan miembros de distintas familias pero la compañía recibe el nombre de la familia dominante. La estabilidad se incrementa porque la empresa a la que se dedica (el comercio de lana o de paños) es una actividad permanente, de manera que la compañía deja de ser ocasional. Y se asegura y prolonga su duración porque, aunque a la muerte de un socio la compañía se disolvía, era frecuente que los demás mantuviesen la sociedad incluso con los herederos del socio premuerto.


La compañía familiar y el comercio intraeuropeo: la garantía del cumplimiento del contrato entre el comerciante y sus corresponsales

La compagnia surge en el siglo XIII en Piacenza, Siena y Lucca y se difunde por el centro y el norte de Italia. En la segunda mitad del siglo XIII, los Bardi, los Peruzzi o los Acciaiuoli dan nombre a grandes compañías comerciales que ostentaban patrimonios más grandes que los de algunos reyes de la época. Estas compañías llegaron a alcanzar a partir del siglo XIII gran tamaño y extensión geográfica, con agentes – comerciantes que se ocupaban de los asuntos de la compañía en una plaza o miembros de la familia que se desplazaban a esas plazas – por toda Europa, el Mediterráneo e Inglaterra. Además, estaban dotadas de gran estabilidad. La explicación más extendida es la de que los lazos familiares permitieron a los comerciantes italianos que participaban en el comercio a gran distancia y, por tanto, que necesitaban de agentes en otras plazas que actuaran como comisionistas y encargados de los negocios del comerciante que permanecía en Siena o Florencia, asegurarse la lealtad de estos agentes en el cumplimiento de los encargos que realizaban. No podían confiar, naturalmente, en el sistema jurídico que no estaba ni suficientemente desarrollado ni garantizada su aplicación en un entorno en el que había una gran división del poder político. Greif explica el diferente desarrollo de la compañía familiar – en la Europa cristiana – y su ausencia en el mundo musulmán (que siguió durante siglos pegado a la commenda en forma tal que se impidió la aparición de empresas grandes y duraderas en el tiempo – sobre la base de los distintos mecanismos de enforcement de las obligaciones del corresponsal en una plaza por parte del comerciante principal que le había encargado la gestión de sus negocios en dicha plaza.

La diferencia entre el Mediterráneo cristiano y el musulmán en este punto – dice Greif – estaría en que en el primero, el cumplimiento por parte de los agentes se lograba por efecto del carácter “autoejecutable” de los acuerdos entre agentes y principales (entre el corresponsal en una plaza y el comerciante), o sea, a través de mecanismos individuales de garantía de cumplimiento, mientras que en el caso de los segundos – los magribhi – se lograba mediante el juego de la reputación, esto es, del castigo colectivo que todos los comerciantes pertenecientes al grupo imponían al agente desleal con cualquiera de ellos negándose a contratar en el futuro con él.

La sanción individual (el comerciante “despedía” o terminaba su contrato con el agente) era suficiente en el caso de los comerciantes italianos porque el cumplimiento por parte del agente estaba reforzado por razones en las que Greif no entra pero que pueden tener interés tales como la religión. Es decir, el temor de los comerciantes a ese castigo ultraterrenal debió de ser un argumento importante para portarse honradamente en la tierra a juzgar por las enormes cantidades que los comerciantes dedicaban, en sus testamentos, al gremio – al consulado – para que dijeran misas por la salvación de su alma y a las enormes donaciones que dichos testamentos incluían para causas pías). Recuérdese, además, que los comerciantes y sus agentes estaban en contacto permanente – aunque lento – a través de la correspondencia comercial y que en dicha correspondencia se contenía abundante información sobre otros comerciantes y agentes.

Dice Greif que en la ribera norte del Mediterráneo los mecanismos de garantía embebidos en el propio contrato individual entre comerciante y corresponsal eran suficientes para mantener bajos los costes de agencia, de manera que los comerciantes europeos no tenían que recurrir necesariamente, como hacían los del mundo islámico a la reputación como mecanismo de garantía. Se recordará que los comerciantes maghribies – judíos que operaban en tierras musulmanas – utilizaban un sistema de sanción colectiva contra los agentes desleales: si un agente se apropiaba o malversaba fondos o mercancías de cualquiera de los comerciantes, todos ellos dejaban de contratar con él. De manera que la sanción colectiva multiplicaba el efecto de la sanción individual (que el comerciante engañado no volviera a contratar a ese agente) haciendo el sistema muy eficaz.

Pero, como contrapartida, el sistema individual (sólo el comerciante afectado impone sanciones al agente desleal) predominante en Italia reducía las barreras de entrada de agentes en comparación con el sistema “colectivista” como el de los comerciantes en el mundo musulmán, sencillamente porque los incentivos de cada comerciante para contratar a un agente que no estuviera ya admitido por los demás miembros de la red son menores en un sistema de enforcement de los contratos basado en la reputación y el castigo colectivo al incumplidor. Si el castigo individual – dejar de contratar con el incumplidor – es suficiente, la entrada en el mercado se facilita ya que el nuevo agente entrante no necesita mantener relaciones con todos los miembros del grupo de comerciantes para ser admitido como agente de uno de ellos.

La compañía familiar como aseguradora de los corresponsales: tamaño y estabilidad

Pues bien, sobre la base de este análisis, dice Greif que los comerciantes italianos tenían mucho que ganar si incrementaban la seguridad en el empleo de sus agentes. Es decir, si reducían el riesgo para éstos de dejar de ser corresponsales de un comerciante (porque el agente dependía mucho más del comerciante, en un sistema individualista que en un sistema colectivista donde el riesgo del agente estaba diversificado porque otros comerciantes pertenecientes a la red podían hacerle encargos y darles oportunidades de ganancia). Así pues, los comerciantes italianos se convierten en aseguradores de los riesgos que soportan los corresponsales y, a la vez, se aseguran – valga la redundancia – su lealtad porque todos los ingresos del corresponsal dependen de que la relación con el comerciante continúe en vigor. El comerciante asegura al corresponsal en forma de relaciones de más larga duración, salarios fijos – no ligados a resultados – y no asunción del riesgo por parte del agente.

Parece que Greif está hablando sólo de la relación entre el comerciante y el corresponsal que es una relación semejante a la de comisión mercantil (arts. 244 ss C de C). Lo inteligente de la exposición de Greif está en que, para poder asegurar a los corresponsales, el comerciante tiene que aumentar el tamaño y la estabilidad de su negocio, es decir, ha de crecer, convertirse en una compagnia, acumular el capital de varios comerciantes para que sirva de garantía y asegurar la continuidad en el tiempo y la supervivencia de la compagnia a la muerte de cualquiera de los socios. Y necesita hacer tales cosas no sólo para lograr una red de corresponsales en las plazas donde hacían negocios sino para allegar recursos de crédito, es decir, para inducir a terceros a financiar sus operaciones.

Dice Greif

“La compañía familiar puede entenderse como una manifestación de este deseo (de aumentar la seguridad en el empleo de los agentes). En la compañía familiar italiana, varios comerciantes juntaban su capital y formaban una organización con duración indefinida y baja probabilidad de quiebra”.

Esta organización permanente y estable sustituía ventajosamente al comerciante individual en términos de garantía del cumplimiento de los contratos con los agentes. El corresponsal de una compañía familiar de Siena en Amberes o en Hamburgo podía estar razonablemente seguro de que si no engañaba a su principal, el negocio seguiría fluyendo de forma periódica y estable porque su principal – o sea la compañía – no era un individuo sometido al azar en un mundo mucho más peligroso que el actual. Así pues, en la tesis de Greif, la organización – la compañía – sustituye ventajosamente al individuo en lo que, más adelante, será una de las ventajas fundamentales de las corporaciones: la vida “eterna” de la persona jurídica.

Que las compañías de comercio se formaran inicialmente entre familiares tiene todo el sentido. Para acumular capital siempre se recurre a los parientes en primer lugar porque los costes de contratar con ellos son inferiores. Pero, como dice Greif,

la compañía familiar no se constituye para gobernar las relaciones entre los miembros de la familia” sino “para gobernar las relaciones de agencia entre la familia y los que no eran miembros de la familia” (los corresponsales)

ofreciendo a éstos una mejor garantía del cumplimiento por parte del comerciante de la que podía ofrecer un comerciante individual en un entorno en el que la garantía del cumplimiento dependía de mecanismos individuales principalmente.

La ciudad como proveedor de normas

La historia de la ciudad de Siena es un buen ejemplo de la importancia de la responsabilidad ilimitada. Según cuenta Grief, el auge de Siena en el siglo XIII llegó a su fin cuando la ciudad decidió “relajar la responsabilidad ilimitada por las deudas sociales de los socios colectivos en 1310”. Los potenciales prestamistas entregarían su dinero a los comerciantes de otras ciudades ceteris paribus. Pues bien, en 1342, se derogó la regla puesta en vigor en 1310. Greif lo ve como un ejemplo de “experimentación” con las reglas organizativas y la importancia del “compromiso” del enforcer. En este caso, es la ciudad de Siena la que garantizaba el cumplimiento de sus promesas por parte de los comerciantes sieneses, de manera que el anuncio del cambio de la regla sobre la responsabilidad tuvo que tener tanta influencia como un anuncio por parte del Rey Católico de que se demoraría en el pago de sus deudas. Pero, en sentido contrario, los comerciantes harían bien en asentarse en aquellas ciudades que ofrecieran a los potenciales prestamistas mejores garantías ya que podrían beneficiarse individualmente del crédito “de la ciudad” en forma de menores costes de financiación dice Greif.

El Derecho de Sucesiones

Si Greif tiene razón, el Derecho de sucesiones islámico que obligaba a dividir el patrimonio empresarial a la muerte del comerciante tiene mucho que ver en que la compagnia – y luego la corporación mercantil – no se extendiese por el mundo islámico pero el hecho de que en la ribera sur del Mediterráneo se recurriera a mecanismos de enforcement de los contratos entre comerciantes y agentes de carácter colectivo también tuvo que ver: los incentivos de los comerciantes italianos para acumular capital y dar estabilidad a la empresa mercantil eran mayores porque de esa forma podían garantizar de mejor manera a los agentes que la relación con ellos se mantendría. Si el comercio lucrativo era el comercio a larga distancia (entre el Norte y el Sur de Europa, entre el Oeste y el Este), la red de corresponsales era imprescindible.

Greif añade que la compañía familiar surge cuando surge - en el siglo XIII – porque es en ese momento cuando los actores han “aprendido” a resolver los tres problemas que siguen ocupando a las organizaciones mercantiles en la actualidad: la financiación, la separación entre la propiedad y la gestión/control de la empresa y la acumulación y procesamiento de la información necesaria para la llevanza del negocio.

En cuanto a la financiación,

imaginemos que la compagnia del siglo XIII tiene las características que atribuimos idealmente a la sociedad colectiva (unos pocos socios, algunos emparentados entre sí y otros no, que aportan cantidades de dinero diferentes y se reparten los beneficios de la empresa en proporción a su aportación, tienen todos derecho a gestionar y responden ilimitadamente por las deudas sociales). ¿Cómo allegaban recursos suplementarios a los del capital aportado por los socios para llevar a cabo los negocios que constituían el objeto social? Pidiendo a no comerciantes (viudas, órdenes religiosas, aristócratas) a través de figuras como la del socio comanditario pero también el contrato trino. La responsabilidad ilimitada de los socios aumentaba la confianza de los prestamistas en la devolución de lo prestado a la compagnia.

En cuanto a la separación entre propiedad y control,

hay que tener en cuenta que las compañías estaban asentadas en una ciudad pero tenían negocios a lo ancho de Europa y que esos negocios, como hemos dicho, estaban atendidos en cada plaza por un agente de la compañía. Esto explica que en cada plaza comercial importante existieran barrios “nacionales”, esto es, donde moraban los agentes de una misma “nación”. Dice Greif que estos agentes no eran captados por las compañías entre los locales de la plaza (probablemente, se usaban agentes locales para negocios ocasionales, no para representar de forma permanente los intereses de la compañía) sino que eran elegidos y formados en la ciudad de origen (por ejemplo, en Siena o en Florencia). La selección y formación de los agentes era importante porque si la compañía estaba implicada en el comercio a larga distancia, la mayor parte de sus fondos y de su actividad tenía lugar fuera de la ciudad de origen y el éxito de los negocios dependía de la honradez y eficacia de los agentes. Dada la distancia y la pobreza de los medios de comunicación, la autonomía de los agentes era enorme (recuérdese, por ejemplo, el art. 255 C de c). Dice Hunt – al que cita Greif – que “las compañías tenían su política centralizada pero la ejecución de ésta, descentralizada” lo que hacía frecuentes los casos de apropiación, corrupción y malversación cuando no de robo directo por los agentes de los fondos confiados. Durante los siglos XIII y XIV, en el caso de las compañías italianas, la conducta desleal se mantuvo a niveles bajos pagando buenos salarios a los agentes y manteniéndolos empleados casi de por vida según hemos visto. Y, para que no se corrompieran, trasladándolos, esto es, haciéndolos rotar entre las distintas plazas en las que la compañía tenía corresponsalías. Greif sugiere que los salarios eran “salarios de eficiencia” en el sentido de que no su cuantía no venía determinado por los rendimientos de la actividad del agente en un período determinado y el agente no asumía riesgos de pérdidas en los negocios gestionados por él. Se trataría, pues, de asegurar la lealtad del agente haciéndole perder los ingresos futuros – los salarios futuros – que obtendría con independencia del rendimiento de su labor como corresponsal.

Posteriormente – a partir del siglo XV – los mecanismos contractuales empleados son otros: la remuneración de los corresponsales se corresponde con su rendimiento en el período y los corresponsales soportan una parte del riesgo de las operaciones realizadas por ellos. Para exponer esta evolución del contrato de compagnia, Greif nos cuenta el caso de l

La organización de los Medici

Como es sabido, los Medici formaron el primer grupo de sociedades de la historia e “inventaron” la sociedad holding, esto es, la cabecera de un grupo de sociedades cuya única actividad consistía en administrar la participación de los socios de dicha cabecera en todos los negocios que se realizaban a través de las sociedades participadas. Cada una de éstas articulaba una relación societaria entre los Medici y otro comerciante o comerciantes, normalmente, minoritario que gestionaba el negocio localmente. De manera que los Medici convirtieron a los corresponsales en socios de la compagnia pero sin darles participación en la holding. Interesándolos solo en la compañía local. De esta forma aumentó el alineamiento de intereses entre el corresponsal/socio local con la compañía en su conjunto: el corresponsal participaba en los beneficios y asumía riesgos (como socio, tenía responsabilidad ilimitada). Los costes de agencia que exponíamos más arriba se reducían con esta forma de organización.

Grief resume el contenido de un contrato celebrado en 1456 entre los socios principales de la compañía Medici y un socio local y agente llamado Angiolo. La duración del contrato se pacta en tres años. El objeto social es financiero (descuento de letras) en Flandes. Los Medici son socios mayoritarios (el socio minoritario pone 500 groat de los 3000 del capital) Angiolo gestionaría el negocio en Flandes y recibiría un 20 % de los beneficios – un poco más que su participación en el capital -. Las obligaciones de Angiolo eran semejantes a las de un comisionista. Y Greif barrunta que el cambio en la organización de las relaciones entre comerciantes y corresponsales se debió a la apreciación de que el sistema antiguo no controlaba bien los costes de agencia, lo que dedujeron los Medici del hecho de que las grandes casas del siglo anterior habían acabado en la quiebra. Lo más interesante es que fue un hecho discreto, no una evolución. Esto significa que la articulación de las relaciones se produjo como consecuencia de una decisión racional de configurarlas como una relación societaria convirtiendo a los corresponsales en socios minoritarios.

Para que la nueva organización fuera sostenible – continúa Greif – era necesario, para los Medici, llevar una excelente

Contabilidad

de cada una de las sociedades en las que participaban. Una contabilidad de costes, diríamos hoy, que les permitiera determinar qué sociedades ganaban dinero y cuáles perdían. Los Medici tuvieron que inventar las cuentas consolidadas (y los precios de transferencia como transacciones vinculadas que debían realizarse a precios de mercado) para poder determinar lo que cada sociedad aportaba a los beneficios del grupo. Dice Greif que estos procedimientos contables no estaban disponibles en el siglo XIII y XIV. La “partida doble” contable no había sido inventada.

La exposición de Greif facilita explicar

el paso de la compagnia a la sociedad anónima

será más sencillo. Basta la “sofisticación” de la sociedad comanditaria por acciones. Si los Medici convirtieron a los corresponsales en socios minoritarios reservándose el papel de socios mayoritarios y financiadores de la actividad de los corresponsales, ¿qué problema hay en convertir a los socios silentes que, a través del contrato trino se interesaban en las empresas de los comerciantes en socios comanditarios? Lo importante es que se ha logrado aumentar el tamaño y la estabilidad de las compañías hasta el punto de que los outsiders pueden confiar mínimamente en que su dinero no desaparecerá tan pronto como lo entreguen a los socios de la compañía en la que se invierte. Es decir, el mismo aseguramiento que la compagnia familiar de los siglos XIV y XV proporcionó a los corresponsales convirtiéndolos en socios minoritarios – y haciéndoles asumir más riesgo – se utiliza para asegurar a los inversores dispersos que verán de vuelta su dinero. La organización que les pide el dinero y promete devolvérselo tiene una reputación superior a la de cualquier individuo. Y vida eterna.

Greif, Avner,The Study of Organizations and Evolving Organizational Forms Through History: Reflections from the Late Medieval Family Firm. Ind Corp Change 1996; 5 (2): 473-502

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