@thefromthetree
El
préstamo de acciones es un contrato de préstamo de una cosa fungible. El
prestatario se obliga a devolver al prestamista unas acciones idénticas a las
recibidas (de la misma sociedad, de la misma clase, del mismo valor nominal
etc). Además, el prestatario paga una prima – el equivalente a los intereses en
un préstamo de dinero – en el momento en el que se celebra el contratdo y recibe
las acciones. Durante la vigencia del préstamo, los dividendos y derechos de
suscripción de las acciones corresponden, normalmente, al prestamista. La
función económica del préstamo de acciones es variada. Sirve para permitir al
prestatario cumplir la obligación de entrega de esas acciones que tuviera
frente a un tercero en virtud de cualquier otro negocio jurídico (por ejemplo,
en una oferta pública de acciones, el banco asegurador pide prestadas acciones
para entregarlas a los que participan en la oferta greenshoe). El préstamo puede usarse también con fines
especulativos. Si el prestatario cree que las acciones van a bajar de precio,
las pide prestadas hoy, las vende en el mercado al precio de hoy – más alto – y
las recomprará el día – futuro – en el que tenga que devolverlas al que se las
prestó y se embolsa la diferencia de precio entre el precio de cotización de
hoy y de ese día futuro. Una venta –
futura - en corto sólo puede hacerse si el que vende “en corto” esto es,
sin disponer de las acciones en el momento de celebrar el contrato de
compraventa, puede acudir al mercado de préstamo de acciones para obtener
acciones que entregará el día en que se haya comprometido a hacerlo. En fin, se
puede usar como garantía del
cumplimiento de otras obligaciones (el acreedor recibe las acciones en préstamo
con derecho a venderlas si el deudor incumple y a cobrarse con el precio
obtenido). Los titulares de acciones encuentran así en el préstamo una forma de
obtener un rendimiento adicional por sus acciones – en la prima – y se ahorran
los costes de depósito durante ese período.
Cahn, Andreas/Ostler, Nicolas, Eigene Aktien und Wertpapierleihe,
1 comentario:
Interesante artículo!
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