La sentencia dictada en primera instancia estima la demanda formulada por la ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE LA COMUNICACIÓN contra las mercantiles "VILOSA PREMIUM, S.L.U." y "TALLER DE EDITORES, S.A.", sin efectuar expresa imposición de las costas procesales en aplicación del artículo 395 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al haberse allanado a la demanda las demandadas antes de contestarla y dentro del término del emplazamiento.
Frente a la sentencia se alza la parte actora que pretende su revocación en el particular que no impuso a la codemandada "VILOSA PREMIUM, S.L.U." las costas causadas a la demandante en primera instancia al entender que había actuado con mala fe. Alega la parte apelante que la referida demandada había sido condenada con anterioridad en virtud de sentencia firme en procedimiento también iniciado por la aquí apelante por la publicación de un anuncio similar al que es objeto de las presentes actuaciones en el que también se atribuían propiedades adelgazantes al café marca MINCEUR FORTE.
Además, la mala fe podría fundarse, directamente, en el propio contenido del anuncio que atribuye propiedades adelgazantes al café la marca MINCEUR FORTE con flagrante violación del artículo 4.2 del Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria en relación con el artículo 3.d) de la Ley General de Publicidad, a la vista de que en el anuncio llega a afirmarse que por tomar ese café "REALMENTE SE PUEDE ADELGAZAR" "liberando su cuerpo de toda la grasa!" y añade que se trata de una " PÉRDIDA DE PESO de 3 hasta 5 kilos A LA SEMANA!" .
Estimar el recurso de apelación interpuesto por el procurador don Roberto Granizo Palomeque en nombre y representación de ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE LA COMUNICACIÓN contra la sentencia dictada el día 23 de diciembre de 2015 por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Madrid, en el procedimiento núm. 321/2015 del que este rollo dimana.
2.- Revocar dicha resolución en el particular impugnado relativo a la no imposición de las costas procesales a la entidad "VILOSA PREMIUM, S.L.U." , representada por el procurador don Antonio Rafael Rodríguez Muñoz, y, en su lugar, condenamos expresamente a la referida parte codemandada al pago de las costas causadas en primera instancia a la parte actora
“Reading and thinking. The beauty of doing it, is that if you’re good at it, you don’t have to do much else" Charlie Munger. "La cantidad de energía necesaria para refutar una gilipollez es un orden de magnitud mayor que para producirla" Paul Kedrosky «Nulla dies sine linea» Antonio Guarino. "Reading won't be obsolete till writing is, and writing won't be obsolete till thinking is" Paul Graham.
viernes, 4 de enero de 2019
Costas
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