martes, 4 de marzo de 2014

El capital en el siglo XXI

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Este es el libro de Thomas Piketty que ha aparecido en francés y, ahora, ha sido traducido al inglés y que muchos consideran, cuando menos, el libro del año. Su importancia para el trabajo de los científicos sociales no es desdeñable (ocuparse de cuestiones importantes y dejarse de “modelitos” e ir a los datos). Una reseña en español, aquí. Y un análisis específico del problema del gravamen de la tierra y de los bienes inmuebles, aquí. La entrada de De Long sobre el libro (“Los EE.UU. pueden ser el peor de los mundos para los que no son ni ejecutivos de grandes compañías o ricos herederos: si no eres uno de esos, eres pobre y te califican de idiota y te acusan de tener lo que mereces”) y la columna Free Exchange de The Economist.
Lo que sigue es una pequeña reflexión que me ha producido la lectura de sus primeras 350 páginas (el “librito” tiene casi mil, pero se lee muy bien)

Cuando alguien vende un activo propio (un inmueble, una pintura o su fuerza de trabajo), el precio que recibe constituye una atribución patrimonial justificada. Ha sacrificado algo – lo que entrega a cambio del precio – a cambio de ese precio. La compraventa no necesita, pues, de más justificación para considerarse justa una vez que ambas partes han celebrado el contrato voluntariamente. El intercambio es voluntario, ergo justo. Desde el punto de vista social, no hay muchas razones para entrometerse limitando la libertad de la gente para vender y comprar o gravando las transacciones. Incrementa el bienestar general de la Sociedad porque los recursos – los bienes – pasan a manos de aquellos que los valoran mas, de modo que la Sociedad en su conjunto es más rica tras el intercambio. Otra cosa es que la distribución de los bienes resultante sea preferible con arreglo a otros criterios. Desde el punto de vista moral, la Sociedad no enjuicia la transacción salvo que concurran circunstancias particulares (venta del propio cuerpo – esclavitud – o ventas realizadas en estado de necesidad – usura –). Y, desde el punto de vista individual, la realización de estos intercambios contribuye al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo (art. 10 CE) en cuanto que la realización del intercambio de forma voluntaria nos permite suponer que el vendedor puede realizarse como persona – perseguir de mejor manera sus fines vitales – de forma autónoma  con lo que obtiene a cambio de su prestación.
Las donaciones – y las herencias – se evalúan socialmente de una manera algo diferente. El que dona algo realiza un sacrificio patrimonial voluntario pero no recibe nada a cambio y, recíprocamente, el donatario recibe algo sin haber sacrificado nada. La donación es un acto de liberalidad. Por tanto, desde el punto de vista social, no hay razones para tratar igual al comprador que al donatario. Para el donante, vale lo que hemos dicho de la compraventa. La donación permite al donante desarrollar su personalidad como ser humano, expresar sus propios valores y contribuir a los fines que considera deseables (considera deseable, por ejemplo, liberar al mundo de la malaria y efectúa una donación a un laboratorio que investiga la enfermedad y trabaja en la obtención de una vacuna). Entre estos fines que el donante considera deseables (y que socialmente se consideran como “aceptables”) puede encontrarse el de beneficiar a una persona concreta en cuyo bienestar está interesado – de nuevo, por las razones que sean – el donante.
Socialmente, sin embargo, la evaluación de una donación no es idéntica a la de una compraventa. Habrá justificación para no impedirlas pero nada impide, valga la redundancia, a la Sociedad gravar o dificultar específicamente las donaciones en relación con las compraventas. Habrá justificación para hacer tal cosa cuando el enriquecimiento del donatario no sea un objetivo “alineado” con el interés social. Como no ha sacrificado nada, la donación no garantiza que la asignación de los recursos que resulta de la donación sea eficiente. Porque su donación indica, no que el donante valore en “cero” lo que ha donado, sino que su función de utilidad incluye el bienestar del donatario. Como es voluntaria, podemos estar seguros de que la donación ha aumentado el bienestar de la Sociedad, pero no que ha aumentado la riqueza de la Sociedad.
Esta diferencia justifica que, en todos los Derechos, la imposición sobre las donaciones y las herencias sea superior a la imposición sobre las compraventas. Las donaciones contribuyen al libre desarrollo de la personalidad de los donantes pero las compraventas, además, aumentan la riqueza de la Sociedad. Si queremos conseguir, como Sociedad, determinados objetivos de distribución de la riqueza, haremos bien en gravar fuertemente las donaciones y las herencias y gravar ligeramente las compraventas. Siempre que no incluyamos entre las donaciones y las herencias gravadas las que se realizan a favor de sujetos que destinarán los bienes a fines de interés para toda la Sociedad, la mejor distribución de la riqueza se logrará, si se impone el gravamen sobre el donatario, a costa de un interés menos valioso, el del donatario, salvaguardando, al mismo tiempo, el libre desarrollo de la personalidad del donante.
Si, como sugiere Piketty, llevamos cincuenta años de acumulación de capital y, en consecuencia, de creciente desigualdad (haría falta una guerra o una devaluación masiva de las deudas vía inflación galopante o un impago generalizado de la deuda pública), la Sociedad está legitimada para proceder a la redistribución, no a través del gravamen de las rentas del trabajo, sino a través del gravamen del capital pero para evitar desincentivar el ahorro y para evitar desincentivar a los propietarios para que cuiden y aumenten el valor de sus capitales, dicho gravamen no debería centrarse en las transacciones financieras o en las transacciones de bienes de capital, sino en la apropiación pública de una parte de dicho capital realizada con ocasión de los hechos que menos dañan el libre desarrollo de la personalidad de los individuos: cuando mueren o cuando se desprenden de los bienes sin recibir nada a cambio. Si la inexistencia de un impuesto sobre el patrimonio para los grandes patrimonios es difícil de justificar, la inexistencia de un impuesto sobre las donaciones y de un impuesto sobre las herencias es profundamente inmoral desde estos puntos de vista. El objetivo de la exención – permitir la supervivencia de las empresas familiares – es un objetivo “menor” y de poco valor social (que los herederos tengan que pagar un impuesto elevado sólo provocará, en el peor de los casos, que vendan la empresa, de manera que ésta no desaparece del mercado) en comparación con el sacrificio que impone a la Sociedad – la Sociedad ha de redistribuir la renta para evitar situaciones lacerantes de desigualdad a través de otros impuestos más “injustos” –. Uno tiene derecho, desde el Génesis, al fruto de su trabajo. No al fruto del trabajo de los padres de uno. Si, como sugiere Piketty, , en un mundo en el que la población ha dejado de crecer y en el que el ritmo de crecimiento se ha reducido y la inflación es baja, lo que uno hereda determina lo que uno posee, el Estado debería redistribuir la riqueza tirando de las herencias antes que de los frutos del trabajo.
El mensaje de Piketty es que no hay muchas alternativas para reducir la desigualdad: “progressive wealth tax at the global scale, based upon automatic exchange of bank information” o sangramos a los que trabajan, o sangramos a los que no necesitan trabajar para mantenerse porque reciben bienes sin sacrificio por su parte (impuestos sobre el patrimonio, sobre la propiedad y sobre las herencias y donaciones). La única opción restante es la de la devaluación masiva de las deudas a través de un gran jubileo, de una guerra que destroce los bienes de capital o un impago masivo de la deuda pública directo o a través de una inflación de dos dígitos sostenida durante varias décadas rezando porque, efectivamente, los deudores y los pobres coincidan.
PS. Me gustaría que Jesús Fernández-Villaverde escribiera una recensión del libro, a la vista de esta entrada suya en nadaesgratis

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