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viernes, 28 de octubre de 2016

Anche in Italia




Con unos datos normativos prácticamente idénticos a los de España, en Derecho italiano también, el control registral de la “legalidad” de los actos inscribibles en el Registro Mercantil se limita a la nulidad de pleno derecho (o inexistencia) y no se extiende al cumplimiento de aquellos requisitos legales o estatutarios que permiten la impugnación de los acuerdos sociales correspondientes:

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