La famosa periodista y explotadora de bulos con su maldita hemeroteca, ha hecho una brutta figura hoy entrevistando a Josep
Borrell, el flamante ministro de Exteriores. No me referiré a su constante
defensa, durante toda la entrevista, de las posiciones de los separatistas. No
me referiré, en particular, a cómo ha ocultado que ha sido el diario Ara que
dirige su frecuentemente invitada Esther Vera el que ha manipulado y
distorsionado la frase de Borrell sobre desinfectar las heridas. No me referiré
tampoco a la omisión de cualquier pregunta sobre los gestos que está dando el
govern del racista Torra para reabrir cualquier diálogo. No me referiré tampoco
a su silencio respecto a la situación que padece la oposición en Cataluña.
Supongo que su audiencia es la que es.
Pero lo que no puedo dejar de comentar es la ignorancia y falta
de preparación de la periodista en relación con el Real Decreto-Ley por el que
se modificó, tras una previa y reciente modificación, el art. 285.2 de la Ley de
Sociedades de Capital. Su ignorancia es muy grave porque no es un tema “nuevo” y
sobre el que la periodista y su equipo no hayan podido informarse.
Como he dedicado una entrada al asunto, desde el punto de vista técnico, no hace falta volver a explicarlo. Borrell le ha contestado que Caixabank no
había aprovechado el Real Decreto-Ley de 2015 para atribuir al Consejo de
Administración la competencia sobre el traslado del domicilio social dentro del
territorio español, de manera que no podía proceder a tal cambio sin convocar la
junta de accionistas. En esos días, estaban retirándose centenares de millones
de euros de las cuentas de Caixabank en Cataluña. Esta historia es tan conocida
que sólo se puede imputar la formulación de la pregunta por parte de Ana Pastor,
en el sentido de que se trataba de un RD-Ley para facilitar la salida de
empresas de Cataluña, a su mala fe. Ni el cambio de domicilio social significa
que las empresas “salgan” del lugar donde están (si así fuera, Delaware sería
más rico que Nueva York o California) ni el RD-Ley afectaba mas que a una
compañía. El 99,99 % de las empresas catalanas no se veían afectadas
sencillamente porque, al tener dos o tres socios, la reunión de los socios – en
junta universal – no puede ser más sencilla. Pero es que derogar el RD-Ley no
significaría nada si estamos a la redacción dada a la norma en 2015 ya que la
reforma de 2017 tenía un valor más interpretativo que constitutivo.
¡Ay qué nivel!
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