jueves, 26 de septiembre de 2024

Citas: Sheinbaum, la Sánchez mejicana; campeones en estudios sobre 'decrecimiento'; reforma agraria y desarrollo económico; maltrato infantil, ayudas sociales a madres solteras y pensionistas finlandeses en Portugal

 

Frecuencia de las instituciones de los autores – mundo (panel izquierdo) y Europa ampliada (panel derecho).

Los académicos españoles lideran un ranking mundial: el de los estudios sobre "decrecimiento". (una rama de escaso valor científico) ¡Viva España!

Basándonos en una muestra de 561 estudios, concluimos que: (1) el contenido cubre 11 temas principales; (2) la gran mayoría (casi el 90%) de los estudios son opiniones más que análisis; (3) pocos estudios utilizan datos cuantitativos o cualitativos, y aún menos utilizan modelos formales; (4) los dos primeros tipos tienden a incluir muestras pequeñas o se centran en casos no representativos; (5) la mayoría de los estudios ofrecen consejos de política ad hoc y subjetivos, careciendo de evaluación de políticas e integración con conocimientos de la literatura sobre políticas ambientales/climáticas; (6) de los pocos estudios sobre apoyo público, la mayoría concluye que las estrategias y políticas de decrecimiento son social y políticamente inviables; (7) varios estudios representan una confusión de "causalidad inversa", es decir, utilizan el término decrecimiento no para una estrategia deliberada sino para denotar el declive económico (en términos de PIB) resultante de factores exógenos o políticas públicas; (8) pocos estudios adoptan una perspectiva de todo el sistema; en cambio, la mayoría se centra en casos pequeños y locales sin una implicación clara para la economía en su conjunto.

El pueblo quiere políticas populistas

Los economistas y la gente común a menudo parecen habitar planetas diferentes, pero rara vez la brecha ha sido tan grande. A medida que el expresidente Donald Trump y la vicepresidenta Kamala Harris compiten por cualquier ventaja posible en una elección reñida, han ofrecido una plétora de ideas que deleitan a los votantes en diversos grados pero horrorizan a los economistas porque distorsionarían los mercados o profundizarían el agujero fiscal de Estados Unidos.

Las inclinaciones políticas de las personas con condenas por delitos graves.

En Carolina del Norte, en 2020, el 36% de los nuevos inscritos se registraron como demócratas, el 35% como republicanos, el 0,7% como libertarios y el 28% como no afiliados.

Los mejicanos eligen a una analfabeta ingeniera con master y doctorado, gobernada por un macho alfa, como primera presidenta de su historia

Sheinbaum es lo más parecido a Sánchez que se despacha en Nueva España. En su tesis doctoral (tan ridícula como la de Sánchez) dice "basta experiencia" (p 165). La tesis no tiene bibliografía y en su primera página hay un sello que dice "tesis con falla de origen" que no quiere decir nada respecto del contenido, sólo respecto del documento microfilmado o escaneado. Al parecer, en esa época (los años 90) hubo un escándalo en la UNAM con la autoría de las tesis. Enrique Peña Nieto, anterior presidente, fue acusado de plagiar su tesis. Y a Sheinbaum también se le acusó de plagio. La UNAM solo ha descubierto dos plagios en cuarenta años (es una de las universidades más grandes del mundo) Todo lo cual habla mal de la integridad del sistema académico mexicano. De ahí que no extrañe que se califique lo que de facto supone facilitar a los narcos la elección de los jueces como democratización de la justicia y que Sheinbaum no sea capaz de entender que los que sometieron y masacraron durante siglos a los "pueblos originarios" de México fueron otros pueblos originarios de México. Es sorprendente que AMLO prologue un libro sobre "la historia del pueblo mexicano" que empieza en los tiempos de Hernán Cortés en el que se lee que Hernán Cortés "liberó" a los pueblos originarios del yugo azteca: 

Cuando llegaron a las costas del Golfo de México en 1519, las reducidas tropas comandadas por el español Hernán Cortés supieron sacar provecho del rencor común de los locales hacia el yugo de la Triple Alianza. Durante mucho tiempo este hecho fue interpretado como una conquista militar y espiritual que era consecuencia de la evidente superioridad civilizatoria de los europeos sobre los salvajes nativos. Sin embargo, debe leerse en realidad como una debe leerse en realidad como una guerra libertaria de pue blos mesoamericanos que se coaligaron con astutos españoles quienes, a la larga, se beneficiaron enormemente de la fragmentación de las poblaciones indígenas.

y más adelante, tras afirmar que los españoles esclavizaron a los mejicanos durante todo el período colonial y presentar la independencia en 1821 como liberación del yugo español y lucha por la igualdad, el mismo autor dice

  El respaldo de los criollos (o sea, los españoles explotadores), los comerciantes y hacendados, del ejército y la Iglesia católica había sido fundamental para alcanzar la anhelada ruptura con España. Pero este favor se pagó al precio de sacrificar los ideales de justicia social. 

O sea que, como dijo Agustín de Foxá, los que han de pedir perdón son los mejicanos que llevan dos siglos explotando inmisericordemente a sus paisanos. No los españoles que nunca pisamos México.

Si gente como Maduro, Sheinbaum, Evo Morales, o muchos de los presidentes de las mortificadas repúblicas centroamericanas llega a jefe de Estado o jefe de Gobierno es que la decadencia iberoamericana progresa adecuadamente. 

La carta que ha publicado en X, llena de faltas de ortografía (coloca las comas al tuntún) y sintaxis y de errores fácticos, revelan con toda claridad el analfabetismo de la primera mujer elegida para ser presidenta de México. Por ejemplo dice que AMLO proponía la celebración "de los 200 años de la vida independiente y casi 2 siglos de la fundación de Tenochtitlan". Tenochtitlan se fundó en 1325, según el mito, de manera que no veo cómo ha calculado la doctora en ingeniería que han transcurrido casi dos siglos de la fundación. Dice que el Ministerio de Asuntos Exteriores español "realizó un comunicado de prensa" y que "esta circunstancia" (¿cuál?) "no ha sido aclarada ni respondida de forma directa al gobierno de México". O sea, que no han invitado al jefe del estado español porque éste, cumpliendo con su obligación, entregó la ofensiva misiva de AMLO al Gobierno para que éste diera la respuesta adecuada. Luego dice, "precisamente por todo ello" o "reconocimiento cabal a nuestras identidades". Más adelante llama "diversidad de opiniones" a la discrepancia entre los dos gobiernos y cree que nada puede empeorar y que el conflicto será "punto de partida" para encontrar "vías de entendimiento" basadas en "nuestras soberanías" 

 ¡Qué pena! 

Los viejos también responden a incentivos

Si declaras exentas de impuestos las pensiones que cobren los residentes procedentes del extranjero, se te llena el país de viejos finlandeses ricos. Ahora falta solo que Portugal lo haga con los pensionistas españoles

¿Studwell tiene razón? Kim y Wang dicen que en buena medida, no. 

Este documento presenta un análisis detallado de la reforma agraria de Taiwán en la década de 1950, examinando sus dos fases redistributivas: la redistribución de tierras públicas (Fase II) y la ley "tierra para el que la trabaja" (Fase III). Ambas fases lograron reducir significativamente la aparcería y aumentar la propiedad de la tierra. La Fase II, que redistribuyó tierras públicas anteriormente propiedad de colonos japoneses, provocó una disminución del 1,2% en la proporción de hogares arrendatarios por cada punto porcentual de tierra transferida. La Fase III, que dividió las grandes propiedades y las distribuyó a los arrendatarios, tuvo un impacto aún mayor, reduciendo la aparcería en un 1,6% por cada punto porcentual de tierra transferida. 

Sorprendentemente, solo la Fase II condujo a un aumento sustancial de la productividad del arroz. La Fase III tuvo un efecto insignificante. La Fase II permitió a los agricultores elegir el cultivo más rentable y fomento la explotación más intensa (varias cosechas anuales) de la tierra. La Fase III, al reducir el tamaño de las explotaciones, pudo haber creado unidades demasiado pequeñas para ser económicamente viables. El estudio no encontró evidencia sólida de que la reforma agraria impulsara una transformación estructural significativa de la agricultura a la industria manufacturera. 

 el aumento del uso de fertilizantes químicos y la introducción de nuevas variedades de alto rendimiento, pueden haber sido más importantes para impulsar la productividad agrícola de Taiwán (que la redistribución de la propiedad de la tierra) y poner en marcha su milagro de crecimiento  

la Fase III de la reforma agraria empujó a las mujeres a buscar trabajo fuera de la agricultura, principalmente en la manufactura,pero esta transición no implicó una migración masiva hacia las ciudades. La información disponible sugiere que el sector servicios, tanto en áreas rurales como urbanas, absorbió gran parte de la mano de obra excedente.

 Oliver Kim/ Jen-Kuan Wang, Land Reform in Taiwan, 1950-1961: Effects on Agriculture and Structural Change, 2024

Y este gráfico puesto por Pseudoerasmus que dice que no confía en Studwell para entender la relación entre desarrollo económico y agricultura en Asia


Efectos de la prohibición de la "affirmative action" en las universidades públicas norteamericanas

La prohibición de la "affirmative action" en las universidades públicas norteamericanas conduce a una reducción de los negros e hispanos en las universidades "insignia" del Estado (20-50 % de reducción que se mitiga en 10-20 % en tres años). No se reduce la entrada de negros más que de hispanos "y sólo UC Berkeley sufrió una caída desproporcionada de uno de los sexos (mujeres)". Cuanto más selectiva la universidad, mayor es la caída en la entrada de negros e hispanos. La entrada de éstos en el sistema universitario no se reduce en conjunto por el efecto cascada (los que no son admitidos en las universidades 'insignia' del Estado, lo son en otras universidades públicas no tan selectivas).

El maltrato infantil está causado por

  1. la violencia vicaria ejercida por los padres respecto de las madres
  2. la ideología machista de los padres
  3. la falta de educación de los padres que no tienen conciencia de que no deben maltratar a sus hijos
  4. la imposición de los padres a las madres de una cultura de violencia
  5. ninguna de las anteriores: 

 en los Estados Unidos... más de cuatro millones de niños fueron referidos a los servicios de protección infantil en 2022... Los trastornos de salud mental y el uso de sustancias por parte de los padres están fuertemente asociados con el maltrato infantil. En este estudio, utilizamos datos administrativos del período 2004 a 2021 para estudiar la relación entre el número de centros de tratamiento de salud mental y uso de sustancias por condado y los informes de maltrato infantil. Nuestros hallazgos proporcionan evidencia de que un mejor acceso a tratamientos de salud mental y uso de sustancias reduce los informes de maltrato infantil. En particular, un aumento del 8% en la disponibilidad de tratamientos reduciría los informes de maltrato en un 1%.

las mujeres están más interesadas en perseguir actividades de comercialización y emprendimiento cuando abordan problemas sociales

Repartir acciones entre los empleados mejora la satisfacción con el empleo de los trabajadores

Las advertencias de los verificadores de hechos son efectivas incluso para aquellos que desconfían de los verificadores de hechos.

Aumentar las prestaciones sociales a madres solteras mejora los ingresos de adultos de los hijos varones pero no de las hijas

Se estudian los efectos intergeneracionales de una reforma de la asistencia social que aumentó la generosidad de las prestaciones y facilitó su obtención para las madres solteras en Israel... el aumento en las tasas de participación en la asistencia social de las madres solteras después de la reforma tuvo un impacto significativo en los resultados económicos a largo plazo de sus hijos. Las niñas expuestas a la reforma durante la infancia tenían más probabilidades de recibir asistencia social ellas mismas como adultas jóvenes (desaparecía cuando cumplían 30 años), mientras que los niños experimentaron un aumento duradero en los ingresos laborales. Los resultados sugieren que los programas de asistencia social generosos pueden tener consecuencias beneficiosas para los niños que crecen en hogares monoparentales.

Posibles razones para el diferente impacto en niños y niñas: los niños son más frágiles. Si bien el estudio no explora a fondo las razones por las cuales la reforma afectó de manera diferente a niños y niñas, se sugieren algunas posibilidades basadas en investigaciones previas: Efectos del ingreso familiar en niños: Estudios anteriores han demostrado que el aumento del ingreso familiar tiene un mayor impacto en el rendimiento escolar y los logros educativos de los niños que en las niñas. Desventaja familiar y género: La desventaja familiar, como crecer en un hogar monoparental, tiende a afectar de manera desproporcionada los resultados de comportamiento, académicos y laborales de los niños en comparación con las niñas. Los niños en familias monoparentales, en particular, pueden recibir menos inversión parental y de menor calidad. Retorno de la inversión materna: Algunos estudios sugieren que los niños podrían beneficiarse más que las niñas de las inversiones de tiempo de la madre. Es posible que el aumento de la asistencia social haya permitido a las madres dedicar más tiempo y recursos a sus hijos, lo que llevó a mejores resultados laborales para los niños, pero no para las niñas.

miércoles, 25 de septiembre de 2024

La crueldad de los fascismos nacionalistas catalán y vasco y del mentiroso Illa con los niños de lengua materna española al promover, con la inmersión en catalán y vascuence, la "discordancia lingüística"

La salvaje inmersión lingüística en Cataluña y el País Vasco está perjudicando el aprendizaje de los niños de lengua materna española que constituyen, razonablemente, la mayor y más pobre parte de la sociedad. 

El estudio del que ahora recojo algunos extractos (con ayuda de NotebookLM) demuestra que los niños deben aprender a leer y a escribir en su lengua materna. Y da una razón que se corresponde perfectamente con lo que sabemos sobre cómo funciona el cerebro humano y cómo aprendemos: los niños de 4 o 5 años, cuando empiezan a aprender a leer y a escribir no son una tabula rasa. Vienen a la escuela con su cerebro lleno de 'modelos' de la realidad que constituye su entorno conformados por sus experiencias y relación con sus padres y familiares. Y esa experiencia ha formado en sus cerebros esos 'modelos' y lo ha hecho, naturalmente, en la lengua materna, esto es en la L1 en la nomenclatura de la autora. Enseñarles a leer y escribir en la escuela en otra lengua (la lengua de enseñanza se denomina LOI) dificulta y ralentiza el aprendizaje porque lo que se les enseña no "encaja" fácilmente en sus modelos mentales. Eso puede, además, desmotivar a los niños y hacer que pierdan interés por la escuela. Por el contrario, el niño no tiene ninguna dificultad para acabar dominando la lengua no materna si la enseñanza es bilingüe, esto es, se abandona el modelo de inmersión lingüística en catalán o vascuence y se opta por el único modelo que ha validado el Tribunal Constitucional: enseñanza al 50 %. 

Todo lo que sabemos sobre la evolución de la enseñanza en Cataluña apunta en la misma dirección: los resultados son cada vez peores, hay una segregación creciente en esos resultados (se está discriminando directamente a los niños de lengua materna española) y los niños catalanes son los que más odian la escuela.
Un estudio aprovechó el cambio de política lingüística de Etiopía en 1994 como experimento natural, estimando que el cambio a LOI=L1 para el grupo étnico más grande del país condujo a un aumento de 0,75 a un año de asistencia a la escuela primaria para la cohorte afectada, así como un aumento del 31% en la finalización de al menos seis años de escolaridad de los estudiantes matriculados. En otro estudio longitudinal con un conjunto de datos nacionales de 9180 escuelas primarias sudafricanas, los investigadores encontraron una relación causal entre LOI=L1 en los primeros grados de primaria y un mejor desarrollo de L2 (inglés), medido en cuarto, quinto y sexto grado. Este hallazgo coincide con el de una investigación realizada en Estados Unidos que muestra que la inmersión en dos idiomas para hablantes de español y de otras lenguas minoritarias mejora la lectura (incluso en L2) y tiene algunos beneficios y ningún daño en las áreas de matemáticas y ciencias  A nivel subnacional, un estudio longitudinal en 24 escuelas comparables en Camerún encontró evidencia sugerente de que enseñar los grados primero a tercero en L1 antes de cambiar al inglés (L2) como LOI redujo las tasas de deserción en alrededor de 22 y 14 puntos porcentuales en tercer y quinto grado, respectivamente.  
(Hay) una fuerte correlación entre los resultados de alfabetización más bajos a nivel de país y una falta de correspondencia entre el idioma materno de los estudiantes y el idioma de instrucción en la escuela, un fenómeno al que me refiero como discordancia lingüística. 
los países con mayores porcentajes de niños que experimentan discordancia lingüística tienden a tener tasas más altas de pobreza de aprendizaje, mientras que aquellos con más estudiantes que son escolarizados en su lengua materna exhiben una pobreza de aprendizaje más baja.  
¿Por qué la lengua materna es tan importante para el aprendizaje? El desarrollo de la alfabetización, ya sea en la lengua materna (L1) o en una segunda lengua (L2), se basa en el conocimiento previo del mundo y del lenguaje. Los niños aprenden mejor cuando pueden conectar la nueva información con lo que ya saben.  
El "efecto Mateo": Cuanto más leen y comprenden los niños, mejores lectores se vuelven. La inmersión en una L2 puede dificultar este proceso, ya que los estudiantes pueden no tener las bases lingüísticas para comprender los textos y, por lo tanto, leer menos y aprender menos 
Los maestros son más efectivos cuando enseñan en una lengua en la que dominan. En sistemas educativos donde la lengua de instrucción es una L2 para la mayoría de los maestros y estudiantes, la calidad de la enseñanza puede verse afectada.

(por eso fracasa el bilingüismo en inglés en Madrid y, probablemente, la inmersión en el País Vasco donde ni siquiera los maestros saben vascuence). 

La comprensión lectora aumenta la motivación y la autoeficacia de los estudiantes. La frustración de no entender el idioma de instrucción puede llevar a la desmotivación y al abandono escolar.  
La implementación de políticas que promuevan la educación en la lengua materna, junto con el aprendizaje de L2, puede mitigar los efectos negativos de la discordia lingüística.

Maya Alkateb-Chami, Learning Poverty when schools do not teach in children’s home language: A comparative perspective, International Journal of Educational Development Volume 105, March 2024,

Citas: Blackstone, Hume, Bogarín, Kummer, Garicano, Leyre Iglesias, Maduro, Zapatero y Borrell

Fuente: Bloomberg

Por qué hay que acabar con Maduro y Zapatero debería ser privado de su status como ex-presidente del gobierno de España

Que pidan perdón los Borrell que dijeron que lo que hacía falta en Venezuela eran elecciones libres. Dice Bolton en El Mundo

Fue un error aceptar que Maduro celebrara elecciones. Nunca iba a permitir la libertad. Maduro empezó excluyendo a Machado, incluso a presentarse. Y los votos que proclamaron los funcionarios electorales fueron completamente ficticios. Fue una repetición exacta de las elecciones de 2019. Fue lo mismo otra vez. Maduro está haciendo lo mismo una y otra vez. La Administración Biden está completamente ciega. Las sanciones se levantaron por un tiempo. Ahora tienen que volver a imponerse. Pero el daño ya está hecho. La coalición internacional contra el régimen se ha deteriorado y va a ser difícil recomponerla. No sabemos quién ganará en noviembre en Estados Unidos, pero Donald Trump ya ha dicho recientemente que Caracas es uno de los lugares más seguros donde se puede ir; que es más segura que muchas ciudades de Estados Unidos. Maduro es obviamente un hombre fuerte para Trump. Recuerdo de mis días junto a él que estaba fascinado por el hombre fuerte y no sé si usted ha leído el capítulo sobre Venezuela de mi libro [La habitación donde sucedió], pero al final conseguimos que, muy a pesar de algunos, Trump no se reuniera con Maduro. No dejamos que ocurriera. Sin embargo, ahora, es posible que Trump haga un trato con él. Eso sería un gran revés.

Por qué hay que acabar con el islamismo (no con el Islam)

Un hombre abrazó el Islam y luego volvió al judaísmo. Mu'adh bin Jabal llegó y vio al hombre con Abu Musa. Mu'adh preguntó: '¿Qué le pasa a este (hombre)?' Abu Musa respondió: "Abrazó el Islam y luego volvió al judaísmo". Mu'adh dijo: "No me sentaré a menos que lo mates, según el veredicto de Alá y de Su Enviado".

— Sahih al-Bujari, 9:89:271

UK facilita la entrada de talento (Garicano) y España la disuade (El Mundo)

'Cuando te gradúas en una de las mejores universidades del mundo, eres automáticamente elegible para un visado para trabajar en el Reino Unido. El gobierno británico mantiene una lista de las universidades que califican como "top", es decir, las que aparecen entre las 50 mejores en al menos dos de las tres principales clasificaciones mundiales. En 2023, solo cuatro universidades de toda la UE te permitirían calificar para este visado: Paris Sciences et Lettres, LMU Munich, Delft y Karolinska Institutet en Suecia. En cambio, Estados Unidos tiene cada año alrededor de 20 universidades en la lista, incluidas las mejores del mundo, mientras que China aumentó su presencia de lo que habría sido nada en el pasado reciente a seis en 2023. Países pequeños como Singapur o Suiza tienen dos universidades. Si el Reino Unido estuviera en la lista, tendría al menos cinco universidades en ella, incluidas 2 o 3 entre las 10 mejores, frente a ninguna entre las 10 mejores de toda la UE.

y no se puede atraer talento sin pagar bien a los investigadores: la brecha salarial entre catedráticos de la UE y catedráticos de STEM en EE.UU., UK y Singapur, por ejemplo, es estratosférica (Garicano): el ejemplo de la Inteligencia Artificial 


La brecha salarial afecta especialmente a Europa en campos globales de rápida evolución como la inteligencia artificial. El siguiente gráfico muestra que, de los 25 principales lugares del mundo para la investigación en IA en 2022 (de los cuales 20 son universidades), ni uno solo está en la Unión Europea. 

Actuación en común, división del trabajo y mutualidad 

Nuestro poder (como sociedad respecto a nuestro poder como individuos) se ve aumentado gracias a la conjunción de fuerzas. Nuestra capacidad se incrementa gracias a la división del trabajo. Y nos vemos menos expuestos al azar y la casualidad gracias al auxilio mutuo. La sociedad se convierte en algo ventajoso mediante esta fuerza, capacidad y seguridad adicionales» 

David Hume 

Sucesión perpetua 

Se ha considerado necesario para el interés público, para mantener y preservar patrimonios, constituir personas artificiales dotadas de sucesión perpetua y que disfrutan de una especie de inmortalidad jurídica. A estas personas artificiales se les llama cuerpos políticos, cuerpos corporativos (corpora corporata) o corporaciones.

Blackstone 

 ¿Qué significa persona repraesentata? 

El adjetivo no es sino el participio pasivo de repraesento, verbo compuesto por un preverbio (re-) que indica repetición y un verbo (praesento) derivado del participio de presente (praesens) de otro verbo compuesto, prae-sum 'estar delante'. Algo es repraesentatum cuando ha sido puesto delante dos veces o, con otras palabras,goza de una doble praesentia. en lenguaje teatral, Eurípides será repraesentatus cada vez que es vuelto a poner ante los espectadores por el actor o, porque, tras su muerte, vuelve a estar presente por efecto de la obra dramática. O porque supone una doble presencia, la del personaje del drama (dramatis persona) y la del actor que lo encarna y que se esconde tras la máscara (persona). De ahí que en lenguaje jurídico alguien es repraesentatus cuando otro actúa por su cuenta y nombre (representación directa) o sólo por su cuenta (representación indirecta). Y algo es repraesentatum cuando es reproducido o imitado. Finalmente, el preverbio re- puede tener sentido intensivo y de ahí las acepciones de repraesento como 'realizar algo al instante' y en concreto, 'presentar al pago o pagar al contado'... 

Jesús Bogarín

La polarización por sexos va a peor: las mujeres serán cada vez más de izquierdas y los hombres cada vez más de derechas: las mujeres votaban a la derecha cuando eran religiosas. 

Por primera vez en la historia moderna de Estados Unidos, los hombres jóvenes son ahora más religiosos que sus coetáneas femeninas. Asisten a los servicios religiosos con más frecuencia y es más probable que se identifiquen como religiosos. NYT vía Marg. Rev.

¿Las reglas del juego como reglas no jurídicas? (lo que es penalty y lo que no, lo que es fuera de juego, o lo que son 'pasos' en baloncesto)

Una competición deportiva requiere reglas uniformes, que suelen ser establecidas por las federaciones deportivas internacionales. Las reglas generalmente se vuelven vinculantes a través del consenso de todos los participantes o a través de las obligaciones asumidas por los miembros de las federaciones. Parte de la doctrina afirma que ciertos derechos y deberes de los miembros del club impuestos por los estatutos son fundamentalmente irrelevantes desde un punto de vista jurídico. Las reglas del juego también deberían considerarse situadas en esta área "sin ley", probablemente sería más apropiado calificarlas como no jurídicas dado que no son directamente accionables ante un tribunal. 

Max Kummer... distingue reglas del juego y reglas jurídicas. Las federaciones o asociaciones deciden autónomamente y sin control público sobre la formulación y aplicación de las reglas del juego... son parte del juego mismo y, por lo tanto, no pueden ser revisadas por los tribunales. Sin embargo, si las reglas del juego tienen un efecto más allá del juego en sí, los derechos de la personalidad son una barrera jurídica para las reglas del juego. 

Los defensores de la distinción  entre reglas del juego y reglas jurídicas con respecto a su revisibilidad por los tribunales también reconocen las dificultades de demarcación entre ambos tipos de reglas en casos concretos. Por lo tanto, la doctrina más reciente rechaza la distinción como impracticable. Las reglas del juego no pueden dejar de verse afectadas por el Derecho si se enmarcan en un conjunto normativo que sí tiene tal condición. El reconocimiento de una zona sin ley socavaría la primacía del "estado de derecho". La deferencia de los tribunales hacia las reglas del juego se justifica por su función reguladora, que las asociaciones y federaciones pueden ejercer como parte de su autonomía para hacer posible el juego. Pero incluso esta finalidad está limitada por los derechos de la personalidad de los que participan en el juego

Hans Caspar von der Crone/Thilo Pachmann, Individuum und Verband – Legitimation der Vereinsautonomie durch Verfahren


El país más pobre de Europa en 2030 (Jorrín, El Confidencial)
En España hay un 9% de la población en situación de carencia severa, frente al 7,7% que había antes de la pandemia. Se trata de un aumento de 1,3 puntos porcentuales, el segundo mayor de toda la UE, solo por detrás de Alemania, país que vive inmerso en una profunda crisis desde que comenzó la invasión de Ucrania. En términos absolutos, España es el quinto país de la UE y el segundo de la eurozona con mayor porcentaje de la población con carencia material y social...  en el cuarto quintil de renta (los que están entre el 60% y el 80% de la distribución), el porcentaje de hogares con dificultades asciende al 10,5% en el caso de las familias numerosas (dos adultos y tres o más hijos dependientes). Esto es, una de cada diez familias numerosas de las clases medias/altas atraviesa dificultades económicas. También los problemas son comunes en las familias monoparentales (la mayor parte, constituidas por mujeres). Casi el 7% atraviesa problemas de carencia, el peor dato de toda la serie. Por el contrario, los hogares compuestos por mayores de 65 años apenas tienen dificultades para llegar a fin de mes.  
Es posible que el deterioro del nivel de vida que han sufrido las clases medias se haya revertido en parte a lo largo del año 2024. El motivo es que la caída de la inflación y la subida de los salarios está permitiendo cierta recuperación del poder adquisitivo

El país más pobre de Europa en 2030 (El Mundo) 

 la última encuesta de estructura salarial del Instituto Nacional de Estadística (INE), que revela que en 2022 el salario más frecuente cayó hasta situarse en 14.586,4 euros, muy cerca de los 14.000 euros anuales en los que estaba fijado el SMI ese año (actualmente está en 15.876 euros). La encuesta que difundió ayer el INE refleja una notable reducción del sueldo más frecuente que cobran los trabajadores españoles, ya que en 2021 se situaba en 18.502,5 euros anuales

Lo llaman progreso, (Leyre Iglesias, El Mundo)

 lo llaman batalla contra la internacional ola neofascista, pero solo es la repetición de la peor historia de España: una triste aleación entre oportunistas, catetos y cainitas. Cómo no comprender el 'nada que declarar'.

martes, 24 de septiembre de 2024

Scott Aaronson: la inteligencia artificial y la individualidad humana

foto: JJBOSE

En el podcast Trajectory

Aaronson sostiene que la diferencia fundamental entre los seres humanos y la inteligencia artificial (IA) es que las IA son reproducibles a voluntad. Es decir, siempre podemos hacer una copia de una IA. De ahí se sigue que no es posible dañar o matar a una inteligencia artificial si siempre tenemos una copia idéntica. Pone el ejemplo de que los humanos pudiéramos, antes de emprender un viaje peligroso o alistarnos en el ejército, hacer una copia de nosotros mismos y dejarla en nuestro lugar de residencia para que se active sólo si al "original" le sucede algo. Si sufrimos un accidente o morimos en el viaje, no pasaría nada porque lo que se habría muerto sería simplemente una copia

Creo que es una idea, esta de Aaronson, muy profunda y que traducida a términos jurídicos, la diferencia entre "entes copiables" y "no copiables" - o reproducibles a voluntad - la expresa el concepto de individuo. La IA no es un individuo. Pero tampoco lo es - y ya veremos por qué es importante - hoy por hoy, un cerdo, una vaca o un perro (aunque un perro está más individualizado que una vaca y una vaca más que un cerdo y un cerdo más que una lagartija). 

Los humanos nos consideramos como "individuos" y esto significa irrepetibles y únicos. De manera que cuando se muere un ser humano, se muere alguien irreemplazable. 

Esto, naturalmente, es un constructo cultural relativamente reciente. Los humanos no hemos considerado que todos los humanos son individuos a lo largo de nuestra historia sobre la tierra. No sabemos mucho de los dos millones de años del género homo y de los doscientos mil años como cazadores-recolectores. Pero la idea de individuo y de la igualdad al menos jurídica de todos los individuos es recientísima. Apenas tiene cuatrocientos años. He recordado alguna vez la exposición de Ullman sobre la pintura y los manuscritos medievales en los que es imposible identificar al individuo pero está claro a qué corporación pertenece o qué dignidad o cargo ostenta. Decía Ullman que el individuo empieza a "separarse" de la comunidad en la Edad Media. Y, de hecho, Europa Occidental es la cuna del individualismo. Y el individualismo explica la mayor riqueza de Occidente. Y Occidente es el origen de la idea de que el individuo es la fuente de la justicia de las normas. Y las Constituciones lo reflejan (art. 10 CE)

Si cada ser humano es un individuo irrepetible y único, se entiende perfectamente que no se acepte la esclavitud o que se predique la igualdad de hombres y mujeres, de blancos y negros etc. Pero si los seres humanos no son individuos, sino miembros de una especie, son intercambiables. Son copias unos de otros ¿por qué no se va a poder esclavizarlos, matarlos para comérnoslos o hacerlo por diversión? 

Pero lo que me interesa ahora es destacar que esta falta de analogía entre la inteligencia artificial y los seres humanos se funda en el prejuicio de que los seres humanos somos individuos y nos consideramos como individuos irrepetibles o únicos. Y eso se ve bien si comparamos esta discusión con la discusión sobre el bienestar animal o los derechos de los animales. En nuestra concesión, no valoramos en modo alguno que se trate de un conjunto de seres individuales. un cerdo es igual que otro cerdo, igual que otro cerdo. Precisamente existen porque los humanos los hacemos reproducir, los alimentamos y decidimos cuándo es mejor matarlos. 

En otro momento dice Aaronson que las reglas morales de la antigüedad que se referían por ejemplo a la pureza y a los ritos, no han sobrevivido pero que otras reglas como la Golden rule ha adquirido validez universal en el espacio en el tiempo. Y añade que no nos extrañaría que si encontráramos extraterrestres, para ellos tuviera sentido y significado esa regla y que ellos tuvieran una fórmula semejante como regla moral. Pero, de nuevo, eso se basa en el prejuicio de que los extraterrestres serían individuos, seres conscientes de su individualidad y de la individualidad de los otros y de una radical semejanza entre todos ellos, a pesar de la individualidad y de que serían, como nosotros, una especie ultrasocial.

La idea de individuo solo tiene sentido en especies sociales. Y dentro de estas hay que descartar las eusociales. De modo que podemos predecir (i) que nunca reconoceremos individualidad a la AI - hasta que no adopten estructuras "biológicas", esto es, que puedan morir y no puedan copiarse y (ii) que tenderemos a ampliar "el arco moral" para que alcance, quizá, a mamíferos sociales.

Los orígenes religiosos de las corporaciones y de las personas jurídicas

El derecho religioso ha tenido un papel pionero en el derecho de las corporaciones - de las sociedades - por dos razones. La primera es que los dioses son eternos... han existido para siempre... Eterno significa que siempre ha existido y siempre existirá. Sempiterno significa que nació en un momento dado, pero existirá para siempre. Dioses y divinidades eternos y sempiternos, especialmente los antropomorfos, han obligado a pensadores y legisladores a tratar con entidades con capacidad para poseer bienes y potencialmente, de ejercerla para siempre.  

La segunda razón es que adorar a los dioses eternos y sempiternos y proporcionar a los fieles una infraestructura organizativa sólida para el ejercicio su fe requiere de soluciones jurídicas y organizacionales para proteger la bienes comprometidos con fines religiosos... 

Al igual que muchas divinidades, las corporaciones pueden existir para siempre y pueden poseer activos. Estos dos atributos están en el núcleo mismo de la forma corporativa... (En todo caso, se trata de)... sustraer bienes de la propiedad de los seres humanos y dedicar ese conjunto de bienes a causas eternas o a largo plazo— (ese es)... el objetivo central de la forma corporativa... Por lo tanto, una corporación es, ante todo, una tecnología jurídica... para poseer y gobernar patrimonios.  

La capacidad de una corporación para poseer bienes y ser jurídicamente capaz es lo que normalmente se denomina personalidad jurídica....  es posiblemente la mayor invención de los juristas... 

... subrayar la naturaleza patrimonial (en el sentido del Derecho de Cosas) de las personas jurídicas... proporciona un punto de vista que contrasta con las tesis que califican las corporaciones como contratos.   

Los romanos reconocieron que las ciudades tenían capacidad jurídica y podían autogobernarse. El modelo de la ciudad... proporciona (i) la separación patrimonial (entre el patrimonio de la corporación y el de los miembros de ésta); (ii) permite la autoorganización (autogobierno de ese patrimonio) y (iii) potencialmente, vida eterna.

Estos párrafos que he transcrito se pueden compartir plenamente con un matiz: no distinguen adecuadamente la personalidad jurídica (un patrimonio organizado) y la corporación (una forma particular de organizar patrimonios cuando se destinan a un fin supra o extraindividual y, por tanto, normalmente de largo plazo y que se desprende de los individuos concretos que se benefician, aportan o gestionan ese patrimonio). 

Hay corporaciones que carecen de patrimonio - corporaciones sin personalidad jurídica, como las comunidades de propietarios en la ley de propiedad horizontal - y hay patrimonios organizados - personas jurídicas - en forma distinta a la corporativa. Por ejemplo, las sociedades de personas (SC, SRC) son personas jurídicas pero no están organizadas corporativamente. Carecen de sucesión perpetua porque el fin que llevó a la constitución del patrimonio - de la persona jurídica - no lo exige. Están organizados societariamente, con los socios como 'gobernadores' del patrimonio. 

La invención de la corporación es, probablemente, anterior a Roma porque las ciudades son anteriores a Roma. Pero dado que los romanos son los 'inventores' del Derecho Privado, no es incorrecto decir que fueron ellos los que elaboraron la idea de atribuir a un ente no personal la titularidad de un patrimonio y establecer reglas para su gobierno que permitieran su autonomía (recuérdese, el Imperio romano es una red de ciudades dotadas de una amplia autonomía). Echo de menos, igualmente, una referencia a los dioses hindúes. Los templos hindúes son auténticas corporaciones con personalidad jurídica

Por lo demás, no es que la organización corporativa se asemeje a los Estados (si entendemos Estados en algún sentido mínimamente reconocible por un contemporáneo nuestro). Es al revés. Los Estados, al menos en Europa Occidental se organizan corporativamente por imitación de las corporaciones - singularmente de las corporaciones religiosas católicas -. Por tanto, lo que es común a todas las corporaciones no es que "agrega y bloquea los activos para siempre", sino, como dice Blackstone, la sucesión perpetua en sus cargos, es decir, es una forma de organización que no sufre las interrupciones que causa la mortalidad de los seres humanos. Pero existen corporaciones sin patrimonio y patrimonios que no se organizan - su gobierno - corporativamente. 

La tesis de los autores no explica las diferencias entre un monasterio y una sociedad anónima. Decir que las diferencias consisten en su objetivos respectivos y la ausencia/presencia de accionistas que tienen derechos sobre el patrimonio de la corporación y participan en la toma de decisiones y pueden transferir sus acciones es descriptivo pero no explica nada. 

Anello, Giancarlo and Arafa, Mohamed A. and Gramitto Ricci, Sergio Alberto, Sacred Corporate Law (August 22, 2022)

lunes, 23 de septiembre de 2024

El caso TEPCO: la madre de todas las acciones sociales de responsabilidad

foto: JJBOSE 

... la decisión del Tribunal de Distrito de Tokio sobre la acción social de responsabilidad contra los administradores de TEPCO. El 11 de marzo de 2011, un enorme tsunami causado por el Gran Terremoto del Este de Japón golpeó la costa este de Honshu, una de las cuatro islas principales de Japón, donde se encontraba la primera planta de energía nuclear de Fukushima de TEPCO. El tsunami pasó por encima de los diques e inundó las instalaciones vitales de la central, provocando la pérdida de electricidad necesaria para enfriar los reactores nucleares. Esto dio lugar a la fusión de los reactores y a la emisión de materiales radiactivos a gran escala. Un grupo de accionistas de TEPCO (legitimados según el derecho japonés) interpuso una acción social de responsabilidad contra cinco ex consejeros, que en el momento del incidente eran el presidente del consejo de administración y presidente y consejeros a cargo de la rama de energía nuclear, por los daños sufridos por TEPCO a causa del incidente de Fukushima... TEPCO se unió a la demanda para ayudar a los demandados. 

 La 8ª División Civil del Tribunal de Distrito de Tokio, que a veces se asimila al Tribunal de la Cancillería de Delaware por su experiencia en cuestiones de derecho de sociedades, condenó a cuatro de los cinco demandados que, a su juicio, habían incumplido su deber de diligencia por no tomar las medidas preventivas adecuadas contra la ocurrencia de un gran tsunami. Una de las principales bases de la decisión de TEPCO fue que los administradores hicieron caso omiso de un informe de un consejo científico gubernamental que señalaba la posibilidad de que algo como lo que ocurrió, ocurriera. 

Como resultado del incumplimiento, el tribunal ordenó a los cuatro administradores a pagar conjuntamente a TEPCO 13,321 billones de yenes japoneses (aproximadamente 85 mil millones de dólares estadounidenses al 26 de mayo de 2024) en concepto de daños y perjuicios causados por el incumplimiento. El tribunal llegó a esta cuantía porque ese había sido el monto que efectivamente había pagado TEPCO como compensación a los habitantes del área circundante que se vieron obligados a evacuar la zona; el coste de la descontaminación de la zona, y el coste del desmantelamiento de los reactores. Tanto los demandantes como los demandados han apelado ante el Tribunal Superior de Tokio, donde el caso sigue en curso a fecha de 26 de mayo de 2024.

El razonamiento del Tribunal:

 "Los operadores de centrales nucleares (NPP) tienen el deber para con la sociedad y el público en general de prevenir un incidente grave (es decir, una fusión que cause una emisión masiva de sustancias radiactivas) por cualquier casualidad sobre la base de los conocimientos científicos actuales..." Es evidente que las regulaciones pertinentes con respecto a las centrales nucleares y la Ley de Compensación por Daños Nucleares que impone una responsabilidad objetiva por los daños causados por la operación de la central nuclear a sus operadores "se basan en la premisa de que que los operadores de la central nuclear tienen la responsabilidad primordial de garantizar su seguridad"... y sus administradores tienen un deber de cuidado para con la compañía para ordenar tales medidas"... (porque)... una compañía que opera una central nuclear se enfrentaría a una crisis existencial por una enorme responsabilidad una vez que ocurra un incidente grave... se considera que dichos administradores han infringido su deber de diligencia frente a TEPCO independientemente de si dicho incumplimiento constituye una violación de una ley o reglamento particular aplicable a la corporación". 

 En 2002, el Cuartel General de Promoción de la Investigación Sísmica, un consejo científico organizado por el gobierno japonés, publicó un informe titulado "Evaluación a largo plazo de los terremotos frente a la costa de Sanriku a Boso". Según este informe, la probabilidad de que un terremoto causara un gran tsunami alrededor de Fukushima era de alrededor del 6% en 30 años y de alrededor del 9% en 50 años.... 

 En 2008, los empleados de TEPCO informaron al administrador a cargo de la rama de energía nuclear que, según sus cálculos basados en la "Evaluación a largo plazo", las olas de un gran tsunami causado por un terremoto podrían ser lo suficientemente altas como para inundar las instalaciones vitales de la primera planta de energía de Fukushima necesarias para enfriar los reactores y sugirieron que era necesario tomar medidas como la construcción de diques.

El administrador rechazó la sugerencia y encargó otro informe. 

Curiosamente, el tribunal señaló que en 2006 el Comité de Seguridad Nuclear japonés había emitió orientaciones sobre los objetivos de seguridad relativos a los reactores nucleares de conformidad con los Organismo Internacional de Energía Atómica. De acuerdo con esta orientación, el nivel permisible de la probabilidad de que se produzca una emisión masiva de materiales radiactivos es de una entre un millón por año. La probabilidad de que un terremoto causara un gran tsunami alrededor de Fukushima reportada por "la Evaluación a Largo Plazo", el 6% dentro de 30 años y el 9% dentro de 50 años, superaban claramente esta medida. 

El tribunal también señaló que la Agencia Japonesa de Seguridad Nuclear había revisado la resistencia sísmica de las centrales nucleares... y solicitó específicamente a TEPCO y otros operadores de centrales eléctricas a considerar la posibilidad de un gran tsunami que supere sus previsiones. El administrador que minimizó la importancia de la "Evaluación a Largo Plazo" obviamente no atendió esta solicitud. Estas directrices, normas y solicitudes pueden ser de naturaleza indicativa, en lugar de pero obviamente se esperaba que los operadores de las centrales nucleares las cumplieran. Por lo tanto quizá el tribunal excluyó la aplicación de la regla de juicio empresarial (BJR) por analogía con las violaciones de las leyes y reglamentos. Si bien esta explicación es compatible con la limitación ampliamente aceptada de la BJR, contradice la redacción explícita del tribunal.

La crítica del autor. 

1º Hay un salto lógico entre afirmar la responsabilidad de TEPCO frente a las víctimas del escape nuclear y afirmar la responsabilidad de los administradores frente a TEPCO. 

2º Afirmar que el deber de diligencia obligaba a los consejeros a adoptar las medidas que impidieran que hubiera un escape y que, si lo había, no se causaran daños a terceros y que si se causaban, no tuviera que soportarlos en última instancia TEPCO es absurdo y supone acabar con la discrecionalidad de los administradores (business judgment rule). 

Dice el autor que si la BJR tiene como objetivo 

promover la asunción óptima de riesgos por parte de los administradores que son, naturalmente, aversos al riesgo y lo hace eliminando la posibilidad de que sean considerados responsables ex post por el sesgo retrospectivo cuando no está claro ex ante cómo deberían actuar

la condena no se entiende. Porque es evidente que los administradores actuaron sin ningún interés personal en el asunto y no infringieron ninguna norma legal o reglamentaria. De manera que, si el tsunami no se hubiera producido o las olas no hubieran impedido la refrigeración del núcleo de la central y TEPCO se hubiera ahorrado el coste de las medidas para prever esa posibilidad 

 ¿Acaso los administradores no tienen discreción sobre cómo evaluar y responder a la información sobre riesgos? Si es así, ¿por qué debería limitarse en el caso de TEPCO? La respuesta real tomada por los directores de TEPCO puede no ser elogiable, pero ¿no está tomada la decisión del Tribunal de Distrito de Tokio con un sesgo retrospectivo que la BJR trata de evitar?..-  Dada la enorme responsabilidad impuesta por el Tribunal de Distrito de Tokio en el caso TEPCO, estas normas podrían tener un efecto disuasorio sobre los administradores que les lleva a adoptar un enfoque reacio al riesgo, incluso cuando la información sobre riesgos recibida es menor...

 Goto, Gen, ESG, Externalities, and the Limits of the Business Judgment Rule: TEPCO Derivative Suit on Fukushima Nuclear Accident and the Expansion of Caremark (June 01, 2024)

La justicia como virtud emergente en Hume (extractos de un trabajo de Ana Marta González con algunos comentarios)



La distinción entre virtudes naturales y artificiales

La crucial controversia sobre el fundamento de la moral, que durante el siglo XVII enfrentó a voluntaristas, racionalistas y partidarios del sentido moral. Mientras los primeros sostenían que el origen de la obligación moral radicaba en la voluntad de Dios, los otros sostenían que dicho fundamento se encontraba ya en la naturaleza humana —sea en la razón o en el sentimiento—. Hume rechaza la solución voluntarista, para inclinarse por la segunda respuesta —la naturaleza humana—, pero, en contraste con la solución racionalista, busca el fundamento moral en un sentimiento, no en la razón….

Hume (distingue)… entre virtudes naturales y artificiales, en torno a la cual se articula su análisis de la justicia.

Hume define la virtud como un rasgo del carácter que provoca un sentimiento de aprobación en el observador. En ese marco, la justicia se le presenta como una virtud peculiar, que, a diferencia de otras virtudes, que Hume llama naturales, se origina en ciertas convenciones y que califica por eso de artificial. Lo característico de las virtudes artificiales… es que, a diferencia de las naturales, cuya cualidad moral se despliega en círculos sociales familiares o cercanos, las artificiales despliegan su potencialidad en círculos sociales más amplios…

… según Hume, las acciones son, ante todo, signos de los motivos y que es en estos donde fundamentalmente reside la cualidad propiamente moral… a diferencia de lo que ocurre con otras acciones virtuosas, el motivo que inspira las acciones justas no está respaldado por un sentimiento natural, inmediatamente derivado de nuestra dotación psicológica, activada por la presencia de nuestros semejantes, sino por un sentimiento artificial, que, según Hume, motiva sólo al hombre en estado civilizado… En el caso de las virtudes naturales, la cualidad (que atrae la aprobación de los sentimientos del que juzga) es una que es naturalmente útil o agradable a otros o a la persona que actúa… En cambio, en el caso de las virtudes artificiales, las cualidades que atraen la aprobación del sentimiento moral del que juzga no son naturalmente útiles o agradables sólo por sus efectos naturales, sino que llegan a serlo únicamente después de que se hayan establecido ciertas convenciones»… explicar por qué actuamos justamente o por qué apreciamos las acciones justas es explicar por qué llegamos a desarrollar algo así como un sentido del deber.

En todo caso… (que)… el sentido de lo justo y lo injusto es fruto de la educación y las convenciones no equivale a mantener que las reglas de la justicia sean arbitrarias…. las convenciones (resultan)… del desarrollo natural de la especie, supuestas determinadas condiciones de tipo psicológico y social. De ahí que el propio Hume no tenga mayor reparo en calificar las convencionales reglas de justicia como «leyes de la naturaleza».

… la noción humeana de la ley natural difiere de la de los iusnaturalistas… Pocock la ha entrevisto cuando, refiriéndose a Hume, anota las siguientes palabras: «A pesar de su muy citada creencia de que la naturaleza humana es la misma en todos los tiempos y lugares, su argumento de que la razón es dependiente de la pasión y la pasión, a su vez, de la experiencia, podría emplearse, unido a la creciente opinión de que el comercio amplía la esfera de la experiencia, el conocimiento y los valores humanos, para reconstruir una imagen de seres humanos creando y transformando sus propias “segundas naturalezas” … a través de los siglos de su creciente vida económica»

La naturaleza humana individual y la segunda naturaleza social (emergente)

En efecto, desde el momento en que la pasión se identifica como el motor crucial de nuestra conducta, toda variación en el mundo, capaz de estimular nuestras pasiones, dejará sentir su efecto en el curso de nuestras acciones. Ahora bien, el estímulo de las pasiones viene dado por las incidencias de la vida social. En este preciso punto se abre espacio conceptual para una teoría de la acción concebida como la intersección entre condiciones psicológicas y sociales. Y a la inversa: cualquier explicación de la sociedad habrá de considerar que ésta no es sino un elemento necesario, natural, de la acción humana: como una segunda naturaleza emergente de la interacción entre los hombres, sobre la base de la primera naturaleza, psicológica, que todos ellos tienen en común…, afirmar el carácter convencional, pero no arbitrario, de la justicia, equivale a mantener que ésta resulta espontáneamente de la interacción entre los hombres, supuesta su peculiar dotación psicológica, así como determinadas condiciones materiales.

… según Hume, la justicia —o las normas de justicia— van a aparecer, en primer lugar, para garantizar esa estabilidad social o seguridad, contrapeso del azar, que es condición necesaria del progresoel curso del cual aparecen las normas de justicia, no se pone en marcha simplemente porque la sociedad sea de facto ventajosa: es preciso, además, que los hombres sean conscientes de dichas ventajas.

Nepotismo vs Derecho

… a diferencia de los estoicos, Hume pone menos énfasis en el equilibrio ascético de las pasiones, y más en su posible equilibrio social. Al mismo tiempo es consciente de que ese equilibrio sólo alcanza de manera inmediata a las comunidades primarias, no a sociedades grandes. En efecto, Hume advierte que las mismas tendencias que en el ámbito reducido de familia y amigos resultan positivas, porque contrarrestan las tendencias egoístas, pueden ser fuente de conflicto si se trasladan a un entorno social más amplio: pues entonces, al tratar de favorecer a los próximos (nepotismo) fácilmente causamos perjuicio a otros. Se da lo que Hume llama «oposición de pasiones». Según Hartmut Kliemt, Hume advierte aquí uno de los aspectos más centrales de toda teoría social: la lógica social de grupos reducidos no es similar a la que rige en grupos grandes

El proceso civilizador

En síntesis el proceso es el siguiente: cuando los hombres, tras su primera educación se han dado cuenta de las ventajas que reporta la sociedad, cobran «una nueva afición por la compañía y la conversación» (T. III.2.2, p. 499). Por eso, cuando ven que el mayor inconveniente a la vida social procede de la disputa por los bienes exteriores, buscan rápidamente un remedio, una convención que permita mantener en pie la sociedad: «Y esto no puede hacerse de otra manera que mediante la convención, en la que participan todos los miembros de la sociedad, de conferir estabilidad a la posesión de estos bienes externos, dejando que cada uno disfrute pacíficamente de aquello que pudo conseguir gracias a su laboriosidad o suerte. De esta forma todo el mundo sabe lo que le es posible poseer con seguridad» (T. III.2.2.9, p. 489)…

¿Con qué recursos cuenta Hume para poner un límite al interés… de adquirir, en nombre del interés por las ventajas asociadas a la sociedad?… (¿Cómo se desarrolla un)… esquema cooperativo (en virtud del cual) se encuentra la convención mediante la cual dotamos de estabilidad a las posesiones, e, inmediatamente a continuación, las convenciones que determinan la propiedad, especifican el modo de su transferencia, y establecen el cumplimiento de las promesas

… Si en general podemos hacer esto es sólo porque, en opinión de Hume, tales convenciones no se oponen de suyo a las pasiones; únicamente es contraria a su ímpetu sin dirección, pues se limita a encauzar, refinadamente, el modo de satisfacerlas, evitando los inconvenientes derivados del conflicto: «sea cual sea la restricción que puedan imponer a las pasiones de los hombres (las leyes) son el resultado genuino de esas pasiones y constituyen tan sólo una forma más elaborada y refinada de satisfacerlas» (T. III.2.6, p. 526)… Según esto, la idea de justicia puede abrirse paso únicamente en un contexto civilizado…

para entender todo el alcance del pensamiento de Hume hay que advertir que la utilidad asociada a la justicia es inseparable del cumplimiento estricto y regular de sus normas… lo realmente beneficioso para la sociedad es la existencia del esquema o sistema de justicia. … lo natural al hombre, para Hume, es entrar en un juego social cooperativo, porque entiende que con ello todos los participantes en dicho juego se benefician individualmente… , la forma de sociabilidad cooperativa es natural porque, no obstante instituirse con la mediación de un cierto razonamiento, la reflexión y el cálculo necesario para aceptar dicho esquema cooperativo es tan fácil, obvia y simple, que casi resulta natural, hasta el punto de que el mismo estado originario debería considerarse social (Hume pone el ejemplo de los dos que reman en un bote)… Hume… persigue al poner este ejemplo… subrayar la naturalidad con la que emergen las convenciones sociales básicas. Este propósito suyo se relaciona, sin duda, con su empeño más general por naturalizar la noción de obligación

El estado de naturaleza era social y cooperativo

… Hume … asume la idea de un progreso de un hipotético estado de naturaleza salvaje a un estado civilizado. Pero, no obstante este esquema histórico, su convicción —compartida con otros escoceses— es que no ha habido tal estado de naturaleza; que lo natural es el estado social, y que éste puede explicarse a partir de prácticas cooperativas

cuando ya no podemos simplemente guiarnos por el afecto o la benevolencia, piensa Hume que todavía es posible una forma de sociabilidad basada en la cooperación, y que esa cooperación es la esencia de la obligación natural de justicia: yo observo que me interesa dejar al otro en posesión de sus bienes, supuesto que él actúe de modo semejante conmigo… Para que el comportamiento cooperativo, y con él la justicia, llegue a implantarse en una sociedad sólo es necesario que nos expresemos mutuamente estas disposiciones.

… el comportamiento del gorrón… parasitario… (no) puede sostenerse si la convención básica no ha llegado a implantarse. Por lo demás… Hume considera que, introducidas determinadas condiciones institucionales, ni siquiera el ventajista tendría razones para sustraerse al comportamiento cooperativo: incluso para él sería más ventajoso seguir las normas que no hacerlo… , la expectativa de cierta regularidad en la conducta por parte de los demás, lo que sostiene la práctica de virtudes tales como la moderación y la abstinencia

La pérdida del autogobierno de Escocia como estímulo

En efecto, el siglo XVIII se abre para los escoceses con la Union Act, por la que Escocia pierde su Parlamento propio, y se une a la corona de Inglaterra. Pero la pérdida de esa institución política fue acompañada de una extraordinaria vitalidad social, que se manifestó, entre otras cosas, en un periodo de esplendor económico y de crecimiento cultural: es la era del improvement. Se puede decir que los escoceses experimentaron de primera mano la vitalidad de la sociedad civil y su relativa independencia con respecto a las instituciones políticas. Por eso no debe extrañarnos, tampoco, que hasta el momento, en su teoría de la justicia, Hume no haya hecho mención alguna del gobierno en sentido estricto. Pues lo implícito en su teoría es que la justicia resulta de la espontánea confluencia de intereses de todos los participantes en el juego cooperativo del mercado. A su juicio, la institución del gobierno es muy posterior a la institución de la propiedad, cuya fijación y transferencia al menos en primera instancia, depende en mayor medida de que los hombres sean conscientes de las ventajas derivadas de tales convenciones que de la existencia del gobierno pro piamente dicho. Al menos este es el caso, mientras las sociedades sean relativamente pequeñas. La cosa cambia cuando la sociedad alcanza mayores dimensiones. Entonces es frecuente que, atraídos por beneficios más inmediatos, los hombres pierdan de vista las ventajas más remotas, derivadas del comportamiento cooperativo. Esa es la razón fundamental por la que Hume considera necesario introducir el gobierno, el cual, en determinadas circunstancias podría, no obstante, ser prescindible

Asumiendo que esa es la naturaleza humana, y por tanto algo difícilmente modificable (al menos con carácter general), Hume señala como único remedio posible el modificar el entorno, «cambiar nuestras circunstancias y situación, haciendo de la observancia de las leyes de justicia nuestro interés más cercano, y de su violación, el más remoto» (T. III.2.7, p. 537).

«el origen de la justicia se encuentra únicamente en el egoísmo y la limitada generosidad de los hombres, junto con la escasa provisión con que la naturaleza ha subvenido a las necesidades de éstos» (T. III.2.2.18, p. 495).

Donde hay amistad, no hace falta la justicia. Si fuera posible extender aquel sentimiento más allá de los confines naturales de los próximos, la justicia sería superflua. Asimismo, donde hay abundancia tampoco es necesaria la justicia… Sin embargo, de la concurrencia de ambas circunstancias —moderado egoísmo y relativa escasez de bienes— se deriva un conflicto de pasiones que, de no mediar la institución artificial de la justicia, amenazaría con arruinar la sociedad. De ahí que los hombres implicados en el trato social, introduzcan aquellas convenciones. Y, aun que en un principio lo hacen por propio interés, después esas reglas se con vierten en un «sistema de conducta y comportamiento» que resulta generalmente beneficioso para todos…

Así pues, el origen de la justicia… se encuentra, … en una preocupación por el propio interés, que nos lo muestra vinculado al interés público.

Hume sostiene que en las formas más primitivas de sociedad… atenerse a las normas de justicia era simplemente cuestión de inteligencia: cuestión de comprender que con un comportamiento cooperativo todos salimos beneficiados. A medida que las sociedades se hacen más complejas, se debilitan los vínculos naturales, nacidos del interés. Ahora bien, en esa misma medida, están llamados a cobrar protagonismo los sentimientos morales, nacidos de la simpatía.

Los sentimientos morales

Según Hume, el progreso en esta dirección tiene lugar de manera natural y obedece a dos razones principales: primero, porque seguimos percibiendo el daño que recibimos de la injusticia ajena, y, segundo, porque nos disgusta la injusticia que vemos causada sobre otros. A partir de esas dos experiencias, por generalización, llegamos a considerar igualmente malas nuestras propias trasgresiones de las reglas… nos hemos acostumbrado a simpatizar con el interés público, asociado al cumplimiento de dichas reglas. Y con ello aparece la obligación moral de justicia, así como una imagen moral de nosotros mismos…

De acuerdo con tal progreso, aun en el caso de que la utilidad de un determinado comportamiento fuera dudosa —incluso aunque fuera manifiestamente perjudicial—, el sentimiento moral persistiría, sancionando la conducta con forme a la regla.

La persistencia de tal sentimiento moral no es imposible, según Hume, siempre y cuando adoptemos una perspectiva evolutiva de la sociedad, en la que la transición de un tipo de vinculación a otro tiene lugar a lo largo de un proceso gradual: mientras los hombres, movidos por un interés, respetan ciertas reglas, se van acostumbrando a ellas, de tal manera que cuando aquel interés original se debilita, persiste sin embargo la costumbre de seguir las reglas, la cual, entre tanto, se ha visto reforzada por un sentimiento que será el sentimiento moral. Por eso escribe Hume: «El interés por uno mismo es el motivo originario del establecimiento de la justicia, pero la simpatía por el interés público es la fuente de la aprobación moral que acompaña a esa virtud» (T. III.2.2.24, p. 500). Así, «aunque la justicia sea artificial, el sentimiento de su carácter moral es natural»… como opuesto a metafísico…

Internalización de las reglas

De acuerdo con la explicación anterior, todo el que obedece una norma jurídica o moral, sin pensar siquiera en si le interesa o no, o incluso en contra de sus intereses manifiestos, lo hace porque, entre tanto, ha adoptado lo que podríamos llamar «el punto de vista interno al sistema»: ya no razona como el outsider que considera si las reglas del sistema le benefician o no, sino que razona como el insider que asume, como razones para su acción, las normas del sistema. En esa medida, habría adoptado un punto de vista moral, donde lo «moral» se constituye en el símbolo de la normatividad interna del sistema

Y es que, a diferencia de Mandeville, Hume no considera que el sentimiento moral que acompaña al seguimiento de las normas de justicia sean puro artificio… Hume… insiste en que sin base en la naturaleza —esto es, en el sentimiento natural, los políticos no tendrían nada que hacer en este sentido—. A todo lo más que pueden aspirar los políticos, dice Hume, es a extender los sentimientos naturales más allá de los lazos originales. En el mismo sentido se pronuncia, cuando habla de la educación privada, que los padres dispensan a los hijos: también esta educación puede reforzar o, en su caso, debilitar aquel sentimiento. Y, finalmente, también la fama, la reputación social ejerce un papel de refuerzo o de debilitación de aquel sentimiento. En estas observaciones se encuentran sendas claves para comprender el relevante lugar que las instituciones sociales desempeñan en la teoría moral de Hume, o, lo que, dado su naturalismo viene a ser lo mismo: el papel que las instituciones morales desempeñan en su teoría social

Ana Marta González, La justicia como virtud artificial en Hume. Elementos para una teoría psicosocial de la acción, Pensamiento 64(2008)

Apostillas

1. La tesis de Hume, tal como la expone González, se corresponde bien con la calificación de la justicia como una virtud emergente, es decir, que no es posible reducir a la psicología individual. Es resultado de determinada configuración de las interacciones entre los individuos en la sociedad.

2. Hume parece haber descubierto – al hablar de ‘oposición de pasiones’ – la principal fuente de ‘conflictos de interés’ cuando un individuo ha de tomar una decisión que afecta a otros: hacer prevalecer los intereses de los más próximos sobre los de los más lejanos, esto es, los intereses de los parientes y amigos sobre el interés ‘general’ o común a todos los miembros de la Sociedad.

3. Hace algún tiempo que vengo criticando a aquellos que exigen a los que participan en la conversación pública que se sometan a las mismas reglas que se deben aplicar a la conversación privada. Yo creo que las reglas “justas” de una y otra conversación son distintas. Y que la simpatía, la interpretación de lo que dice el otro in bonam partem, etc son imprescindibles para que las conversaciones privadas continúen pero son contraproducentes en la conversación pública. Pues bien, Hume parece ser un gran apoyo para esta distinción con la suya entre la familia (extensa) y la Sociedad at large: la lógica de los grupos reducidos – de la conversación privada – no es igual a la que rige en los grupos grandes – en la conversación pública.

4. Quizá, contra lo que parece decir, el siguiente texto de Hume que reproduce la autora

«La sociedad proporciona remedio a estos tres inconvenientes. Nuestro poder se ve aumentado gracias a la conjunción de fuerzas. Nuestra capacidad se incrementa gracias a la división del trabajo. Y nos vemos menos expuestos al azar y la casualidad gracias al auxilio mutuo. La sociedad se convierte en algo venta oso mediante esta fuerza, capacidad y seguridad adicionales» (T. III.2.2.3, p. 485).

Hume no se esté refiriendo, en tercer lugar, a “la estabilidad social o seguridad” (tras referirse a la producción en común y a la división del trabajo). A lo que Hume se refiere, quizá, es a que la pertenencia a un grupo en el que todos sus miembros se auxilian recíprocamente proporciona aseguramiento a los miembros del grupo. Si uno de ellos, un día, no obtiene alimento, puede confiar en el auxilio de otro miembro del grupo que ese día haya tenido más suerte, en la seguridad – para el que presta auxilio – que cuando las tornas cambien, el hoy auxiliado se convertirá en auxiliador (reciprocidad).

5. La base del razonamiento de Hume sobre la justicia es la propiedad, es decir, como reducir los conflictos entre los miembros de una Sociedad por los “bienes exteriores” que cada uno, individualmente y de acuerdo con la psicología humana – las pasiones – ansía “adquirir” (“la pasión por adquirir constituye la pasión dominante del hombre” según Hume nos dice la autora). Pero si ampliamos el concepto de “bienes exteriores” para referirnos a todos los recursos, se comprende fácilmente que la construcción de Hume se corresponde con el concepto clásico de justicia: “dar a cada uno lo suyo” (suum cuique tribuere). De ahí la enorme importancia que tiene la institución de la propiedad privada para entender por qué las sociedades humanas son como son.

6. El trabajo explica por qué Adam Smith inventó la metáfora de la mano invisible y la Economía Política basada en la coordinación espontanea por la competencia de la actuación de los particulares sin necesidad de un gobierno central: Escocia había perdido sus instituciones de gobierno político por efecto de la unión política con Inglaterra pero vivió un siglo – el XVIII – de grandes avances científicos, académicos, industriales y económicos en general que los ilustrados escoceses asociaron a la unión con Inglaterra. Eso seguro que le gustará a Benito Arruñada.

XII Conferencia Tomás y Valiente: Manuel Campos Sánchez-Bordona 18 de octubre de 2024: "La creación del Derecho de la Unión Europea por el Tribunal de Justicia"

 


La privatización de la persona jurídica según Alfonso de Cossio: de la jurisdicción y autonomía de las corporaciones al patrimonio dotado de capacidad de obrar

Tras una larguísima exposición histórica de los conceptos de personalidad jurídica, corporación, universitas, collegia etc, el que fuera profesor de la Universidad de Sevilla explica que lo esencial de la atribución de la personalidad jurídica es la autonomía organizativa (la capacidad para autogobernarse). O sea, confunde, a mi juicio, la personalidad jurídica con la corporación.

“¿Qué es lo que… se añade a una agrupación humana cuando se le confiere la personalidad jurídica?… el problema de las corporaciones no se suscita como problema de carácter patrimonial, sino más bien como problema estrictamente político. No se trata tanto de determinar la existencia de una masa de bienes independiente, como de fijar el margen de poder y autonomía que había de reconocerse a una voluntad política integrada por las voluntades de los órganos del complejo corporativo"… el problema fundamental de la universitas o collegium no era su patrimonio, sino su autonomía, o lo que es lo mismo, su capacidad normativa y jurisdiccional: se trataba de organizaciones humanas capaces de dotarse a sí mismas de su propio ordenamiento y de conseguir, por sus propios medios, la realización de sus normas o estatutos….

Los canonistas, en cambio… consideran ante todo la capacidad patrimonial del ente corporativo, en cuanto su problema fundamental no es otro que el de separar los distintos complejos de bienes y derechos… no obstante, todos estos corpora o collegia tenían una subsistencia independiente de la de sus miembros, la cual, además, no dependía en modo alguno de la voluntad de éstos;

Y atribuye a la codificación el cambio de foco de la autonomía organizativa a la autonomía patrimonial porque se reconoce a los particulares la capacidad para crear libremente personas jurídicas

fue en el siglo XIX… cuando se extendió ese concepto a las sociedades o asociaciones privadas, constituidas por la voluntad de los individuos, dependientes en su subsistencia de esa libre voluntad y persiguiendo con exclusividad un fin de lucro. Pasa en ellas por lo tanto, el elemento patrimonial a ser lo decisivo en tanto que la autonomía estatutaria y jurisdiccional, o desaparece totalmente o es reducida a un mínimo, ya que el organismo pasa a ser simplemente un instrumento de adquisición de bienes, perdiendo totalmente su función política. Precisamente en esta inversión de los elementos que integran la personalidad jurídica, estriba la deformación de su concepto en la época presente…”

Pero esta ‘privatización’ – continúa Cossio - se detiene por la intervención del Estado en la Economía. Las sociedades de capital, concebidas como personas jurídicas – corporaciones puramente privadas en el siglo XIX, vuelven a ‘publificarse’ por el interés del Estado en controlar la actividad económica de los particulares a la vez que se extiende en la Administración Pública el uso de “establecimientos” dotados de personalidad jurídica propia para la gestión de los servicios públicos.

Y concluye que el concepto de personalidad jurídica cede el protagonismo al de “empresa”

“… sin discriminar en cada caso si se trata de una empresa individual o d una empresa colectiva. Con ello pasa a segundo término la consideración de la personalidad y ocupa el primer plano la organización de personas, cosas y relaciones objetivamente considerada, hecha abstracción del sujeto o sujetos titulares del patrimonio”

Obsérvese que está incurriendo en una clarísima contradicción. La empresa no es más que un patrimonio – lo dice así – y la persona jurídica es el titular del patrimonio. Por tanto, no puede hacerse “abstracción” del sujeto titular del patrimonio. Si no son individuos de carne y hueso, el titular es necesariamente una persona jurídica. Y vuelve a una concepción “corporativa” (en el sentido fascista-franquista) de la empresa cuando dice que

“no es, por tanto, la titularidad, sino la organización la que interesa, en cuanto la misma se dirige a una finalidad que no se agota en la utilidad, lucro o ganancia de esos titulares, sino que en cuanto afecta a la producción de bienes, está vinculad al interés público y en cuanto en esa organización se hallan integrados, junto a los titulares del patrimonio todas aquellas personas que en la misma colaboran con la prestación personal de su trabajo. Esto determina que en el seno de la empresa se sustituya a tales efectos la idea de titularidad, propia de la persona jurídica por la idea de órgano y se construya por tanto la relación que une a las distintas personas que colaboran en la empresa como una relación orgánica.

Luego identifica “órgano” con “organización” y la voluntad del órgano con la voluntad de la organización pero con independencia “de que dicha organización tenga o no personalidad jurídica” lo que resulta, simplemente, incomprensible.

Finalmente, distingue entre personas jurídicas corporativas y personalistas utilizando las categorías de “estructura orgánica” (personalidad interior fundada en la autonomía elaborada en el campo del derecho público) y “capacidad de obrar y actuar en el tráfico” (“fundada en la titularidad, fruto de la técnica del derecho privado). Y pretende reservar el concepto de personalidad jurídica – como el BGB – y como De Castro, para las corporaciones

“Solamente cuando ambos elementos se reúnen en un determinado ente colectivo puede afirmarse que existe una auténtica personalidad colectiva, esto es, una entidad que absorbe la individualidad de sus miembros sometiéndoles al régimen de su autonomía comportándose frente a los terceros como auténtico sujeto de derechos y deberes"

lo que explica que la familia no sea una persona jurídica –“le falta la personalidad exterior” – y que las sociedades tampoco (“carecen de personalidad interna”). Pero finalmente opta por decir que

“cuando en derecho privado atribuimos la personalidad jurídica, lo único que hacemos es atribuirle la titularidad formal o personalidad externa. Queda… en pie… en qué medida existe un complejo de relaciones de coordinación y subordinación propiamente orgánico y superior a la voluntad de los individuos que integran la organización, pudiendo atribuirse a la misma, junto a la titularidad, la autonomía”

Alfonso de Cossio, Hacia un nuevo concepto de la persona jurídica, ADC 1954

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