miércoles, 10 de abril de 2019

Ya no hay diferencia entre financiarse con bonos y hacerlo con préstamos



Henri Fantin-Latour Dahlias 1872

En la columna de Matt Levine, el profesor de latín y a ratos comentarista financiero de Bloomberg nos explica perfectamente cómo han evolucionado en los últimos años los mercados de financiación de las empresas. Si una empresa necesita, pongamos 500 millones de euros, puede irse a ver a un banco de negocios que buscará inversores institucionales (compañías de seguros, fondos de private equity, fondos de pensiones…) a los que preguntará si les interesa prestar dinero a esa empresa. A continuación, le dirá a la empresa que la cosa está hecha. La empresa emite los bonos (con su folleto informativo correspondiente si los bonos se van a negociar, esto es, se podrán vender y comprar en un mercado). El banco de inversión suscribe todos los bonos (actúa como underwriter o asegurador de la operación), esto es, los adquiere todos y entrega el dinero a la empresa correspondiente a su valor nominal menos un descuento para, inmediatamente, entregarlos a los inversores institucionales con los que apalabró la financiación.

La segunda vía es que nuestra empresa se va a un banco comercial – al Santander o al BBVA – y le pide los 500 millones. Pero los bancos ya no se dedican a eso. No pueden competir con los inversores institucionales coordinados por los bancos de inversión. Es demasiado riesgo para un banco y el volumen de fondos disponible para un banco individual es demasiado pequeño para atender las necesidades de las grandes empresas que solicitan financiación para sus proyectos. De modo que los bancos comerciales se han convertido en bancos de inversión. Lo que se hace hoy es que el BBVA o el Santander se convierten en agentes de un crédito sindicado. Buscan a otros bancos  a los que coordinarán para, entre todos, juntar el dinero que necesita la empresa. Se firma el contrato y cada banco participante es titular de una porción del crédito y, naturalmente, libre para, a su vez, cederlo a un tercero que será, normalmente, un inversor institucional. De manera que, desde la concepción de la operación, el banco agente o los demás bancos participantes no piensan retener el riesgo en su patrimonio. Sólo están ahí para lo mismo que está el banco de inversión: cobrar una comisión por conectar la oferta y la demanda de crédito. Dice Levine que, lógicamente, a los reguladores preocupados por la solvencia de los bancos, les debería dar igual que la financiación se documente en títulos-valor (o valores negociables) como son los bonos – obligaciones – o que se articule a través de un contrato de préstamo y su transmisión tenga lugar a través de la cesión de créditos. Lo importante es si el banco que otorgó el préstamo o suscribió los bonos retiene el riesgo de impago de los mismos por la empresa al vencimiento de los bonos o del préstamo. Pero, acaba Levine, no es así ya que, al parecer, a un directivo de UBS lo han despedido porque, como no podía dar financiación a un cliente mediante una emisión de bonos, lo hizo organizando un préstamo y las reglas de cumplimiento normativo para los bonos y los préstamos parece que son distintas. No las incumplió sustantivamente pero sí formalmente (no comunicó al departamento de compliance que había decidido otorgar un préstamo y no asegurar una emisión de bonos). 

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