Maurice Utrillo
al tiempo de perfeccionarse la dación en pago el valor de las acciones transmitidas y el importe del crédito de LAS TENERÍAS eran equivalentes. De este modo, el perjuicio resultaría palmario, toda vez que LAS TENERÍAS habría cobrado íntegramente su crédito en detrimento de otros acreedores, con quebranto de la par condicio creditorum.
Es la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 5 de abril de 2019, ECLI: ES:APM:2019:4805
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