domingo, 18 de mayo de 2025

Imitación desleal por riesgo de confusión o asociación (Assy vs. Quassy)

 



En el presente caso, la principal discusión se centra en la titularidad del diseño del packaging. No cabe dudas de la singularidad competitiva del peine antiliendres en la medida en que el mismo se encuentra protegido por un modelo de utilidad que no ha sido anulado. ... Lo cierto es que ASSY distribuye en España el cepillo con ese diseño y todo parece indiar que lo ha seguido comercializando con posterioridad sin que los demandados y, en particular, COLL FARMA, hayan discutido los derechos de ASSY. En este sentido, nos encontramos ante un caso altamente similar a Neutrógena[2006], analizado por la STS, Civil sección 1 del 21 de junio de 2006 ( ROJ: STS 4061/2006 - ECLI:ES:TS:2006:4061 ). 

El artículo 11.2 LCD establece que la inevitabilidad de los indicados riesgos de asociación o de aprovechamiento de la reputación ajena excluye la deslealtad de la práctica.  Como hemos señalado en otras resoluciones (Asunto Galleta rellena de cereales[2023] SJM, Alicante, sección 1 del 25 de octubre de 2023 ( ROJ: SJM A 5593/2023 - ECLI:ES:JMA:2023:5593 o Asunto Sticks de Turrón[2022] SJM, Alicante sección 1 del 05 de septiembre de 2022 ( ROJ: SJM A 11694/2022 ECLI:ES:JMA:2022:11694 ) cuando un operador económico decide seguir a un competidor en el mercado y ofrecer el mismo producto, a los efectos de una competencia sana y leal, debe esforzarse por diferenciarse, no por asemejarse. Tal esfuerzo deberá ser mayor cuanto más innovador sea el producto. En el presente caso, la parte demandada ha decidido emplear un envase que reproduce milimétricamente el envase de la actora. La parte demandada no solo ha imitado el envase sino que lo ha hecho en condiciones que no excluyen el riesgo de confusión o asociación por lo que debe declararse desleal la conducta. 

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