lunes, 11 de mayo de 2026

El programa Docentia y la Revista Economía Industrial como indicios de quantum pro degeneramus a patribus nostris


 

A la vez, un ejemplo de cómo aumentar la productividad utilizando la inteligencia artificial


Desde que están los socialistas en el gobierno, no solo se ha deteriorado, en general, la capacidad estatal de España, no solo se ha reducido la confianza social entre españoles, no solo ha aumentado la pobreza infantil, no solo se han reducido los salarios netos, no solo hemos dejado de ser un estado de derecho (cuatro años sin presupuestos es un fallo suficiente por sí solo para descalificarnos como tal ya que implica que no hay control parlamentario de lo que se hace con nuestros impuestos) sino que la "tensión" por hacer bien las cosas que proporciona la meritocracia y la cultura del esfuerzo se ha desvanecido. Ha desaparecido de la Universidad y de las administraciones públicas en general, como lo demuestra la "colonización" (el fiscal anticorrupción dixit) de las empresas públicas, en manos de gente del partido sin conocimientos, formación y experiencia en términos relativos (esto es, superior a la que tienen muchos otros individuos que podían haber sido designados para ocupar el cargo que okupan estos funcionarios de partido). 

El premio al docente que más tiempo dedica a cursillos de cristiandad y trámites burocráticos

La última es que mi Universidad, la UAM, va a dar plazas de catedrático preferentemente a aquellos acreditados que tienen más méritos "docentes" que a los que tienen más méritos de investigación sobrevalorando una acreditación - el programa docentia - que es un reflejo más de la cultura woke que se ha instalado en nuestra academia fuera de las ciencias más duras y que no "prueba" en absoluto que el que tiene más certificados de ese tipo sea mejor docente. Y es pertinente hacer una referencia en esta entrada dado que el número de la Revista Economía Industrial "va" de cumplimiento normativo.

El programa DOCENTIA evalua la docencia de un profesor universitario que se somete voluntariamente a ella (los profesores más volcados en la investigación, por esta razón, nunca nos apuntamos al programa. Bastante burocracia tenemos ya que soportar). Lo hace en tres fases: autoinforme del profesor, encuestas de satisfacción de los estudiantes e informes de los responsables académicos (decanatos o departamentos). El resultado se traduce en una calificación (favorable, excelente, etc.) que tiene efectos en la carrera profesional y en complementos retributivos y, como digo, en una prioridad para las plazas de promoción en la UAM. Sin embargo, su utilidad para identificar a un "gran docente" es nula por las siguientes razones:

  • (1º) El peso de la evaluación recae excesivamente en las encuestas de los alumnos, las cuales miden la satisfacción —o incluso la popularidad—, pero no necesariamente el aprendizaje o la calidad pedagógica. Existe una correlación documentada entre las calificaciones altas otorgadas por los estudiantes y la laxitud en la exigencia académica o la "amabilidad" del docente. Un profesor que desafía intelectualmente a sus alumnos, que mantiene un nivel de rigor elevado o que evalúa con criterios estrictos suele obtener puntuaciones inferiores a las de un docente que facilita el aprobado o que utiliza recursos de entretenimiento en el aula sin profundidad científica. El DOCENTIA no tiene mecanismos para corregir este sesgo de "felicidad del cliente" frente a la formación de calidad. Y eso, sin contar que la proporción de estudiantes que "rellena" las encuestas es bajísima.
  • (2º) El programa premia la capacidad del profesor para documentar su actividad, no la actividad en sí. El docente mediocre que dedica horas a rellenar formularios, a detallar planes docentes ajustados milimétricamente a las guías y a recoger evidencias de "innovación" (aunque sean superficiales o inanes), obtendrá una valoración superior al docente que dedica ese tiempo a la investigación de su materia y a la preparación de sus lecciones pero descuida la vertiente administrativa. El sistema evalúa la conformidad con el proceso, no el talento pedagógico ni la profundidad de los conocimientos transmitidos. Afortunadamente, la IA nos ahorrará todo ese trabajo y a la ANECA revisarlo, de manera que todo el proceso se realizará por máquinas.
  • (3º) DOCENTIA puntúa la participación en proyectos de innovación docente, el uso de plataformas digitales o la asistencia a cursos de formación pedagógica. (según este estudio, estos cursos no tienen ningún efecto en la mejora de la calidad docente y en el aprendizaje, solo hacen que el docente "sienta" que es mejor docente).
  • (4º) Esto genera un incentivo perverso: el profesorado acumula certificados de cursos de escaso valor intelectual para sumar puntos. Se asume erróneamente que utilizar una herramienta digital o aplicar una metodología de moda (como la gamificación) es sinónimo de mejor enseñanza. Un profesor excelente que utiliza la lección magistral de corte clásico con un dominio absoluto de la dogmática jurídica, por ejemplo, podría ser calificado como mediocre por no integrar "evidencias de innovación" en su portafolio.
  • (5º) Un gran docente es reconocido por sus iguales mediante la observación de su capacidad analítica y su rigor científico. DOCENTIA prescinde casi por completo de la observación directa en el aula por parte de otros expertos en la materia. Los informes de los responsables académicos suelen ser trámites administrativos basados en que no existan quejas formales o en el cumplimiento de horarios, pero no entran en el fondo de si el contenido impartido está actualizado o si es intelectualmente sólido.

Eso debería ser suficiente para que un juez anulara los criterios aprobados por la UAM para "ordenar" a los acreditados para catedrático en cuanto a las plazas de promoción. Si los juristas no nos preocupamos de que las normas jurídicas estén basadas en la mejor ciencia disponible, ¿quién lo va a hacer? ¿los politólogos? ¿los graduados en periodismo, pedagogía, humanidades y otras carreras mickey mouse? 


Docentia premia al docente que hace cursillos de cristiandad

Le he pedido a Gemini que valore los criterios aprobados por la UAM y confirme que premia al docente que hace cursillos

El texto detalla el procedimiento para asignar plazas de Catedrático y los criterios de priorización. Al aplicar estos baremos a Marisa (investigadora de élite sin DOCENTIA) y a Manuel (investigador mediocre con DOCENTIA «Excelente»), el resultado es el siguiente:  

La docencia suele representar un 30% o 35% del total de la puntuación. Dentro de este bloque, la participación en el programa DOCENTIA es el principal indicador de calidad. El acuerdo establece que para alcanzar la máxima puntuación en este apartado es imprescindible contar con evaluaciones positivas y, preferiblemente, menciones de "Excelencia". Sin este sello, un profesor que haya impartido miles de horas de clase con rigor dogmático verá su puntuación limitada, ya que el sistema solo reconoce la "calidad" si ha sido procesada por el algoritmo de la ANECA.

El acuerdo establece en su Anexo I los criterios para priorizar las áreas que recibirán plazas. En el apartado de «Docencia», la UAM no mide la calidad intelectual de las clases, sino la participación en programas de evaluación. Un área donde los profesores tengan evaluaciones excelentes en DOCENTIA puntuará máximo. Manuel aporta puntos directos al área y al departamento porque su perfil encaja en la métrica de «calidad certificada». Marisa, al ser un «espacio en blanco» para el programa DOCENTIA, resta competitividad a su propia área en la fase de asignación de plazas. El sistema la invisibiliza. 

El baremo de la UAM otorga un peso determinante a la «calidad de la docencia evaluada positivamente». Según el documento, esto se acredita exclusivamente mediante los tramos de docencia (quinquenios) y, de forma creciente, mediante el programa DOCENTIA. Para Marisa, sus méritos de investigación (bloque A) pueden ser espectaculares, pero en el bloque de docencia (bloque B), su puntuación se verá mermada. Al no tener el sello de «Excelente» de DOCENTIA, no puede alcanzar el techo de puntos en ese apartado, por mucho que sus clases sean magistrales. Manuel, con una investigación simplemente suficiente para pasar el corte, compensa cualquier debilidad con la máxima puntuación en el bloque docente. En un sistema de suma de puntos, la «excelencia» burocrática de Manuel es numéricamente equivalente —o superior— a la «excelencia» científica de Marisa.

El acuerdo de la UAM de 2025 valora la «adecuación de los perfiles». Si el departamento debe elegir a quién proponer para una promoción interna, el perfil de Manuel es «seguro» y «rentable» para las estadísticas del Vicerrectorado. Marisa es vista como un activo problemático: es una investigadora brillante, pero su negativa a participar en el «teatro de la innovación» y el «cumplimiento» del DOCENTIA hace que el departamento pierda puntos en los indicadores de calidad institucional.

El acuerdo de la UAM confirma que la universidad ha sustituido el juicio sobre el mérito académico por una contabilidad de certificados. El sistema está diseñado para que el "cumplidor" (Manuel) tenga un camino despejado, mientras que el "académico de raza" (Marisa) se encuentre con un techo de cristal burocrático. Marisa podría perder la plaza de Catedrática frente a Manuel simplemente porque Manuel tiene un PDF de la ANECA que dice que sus alumnos están «satisfechos» y que ha hecho un curso sobre «gamificación en el aula», mientras que ella solo tiene libros en las mejores editoriales y el respeto de sus pares, algo que el baremo de la UAM de 2025 no sabe dónde sumar.

Vamos con el último número de la Revista Economía Industrial 

Esta reivsta era algo grande, grande, grande en el pasado. La verdad es que yo me sentí muy orgulloso de que me publicaran un trabajo en ella hace una década. Y Gemini dice que  Economía Industrial, fundada en 1964 por el Ministerio de Industria, fue durante décadas una de las cabeceras de referencia para el análisis de la estructura industrial y la política económica en España. Durante los años 70 y 80, la revista publicó investigaciones que sentaron las bases de la economía industrial española. Académicos de primer nivel publicaban análisis reales sobre la eficiencia de las empresas públicas, la concentración bancaria o la competitividad exterior. Es el caso de Juan Velarde, Luis Ángel Rojo o José Luis Feito, entre otros. En aquel entonces, los artículos tenían una carga analítica, estadística y teórica muy superior a la mera reseña normativa que ha visto en los textos de compliance. El impacto académico de la revista se medía por su capacidad para influir en las reformas estructurales del país.  

El último número, en efecto, se dedica al compliance.

He ojeado algunos de los artículos. El de Bonatti es un memorando de abogado para un cliente y, en esa medida, Gemini dice que contiene información útil sobre la "normalización" (en el sentido de emisión de normas UNE) del compliance que puede reducir los costes de las empresas. El siguente lo describe Gemini como sigue

Si el texto anterior se movía en el terreno de la normalización técnica y las bondades de la gestión ética, este segundo artículo de Felipe García Hernández se desplaza hacia un plano puramente descriptivo y de recopilación normativa que, para alguien con un dominio sólido de la materia, no aporta absolutamente nada. El texto incurre en varios de los vicios que vacían de contenido intelectual el análisis jurídico: En primer lugar, utiliza un tono de advertencia superficial sobre el "tsunami regulatorio" sin entrar en el análisis de fondo. Menciona leyes y reglamentos —DORA para el sector financiero, la Ley de Inteligencia Artificial, la Directiva de Sostenibilidad— como quien lee una lista de la compra, pero no aborda las fricciones dogmáticas que estas normas generan ni cómo alteran la teoría general de la responsabilidad civil o mercantil. En segundo lugar, se apoya en anécdotas de actualidad, como el traslado de la sede de Ferrovial, para justificar la necesidad del cumplimiento, pero lo hace de forma epidérmica. No hay un estudio sobre la seguridad jurídica desde una perspectiva de teoría del Derecho, sino una repetición de lugares comunes sobre la estabilidad regulatoria que se encuentran en cualquier columna de opinión económica. Por último, el artículo abusa de la retórica sobre la "innovación" y la "tecnología" (mencionando herramientas de monitorización y gestión de datos) sin cuestionar si estas herramientas realmente sirven para cumplir el fin de la norma o si son simplemente instrumentos para que la empresa pueda acreditar formalmente una diligencia que, en la práctica, es inane.

Pero es que el siguiente empieza así

 Al igual que las consecuencias por la violación de Derechos Humanos no pueden depender de la voluntad del ordenamiento jurídico de un país, los atentados (dolosos o imprudentes) contra el medio ambiente han venido a convertirse en una materia de gobernanza global. En el ámbito de la Unión Europea, a lo largo de los años se ha observado una asimetría entre, por un lado, los tipos penales previstos que castigan estas conductas, así como la capacidad de los sistemas judiciales para juzgarlas y ejercer un control eficaz; y, por otro lado, el nivel de supervisión de la cadena de valor de grandes organizaciones.

Se lo he dado a Gemini que me ha respondido lo siguiente:

 Efectivamente, el texto no solo mantiene el tono de manual de buenas intenciones que caracteriza a los anteriores, sino que, desde un punto de vista puramente formal, presenta deficiencias sintácticas y de estilo que dificultan su lectura. 

En cuanto a la primera frase: En primer lugar, hay una imprecisión lógica y jurídica en la expresión «consecuencias por la violación». Lo que no depende de la voluntad de un país es la protección de los derechos o la calificación de su violación como tal, no las «consecuencias», que son precisamente las que sí dependen de cada ordenamiento (las penas o sanciones). En segundo lugar, el uso de la perífrasis «han venido a convertirse» es un circunloquio innecesario que resta fuerza al enunciado; en un texto técnico es preferible el uso del presente o del pretérito perfecto compuesto («se han convertido»). Por último, la analogía entre «consecuencias» y «atentados» es asimétrica: compara un efecto jurídico con una conducta fáctica. 

La construcción «una asimetría entre, por un lado, los tipos penales previstos que castigan estas conductas, así como la capacidad de los sistemas judiciales...; y, por otro lado, el nivel de supervisión» es gramaticalmente incorrecta. El nexo «asimetría entre» exige dos términos comparados de forma clara. Al introducir un «así como» dentro del primer término, se rompe la correlación. El «así como» debería ser una conjunción copulativa simple o el párrafo debería reestructurarse para que la asimetría se establezca entre la capacidad de sanción (ámbito público) y el nivel de supervisión (ámbito privado). Además, el uso del punto y coma antes de «y, por otro lado» es excesivo si no se ha corregido la enumeración interna previa. El texto abusa de las oraciones subordinadas y los incisos, lo que genera una fatiga innecesaria. Una versión corregida y más limpia del fragmento sería: 

«Del mismo modo que la protección frente a las violaciones de los derechos humanos trasciende la voluntad del ordenamiento jurídico nacional, la lucha contra los atentados ambientales se ha convertido en una cuestión de gobernanza global. En la Unión Europea se advierte una asimetría entre la eficacia de los tipos penales y la capacidad judicial para sancionarlos, por una parte, y el nivel de supervisión de la cadena de valor en las grandes organizaciones, por otra.» 

Desde un punto de vista intelectual, el artículo tampoco parece despegar: se limita a reproducir la retórica de la "impotencia de los estados" y la "soberanía de los países subdesarrollados" como justificación de la norma europea, sin aportar una reflexión original sobre el conflicto de leyes o la eficacia extraterritorial de la jurisdicción penal.

Y uno que parece más elaborado - son tres académicos los que lo firman - lo critica así Gemini:

si se purga el artículo de la terminología sociológica habitual, lo único que queda con un mínimo relieve para un mercantilista es la mención a la teoría de la masa crítica. La idea de que la diversidad en los Consejos no es una cuestión de "justicia", sino que requiere alcanzar un umbral numérico (tres consejeras) para romper las dinámicas de grupo preexistentes y alterar realmente la supervisión del cumplimiento. 

Fuera de esa observación sobre la dinámica interna de los órganos de administración, el artículo no ofrece ninguna tesis jurídica de peso. Es, como los anteriores, una pieza de literatura descriptiva que se limita a confirmar estadísticamente lo que el "blandismo" regulatorio de la CNMV lleva años recomendando. No hay análisis de patologías, ni propuestas de reforma del régimen de responsabilidad, ni nada que escape a la categoría de relleno académico. No aporta nada que un lector con criterio no sepa ya de antemano.

El resumen de otro de los artículos tiene efectos psicodélicos

 La creciente complejidad del marco legal y la globalización de los mercados han llevado a las empresas a implementar sistemas de cumplimiento o compliance que aseguren la conformidad con las regulaciones internas y externas (Xi, 2024), en un contexto de gran incertidumbre. La realidad del compliance se ve acentua da por los escándalos financieros, que no son, en absoluto, un fenómeno nuevo y que, a pesar de los esfuerzos de los reguladores, continúan apareciendo y provocando oleadas regulatorias especialmente desde el año 1977 

Dice Gemini que el artículo (¡cuatro autores!) presenta varios problemas estructurales y sintácticos. El primero es la dependencia excesiva de la voz pasiva y de construcciones impersonales («se ve acentuada por», «son cada vez más conscientes»), lo que genera una lectura plana y burocrática. Las oraciones tienden a ser largas y están cargadas de incisos que no añaden valor, sino que dilatan la llegada al núcleo del predicado. Por ejemplo, en el segundo párrafo, se encadenan ideas sobre escándalos financieros, esfuerzos reguladores y legitimidad corporativa en una sola secuencia que resulta agotadora y poco precisa.

Un defecto recurrente es el uso de lugares comunes y muletillas de la literatura de gestión que carecen de precisión jurídica. Expresiones como «punto de inflexión», «contexto de gran incertidumbre» o «elemento clave de su organización» funcionan como relleno semántico. Especialmente criticable es la imprecisión en el uso de los tiempos verbales y la falta de concordancia lógica en algunas transiciones. Por ejemplo, se afirma que los escándalos «provocan oleadas regulatorias especialmente desde el año 1977», una construcción temporal forzada que intenta abarcar cinco décadas de forma simplista.

Desde el punto de vista del contenido, el artículo es una recopilación de hitos sobradamente conocidos por cualquier profesional (FCPA de 1977, Sarbanes-Oxley de 2002) sin aportar una exégesis nueva. La redacción académica se utiliza aquí como un envoltorio para conceptos elementales. Se recurre a la cita de autoridad (Xi, 2024; Hauser, 2020) para respaldar afirmaciones triviales que no necesitarían referencia si el texto tuviera una tesis propia.

En resumen, la redacción sufre de una «nominalización» excesiva (abuso de sustantivos en lugar de verbos de acción), lo que le confiere ese aire de pesadez administrativa que usted identifica como bazofia. No hay una voluntad de estilo ni una claridad expositiva que busque iluminar un concepto complejo; hay, simplemente, una acumulación de párrafos estándar que cumplen con el formato de artículo académico pero que carecen de sustancia. Si el objetivo era ofrecer un análisis de los "desafíos éticos", la redacción se queda en la superficie de la terminología de manual, sin entrar en el terreno de la filosofía moral o la responsabilidad corporativa con el rigor que el tema exigiría.

Le he preguntado ¿quién es Xi? (me temía lo peor, que los autores estuvieran citando al dictador chino). Se trata de Winston Xi un autor del ámbito del management y la gestión financiera y la cita hace referencia a un capítulo titulado Regulatory Changes and Compliance Challenges, incluido en el libro Strategic Financial Management: A Managerial Approach, publicado por Emerald Publishing Limited. (Una editorial situada en la zona gris entre las depredadoras y las serias). El uso de esta referencia es un ejemplo paradigmático de lo que usted describe como "bazofia" académica por tres motivos: En primer lugar, la cita se utiliza para respaldar una obviedad absoluta: que la complejidad legal y la globalización han llevado a las empresas a implementar sistemas de cumplimiento. Es un recurso puramente decorativo; se cita a un autor de 2024 para validar una perogrullada que no requeriría apoyo bibliográfico en un texto de verdadero fuste intelectual. En segundo lugar, denota una pereza bibliográfica considerable. En lugar de acudir a las fuentes originales de la teoría de la organización o a la dogmática jurídica que analiza la naturaleza del cumplimiento, se recurre a manuales de gestión financiera muy recientes que suelen ser recopilatorios de conceptos estándar. Por último, el hecho de que el lector pueda confundirlo con una figura geopolítica relevante evidencia la falta de cuidado en la edición. En un artículo con rigor, las referencias deben aportar una autoridad reconocida en la materia o un dato empírico novedoso. Aquí, Xi es simplemente un nombre en un paréntesis destinado a simular una profundidad investigativa que el contenido del párrafo, plano y descriptivo, desmiente por completo.

Lo que el artículo describe como «desafíos éticos» es el mismo tríptico retórico que domina la literatura de gestión desde hace dos décadas: la dicotomía entre el formal compliance y el material compliance, la apelación a la «cultura de integridad» como panacea invisible y el lamento sobre la complejidad de un entorno globalizado. Desde un punto de vista analítico, el texto se mueve en la tautología: Dice que el desafío es no ser formalista, pero no explica cómo se mide jurídicamente la "cultura empresarial" más allá de los protocolos formales que critica. Dice que la ética es fundamental, pero la reduce a una herramienta de "supervivencia" y "legitimidad", es decir, a un cálculo de conveniencia económica, vaciándola de contenido moral real. Dice que el entorno es incierto y complejo, utilizándolo como una cláusula de estilo para justificar por qué los sistemas de cumplimiento fallan sistemáticamente a pesar de su creciente sofisticación.

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