viernes, 29 de enero de 2021

Un Juzgado de primera instancia de Ibiza plantea cuestión prejudicial al TJUE sobre la jurisprudencia del Supremo sobre la cláusula IRPH


foto: JJBOSE

Es el Auto del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ibiza, de 5 de enero de 2021

Un Juzgado de Ibiza ha planteado una cuestión prejudicial al TJUE para que se pronuncie sobre si las últimas sentencias dictadas por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo sobre el IRPH van contra el derecho de la Unión Europea.

La cuestión prejudicial se motiva en que

“el Tribunal Supremo español ha realizado una reinterpretación, con el dictado de una reciente jurisprudencia a raíz de las Sentencias 595, 596, 597 y 598/2020 de 12 de Noviembre de 2020, de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 3 de Marzo de 2020, desde una perspectiva abruptamente contraria a lo dispuesto expresamente en la citada sentencia así como en decenas de sentencias relativas a los criterios interpretativos de la Directiva 93/13/CE en relación a la protección de los derechos de los consumidores en contratos celebrados con profesionales […] haciendo que con tal interpretación se gire jurídicamente en 180 grados el sentido protector de los consumidores recogida en la Directiva, en exclusivo beneficio de las entidades financieras predisponentes”.

Va siendo hora de que algunos jueces de primera instancia muestren un poco más de respeto por el Tribunal Supremo. Esperemos que el TJUE no la admita a trámite. Además, un juzgado de Primera Instancia de Arrecife (Lanzarote) ¿qué tendrán las islas? ha dictado una sentencia de fecha 15 de diciembre en la que declara la nulidad de la cláusula IRPH, su sustitución por el EURIBOR y la restitución de las cantidades indebidamente percibidas. Y funda su sentencia el señor juez ¡en el voto particular de la sentencia del Supremo!

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