sábado, 16 de enero de 2021

Gastos de tasación del inmueble en un préstamo hipotecario corresponden al banco según la Audiencia de Oviedo (a pesar de que el art. 14 LCCI los atribuye al prestatario)


Foto: JJBOSE

Por Esther González

Es la Sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo, Sección 1, número 2087/2020, de 23 de diciembre de 2020

La AP de Oviedo ha condenado a Deutsche Bank a pagar los gastos de tasación del inmueble hipotecado en garantía de un préstamo, tras declarar nula la cláusula que obligaba al prestatario a pagarlos. La sentencia es novedosa, ya que el TS, en las distintas sentencias sobre la distribución de los gastos hipotecarios no se ha pronunciado hasta el momento sobre los gastos de tasación del activo hipotecado.

La AP de Oviedo establece que esta conclusión es conforme con la sentencia del TJUE de 16 de julio de 2020 según la cual las cantidades pagadas en concepto de gastos hipotecarios a raíz de una cláusula declarada abusiva deben ser devueltas al consumidor salvo que el derecho nacional disponga lo contrario. Y ello porque en este caso no había una norma nacional vigente aplicable en defecto de pacto que impusiera al prestatario el pago de la totalidad o de una parte de esos gastos.

En cualquier caso, hay que tener en cuenta que, para contratos sujetos a la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, el art. 14 establece que “los gastos de tasación del inmueble corresponderán al prestatario”.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

El link a la sentencia no funciona. Gracias.

Anónimo dijo...

El enlace a la sentencia no funciona. Gracias.

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