El Tribunal Supremo continúa la línea abierta en materia de inclusión indebida en un registro de morosos (aquí,
aquí,
aquí
y aquí).
En la Sentencia
de 12 de mayo de 2015, corrige la indemnización otorgada por la Audiencia
sobre el argumento de que ésta no tuvo en cuenta adecuadamente los criterios
sentados por el Tribunal Supremo para fijar dicha indemnización:
“Reading and thinking. The beauty of doing it, is that if you’re good at it, you don’t have to do much else" Charlie Munger. "La cantidad de energía necesaria para refutar una gilipollez es un orden de magnitud mayor que para producirla" Paul Kedrosky «Nulla dies sine linea» Antonio Guarino. "Reading won't be obsolete till writing is, and writing won't be obsolete till thinking is" Paul Graham.
Mostrando entradas con la etiqueta registros de morosos. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta registros de morosos. Mostrar todas las entradas
lunes, 1 de junio de 2015
miércoles, 27 de mayo de 2009
INCLUSIONES ERRÓNEAS EN REGISTROS DE MOROSOS: ATENTADO AL HONOR Y COMPETENCIA DESLEAL
El Tribunal Supremo acaba de confirmar en Sentencia de 24 de abril de 2009 que incluir erróneamente en un registro de morosos a un particular constituye una violación de su derecho al honor:
.
Efectivamente, tal persona, ciudadano particular o profesionalmente comerciante, se ve incluido en dicho registro, lo cual le afecta directamente a su dignidad, interna o subjetivamente e igualmente le alcanza, externa u objetivamente en la consideración de los demás, ya que se trata de un imputación de un hecho consistente en ser incumplidor de su obligación pecuniaria que, como se ha dicho, lesiona su dignidad y atenta a su propia estimación, como aspecto interno y menoscaba su fama, como aspecto externo. Y es intrascendente el que el registro haya sido o no consultado por terceras personas, ya que basta la posibilidad de conocimiento por un público, sea o no restringido y que esta falsa morosidad haya salido de la esfera interna del conocimiento de los supuestos acreedor y deudor, para pasar a ser de una proyección pública. Sí, además, es conocido por terceros y ello provoca unas consecuencias económicas (como la negación de un préstamo hipotecario) o un grave perjuicio a un comerciante (como el rechazo de la línea de crédito) sería indemnizable, además del daño moral que supone la intromisión en el derecho al honor y que impone el artículo 9.3 de la mencionada Ley de 5 de mayo de 1982.
Efectivamente, tal persona, ciudadano particular o profesionalmente comerciante, se ve incluido en dicho registro, lo cual le afecta directamente a su dignidad, interna o subjetivamente e igualmente le alcanza, externa u objetivamente en la consideración de los demás, ya que se trata de un imputación de un hecho consistente en ser incumplidor de su obligación pecuniaria que, como se ha dicho, lesiona su dignidad y atenta a su propia estimación, como aspecto interno y menoscaba su fama, como aspecto externo. Y es intrascendente el que el registro haya sido o no consultado por terceras personas, ya que basta la posibilidad de conocimiento por un público, sea o no restringido y que esta falsa morosidad haya salido de la esfera interna del conocimiento de los supuestos acreedor y deudor, para pasar a ser de una proyección pública. Sí, además, es conocido por terceros y ello provoca unas consecuencias económicas (como la negación de un préstamo hipotecario) o un grave perjuicio a un comerciante (como el rechazo de la línea de crédito) sería indemnizable, además del daño moral que supone la intromisión en el derecho al honor y que impone el artículo 9.3 de la mencionada Ley de 5 de mayo de 1982.
.
Quizá estos conflictos debieran tratarse, en el caso de empresarios al menos, por vía de competencia desleal. Parece evidente que incluir en un registro semejante a un empresario es un acto de denigración (idóneo para afectar a su crédito en el mercado) porque afecta a su "honor concurrencial". La cuestión de la legitimación pasiva es discutible: ¿puede demandarse únicamente al que dio la comunicación errónea o también al titular del registro?
Suscribirse a:
Entradas (Atom)
Archivo del blog
-
▼
2024
(249)
-
▼
abril
(58)
- La junta puede cesar a los consejeros designados p...
- Actualización del importe del crédito privilegiado...
- Nulidad de operaciones financieras por falta de au...
- ESG Ratings
- La cláusula de 'contrato completo' (entire agreeme...
- Citas: lo de Sánchez y Asterix en Hispania, Ovejer...
- Ex post facto convalescere: siempre se aprende alg...
- Citas: Tip y Coll en el BOE, fascistas nacionalist...
- La Conjura contra España (LXVII): por una fiesta n...
- El caso del cambio del domicilio social de Tripadv...
- Las cláusulas de non-poaching (no captación) de lo...
- No hay derecho de separación en las sociedades de ...
- La representación: extractos comentados de un trab...
- La UAM como empresa norcoreana (VII). Ni se te ocu...
- Citas: El otro nobel español que no lo fue, Indoma...
- La liquidación de una sociedad existiendo una deud...
- No es necesario especificar la causa legal de diso...
- Citas: mucho sobre cambio climático
- UAM ¡qué nivel! (II)
- La Conjura contra España (LXVI): País Vasco y Polo...
- La conjura contra España (LXV): La sociedad vasca ...
- La ESG es regresiva: ¿cómo es que los progresistas...
- Los progresistas están peor de la cabeza y son más...
- Citas: grupos de sociedades, rankings de ESG, el c...
- Un régimen jurídico para los datos que tenga en cu...
- UAM ¡Qué nivel!
- Citas: transplantes, PortItalia es el futuro de Es...
- Citas: patriotismo, Balzac, Cajal y la meritocraci...
- No hay deslealtad en el socio que, tras instar la ...
- Administradores de hecho y domini negotii que resp...
- El acuerdo de la junta sobre la acción de responsa...
- Obstaculización desleal mediante la cancelación de...
- Los pactos entre todos los socios contrarios a los...
- Mutación de la causa de pedir, demanda carente de ...
- Impugnación de la retribución de los administradores
- Interpretación de los contratos: no te inventes lo...
- Acción social de responsabilidad basada en comport...
- Añadir actividades de transporte a tu objeto socia...
- Un administrador de una sociedad española con sede...
- Temple Grandin explica lo que es la diversidad de ...
- Citas: Virreinato de Nueva Granada, Zapatero toma ...
- Los más listos y las más listas: dejemos de preocu...
- Szpunar cree que el artículo 224.2 LOREG es contra...
- Citas: Cajal, consumidores, regulación, religiosid...
- Patricia Crone: sociedades preindustriales (y iii):
- Citas: The Social Instinct, Bukele y la prensa soc...
- Citas: fascistas nacionalistas vascos, cosas de ar...
- Deducibilidad de la retribución de administradores...
- Las personas jurídicas no tienen derechos fundamen...
- Citas: vascuence en Sevilla, Sanchez o la infecció...
- Y más sobre la SPAC de Trump
- Patricia Crone: sociedades preindustriales (ii): l...
- Más sobre la SPAC de Trump y lo difícil que es inn...
- Pargendler sobre grupos de sociedades
- Citas: Caravaggio, Larkin, origen del COVID, el fa...
- Sujeto de derecho según Alejandro Guzmán Brito
- La SPAC de Trump
- Ciencia y tecnología en regímenes totalitarios
-
▼
abril
(58)
-
►
2023
(573)
- ► septiembre (62)
-
►
2022
(425)
- ► septiembre (39)
-
►
2021
(507)
- ► septiembre (22)
-
►
2020
(465)
- ► septiembre (32)
-
►
2019
(516)
- ► septiembre (33)
-
►
2018
(740)
- ► septiembre (62)
-
►
2017
(651)
- ► septiembre (49)
-
►
2016
(531)
- ► septiembre (36)
-
►
2015
(484)
- ► septiembre (14)
-
►
2014
(515)
- ► septiembre (31)
-
►
2013
(593)
- ► septiembre (53)
-
►
2012
(627)
- ► septiembre (61)
-
►
2011
(737)
- ► septiembre (56)
-
►
2010
(570)
- ► septiembre (76)
-
►
2009
(177)
- ► septiembre (16)