Es la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 7 de abril de 2017
El planteamiento de una acción impugnatoria por parte de dos de los miembros del consejo de administración de ZED WORLDWIDE SA, PLANETA CORPORACIÓN SL y D. Luis Pedro , fue el origen de este litigio, en el que los términos del debate han quedado finalmente restringidos a:
1º) la impugnación del acuerdo tercero del consejo de 27 de junio de 2011 relativo a la devolución parcial de una prima de emisión (al Banco de Santander que había venido obligado a suscribir el aumento de capital de ZED); y
2º) la impugnación del acuerdo quinto del consejo de 21 de julio de 2011, de ratificación de otros precedentes (14 y 27 de junio) y de reafirmación del modo en el que se había efectuado la suscripción de la ampliación considerándola ajustada a las previsiones del acuerdo tercero del consejo celebrado el 13 de abril de 2011 y del acuerdo tercero del que tuvo lugar el 27 de junio de 2011.
Los acuerdos fueron impugnados por contrarios a la ley, a los estatutos y por perjudiciales para el interés social.
La Audiencia confirma la sentencia del Juzgado porque dice