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viernes, 1 de agosto de 2014

Microentrada: la hora de las metarreformas

Zapatos Viejos, de Hector Lombana, Cartagena de Indias.

La encuesta sobre valores que realizó la fundación del BBVA en diez países europeos dejaban a España en una posición peculiar: los españoles somos los más anticapitalistas de Europa, los que más intervención pública – de gasto y de regulación – exigimos y los que menos confiamos en nuestras fuerzas individuales para organizarnos la propia vida. A la vez, somos el país que más desconfía de los políticos que, se supone, son los que tendrían que garantizarnos ese nivel de vida aceptable con independencia de lo que nos esforcemos por lograrlo.

domingo, 6 de julio de 2014

Microentrada: Hablemos con ellos



Control democrático y resultados sociales


Grupos como Izquierda Unida y Podemos (*)  basan sus propuestas de organización de la sociedad en dos premisas: el control “democrático” de todas las instituciones sociales y una concepción del ser humano como un ángel cooperador que no gorronea ni se aprovecha jamás del común si está convenientemente dirigido por los que ejercen el control democrático.

La primera premisa es que todas las instituciones sociales han de estar controladas “democráticamente”


lo que equivale a decir que los políticos – los elegidos – son los únicos legitimados para tomar decisiones y/o para designar a los que toman las decisiones en todos los ámbitos. Las recientes declaraciones del líder de Podemos sobre los medios de comunicación o las aún más recientes de un diputado de Izquierda Unida sobre la bondad del sistema de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial son una buena muestra. Cuando se trata de instituciones puramente privadas, su propuesta es la de nacionalizarlas o crear instituciones públicas paralelas. Por ejemplo, en el ámbito de las utilities – gas, electricidad, teléfono – y, sobre todo, en el sector financiero, al que los de izquierdas atribuyen una capacidad de influencia sobre la sociedad digna de la mejor teoría conspirativa de la Historia. Nunca aparece, en tal discurso, la palabra “competencia”, es decir, los de izquierdas no tienen en cuenta, nunca, que los individuos y los grupos organizados en una sociedad abierta como son todas las occidentales, están en competencia por captar consumidores o clientes y que la competencia y la libertad de decisión de los consumidores, clientes o ciudadanos en general, protege a éstos frente a la explotación por parte de aquéllos.


La segunda premisa es que el control “democrático”, por sí mismo, garantiza la bondad de los resultados sociales


Si los bancos son públicos y sus gestores son designados por los que han sido elegidos por el pueblo, el crédito fluirá, las prácticas abusivas desaparecerán, los gestores y empleados de los bancos sólo tendrán en mente el interés del público y la Economía florecerá porque el sistema financiero cumplirá la función idealmente asignada. Si las televisiones o los medios de comunicación son públicos, no serán vehículos de propaganda y el dinero público no se despilfarrará y existirá pluralidad y asignación óptima de los recursos. Si se nacionalizan las eléctricas o las compañías de teléfono, los ciudadanos disfrutarán de un servicio óptimo en términos de calidad, innovación y precio, y así, sucesivamente.

No importa que la realidad demuestre, una y otra vez, que ambas premisas son falsas.


El control “democrático” de la Sociedad equivale a implantar la dictadura de la mayoría y es incompatible con un Estado de Derecho que pone en el centro al individuo y sus derechos. La reciente columna de Dani Rodrik lo explica perfectamente: es mucho más fácil celebrar elecciones periódicas que garantizar el Estado de Derecho. La caída de dictaduras producida recientemente en muchos países del mundo no ha ido acompañada de la construcción de Estados de Derecho. El resultado está a la vista: guerras civiles (Irak), reimplantación de dictaduras (Egipto) o degradación de la democracia y de la estabilidad social (Venezuela).

El control democrático no garantiza la bondad de los resultados sociales


Más bien, cabe predecir resultados desastrosos, precisamente, porque los políticos elegidos son seres humanos racionales que anteponen sus intereses personales a los de la comunidad. Y utilizan su poder de controlar “democráticamente” las instituciones para avanzar dichos intereses.

La historieta contada por Bertín Osborne a la pobre Beatriz Montañéz sobre el general venezolano encargado de hacer las compras de productos para la cadena pública de supermercados es muy ilustrativa: el general pidió a Osborne un soborno, es decir, que una parte del precio del aceite acabara en una cuenta suiza abierta a nombre del general. Es inevitable que estas cosas ocurran. Si el general estuviera comprando para una cadena privada de supermercados, el dueño de la cadena – porque tiene los incentivos para hacerlo, ya que el general le estaría robando a él – pondría los medios para impedir estas conductas. Despediría al general y no volvería a comprar nunca a Bertín por haberse avenido a pagar el soborno a un empleado suyo (si Bertín lo hubiera hecho). Si el consejero-delegado de Gowex ha robado o engañado a los accionistas de Gowex, el Derecho pone en sus manos las herramientas para que esto no vuelva a pasar y, estos accionistas diseñarán la próxima Gowex de forma que ese riesgo se reduzca.

Cuando se trata de una entidad pública, el dueño no es un individuo sino un grupo infinitamente grande de individuos – todo el país – y los “dueños” no tienen forma de controlar lo que hacen los generales de turno. El elevado nivel de corrupción en países desarrollados es un buen ejemplo de lo difícil que es controlar los instintos naturales del hombre a comportarse como un gorrón y no como un “cooperador”.


La espiral hacia el control absoluto de todos los recursos por parte de los gorrones es inevitable cuando hay control “democrático” de todas las instituciones


Siempre son los más gorrones, los más violentos – los más “echados p’alante” en definitiva – los que se hacen con la cúpula del “control democrático”. Los más cooperadores, los más pacíficos dan un paso atrás porque enfrentarse a los anteriores, a menudo, les cuesta el ostracismo, la expulsión y, en el peor de los casos, todo su patrimonio y su vida.

Fuente@dlacalle 
Enlace permanente de imagen incrustadaA IU o a Podemos no parece importarles un bledo que en España no hayamos conseguido tener una sola televisión pública plural y de calidad ya que siguen manteniendo que el problema está en el “duopolio” privado.

Tampoco parece haberles hecho cambiar de opinión la quiebra de toda la banca pública (las Cajas de Ahorro) como consecuencia de la injerencia de los que ejercen “el control democrático” o que todas las instituciones diseñadas para controlar a los políticos hayan dejado de funcionar como consecuencia, precisamente, del “control democrático” de las mismas por parte del Gobierno de turno con la complicidad de los políticos de la oposición.

Cualquier persona con dos dedos de frente se plantearía que el problema central no puede estar en que tenemos poco control “democrático” de la sociedad, sino que tenemos demasiado; que el problema está, precisamente, en que el “control democrático” ha ido demasiado lejos y hemos suprimido los sanísimos efectos que la competencia pacífica tiene para el bienestar social y la libertad de los individuos en demasiados ámbitos de la vida común.

Por tanto, ampliar el “control democrático” de las instituciones sociales no es un bien en sí mismo. Garantizar la competencia entre los dueños de las organizaciones que producen los bienes y prestan los servicios a la sociedad es mucho más sensato y no se corre el riesgo de acabar en una guerra civil.
 
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(*) Me refiero sólo a los grupos a la izquierda del PSOE porque tengo la esperanza de que el PSOE no se haga más de izquierdas que estos grupos en la disputa por los abundantes votos que, aparentemente, hay en ese sector del espectro político.

viernes, 4 de julio de 2014

Microentrada: “El mercado es un hijo de puta y, nosotros, unos malcriados”

joantubau (2)
“Somos una generación malcriada. No sé si por(que)… (nuestros) padres… siempre nos han dicho que somos especiales. Está bien que el bebé de la casa sea especial, pero cuando el niño crece, es bueno que le den hostias. Las hostias llegan tarde o temprano. Llegan cuando alguien te corrige cuando eres adolescente o a los 30 cuando tienes tu carrera profesional… ¿Cuándo es mejor que llegue?… en la Universidad y en bachiller… todo eran buenas palabras. Todo… estupendo. Hago una presentación en la Universidad en mi primer año de carrera y no hay críticas. Todo son buenas palabras. Si hay un comentario del profesor, lo dice… como sin levantar la voz. … sales de cuarto de carrera pensando que eres especial. … (Al) empezar a trabajar… te encuentras… que el mercado es un hijo de puta… tienes que competir … contra gente de todo el mundo… muy bien preparada que trabaja muy barato…

viernes, 30 de mayo de 2014

Microentrada: ¿Podemos?, quizá sí, pero ¿debemos?

Por qué las propuestas de la “nueva” izquierda son inmorales


Modern democratic politics is an opportunistic compromise between the talents of man the reasoner and user of symbolic knowledge and man the emotional loyalist of the hunter-gatherer band

Paul Seabright



Seguramente somos el país más anticapitalista de Europa porque la herencia genética de los cazadores-recolectores pesa más sobre los españoles que sobre otros pueblos europeos. Quizá tiene que ver con ser un país de emigración que concentra a los menos arriesgados y emprendedores porque los que emigran son, normalmente, los más dispuestos a hacer algo por su cuenta en lugar de esperar que los problemas se resuelvan o nos los resuelvan. Un nuevo amigo, Alfredo Bullard nos dio una charla titulada “el gen Marx” en la que resume los estudios que indican que nuestro cerebro se formó cuando éramos cazadores-recolectores y que las sociedades correspondientes (pequeños grupos extraordinariamente igualitarios y cooperadores) incentivaban el comportamiento conforme con el grupo y la distribución igualitaria de los bienes. Esta tendencia parece fácilmente explicable: los grupos de cazadores-recolectores más exitosos eran los que conseguían cazar más ya que la caza proporcionaba proteínas en mayor cantidad que la alternativa (comer hierbas). Por tanto, los grupos más exitosos en la caza florecían. La caza en grupo era más eficiente que la caza individual, ergo, los grupos más cooperativos florecían. El entorno era muy incierto y arriesgado, ergo, los individuos aislados tenían más posibilidades de morir mientras que los miembros de grupos cooperativos podían defenderse recíprocamente frente a esos peligros (ahuyentar a un tigre, establecer turnos de vigilancia,…) por no hablar de que la interacción entre los miembros de un grupo debe ser más que directamente proporcional a su capacidad para innovar y resolver problemas.


lunes, 12 de mayo de 2014

Microentrada: el fin de semana

Carmina y amén.
Una película de bajo presupuesto y alta calidad. Describe admirablemente – previa distorsión artística – la clase media/baja andaluza. Uno sospecha que casi todos viven del presupuesto público (pensiones de todas clases) y que los servicios públicos funcionan de aquella manera (policía, forenses…) pero existen. Mujeres más inteligentes y capaces que los hombres y que toman las decisiones por todo el grupo familiar. Mucha inteligencia desperdiciada en conversaciones de mesa-camilla donde la ofensa es no creerte las trolas. Nada de “corrección política” e intensa interdependencia. Mucha comicidad en medio de una historia tremenda, entre “Amour” y “Cinco horas con Mario”. Frases que son hallazgos (“Yo, por la hipoteca, no me tiro ni de los pelos”; “yo no miento nunca. Cuando hablo, lo que digo se convierte en verdad”) y personajes creíbles. Actores que no necesitan actuar y actrices que sabemos que están componiendo el personaje y la intuición de que el director podría haber dejado una cámara fija delante de la protagonista. Seguir adelante en medio de una situación atroz. Decir barbaridades con cariño. No sobra ni una palabrota. Sevilla, como si fuera Nápoles y el jamón, que no es cerdo. Un final esplendoroso.

martes, 29 de abril de 2014

Microentrada: Cómo saber si estás trabajando en una organización estalinista


Lo que sigue está basado en el capítulo de “Poder y Prosperidad” que Mancur Olson dedica a la Unión Soviética y en el que explica de forma muy original por qué el estalinismo pudo ser eficiente y por qué acabó colapsando el sistema soviético. Respecto de lo primero, Stalin pagaba a cada ciudadano según su aportación marginal al PIB. O sea, una birria a todo el mundo y un buen dinero a los que hicieran “horas extra” y las hicieran eficazmente (estajanovismo). Respecto de lo segundo, la URSS cayó por una crisis fiscal. Simplemente, los gestores de las empresas dejaron de enviar la producción de éstas al gobierno central que, en consecuencia, se quedó sin ingresos. Lo que hicieron estos gestores – los oligarcas – fue quedarse con esos ingresos poniéndolos a buen recaudo en el extranjero y utilizarlos para hacerse con la propiedad de esas empresas cuando se privatizaron.

Una organización estalinista presenta, como primera y fundamental característica, la de que el poder en su seno está concentrado. Una o, a lo sumo, dos personas, concentran todo el poder de decisión. Eso quiere decir que nada se mueve sin la aprobación expresa o, más frecuentemente, tácita del que detenta el poder. La concentración de poder es imprescindible para ejercerlo. Si muchos tienen poder, hay competencia por éste y se instaura un sistema de check and balances que es incompatible con el estalinismo. O sea, una organización estalinista es una organización en la que hay un dictador.

lunes, 7 de abril de 2014

Microentrada: simplemente, no deis por saco (II)

Volver a la Codificación, es decir, a limitar la regulación de los acuerdos privados a la contenida en los Códigos del siglo XIX

Cuando yo estudiaba Derecho, allá por los años ochenta del pasado siglo, el problema jurídico de España era la escasa protección del crédito. España era un país subdesarrollado en ese punto. Los que no querían pagar sus deudas lo tenían muy fácil. Simplemente, vaciaban la sociedad a través de la cual ejercían su empresa, trasladaban los activos a otra de nueva creación y dejaban las deudas en la primera. Los acreedores no tenían más remedio que dar de baja los créditos porque las posibilidades de cobrar eran despreciables. El Derecho concursal era, en términos prácticos, inexistente porque nunca se cerraba una quiebra o una suspensión de pagos en menos de 20 años y nadie cobraba un duro (excepto los síndicos de la quiebra, en el mejor de los casos). Además, los administradores no respondían de las deudas sociales ni siquiera aunque hubieran extraído bienes de la sociedad y los pleitos se prolongaban por décadas. El delito de alzamiento de bienes no se aplicaba prácticamente nunca.

El efecto sobre la Economía era importante: el crédito era exclusivamente bancario y los bancos sólo daban crédito contra garantías reales. La hipoteca y las prendas eran las únicas garantías fiables y, a su vez, los avales bancarios estaban a la orden del día. Los acreedores exigían a sus deudores avales bancarios para todo. Al tiempo, el crédito comercial (el aplazamiento en los pagos facilitado por los proveedores) estaba extraordinariamente extendido (en todos los países de Europa del Sur, mucho más que en los países del norte). En definitiva, a menor garantía del cobro de los créditos, menor volumen de crédito, sobregarantías y mayor vigilancia por parte de los acreedores.

domingo, 30 de marzo de 2014

Microentrada: el futuro de la prensa

stratēchery
He leído las tres entradas que ese blog ha publicado sobre el futuro de la prensa. En una frase: los periódicos están muertos. Google, twitter y Facebook les han quitado a los anunciantes y sus costes superan con mucho el valor que los clientes – los lectores – atribuyen al contenido de los periódicos. Los lectores tienen acceso inmediato a todo el contenido y solo al contenido que desean leer y los que escriben proporcionan el contenido que los lectores quieren, a menudo, gratuitamente. Eso no quiere decir que el periodismo vaya a desaparecer.
¿Qué modelos de negocio sobrevivirán? Si el modelo tradicional se basaba en los anunciantes y, accesoriamente, en las suscripciones, el futuro es el de las publicaciones que tengan suscriptores. Como los costes de producir contenido se han jibarizado, muchas publicaciones serán sostenibles con un número reducido de suscriptores o con un solo patrocinador. Por ejemplo, un anunciante podría tener la exclusiva de miles de blogs o páginas web creadas y mantenidas por individuos – como éste que está Vd., leyendo – y tal publicidad sería eficaz si hay alguna relación entre el lector de esos blogs y el producto que el anunciante pretende vender. Si los lectores de mi blog son, principalmente, abogados, jueces, profesores y estudiantes de Derecho y los abogados beben más whisky que la media de la población, concentrar parte de su publicidad en blogs jurídicos podría ser racional para una marca de whisky.

lunes, 17 de marzo de 2014

Microentrada: más trámites que son pura fachada



Cartel de la manifestación convocada en 2006 por los estudiantes de Derecho contra la Ley de Acceso a la Profesión de Abogado y Procurador
La convocatoria del examen de acceso a la profesión de abogado es una estafa
Primero decimos que la preparación universitaria de los futuros abogados es insuficiente y que los alumnos no saben lo que deberían saber para ejercer como abogados. Después, decimos que, para lograrlo, conviene alargar en un año la carrera de Derecho, carrera que habíamos reducido en un año un poco antes. A continuación, añadimos que los alumnos no reciben suficiente formación práctica durante la carrera y les obligamos a realizar seis meses de práctica en un despacho u otra institución donde se practique el Derecho en el marco del curso adicional obligatorio aunque, previamente, habíamos modificado los planes de estudio para incluir un practicum que incluye, a su vez, un mes de prácticas en un Despacho. En fin, y como la evaluación de ese año añadido no es suficiente, les hacemos realizar un examen adicional que parece un examen final del master cursado.
Una puritita estafa, que dirían nuestros amigos de México. El Ministerio hace como si garantizara la calidad mínima en el acceso a la profesión de abogado; las Universidades y los Colegios hacen como si formaran a los graduados en Derecho para darles una formación práctica y una teórica complementaria – de profundización – en las materias relacionadas más estrechamente con el ejercicio profesional y los alumnos hacen como si estuvieran adquiriendo dicha formación y profundizando en sus estudios: vuelven a estudiar lo que no aprendieron durante la carrera y añaden a su bagaje cuatro chorradas sobre la venia, el secreto profesional y las costas.
¿Qué ganamos los españoles con todo este montaje? Nada. Absolutamente nada. Los abogados que crean que un master les ayudará en su carrera, lo harán voluntariamente y preferirán, seguramente, hacer un LLM en Columbia o Stanford a hacer un Master de Acceso en la Universidad Católica de Murcia. Ahora no lo harán porque no pueden pasarse haciendo másteres hasta los 30. Los que quieran dedicarse al pleito “echarán” el curriculum en cualquier despacho con un departamento de litigación afamado y aprenderán sobre la marcha, cobrando o sin cobrar. Los que crean que la formación que les da la Facultad es insuficiente, prolongarán sus estudios y elegirán las materias y el sitio para estudiarlas que más les interese.
El programa de la convocatoria (ya están tardando algunos en hacer “manualillos” que puedan “empollarse” nuestros graduados porque, ya se sabe, hemos educado a nuestros estudiantes para empollar-vomitar-olvidar centenares o miles de informaciones inútiles) reproduce casi milimétricamente el plan de estudios de los másteres de acceso, lo que significa que la evaluación de esos master por parte de las Universidades, sobra. Si se les va a examinar, a continuación, en un examen de Estado, ¿por qué hay que evaluarlos en las Facultades?.
Lo que es peor es que el programa del examen de acceso está hecho según el modelo de las oposiciones por lo que harán bien los estudiantes en aprenderse de memoria el Estatuto de la Abogacía y los artículos de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la LOPJ si escogen la especialidad civil-mercantil, además de tener bien frescos los “basics” de todos los civiles y mercantiles que estudiaron durante la carrera más los “basics” de la Introducción al Derecho y la Introducción al Derecho Constitucional. Seguimos en la Edad Media. Compárese con el examen de acceso en California.
El examen no puede ser más disparatado. Son 75 preguntas tipo test, 50 sobre la profesión de abogado y 25 sobre la especialidad elegida. Me pregunto yo que si el título de abogado me permite ejercer ante cualquier jurisdicción ¿por qué se permite elegir una especialidad? En unas cuantas convocatorias habremos acabado con las posibles preguntas sobre “la profesión de abogado” y los alumnos no tendrán ni que llevar “pinganillo” para superar el examen.
Dice la OM
El cuestionario se valorará sobre una escala de 0 a 75 puntos, obteniéndose 1 punto por cada respuesta correcta, descontándose 0,33 puntos por cada respuesta incorrecta y no obteniendo ninguna puntuación las preguntas no contestadas. La calificación total se obtendrá mediante la suma de las puntuaciones obtenidas por las respuestas correctas deduciéndose las incorrectas…
La nota final de la evaluación será de apto o no apto. La calificación final resultará de la media ponderada entre el 70 % de la calificación obtenida en la prueba de evaluación y el 30% de la nota obtenida en el curso de formación especializada. Para obtener la calificación de apto será necesario obtener una nota igual o superior al 50 % de la media ponderada de ambas calificaciones en base 10, esto es, 5 puntos.
Supongamos que he sacado 50 puntos en el examen de acceso y un sobresaliente – 9 – en el master. Parece que hay que hacer una regla de tres con 50 y 75 en relación con 10, esto es, 75 son 10, ergo 50 son 6,66.  El 30 % de 9 son 2,7 y el 70 % de 6,66 es 4,42, es decir, que habría sacado en la nota global un 7,12 y me pondrían “apto”. La nota me la dirían privadamente y solo se publicaría el apto/no apto.
En fin, lo de siempre: como no tenemos los medios y las ganas de hacer un auténtico examen de acceso que mida la capacidad de un alumno para razonar, analizar, sintetizar y argumentar jurídicamente hacemos un paripé: el Estado finge que controla la calidad de los que acceden al ejercicio de la abogacía; las Universidades fingimos que preparamos a los alumnos para ejercer, los Colegios fingen que controlan el proceso y los estudiantes se meten entre pecho y espalda otro mogollón de sandeces y nimiedades.  Eso sí, para no frustrar a nuestros jóvenes, aprobaremos a todos. ¿Nos extrañaremos después de que los alumnos intenten hacer trampas?
Esto es la marca España una vez más: equilibrios de baja calidad, con un coste elevadísimo en términos de bienestar. Dos años (más) de los mejores de la vida de nuestros jóvenes dedicados a memorizar en lugar de a aprender. Es a lo que nos tiene acostumbrado el gobierno desde hace 10 años – por lo menos –: a publicar reformas en el BOE que no son mas que pura fachada. ¿Entienden por qué soy cada día más conservador?

miércoles, 5 de marzo de 2014

Microentrada: la UAM como empresa norcoreana

A pesar de su carácter socialista, la Ley de Universidades permite a los profesores con dedicación a tiempo completo a sus tareas como tales, prestar servicios al sector privado – o público – siempre que tales servicios se presten a través de la Universidad. Es el artículo 83 de la LOU. La Ley se remite a los Estatutos de cada universidad. Los Estatutos de la UAM desarrollan este precepto legal de la siguiente forma:
Tras reproducir el texto de la Ley, excluyen los contratos “y cursos… de naturaleza bélica y cuyos resultados deban ser secreto militar´”. No sé si eso quiere decir que  los profesores no podemos prestar servicios a nuestro ejército o que podemos prestarlos como nos dé la gana. Me temo lo primero dadas las múltiples referencias a la “paz” que contienen los estatutos de mi universidad. A continuación, añaden los Estatutos que estos contratos tienen que ser (i) aprobados de forma “previa y razonada” por el Departamento. O sea, que el Departamento “mete la cuchara” y decide si le parece bien o mal que un profesor de química haga unos análisis para una empresa privada o que un profesor de Derecho haga un dictamen o sea árbitro. En cuanto al reparto de lo que pague la empresa privada, los Estatutos dicen simplemente que “se dedicará un 5 por 100, al menos, para gastos generales de investigación de la Universidad, y otro 5 por 100, al menos, para gastos generales del Departamento.

miércoles, 19 de febrero de 2014

Microentrada: la relación maestro-discípulo en la academia jurídica


Pregunta un amable comentarista acerca de mi opinión respecto a las características que debe reunir un maestro para ser considerado como tal en el ámbito de la investigación académica en Derecho. No es que haya pensado mucho al respecto, pero hay algunas cosas que me parecen bastante obvias.
La relación maestro-discípulo solo es posible si ambos comparten pasión por el estudio; inteligencia bastante para aportar algo al conocimiento jurídico e integridad en el trabajo de investigación. Un maestro interesado en conseguir poder académico – crearse una clientela que le permita incrementar su influencia en las decisiones que se toman en el ámbito universitario (en la industria de libros de texto, revistas o en el mercado de plazas de profesor universitario o de puestos de gestión) – no es un maestro en el sentido estricto en el que yo quiero utilizar el término.

miércoles, 29 de enero de 2014

Microentrada: la suspensión de la privatización hospitalaria en Madrid y el Estado de Derecho

Que los jueces paralicen toda una “política” de un gobierno resulta, cuando menos, excepcional. El caso de la externalización de la gestión de seis hospitales en Madrid resulta, por ello, de gran importancia práctica pero, sobre todo, “teórica”. Los jueces no se han pronunciado sobre el fondo, esto es, sobre si el Gobierno de Madrid actúa ilegalmente al privatizar la asistencia sanitaria en determinados hospitales. Se han pronunciado sobre una solicitud de medida cautelar. Los demandantes consideraban que la externalización era ilegal y pidieron que, en tanto los jueces se pronunciaran, el proceso se paralizara. De acuerdo con la legislación procesal contencioso-administrativa, los jueces han de conceder la medida cautelar si existe el riesgo de que la sentencia que, finalmente, se dicte, no pueda ejecutarse en sus propios términos. Este riesgo era evidente porque no se podría deshacer la externalización sin graves perturbaciones. Así pues, los demandantes tenían a su favor, claramente, el periculum in mora. Además, los jueces han de valorar el fumus boni iuris de la demanda, esto es, si hay indicios de que su demanda tiene la razón legal de su parte. Este es un requisito legal del otorgamiento de una medida cautelar en los pleitos civiles y una creación jurisprudencial en los pleitos contencioso-administrativos. Por último, los jueces han de ponderar los efectos de la medida cautelar, esto es, qué intereses se ven dañados por su adopción.

miércoles, 16 de octubre de 2013

Microentrada: Hacienda, su otro banco

Lo terrible de pagar impuestos no es pagarlos, es pagarlos. No solo se queda Hacienda con una parte muy significativa de lo que has ganado con el sudor de tu frente o con la inversión de tu patrimonio, sino que, además, no te emite una factura, sino que tienes que “autoliquidarlos”. Ni siquiera te avisa de cuánto y cuándo tienes que pagar. Tienes que adivinar cuánto tienes que pagar y cuándo hacerlo, examinando las reglas generales y particulares que publican en una cosa que se llama Boletín Oficial. Además, tienes que pagar como ellos dicen. No vale cualquiera de las formas de pago o extinción de las obligaciones del Código Civil y las formas, también en contra de lo que dice el Código Civil, son esenciales. Y si te retrasas al pagar, te cobran unos intereses muy superiores al interés legal del dinero. Son intereses usurarios prácticamente. Luego, tienes que guardar todos los papeles durante cuatro años por si te inspeccionan.

miércoles, 9 de octubre de 2013

Microentrada: Proposición de Ley Orgánica de selección de los cargos públicos de libre designación

Artículo único:
1. Todos los puestos de libre designación en instituciones públicas que no pertenezcan a la Administración General del Estado, a la Administración General de las Comunidades Autónomas o de la Administración local deberán proveerse por concurso público internacional. Por Ley se podrá excepcionar la designación de puestos en organismos de inteligencia militar.
Sin carácter limitativo, se someterá al procedimiento establecido en esta Ley, en todo caso, la designación
  • de los magistrados del Tribunal Constitucional,
  • de los consejeros permanentes del Consejo de Estado
  • de los magistrados del Tribunal Supremo,
  • de los magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia,
  • de los Presidentes de Sala de la Audiencia Nacional
  • de los vocales del Tribunal de Cuentas y de los correspondientes órganos de las Comunidades Autónomas
  • de los Abogados Generales y jueces del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, incluido el Tribunal General, que deban ser designados a propuesta del Reino de España; 
  • de los miembros de órganos de dirección de cualquier organismo internacional en el que participe el Reino de España
  • de los vocales y, en su caso, los presidentes del Consejo General del Poder Judicial, del Consejo del Banco de España, del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, del Consejo de Seguridad Nuclear y de la Autoridad Fiscal Independiente.
  • de los defensores del pueblo o equivalentes de las Comunidades Autónomas;
  • de los presidentes de los consejos económicos y sociales nacional y de las Comunidades Autónomas;
  • de los presidentes y consejeros de las empresas públicas incluyendo Renfe, Adif, AENA, Loterías del Estado, Paradores, ICO, FROB, SAREB, RTVE y Televisiones Autonómicas;
  • de los presidentes y consejeros de las cajas de ahorro controladas por el Estado y de cualquier banco público
  • de los rectores de las Universidades Públicas
La propuesta de cobertura del puesto a la autoridad política que tenga atribuida la competencia de designación se realizará por la Comisión a la que se refiere el párrafo segundo de este artículo.
2. Se constituye la Comisión de designación de cargos públicos. Estará formada por el Gobernador del Banco de España; el Presidente de la Sala III del Tribunal Supremo; el Presidente del Tribunal Constitucional, el Presidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y, rotatoriamente, por períodos de 3 años, por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de una Comunidad Autónoma. El cese de cualquiera de los miembros en la condición que determina su condición de miembros de la Comisión no implicará su cese como miembro de la Comisión hasta que no se haya producido su sustitución.
La Comisión, mediante concurso público, designará a un Director ejecutivo que elaborará, para su aprobación por la Comisión, un reglamento general que incluirá un listado lo más exhaustivo posible con los puestos públicos cuya selección sea de su competencia y contratará los servicios de una empresa privada, mediante concurso público, para que ejecute los procesos de selección supervisando la actuación de ésta.
La Comisión garantizará que los candidatos por ella propuestos a la autoridad designadora cumplen los requisitos de formación, capacidad e independencia requeridos por la Ley.
El Director Ejecutivo ejercerá sus funciones de modo independiente durante un período de 8 años y no podrá ser destituido salvo por acuerdo del Congreso de los Diputados adoptado por mayoría de tres quintos y su salario y condiciones laborales se corresponderán con las del Presidente del Tribunal Supremo.
3. Cada vez que se produzca una vacante en cualquier organismo público que deba ser cubierto en aplicación de lo dispuesto en esta Ley, la autoridad designadora comunicará la vacante y las características del puesto a la Comisión solicitándole la emisión de una propuesta de cobertura.
La Comisión elevará su propuesta a la autoridad que deba designar a la persona que haya de ocupar el puesto de libre designación.
4. La Comisión velará por el sometimiento de todos los poderes públicos a la presente Ley y, a tal efecto, podrá reclamar a la autoridad pública designadora la remisión de la cobertura de cualquier puesto de libre designación y solicitar de la Sala III del Tribunal Supremo la suspensión de la designación en tanto se decide, por ésta si el nombramiento ha de ser realizado de acuerdo con lo previsto en esta Ley.
5. La aplicación del procedimiento previsto en esta Ley es sin perjuicio del cumplimiento de las restantes normas que sean aplicables a los nombramientos de que se trate, normas que se entenderán derogadas en cuanto impidan o se opongan a lo previsto en esta Ley.
6. Esta norma se dicta en desarrollo del art. 23.2 de la Constitución.
Disposición Final. La presente Ley será de aplicación para la cobertura de los puestos de las Comunidades Autónomas en tanto, por Ley de éstas no se proceda a la constitución de una Comisión semejante con garantías idénticas de independencia y profesionalidad. 

martes, 1 de octubre de 2013

Microentrada: las pensiones


Un sistema de capitalización se basa en la idea paternalista – pero bien fundada empíricamente – según la cual los individuos no tienen incentivos para ahorrar para la vejez, básicamente por el descuento hiperbólico que la evolución nos ha “regalado”. La gente no ahorra lo bastante para la vejez, de manera que obligamos a todos a ahorrar. Cuando llegamos a viejo, nos dan en forma de pensión, lo que hemos ahorrado a lo largo de nuestra vida. Con los cálculos actuariales adecuados, las compañías de seguro fijan la “prima” que tenemos que pagar, el número de años mínimo que tenemos que pagarla y la cuantía de la pensión que recibiremos.

El problema es que ninguna compañía de seguros está en condiciones de garantizar una determinada cuantía de la pensión (“defined benefits”) que pagará al asegurado cuando alcance la edad de jubilación. Y no puede hacerlo porque, aunque invierta prudentemente las primas, el contrato de seguro es a tan largo plazo que la compañía de seguros no está en condiciones de asegurarse una rentabilidad determinada y constante para esas inversiones. Hay riesgos sistémicos que no son asegurables: devaluación de la moneda, recesiones, dislocaciones del sistema económico, burbujas de activos etc. De ahí que el Estado tenga que aparecer como “asegurador de última instancia” cuando “todo lo demás falla”.

La solución, en los sistemas de capitalización, es sustituir el mecanismo del seguro – donde la “indemnización” que recibirá el asegurado está predeterminada – por el del ahorro puro y duro. La compañía de seguros actúa como gestor de nuestros ahorros y nos devuelve, llegada la jubilación, lo que fuimos aportando que habrá invertido prudentemente. Si morimos antes de jubilarnos, nuestros herederos reciben lo que haya en la bolsa. De ese modo, los riesgos de que no se alcance una rentabilidad suficiente para los ahorros pesan sobre el ahorrador.

En un sistema así, cada “palo aguanta su vela”. El Estado se limita a proteger a los ahorradores supervisando lo que hacen las compañías de seguro para que los esquemas Ponzi no se desarrollen y se pierda la confianza de los ahorradores. Y no hay redistribución.

Estos sistemas, sin embargo, no garantizan que los viejos cobren una pensión. Y, en ningún Estado social de Derecho se permite que haya viejos sin ingresos mínimos. De forma que, junto al sistema de capitalización, el Estado ha de garantizar la existencia de un sistema de pensiones “no contributivas” que abone una pensión a los que no han ahorrado, a los que han confiado sus ahorros a un gestor poco escrupuloso o torpe y a los que no han ahorrado lo suficiente como para generar una pensión mínima.
El sistema de reparto se basa en la solidaridad intergeneracional. En realidad, es un sistema en el que los jóvenes de cada generación mantienen a los de la generación anterior. Pero como todos los sistemas de reparto, se “montan” a partir del modelo del contrato de seguro, se vincula el nivel de ahorro – las cotizaciones al sistema – al nivel de la pensión. De esta forma se asegura que los jubilados no ven reducido drásticamente su nivel de ingresos cuando pasan a ser pensionistas, porque su pensión está calculada como un porcentaje de los ingresos que recibían cuando estaban en activo. Pero esta relación no tiene nada que ver con el hecho de que hayan cotizado más y por más años una vez que la cuantía de la pensión (multiplicada por el número de años que se recibe) supera la suma de lo cotizado – de lo ahorrado e invertido por la compañía de seguros –.

Un sistema de reparto más “sincero” se financiaría exclusivamente vía impuestos. Es decir, dejando de engañarnos acerca de que las pensiones públicas son como un contrato de seguro en el que la compañía de seguros es el Estado. Esta sinceridad reduciría los costes del trabajo (el empleador no pagaría el 30 % del salario en cuotas a la Seguridad Social) y reflejaría exactamente el nivel de solidaridad que una Sociedad quiere alcanzar. Los incentivos para ahorrar quedarían intactos (si la pensión estatal me parece baja, ahorraré por mi cuenta) y se eliminaría los efectos del sesgo de los seres humanos al descuento hiperbólico. De cada uno según su capacidad, a cada uno según sus necesidades. El Estado es, además, el mejor asegurador – the cheapest risk bearer – de los riesgos sistémicos que afecten a toda la Economía de un país. No solo es el mejor. Es el único que está en condiciones de asegurar esos riesgos.

Por eso, las discusiones acerca de la reforma del sistema de pensiones es tramposa y la idea de extender el cálculo de la pensión a toda la vida cotizada, también. Dado que las cotizaciones para pensiones son obligatorias y pagadas en 2/3 partes por el empleador, no se incentiva en absoluto a la gente a ahorrar porque se le diga que, cuanto más cotice, mayor pensión tendrá.

Lo que la Comisión de Expertos ha propuesto es, en realidad, ligar el gasto total en pensiones del Estado al PIB. Y esa es la vía correcta. La Sociedad debe decidir qué parte del PIB quiere dedicar a pensiones y corregirlo cada cinco años. Y, a continuación, distribuir esa parte del PIB en pensiones que deberían ser todas iguales y garantizar, exclusivamente, la cantidad que se considere que es la mínima necesaria para llevar una vida digna teniendo en cuenta el nivel de los salarios (en España, probablemente, en torno a los 1000 € al mes). Y, para todo lo demás, el mercado, esto es, las compañías de seguro, los planes de ahorro, etc.

domingo, 29 de septiembre de 2013

Microentrada: prácticas con tu padre/madre

El artículo de hoy de Elvira Lindo en EL PAIS me sugiere lo siguiente: España es un país en el que tenemos demasiados ni-nis, esto es, adolescentes/jóvenes que ni estudian ni trabajan. A la vez, en España, los padres que nacieron bajo el franquismo han educado a sus hijos, quizá, con un exceso de protección, lo que ha hecho que nuestros jóvenes sean más bondadosos, mejores amigos de sus amigos, más solidarios y cosmopolitas pero con menos sentido de la responsabilidad, de la necesidad de ser autónomo y de que nada bueno e importante se consigue sin sacrificios y esfuerzos. Acéptese esta generalización. En alguna otra entrada hemos recordado que las nuevas generaciones no han trabajado de niños o adolescentes como hacíamos los de la mía para ganarnos el dinero de bolsillo. Elvira Lindo dice que, en los negocios familiares, esa era la regla: los niños ayudaban en el negocio familiar esporádicamente – puntas de trabajo – o de modo regular – antes o después de ir al colegio –.
Nuestro sistema educativo no acerca a los adolescentes y jóvenes al mundo laboral. No hay coordinación entre la escuela y las empresas y los estudiantes no aprenden a “hacer cosas”. O estudias una carrera superior o eres camarero o albañil. No hay término medio. Alemania es lo contrario. La mayoría de los jóvenes están en el término medio, aprenden un oficio y contribuyen a la innovación mejorando los productos que se fabrican en las empresas donde hacen prácticas cuando alcanzan el nivel de pericia necesario. Esta es la fuente – lo dijo su ministra de educación – de los miles de pequeñas innovaciones que los alemanes incluyen en sus productos exitosos en los mercados mundiales.
¿Qué tal si todos los estudiantes tuvieran que hacer seis meses de prácticas con su padre o su madre en el puesto de trabajo de su padre o su madre?
Ya sé que habría muchos padres irresponsables que se las apañarían para que esos seis meses no sirvieran para nada pero proporcionaría el correspondiente certificado. Pero, con un poco de vigilancia (y un examen en el centro escolar o universitario sobre lo realizado en la empresa), podríamos matar varios pájaros de un tiro.
Primero, los adolescentes entenderían algo más el esfuerzo que hacen sus padres para sacarlos adelante (¿se imaginan a los frescos/frescas que holgazanean si tuvieran que acompañar a su madre a fregar escaleras o a su padre a recoger la basura de nuestras ciudades cada noche?) reforzando la autoridad de los padres en cuanto el sistema educativo se lo impondría.
Segundo, muchos hijos tendrían una experiencia laboral en un ámbito en el que tienen ya muchas papeletas (es frecuente que los hijos sigan la profesión de los padres) para terminar pasando su vida laboral.
Tercero, muchos jóvenes se darían cuenta, mientras estudian, de las cosas que estudian que les pueden ser más útiles y podrían aprovechar mejor su paso por las aulas aumentando su interés por determinadas herramientas, desde los idiomas hasta desmontar y montar máquinas pasando por la informática o la selección de personal.
Cuarto. las empresas – y la Administración – se “acostumbrarían” a tener personal en formación dentro de ellas y se adaptarían rápidamente a lo que no puede ser sino el futuro: la formación profesional desde la edad escolar en las empresas.

martes, 24 de septiembre de 2013

Microentrada: Expandir las formas fundacionales

Soy miembro de ECGI (European Corporate Governance Institute). Pago una cuota anual de 100 € y me mantienen informado de las actividades de la asociación y de los papers y artículos que publican sobre gobierno corporativo. La relación coste/beneficio es, para mí, satisfactoria. El coste es el de los 100 € y el beneficio, estar al tanto de lo que se debate en mi gremio por ahí fuera y saber que contribuyo a una iniciativa bastante académica e internacional.
ECGI es una asociación y celebra una asamblea anual. Este año, se celebrará en segunda convocatoria porque en primera no había quórum. Este problema de apatía del socio o asociado se plantea, como es de sobra conocido, en muchas instituciones que tienen forma societaria pero en las que los “titulares residuales”, o sea, los socios, carecen de interés e incentivos para ocuparse de los asuntos de la institución. ECGI no tiene patrimonio y, si se disuelve y liquida, es improbable que me toque nada como cuota de liquidación. ECGI está gestionada honrada y eficazmente – supongo – y mi apatía como miembro es, en realidad, una señal de confianza en la actual gestión. Si un día descubro que ECGI está siendo desvalijada por sus gestores o que éstos son unos chapuzas, simplemente, dejaré de pagar la cuota.

viernes, 9 de agosto de 2013

Microentrada: que el IRPF lo paguen solo los muy ricos

Este artículo de Salon compara a Andrew Carnegie, el hombre más rico de su época, con los nuevos ricos de Silicon Valley a través de una relectura de “The Gospel of Wealth”, un panfleto escrito por el primero cuando tenía 54 años. Carnegie pensaba que los ricos debían devolver a la sociedad el dinero ganado en su vida y que la Sociedad tiene derecho, si no lo hace voluntariamente el sujeto, a retener una parte significativa – en forma de impuesto de sucesiones – a la muerte del rico.
La mejor forma de redistribuir la renta es a través de los impuestos y del gasto público (¡no a través de la regulación económica!). Los últimos datos relativos a Sudamérica indican que un aumento del salario mínimo por hora y un gran aumento de las transferencias a familias pobres por medio de programas como el “Familia” brasileño o mejicano pueden hacer mucho por reducir la desigualdad. En el plano de los impuestos, tal vez deberíamos ensayar – quiero decir, estudiar – medidas más “disruptivas” que las de retocar los tipos del IRPF o las deducciones. Por ejemplo ¿qué pasaría si sólo pagase impuestos directos el 10 % de los más ricos de un país? Con los datos apropiados, Hacienda podría fijar quién tiene que hacer declaración de la renta y, a continuación, reclamar, pongamos un 5 % de la combinación entre patrimonio e ingresos, al 10 % más rico anualmente (eventualmente, lo pagado en IRPF quedaría libre de tasación en el impuesto de sucesiones). Los individuos no podrían saber, de antemano, si les tocará pagar o no ese 5 % porque puede que entren o puede que no entre el 10 % más rico, que quedará definido no por sus ingresos sino también por su patrimonio (los ingresos de este año son patrimonio el año que viene). De esa forma, los impuestos no desincentivarían el trabajo.
Si el 5 % parece mucho (buena parte del patrimonio no es líquido), piénsese que, tras haber pagado un año el IRPF, ese “rico” desciende en la escala relativa de riqueza, por lo que puede resultar que, al año siguiente, no esté entre el 10 % más rico y, por lo tanto, no tenga que pagar nada. Es decir, el IRPF se convertiría en un impuesto a los ricos con el 5 % de su riqueza mientras estén entre el 10 % más rico de la población.
Para evitar que los “supermillonarios” (esos que no abandonarán el 10 % hasta que no les hayamos “quitado” un 90 % de su riqueza) abandonen España, esto es, los que están en el 0,1 % más rico del país, podría establecerse una cuantía absoluta máxima (por ejemplo, la que resultara a pagar a los “ricos” que estuvieran entre el 1 y el 5 % más ricos).
Seguro que puede calcularse con relativa facilidad cuánto podría recaudar Hacienda de esta forma. La reducción de costes en términos de tiempo perdido y gastos de todos los ciudadanos en hacer su declaración de la renta, de los empresarios de retener etc serían enormes. Los incentivos para los ricos para donar sus bienes aumentarían. Para empezar, los repartirían, sin duda, entre sus familiares. Además, los incentivos para hacerse rico también aumentarían (ahora, a partir de ingresos superiores a 60.000 € anuales, el tipo marginal del IRPF es superior al 50 %)

martes, 6 de agosto de 2013

Microentrada: los costes de llamar cártel a cualquier cosa

Hay mucho publicado. Basta con poner en el buscador “Optimal fine Antitrust”. Los economistas no se ponen de acuerdo en los detalles aunque, en general, se considera que las multas aplicadas por las autoridades europeas y americanas están dentro del rango de lo que puede considerarse razonable entre la disuasión y la retribución como objetivos.


viernes, 12 de julio de 2013

Microentrada: ¿Cómo se genera una cultura emprendedora en un país?

Desde luego, no con el BOE. La propia expresión nos indica que un país tiene una cultura emprendedora si las actividades autónomas y que implican asunción de riesgo personal están extendidas entre la población, que las realiza espontáneamente. Por tanto, pretender que las normas jurídicas pueden crear tal estado de ánimo en la población es, simplemente, de idiotas. Lo que tiene que hacer el Estado es no ponerse en medio y no desincentivar las actividades emprendedoras. Que lo hace, y muy a menudo. Eliminar la burocracia, sustituir los permisos por las comprobaciones, un régimen concursal favorable a los deudores que han tenido mala suerte o se han equivocado, eliminar las barreras de entrada a las actividades, retrasar el pago de impuestos o descargar la contratación laboral  de costes añadidos al salario son cosas que puede hacer el Estado para fomentar el espíritu emprendedor. Pero hacer que nuestros niños y jóvenes prefieran ser autónomos a ser funcionarios o empleados de banca no es algo que esté al alcance del sistema jurídico.
La cultura emprendedora se genera en los hogares (ni siquiera en las escuelas). Y hay una receta simple que se usaba en España en los años 50 a 70 del pasado siglo especialmente en familias numerosas con todos los hijos: tus caprichos y tus fiestas te las financias tú. Si quieres una moto, ponte a trabajar en el colmado de la esquina haciendo los recados o haz de monaguillo en bodas y bautizos, limpia las piscinas de la urbanización o hazte socorrista. Si quieres comprarte discos o irte de Interrail este verano, da clases particulares o vende cromos a tus compañeros de colegio. Si quieres un aparato de música – ahora cualquier gadget electrónico – cuida a los hijos de la vecina o arréglale el ordenador a la torpe de tu tía o asume las tareas de la casa que le tocan a tus hermanos a cambio de un precio. Todas estas actividades exigen planificación, responsabilidad, habilidad negociadora etc, es decir, permiten desarrollar las habilidades no cognitivas que son imprescindibles en cualquier empresario. A lo que se añadía la “paga”, que obligaba a los niños y adolescentes a “presupuestar” y a elegir entre usos alternativos del escaso presupuesto.
La generación que ahora tiene entre 20 y 35 años experimentó el mayor aumento de bienestar de la Historia de España y, siendo pocos niños y muchos adultos dejaron de experimentar la necesidad de tener dinero para adquirir lo que desearan. Un exceso de regalos unido a medios económicos proporcionados “a demanda” por padres, tíos y abuelos ha convertido a esa generación en la menos emprendedora de la Historia. Evidencia anecdótica: en mi familia se han creado, al menos 12 o 15 empresas, de las cuales solo tres o cuatro sobreviven y alimentan a varias familias. Pero, a pesar de que nuestros ancestros son todos funcionarios por parte de padre y madre, sólo dos de los hijos nos hemos hecho funcionarios. ¿Creen Vds que el franquismo fomentaba la cultura emprendedora?

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