“Pensemos en la doble venta (cuando un vendedor vende la misma cosa a dos personas distintas). El Código Civil atribuye preferencia, en igualdad de condiciones, al que resulta ser el primero (comprador), identificado según un criterio temporal. Si sólo hay título (no se ha entregado la cosa a ninguno de los dos compradores), al que lo tenga de fecha más antigua (su contrato de compraventa se celebró primero). Desde un punto de vista intuitivo, aquí concurren dos factores que parecen preconizar esta solución (la del Código Civil): por un lado, el principio de prioridad temporal (que es algo que reconocemos todos en multitud de esferas de manera casi inconsciente) y por otro, la aversión al incumplimiento contractual (pues si no se reconoce prioridad al primero, se atribuye al vendedor una facultad de incumplir muy clara)”
“Reading and thinking. The beauty of doing it, is that if you’re good at it, you don’t have to do much else" Charlie Munger. "La cantidad de energía necesaria para refutar una gilipollez es un orden de magnitud mayor que para producirla" Paul Kedrosky «Nulla dies sine linea» Antonio Guarino. "Reading won't be obsolete till writing is, and writing won't be obsolete till thinking is" Paul Graham.
lunes, 19 de septiembre de 2011
Adivinanza sobre la doble venta
Las virtudes de los mercados
through fostering an indefinitely-lived series of exchanges, free markets
create a future promoting integrity and trust. This is because the more the future matters, the better behaved are individuals in the present. Therefore, rather than being castigated, as they so often are in the popular media and political arena, for encouraging immorality, free markets should be praised for fostering integrity and cooperative behavior through their promotion of ongoing mutually beneficial exchange.
La Sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Madrid sobre las cláusulas suelo
No podemos “excluir la consideración de condición general de la contratación por el hecho de que la clausula afectase a un elemento esencial del préstamo como es la determinación del interés aplicable e igualmente aún cuando debe destacar este juzgador las dudas que ello le plantean debemos afirmar la posibilidad de que por vía del examen del carácter abusiva se pueda ejercer un control de contenido de cláusulas de limitación de variación del interés variable”.
… la entidad bancaria… puede fijar un tipo de referencia u otro o un mayor diferencial, pues tanto en uno como en otro caso estará en un régimen de libre competencia estableciendo el precio que percibe la operación de financiación, precio que sólo está sometido a los límites de transparencia y claridad y por otro lado a los límites resultantes en su caso de la Ley Azcárate o de la consideración del interés resultante como leonino.
la reciprocidad a controlar por vía del art 87 del TRLCU es una reciprocidad jurídica, esto es tendente a asegurar una correcta distribución de los derechos y obligaciones que para las partes se derivan del contrato, de forma que, en contra las reglas de la buena fe, se imponga a una parte obligaciones a su exclusivo cargo, de cuyo cumplimiento se exonera a la contraria, o bien se atribuye al predisponente derechos o facultades no reconocidas al adherente, pero no podemos considerar que se extiende la correcto equilibrio económico de las contraprestaciones, pues ello implicaría la necesidad de que la decisión judicial se extienda a la integración de un elemento esencial como es el precio y tratándose de una entidad que interviene en el mercado en régimen de libre competencia con otros sujetos ,esa intervención, puede producir efectos no deseados en el ámbito competencial e incluso afectar negativamente la posición de la entidad en el mercado. Es más el cálculo del tipo de interés tiene incidencia esencial en el resto de los elementos del contrato, como es el periodo de carencia o incluso el diferencial a aplicar sobre los tipos de referencia, incrementando el riesgo de los tipos de interés al eliminar las acotaciones a la baja, es de esperar como se señala en el informe del perito Sr, Manso un encarecimiento del préstamo…
de estimarse esta pretensión la consecuencia no sería la supresión de lo que la actora ha llamado cláusula suelo, sino establecimiento por parte del juzgado de una cláusula suelo mas proporcional en los términos postulados por la actora, esto es la directa intervención del juzgador en la fijación de los tipos de interés.El establecimiento de esa acotación al tipo de interés es parte integrante del precio mismo del préstamo, el cual como bien es sabido se corresponde con los intereses remuneratorios, y aún admitiendo como no puede ser menos con referencia a las sentencias del Tribunal Supremo antes expuestas, que el control de abusividad se pueda extender al contenido de los elementos esenciales del contrato, no puede considerarse abusiva tal forma de fijación del tipo de interés remuneratorio ab initio y en todo caso, sino se pretende al tiempo entrar en la regulación del mercado crediticio, pues en todo caso y siguiendo la argumentación de la actora, si el desequilibrio viene dado por la desproporción entre la limitación al alza y a la baja del tipo de interés la solución no pasa por suprimir el tipo a la baja, sino por reducir la acotación al alza, lo que es tanto como decir cual es el interés máximo a percibir por la entidad bancaria.
España, ¿un “valle de la muerte” para los que quieren montar una empresa?
“Clearing the bureaucratic hurdles to start a business requires 47 days as compared with seven or eight days in France or Portugal, respectively. The World Bank recently ranked Spain 147th of 183 countries for ease of starting a business. The Democratic Republic of Congo was ranked 146th”
The Spanish government tightly regulates the labor market and makes hiring and firing almost prohibitively expensive. Social security taxes paid by a company to the government on behalf of an employee can come close to matching the gross salary of that worker. Firing employees is expensive because businesses often must give the departing workers big severance checks or must continue to pay their salary for many months. Naturally, under these conditions, employers are unwilling to hire new workers.
Paying workers in stock options is also expensive in Spain. According to Joseph Haslam, a professor at the IE Business School in Madrid, setting up a stock option plan can cost more than $200,000 in legal fees and will incur additional red tape.
The legal and tax systems, according to Haslam, strongly discourage friends and family from investing — the lifeblood of early-stage start-ups.
Should an entrepreneur be lucky enough to actually launch a company, he or she had better pray to make it, because the U.S. concept of limited liability does not exist in Spain. So, debts incurred by a company — including social security debts owed to employees — transfer back to the founders of the company if the company goes belly up. This makes employees that much more costly, because the debt they can incur becomes an albatross preventing the founder from moving on and launching another company. Not surprisingly, Spanish start-ups that should have closed sometimes try to stay open even if they are not growing — all in an attempt to avoid dumping a tax burden on the business owner.
Derecho de información y remuneración de administradores
El acuerdo adoptado beneficia claramente al administrador al tiempo que se une en relación causal con un perjuicio para la sociedad, pues un elemental análisis de las cuentas revela cómo ve drenados sus fondos propios con el resultado de ejercicios anteriores (que arrojaron la cifra negativa de 629.148 euros), obteniendo en el ejercicio la cifra negativa de 61.196 euros, sin que se ofrezca explicación de ninguna clase y sin que se haya razonado, se insiste, en forma suficiente en qué consiste la actividad del administrador de forma que se haga acreedora de una retribución, en términos relativos, tan elevada, y precisamente en el momento que atraviesa la situación económica de la sociedad, tanto más cuanto que la sociedad aparenta contar ya con personas encargadas de su dirección. Entiéndase que no se está afirmando que en todos los casos de pérdidas el administrador no pueda percibir retribución alguna, sino que en las concretas circunstancias que ocupan en el presente litigio, tal situación carece de justificación.
domingo, 18 de septiembre de 2011
Reformar la educación
jueves, 15 de septiembre de 2011
Incluso el cambio de domicilio social puede ser abusivo
"la modificación de los estatutos que se propone responde fundamentalmente al deseo del Consejo de Administración de poder ser plenamente operativos en el orden interno y poder atender obligaciones frente a terceros sin las condiciones o restricciones de información societaria ejercidas por directivos, como en la actualidad , así como porque el domicilio social que consta inscrito registralmente es el antiguo. "
Y para la justificación de la propuesta de modificación no basta con cumplir formalmente el requisito de formulación del informe, sino de exponer razones convincentes determinantes de la modificación
miércoles, 14 de septiembre de 2011
Impugnabilidad de cuentas que reflejan contratos celebrados por los administradores incurriendo en self-dealing y sin aprobación por la Junta
Así comprendido el principio de imagen fiel, la realización de operaciones ilícitas o perjudiciales no justificaría el ejercicio de una acción de impugnación de acuerdos sociales de aprobación de cuentas anuales por el mero hecho de su contabilización, si ésta es la que correspondería a las mismas según la normativa contable -pues se estaría respetando el principio de imagen fiel-, sino que aquéllas deberían combatirse mediante acciones encaminadas bien a declarar la ineficacia de los negocios afectados o bien a exigir la restitución de las cantidades indebidamente dispuestas, pudiendo incluso ejercitarse las acciones de responsabilidad que procedieran contra los administradores que las llevaron a cabo, sin que la aprobación de las cuentas supusiera un obstáculo para el ejercicio de dicha acción, pues incluso aunque se interpretara que tal acuerdo de la junta pudiera refrendar de algún modo las disposiciones realizadas, el artículo 236.2 de la Ley de Sociedades de Capital prevé que "en ningún caso exonerará de responsabilidad la circunstancia de que el acto o acuerdo lesivo haya sido adoptado, autorizado o ratificado por la junta general".
En la Sentencia de instancia se estima procedente acoger la acción de nulidad ejercitada por los actores y se funda el criterio del juzgador de instancia, esencialmente, en que habiendo sido apreciada la nulidad de los acuerdos de aprobación de las cuentas anuales del ejercicio de 2006, aplicación del resultado y aprobación de la gestión social del referido ejercicio adoptados en la Junta anterior de fecha 29 de junio de 2007 mediante Sentencia de fecha 7 de mayo de 2008 , firme por no haber sido recurrida por la sociedad demandada, Grupo Inmobiliario Menero Hoyo S.L, siendo uno de los motivos que determinaron en aquel procedimiento la declaración de nulidad la circunstancia de reflejarse en las cuentas un gasto derivado de un contrato de prestación de servicios celebrado entre la sociedad y su socio mayoritario, Promociones y Construcciones Menero Hoyo S.A, sin haber sometido los administradores a la Junta General la concertación de la relación contractual de arrendamiento de servicios pese a existir conflicto de intereses, por ser comunes los administradores de ambas sociedades, ahora concurre la misma infracción legal, dado que se sigue contabilizando en las cuentas anuales del ejercicio de 2006 reformuladas el gasto derivado del contrato de prestación de servicios.
El segundo punto -también objeto de apelación- se refiere a la constancia en la contabilidad de la remuneración que Don Carlos José percibe como gerente de la sociedad. Defiende el recurso que –con independencia de que exista o no acuerdo de remuneración- lo importante es que las cuentas anuales revelen la "imagen fiel de la sociedad". Y en este punto -sin duda- lo hacen. Sin embargo, ese argumento (válido en determinadas circunstancias), llevado al grado de apotegma jurídico, sin más matices, haría ilusoria la posibilidad de control de los socios minoritarios sobre el cumplimiento de los mayoritarios y de los órganos de administración de los mínimos legales y estatutarios que regulan la vida societaria… Por eso, los acuerdos son anulables no porque recojan o no la imagen fiel de la sociedad,sino porque son lesivos para la sociedad, en beneficio de uno o varios accionistas o de terceros. Pero, precisamente por ello el artículo 67 de la L.S.R.L. es tan específico. "El establecimiento o modificación de cualquier clase de relaciones de prestación deservicios o de obra entre la sociedad y uno o varios de sus administradores requerirán acuerdo de la Junta General"… (si) la aprobación mayoritaria de las cuentas anuales supondría la aprobación indirecta de la remuneración "de hecho" del administrador social, porque revelaría la realidad fiel de la contabilidad societaria. (el resultado sería) el fenecimiento de facto de las garantías que constituyen la esencia de los citados artículos 66 y 67 ya citados. Supondría bendecir el comportamiento por las vías de hecho de la mayoría y ratificar en un momento de la vida social algo para lo que no está pensado, pues la aprobación de las cuentas anuales no contendrá el necesario detalle sobre el ámbito y límites de la retribución y prestación de servicios del administrador social… En nuestro caso se denuncian unos pagos sin cobertura social y, por ende, minoradores del haber social, en beneficio de un socio mayoritario y administrador.
Tres formas de pedir disculpas
The three apology types or components are: compensation (e.g. I’m sorry I broke your window, I’ll pay to have it repaired); empathy (e.g. I’m sorry I slept with your best friend, you must feel like you can’t trust either of us ever again); and acknowledgement of violated rules/norms (e.g. I’m sorry I advised the CIA how to torture people, I’ve broken our profession’s pledge to do no harm).
martes, 13 de septiembre de 2011
Refundar EL PAIS
sábado, 10 de septiembre de 2011
Los tribunales europeos en el jardín de la “presunción rebatible” ¿cuándo es independiente una filial al 100 %?
at a point in time when the delegation of the powers to Mr J. had already been effected, another member of the Transcatab board, in this instance Mr S.M., played a significant role in the management of Transcatab’s commercial policy, the fact that they relate to a period preceding the infringement is of no account.
In this respect, it is sufficient to point out that, contrary to Alliance One’s claim, the parties concerned are not required to adduce direct and irrefutable evidence of the independence of the subsidiary’s conduct on the market but only to submit evidence capable of demonstrating that independence (see paragraph 125 above).
199 The fact that, in the present case, for the purposes of rebutting the presumption of liability, Alliance One did not succeed in demonstrating that the subsidiaries of the parent companies, to which it is the legal successor, decided independently upon their conduct on the market does not mean, contrary to Alliance One’s claim, that that presumption cannot under any circumstances be rebutted.
Furthermore, the Court would also point out that, given the nature of the presumption, which makes it possible to infer from a known fact proof of an unknown fact, it is entirely logical that the person against whom the presumption applies should have, in principle, to prove that the fact presumed is incorrect. However, that does not mean that the presumption becomes irrebuttable, since, in the case in point, that proof has to be sought within the sphere of the person against whom the presumption applies.
“in order to ensure that the fine had a sufficiently deterrent effect; that effect would be lacking if the starting amount were to be limited to reflecting solely the market position of those undertakings. The Commission relied, in particular on their respective worldwide turnovers of USD 3.276 billion, USD 1.311 billion and USD 0.896 billion in 2005, in order to take account of the ‘considerable economic and financial strength’ of those groups, in the light of the fact that they also represent the biggest tobacco merchants in the world and operate at different levels of business in the tobacco industry and in different geographic markets”
Kokkot sobre el non bis in idem
“porque el artículo 81 CE y el Reglamento nº 1/2003 nada dicen acerca de la cuantía de las sanciones que las autoridades nacionales de competencia pueden imponer a los partícipes en prácticas colusorias. El artículo 5 del Reglamento nº 1/2003 dispone únicamente que las autoridades de competencia de los Estados miembros pueden adoptar decisiones de imposición de multas sancionadoras, multas coercitivas o cualquier otra sanción prevista por su Derecho nacional. Es decir, incluso en el supuesto de que la autoridad checa de competencia aplicase el artículo 81 CE respecto a los hechos anteriores al 1 de mayo de 2004, las sanciones a imponer se determinarían según lo dispuesto en el Derecho interno”
“Extrapolado al ámbito del Derecho de la competencia, el principio non bis in idem prohíbe que se condene o se inicie un procedimiento sancionador de nuevo contra una empresa por un comportamiento contrario a la competencia a causa del cual ya ha sido sancionada o del que se la ha declarado no responsable por una decisión anterior que ya no puede ser objeto de recurso.
viernes, 9 de septiembre de 2011
Deltafina c. Comisión Europea: durísima lex
“una colaboración efectiva y plena presupone… que durante toda la duración del procedimiento administrativo, la empresa interesada informe, a tiempo a la Comisión de cualquier circunstancia relevante que pueda incidir negativamente sobre el correcto desarrollo de la investigación así como sobre el descubrimiento y la represión eficaz del cártel en cuestión”
Sobre mercados financieros
- Trying to make liquid markets out of assets that are naturally illiquid is a fool’s bargain.
- derivatives should be regulated as insurance contracts, and subject to the doctrine of insurable interest.
- Markets for goods and services might be efficient, but not those for assets, where values are not as easily estimated.
jueves, 8 de septiembre de 2011
Constitución telemática de sociedades
A la constitución telemática de sociedades con las características descritas, se anuda la reducción de costes, concretados en la fijación de aranceles notariales y registrales limitados, la exención de tasas de publicación en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil», así como una limitación temporal del proceso constitutivo que, en conjunto no excederá de cinco días.
En los casos en los que el capital social no sea superior a 3.100 euros y los Estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada se adapten a los aprobados por el Ministerio de Justicia, los plazos previstos permiten completar el proceso constitutivo en un solo día hábil, se reducen adicionalmente los aranceles notariales y registrales y se mantiene la exención de las tasas de publicación en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil». A tal fin, los referidos Estatutos-tipo fueron aprobados mediante la Orden JUS/3185/2010, de 9 de diciembre.
Por otra parte, para todo tipo de sociedades, y en relación con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se establece «la exoneración del gravamen por la modalidad de operaciones societarias de todas las operaciones dirigidas a la creación, capitalización y mantenimiento de las empresas -cfr. el apartado II del preámbulo del mencionado Real Decreto-Ley 13/2010 y el artículo 3 de éste que modifica el artículo 45.I.B).11 del Texto Refundido de la Ley reguladora de dicho Impuesto, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre.
la calificación e inscripción de sociedades de capital en el Registro Mercantil no será necesaria la presentación del documento de autoliquidación con alegación de la exención”
«Construcción, instalaciones y mantenimiento», y «Prestación de servicios. Actividades de gestión y administración» .
martes, 6 de septiembre de 2011
domingo, 4 de septiembre de 2011
Por qué los americanos están locos al considerar un derecho individual el de llevar armas
Given that we have a system of property, is it better for the source of the enforcement to be centralized or decentralized? To me, this is a no-brainer with a big if. If decentralized enforcement is stable, then it is clearly preferable. The reason is that centralized coercion results in expansions and abuses of power. It’s not like there’s a choice on the menu of “centralized property rights enforcement with zero abuse of power.” You have to take the bad with the good. My preference, conditional on stability, is decentralized coercion.
Is decentralized enforcement stable? This is an active line of research for me, and my best answer so far is “sometimes.” There are a lot of people in armchairs who argue that of course decentralized enforcement is unstable. I find them rather unimaginative and non-rigorous.
¿Una suscripción única a todo el contenido de pago?
sábado, 3 de septiembre de 2011
Las multas de competencia en los últimos años
Cómo y por qué se formó el grupo de empresas LG y por qué siguen existiendo conglomerados en economías desarrolladas
My father and I started a cosmetic cream factory in the late 1940s. At the time, no company could supply us with plastic caps of adequate quality for cream jars, so we had to start a plastics business. Plastic caps alone were not sufficient to run the plastic molding plant, so we added combs, toothbrushes, and soap boxes. This plastics business also led us to manufacture electric fan blades and telephone cases, which in turn led us to manufacture electrical and electronic products and telecommunication equipment. The plastics business also took us into oil refining, which needed a tanker shipping company. The oil refining company alone was paying an insurance premium amounting to more than half the total revenue of the then largest insurance company in Korea. Thus, an insurance company was started.
This natural step-by-step evolution through related businesses resulted in the Lucky-Goldstar group as we see it today. (Aguilar and Cho 1985, p. 3.)
apud, Richard N. Langlois, “Business Groups and the Natural State” (Working Paper 2010-29, November 2010) que lo pone como un ejemplo de que es la ausencia de mercados eficientes lo que obliga a las empresas a convertirse en grupos de empresas realizando la producción de los insumos necesarios dentro de la empresa en lugar de comprarlos en el mercado, aún cuando el empresario no sea un especialista en fabricar tales insumos.
En esa evolución, surgen complementariedades que, junto a esos fallos de mercado, determinan el surgimiento de conglomerados (si transporto carne y lo hago en vagones refrigerados, será una extensión natural de mi negocio transportar cualquier otra mercancía que necesite refrigeración). Las actividades son complementarias en algún sentido pero no tienen relación entre sí, en otro.
Con esta explicación, se generaliza la que explica las pirámides o grupos de sociedades como organizaciones que crean mercados de capitales internos para financiar nuevos negocios cuando los mercados de capitales no se han desarrollado y, por tanto, la financiación de nuevas empresas es muy dificultosa.
Sin embargo, la formación de grupos no es inevitable. Aunque no existan mercados desarrollados, que suministren los insumos (materias primas, servicios, accesorios, piezas….) no es inevitable que el que fabrica el producto principal – cosmético – monte una fábrica de plásticos para suministrarse de las tapas de sus latas de crema hidratante. Si hay suficientes emprendedores moviéndose al mismo tiempo en la misma zona geográfica, la fábrica de plásticos puede ser construida por otro emprendedor con quien el primero se relacionará contractualmente. Es decir, la integración vertical o el conglomerado no son inevitables incluso a falta de un desarrollo del mercado suficiente. Recuérdese que esas relaciones estrechas con proveedores pueden formarse y sostenerse sobre la base de la reputación y la realización de inversiones específicas por ambas partes.
La cuestión es si en el lugar de que se trate, el acceso a la actividad económica organizada (que un vecino pueda montar la fábrica de plástico) es libre o está limitada (solo yo – que fabrico las cremas – puedo abrir una fábrica de plásticos). En el segundo caso, la formación de conglomerados por parte de los que forman parte de la coalición dominante y, por tanto, tienen acceso a la actividad económica organizada, resulta inevitable.
The greater the distortions and impediments imposed by the state, the greater the advantage to business groups, and the greater their power and extent…
Pero, ¿qué explica – desde esta perspectiva – la persistencia de los conglomerados una vez que los mercados de insumos y financieros se han desarrollados y cualquiera puede acceder a las actividades económicas organizadas? En otras entradas se ha explicado que los conglomerados persisten en países emergentes. Pero ¿por qué siguen siendo frecuentes en Europa continental? la causa es la “guerra civil” que Europa ha vivido entre 1914 y 1989
The most powerful of these explanations point to what Deirdre McCloskey (2006,p. 11) calls the European Civil War, 1914-1989: the almost century-long interregnum between the first great globalization of the long nineteenth century (O’Rourke and Williamson 1999) and the modern globalization of the late twentieth century.
The devastation of war affected the civil-law countries of Continental Europe more than it did common-law countries, creating a Public Choice environment in which stability, for both capitalists and workers, took precedence over efficient capital markets. The result was (among other things) a more-concentrated ownership structure, which was necessary to generate rents that could be reallocated politically (Roe 2003, 2006 incumbents receive protection from competition in exchange for rents and job guarantees for labor).
Moreover, war, depression, Nationalism, and Communism all thrust up barriers to trade, immigration,and financial flows, which gave incumbent business interests the breathing room they needed to influence financial institutions in direction that benefited them (Rajan and Zingales 2003). It wasn’t until the fall of Bretton Woods (Sylla 2006), or indeed until the fall of the Soviet Union, that renewed globalization brought about a another “great reversal” in the development of financial institutions and financial markets. In short, the
European Civil War was a period in which open-access orders moved (back) in the direction of natural states.
viernes, 2 de septiembre de 2011
Denunciar tus propios incumplimientos no está nada bien
- porque las deudas, normalmente, se documentan y
Así dice la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 1 de julio de 2011 que añade la curiosa circunstancia de que- sobre todo, porque es muy fácil que te hayas inventado el crédito contra la sociedad y lo hayas incluido en las cuentas que tú mismo formulas.
ninguno de los profesionales que han auditado aquéllas, según se desprende de sus declaraciones testificales en el acto del juicio, pudo tener acceso a tal soporte documental (ni el Sr. Lázaro en la que efectuó respecto de las cuentas de 2003, que sólo contó con la mera manifestación verbal del citado Sr. Humberto , ni la Sra. Sacramento en la que confeccionó en relación con las del 2005, pese a haberla pedido formalmente a la propia LITO RCM SL, en su supuesta condición de acreedora, lo que ésta ni tan siquiera se molestó en contestar a su debido tiempo).A ello se añade que tampoco ha quedado claro a qué respondería la causa de la citada deuda, ya que figura contabilizada como acreedor comercial y, sin embargo, en la demanda se atribuía su origen a un préstamo para la adquisición de un inmueble y para hacer frente a otras inversiones y gastos de actividad, lo que no guarda la deseable correspondencia.
Unas cuantas directrices sobre validez y nulidad de acuerdos sociales: la SAP Madrid de 8 de julio de 2011
aun reconociendo la vigencia de la regla que vincula el reconocimiento por la sociedad de la condición de accionista conforme a la inscripción en el libro registro… podría constituir… abuso de derecho… que un sujeto (alegase)… una titularidad formal merced a una situación pretérita que habría cambiado y que ya no se compadecería con la real (especialmente si el propio libro registro advertía del condicionamiento de la titularidad que reflejaba al devenir de un litigio que a partir de determinado momento ya fue conocido).
“Obviar tal cauce, como ocurrió en este caso, supone que la formulación de cuentas no se atuvo a la exigencias legales, lo que acarrea una vicio que se transmite al ulterior acuerdo de junta aprobatorio de las cuentas formuladas sin sujeción a ley…pues la formulación de las cuentas no es competencia de la junta sino del administrador, por lo que aquélla no puede salvar una deficiencia que afecta a las atribuciones de otro órgano social”·
El uso de cláusulas generales para definir infracciones administrativas
Conforme a la jurisprudencia citada la exigencia de lex certa proscribe la sanción de aquellas conductas respecto de las que no sea razonablemente factible prever para el sujeto obligado con el suficiente grado de certeza que merecerán la calificación de infracciones administrativas por la autoridad competente. Por tanto cuando un tipo infractor se define mediante un concepto jurídico indeterminado, en las zonas oscuras o 'halo de incertidumbre' del concepto no existe ese suficiente grado de certeza que permite predecir con suficiente grado de seguridad que la conducta será sancionada.Es por ello que el legislador ha querido adicionar a ese artículo 3.7 el inciso final de que 'la idoneidad de dichos procedimientos y órganos será supervisada por el Servicio Ejecutivo, que podrá proponer las medidas correctoras oportunas'. Y este inciso, se encuentra desarrollado en el articulo 11.6 del Real Decreto 925/1995 al establecer 'Los sujetos obligados remitirán al Servicio Ejecutivo información completa sobre la estructura y funcionamiento del órgano de control y comunicación y de los procedimientos a que se refieren los apartados anteriores para su supervisión. El Servicio Ejecutivo supervisará la idoneidad de dichos órganos y procedimientos, pudiendo proponer las medidas correctoras oportunas, así como dirigir instrucciones a los sujetos obligados encaminadas a la mejora y adecuación de los procedimientos y órganos.Por lo tanto el sujeto que se sitúe en una zona de incertidumbre e interprete ese concepto jurídico indeterminado con criterios lógicos, técnicos o de experiencia que estime que son 'adecuados' al cumplir razonablemente el objetivo preventivo del blanqueo de capitales no se puede entender que ha cometido la infracción al no concurrir la voluntad de infringir el precepto aplicable.Por el contrario en las zonas de certeza negativa del concepto no existe ninguna duda de que la conducta será sancionada que sería el supuesto de la omisión de procedimientos y órganos de control interno o por la existencia de órganos y procedimientos tan deficientes que constituyan un peligro manifiesto para la prevención del blanqueo de capitales.
Las penalizaciones por incumplimiento de la OBA ¿compensatorias o disuasorias?
Reconocemos que la exigencia del pago de las penalizaciones podría encuadrarse en la "zona gris"de las diversas materias comprendidas en y afectadas por los conflictos de acceso, de modo que la tesis de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, más tarde confirmada por el tribunal de instancia, tenía a su favor argumentos no desdeñables. Pero, frente a ellos, consideramos sin embargo prevalentes los que ya hemos expuesto, de los que resulta que las competencias atribuidas a Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones por los artículos 14 y 48 de la Ley 32/2003 , en materia de conflictos de acceso e interconexión de redes, no incluyen la de pronunciarse sobre la exigibilidad de las cláusulas penales contenidas en los contratos que vinculan a los operadores. [...]" ( Sentencia de 28 de junio de 2.011 –RC 5.732/2.008 - fundamentos de derecho quinto a noveno)
Archivo del blog
-
►
2023
(573)
- ► septiembre (62)
-
►
2022
(425)
- ► septiembre (39)
-
►
2021
(507)
- ► septiembre (22)
-
►
2020
(465)
- ► septiembre (32)
-
►
2019
(516)
- ► septiembre (33)
-
►
2018
(740)
- ► septiembre (62)
-
►
2017
(651)
- ► septiembre (49)
-
►
2016
(531)
- ► septiembre (36)
-
►
2015
(484)
- ► septiembre (14)
-
►
2014
(515)
- ► septiembre (31)
-
►
2013
(593)
- ► septiembre (53)
-
►
2012
(626)
- ► septiembre (61)
-
►
2011
(737)
- ► septiembre (56)
-
►
2010
(570)
- ► septiembre (76)
-
►
2009
(177)
- ► septiembre (16)