jueves, 23 de abril de 2026

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China no hará el sorpasso a los EE.UU. en las próximas décadas; "La forma más rápida de encontrar respuestas incorrectas en internet es publicar la correcta". Blanco Valdés: Armengol no puede continuar. El marido no logró suicidarse, sigue vivo y ahora detenido. Un genocidio de los de verdad. "Nadie expulsa ni impide entrar a las mujeres. Simplemente no están interesadas". ¿Qué va a pasar si los humanos volvemos al analfabetismo? ¿"Cómo tiene que ser la plantilla de un equipo de fútbol para que todos los jugadores firmen la camiseta del líder político de un grupo terrorista que asesinó en Guipúzcoa a 120 personas"? . La prohibición de redes sociales para menores en Australia no está funcionando: el 61% de los niños aún accede a cuentas, mientras que 4,7 millones fueron cerradas. Mientras tanto, el 27% se mudó a plataformas más peligrosas. La prohibición no está ayudando a los niños, los está perjudicando. Este Preciado es un pionero en un par de cosas. Esta es la segunda. Ojalá gane; Aunque los ataques ucranianos han provocado un descenso notable en el volumen físico de las exportaciones de petróleo ruso, el aumento de precios lo ha compensado con creces. 

Malta es extraordinaria 

En junio de 2023, Malta introdujo una nueva disposición en la Ley maltesa de juegos de azar mediante una enmienda presentada en el Parlamento como proposición de ley n.º 55. 1 En virtud de dicha disposición, 2 los órganos jurisdiccionales malteses, como cuestión de orden público, deben denegar el reconocimiento o la ejecución en Malta de cualquier resolución judicial extranjera que, en esencia, estime una demanda contra un operador de juegos de azar con licencia maltesa mediante la que se invoque la ilicitud de los servicios prestados por dicho operador en un Estado miembro, 3 cuando esos servicios sean lícitos con arreglo a la legislación maltesa

Un órgano jurisdiccional austriaco ha preguntado al Tribunal de Justicia si la citada disposición es compatible con el Derecho de la Unión, concretamente con las normas del Reglamento Bruselas I bis 4 sobre el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales. Dicho órgano jurisdiccional debe determinar la responsabilidad de un abogado que elaboró, para una sociedad que financia reclamaciones judiciales de consumidores que quieren recuperar las apuestas que realizaron con operadores malteses de juegos de azar en línea, un informe precisamente sobre esa cuestión de la compatibilidad

En sus conclusiones presentadas hoy, el Abogado General Nicholas Emilíou considera que la petición de decisión prejudicial es inadmisible, ya que no parece necesaria una respuesta a las cuestiones prejudiciales planteadas para resolver el litigio pendiente ante el órgano jurisdiccional austriaco. En efecto, la cuestión central del litigio no es si la nueva disposición de la Ley maltesa de juegos de azar es compatible con el Derecho de la Unión, sino si la valoración del asesor jurídico fue diligente en el momento en que se realizó

Dicha valoración se rige por el Derecho nacional y, por lo general, implica una comparación con la conducta que cabría esperar de un operador jurídico razonablemente prudente y bien informado. Lo importante en este contexto no es si el informe se revela finalmente correcto, sino si era razonablemente defendible atendiendo al marco jurídico y a la información disponible en el momento pertinente. Dicha valoración no está comprendida en la competencia del Tribunal de Justicia en materia prejudicial. Este puede interpretar el Derecho de la Unión, pero no determinar si un informe jurídico concreto era plausible o suficientemente diligente. 

Por lo tanto, según el Abogado General Emilíou, el Tribunal de Justicia no debe responder a las cuestiones prejudiciales planteadas. No obstante, en caso de que este adopte otra postura, y en aras de la exhaustividad, el Abogado General examina el fondo de las cuestiones. En su opinión, una medida nacional como la nueva disposición de la Ley maltesa de juegos de azar controvertida es manifiestamente incompatible con la normativa de reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales establecida en el Reglamento Bruselas I bis

... con carácter general, los órganos jurisdiccionales de un Estado miembro no pueden denegar el reconocimiento de una resolución dictada en otro Estado miembro, basándose en dicha cláusula de orden público, por el mero hecho de que consideren que el Derecho de la Unión —incluida la libre prestación de servicios— se ha aplicado incorrectamente en dicha resolución. Las cuestiones sustantivas de Derecho de la Unión no pueden volver a examinarse en la fase de reconocimiento y ejecución, ante los órganos jurisdiccionales del Estado miembro requerido, amparándose en dicha cláusula. 
Además, el legislador maltés no podía basarse legítimamente de manera abstracta y general —como hace la nueva disposición de la Ley maltesa de juegos de azar— en la premisa de que toda resolución en materia civil y mercantil que declare ilícitos, en un Estado miembro, los servicios prestados por un operador con licencia maltesa, aun cuando sean lícitos con arreglo a la legislación maltesa, es necesariamente incompatible con la libre prestación de servicios. 
En efecto, la disposición en cuestión parece basarse en una interpretación de la libre prestación de servicios especialmente amplia. Según esa interpretación, los operadores titulares de una licencia de juego maltesa tienen derecho a prestar sus servicios libre y lícitamente en toda la Unión, siempre que cumplan la legislación maltesa. Sin embargo, el Tribunal de Justicia ha rechazado sistemáticamente dicha interpretación. En efecto, en principio, los Estados miembros pueden aplicar también sus respectivas legislaciones de juegos de azar a los operadores que presten servicios a consumidores en su territorio desde otro Estado miembro, como Malta. El principio del país de origen no se aplica en el ámbito de los juegos de azar en línea. Además, en el estado actual del Derecho de la Unión, los Estados miembros no están obligados a reconocer las licencias de juego concedidas por otros Estados miembros. En consecuencia, las licencias de juego maltesas solo son válidas, en principio, en Malta y, en su caso, en aquellos Estados miembros que decidan reconocerlas. 
Por lo tanto, por regla general, los demás Estados miembros están facultados para aplicar sus respectivas legislaciones de juegos de azar a los operadores con licencia en Malta. Por consiguiente, habrá casos en que los servicios prestados por un operador de juegos de azar con licencia maltesa sean ilícitos en un Estado miembro pese a ser lícitos con arreglo a la legislación maltesa, sin que esa disparidad sea en sí misma contraria a la normativa de la Unión sobre libre prestación de servicios. 
Para terminar, el Abogado General observa que la nueva disposición de la Ley maltesa de juegos de azar controvertida tiene, en el fondo, una finalidad protectora. 

Importe del crédito y coste del crédito en la Directiva de crédito al consumo

La Directiva 2008/48/CE distingue tres magnitudes distintas: el importe total del crédito, el coste total del crédito y la TAE. El importe total del crédito es el capital o principal, es decir, la cantidad de dinero que el consumidor quiere recibir del banco y que este se compromete a prestar. El coste total del crédito comprende todo lo que el consumidor debe pagar para obtener ese préstamo. La TAE es un porcentaje que expresa ese coste total en términos anuales.

El objetivo es que el consumidor pueda comparar préstamos sin tener que examinar cómo cada banco estructura jurídicamente el contrato. Para ello, el capital debe tener siempre el mismo significado: la cantidad de dinero que el consumidor recibe del banco para su propio uso. Los costes del crédito pueden ser diversos, pero no pueden incorporarse al capital solo porque el banco los adelante o los financie.

El banco polaco trató como capital la prima de un seguro que el consumidor contrató simultáneamente al préstamo, calculando intereses también sobre esa cantidad. La operación tiene cierta lógica económica, ya que el banco adelantó el importe de la prima, que el consumidor debía devolver junto con el capital prestado de forma aplazada. Sin embargo, la Directiva no admite que la cantidad correspondiente a la prima del seguro, aunque sea financiada, forme parte del principal o del importe total del crédito, pues no es una suma puesta a disposición del consumidor para su uso, sino un coste vinculado a la obtención del préstamo.

Supongamos un préstamo de 10.000 euros, con un plazo de cinco años y un tipo de interés nominal del 4 % anual. El banco exige además la contratación de un seguro con una prima única de 150 euros, que el banco paga al inicio a la aseguradora y que el consumidor devuelve junto con las cuotas del préstamo.

Si el banco actúa como en el caso polaco, trata el préstamo como si el capital fuera 10.150 euros y calcula intereses sobre esa cantidad. De este modo, el consumidor paga intereses no solo sobre los 10.000 euros que solicitó y recibió, sino también sobre los 150 euros destinados a pagar la prima del seguro.

Conforme a la Directiva, y como recuerda el TJUE, el tratamiento debe ser distinto. El capital del préstamo sigue siendo 10.000 euros, porque esa es la cantidad que el consumidor quiso recibir y que el banco puso a su disposición. Los 150 euros correspondientes al seguro constituyen un coste del crédito. Ese coste puede exigirse al consumidor y debe tenerse en cuenta al calcular la TAE, pero no puede integrarse en el capital ni servir de base para el cálculo de los intereses.

Desde el punto de vista económico, la diferencia en el importe total que acabará pagando el consumidor puede ser reducida. El banco puede, si lo desea, ajustar el tipo de interés para mantener el mismo rendimiento global del préstamo. La Directiva no impide esa posibilidad ni limita el precio del crédito.

La Directiva prohíbe que el banco trate como capital la prima del seguro y aplique intereses sobre esa cantidad. Si se admitiera esa práctica, el “importe total del crédito” dejaría de ser una magnitud estable y comparable y pasaría a depender del modo en que cada entidad decida estructurar el contrato.

La finalidad de esta solución es permitir que el consumidor pueda comparar ofertas de crédito partiendo de un dato claro y uniforme: el capital es siempre la cantidad de dinero que recibe para su uso. Las diferencias en el precio del préstamo deben reflejarse en los costes y, en último término, en la TAE, no en una ampliación artificiosa del capital.

Desde esta perspectiva, la sentencia no introduce un control de los tipos de interés ni un juicio de valor sobre la licitud económica de financiar una prima de seguro. Se limita a aplicar una regla de presentación del producto crédito: el capital y los costes deben mantenerse separados, para que la comparación entre préstamos no dependa de técnicas contables o contractuales, sino de diferencias reales en el precio.

Pablo Malo y los juntaletras con púlpito

Voy a decir algo impopular pero creo que igual sobrevaloramos los libros. Hay libros que son toda una visión del mundo y que te cambian la vida, no lo discuto, pero también hay muchos, muchos libros que dicen cosas que se podían haber dicho en un artículo mucho más breve. Yo a veces encuentro más ideas y más profundidad en gente que escribe en Substack, por ejemplo, que en algunos libros que me han decepcionado y los he dejado por la mitad (o antes). Y también se aprende mucho en podcasts y entrevistas.

Pero los periodistas que querrían haber sido escritores, no dejan de darnos el tostón. Sobrevalorar la lectura de novelas, como hacen Pedro Simón y muchísimos otros juntaletras con púlpito es un indicio seguro de pocas luces. Leer novelas es una forma de entretenimiento algo más elevado intelectualmente que jugar a videojuegos pero no es una forma de aprender comparable al estudio. Como dice Tyler Cowen de sus Conversations with Tyler. Es entretenimiento, no producción de conocimiento. Naturalmente, del mismo modo que el niño que juega con un mecano o con quimicefa puede adquirir habilidades que le ayuden a convertirse en un ingeniero o un científico, un niño (más probablemente una niña) que lea muchas novelas adquirirá habilidades - lectura rápida y sostenida en el tiempo, ejercicio de la curiosidad...- que le pueden ayudar, de adulto, a desarrollar actividades intelectuales si, de las novelas, pasa a los libros de "estudio" (aunque no sabemos la dirección de la causalidad). Pero mi abuela dedicaba un par de horas diarias a leer novelas románticas escritas por Corín Tellado durante décadas sin llegar a convertirse en una intelectual. Pero quizá los Antonio Lucas, Héctor García Barnés y Pedro Simón son más listos que mi abuela. 

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