martes, 17 de septiembre de 2024

Citas: estudios y tweets de Econtwitter, Eugene Fama y Paul Bloom

Juan Guzmán, 1940

Y para terminar dos artículos: una entrevista con Eugene Fama en el Financial Times: Fama es sorprendentemente flemático cuando se trata de defender el trabajo de su vida, haciéndose eco de la observación del famoso estadístico británico George Box de que todos los modelos son erróneos, pero algunos son útiles. La hipótesis del mercado eficiente es solo "un modelo", subraya Fama. "Tiene que estar mal hasta cierto punto"... Con 85 años "
volverá al trabajo al día siguiente, a pesar de que ya no recibe un salario de la Universidad de Chicago... Fama sigue publicando... Me pregunto por qué no se retira sin más, disfruta de todo el golf que pueda desear, pasa más tiempo con sus nietos y bisnietos, o viaja por el mundo con Sallyann, su esposa durante más de seis décadas. Él tiene una respuesta eficiente. "Lo hago porque me gusta", dice Fama. Recuerda cómo la vida de su mentor Miller cambió por completo después de convertirse en premio Nobel en 1990. "Básicamente abandonó los estudios y viajó por el mundo hasta que murió. Está bien, eso es lo que quería hacer. Alguien me dijo que puedes convertir tu vida en una vuelta de la victoria, o puedes volver al trabajo", dice. "Y esa es la verdad".

Finalmente, dice Paul Bloom que casi nadie termina los libros que empieza a leer y pone esta tabla tras este texto: 
El matemático Jordan Ellenberg hizo algunos cálculos, observando los pasajes marcados por los lectores de Amazon Kindle y estimando qué porcentaje de ellos terminaron. Este porcentaje es lo que él llama el Índice Hawking, llamado así por el libro notoriamente no leído de Stephen Hawking Breve historia del tiempo. Aquí está el Índice Hawking para algunos libros populares:


Algunas sentencias italianas (Giurisprudenzadelleimprese.it)

Foto: JJBose

El correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales y de seguridad social es un deber del administrador de una sociedad. 

En este contexto, el daño resultante del incumplimiento no puede ser calculado según el monto del impuesto o contribución dejado de pagar, ya que tales son gastos a cargo de la compañía incluso si el administrador hubiera cumplido con sus obligaciones. Por el contrario, el daño debe ser proporcional a la magnitud de las sanciones impuestas por la Administración tributaria y a los intereses devengados tras la expiración del plazo legalmente previsto, ya que tales desembolsos habrían sido evitables si los administradores, con la diligencia ordinaria, hubieran tomado medidas para cumplir con sus obligaciones de manera regular. La responsabilidad de los administradores, sin embargo, sólo es reconocible en presencia de su conducta culpable, suponiendo que ellos, aunque hubieran podido realizar el pago evitando el aumento de la deuda, no lo hubieran hecho sin causa justificada.

Tribunale di Catanzaro, 3 de julio de 2024


La llevanza irregular y desordenada de la contabilidad 

constituye una violación de los deberes del administrador y el hecho de que la sociedad recurriera a un tercero para su llevanza no exime de responsabilidad al administrador.

Tribunale di Venezia, 22 de enero de 2024


La demanda pedía la anulación de un contrato de transmisión de acciones de la sociedad Santanna Srl. 

La demandante, Federica, alegó que el demandado, Fabrizio, la indujo a adquirir las acciones con información falsa sobre la situación financiera de la empresa. El tribunal desestimó la demanda, argumentando que no se probó la existencia de dolo por parte del demandado y que la demandante, una empresaria, tenía acceso a la información necesaria para evaluar la situación de la sociedad. El tribunal también consideró que la mera existencia de dificultades financieras de la sociedad no invalidaba el contrato. 

En particular, el Tribunal encontró que Camani no había realizado afirmaciones falsas sobre la situación de la empresa ni los documentos contables ocultaban la situación real. En particular, el endeudamiento estaba reflejado en los balances. Además, el Tribunal consideró relevante que Libbia, como empresaria y proveedora habitual de Santanna a través de su propia empresa, tenía un conocimiento previo de la situación financiera de la empresa, lo que le permitía interpretar correctamente la información proporcionada por Camani, incluyendo los balances y la existencia de dificultades financieras. El Tribunal también destacó que Libbia negoció un precio significativamente menor al inicialmente solicitado por Camani, lo que sugiere que era consciente de la situación de crisis de la empresa

Tribunale de Torino, 31 de mayo de 2024


Modificación sustancial del objeto social que da derecho de separación al socio

La modificación del objeto social de Verum Partners spa consistió en una reducción significativa de las actividades que la empresa podía realizar. Originalmente, Verum Partners spa tenía un objeto social amplio que incluía servicios de consultoría en diversas áreas, como negocios, finanzas, recursos humanos y fusiones y adquisiciones. Además, contemplaba la posibilidad de operar como entidad de pago electrónico, gestionar una plataforma de empleo y apoyar el desarrollo de startups. Tras la modificación, se eliminaron o redujeron considerablemente varias de estas actividades. Por ejemplo, se eliminaron las actividades de pago electrónico y mediación laboral. Como resultado, la empresa pasó de ser una entidad operativa con un proyecto diversificado a una mera holding, enfocada principalmente en la gestión de sus participaciones y en la prestación de servicios a sus empresas participadas.

Tribunal de Milán, 19 de abril de 2024


Los gastos del perito que valora las acciones o participaciones

en caso de ejercicio del derecho de separación, se imputa a la sociedad si la estimación de su valor realizada por los administradores ha sido impugnada justificadamente o al socio saliente en el caso contrario

Tribunale de Torino 15 de mayo de 2024

Citas: Illa, Astrid Barrio, Kling, Heath, Uber


Mentiroso Illa: «todo el que viene a mejorar Cataluña, es catalán».

¿Ponerse a mejorar Cataluña como condición de la nacionalidad? Hombre, hombre. ¿Quién podría a mí negarme, en contraste, la lamentable condición de catalán, aunque, como es palmario, solo me haya dedicado a trabajar obstinadamente por la destrucción de Cataluña? 
Arcadi Espada

 Las bobadas racistas de Astrid Barrio

Dice el mejor chiste de Forges que "fíjese si estará liada la cosa, que ayer me encontré haciéndole la pelota a uno que manda menos que yo". No puedo entender que alguien que tiene los conocimientos, la formación y la experiencia de Astrid Barrio sea entrevistada por EL MUNDO en una serie que se llama "Luces para la Constitución". El chiste se hace solo. Lo triste es que esta señora refleja perfectamente el nivel promedio de la discusión pública en España. ¡Ay las carreras Mickey Mouse!

Pues aquellos territorios que aportan más, porque son más ricos, y luego como consecuencia del reparto, y de una solidaridad que nunca acaba de producir los resultados, se ven perjudicados. Me pregunto hasta cuándo hay que seguir siendo solidarios, porque está bien ayudar a aquellos que tienen menos, pero es legítimo preguntarse si la solidaridad debe tener una duración temporal y limitada, porque siempre se mantienen estos equilibrios a pesar de la ayuda suplementaria que reciben algunos territorios. Ahora que se va a hablar la financiación autonómica, estaría bien que el foco del debate sea amplio y pensemos que hay que ser solidarios, pero no puede ser un saco roto, hay que exigir a los territorios que lo reciben esfuerzos y resultados, ya que, de lo contrario, se generan muchas frustraciones en los que dan, pero también, y quizá más, en los que reciben y son permanente el vecino pobre... Incluso creo, sin ser jurista, que el indulto previo sin necesidad de ser juzgado a Puigdemont sería positivo para dar una salida a la situación

El incumplimiento sistemático de la ley en Cataluña con auxilio de algunos jueces y fiscales que no persiguen a los cargos públicos por desobediencia

Más de Joseph Heath sobre la decadencia del marxismo en la academia

Efectos sobre el empleo de la entrada de Uber en un mercado local

La llegada de Uber a una ciudad provocó una reducción en la tasa de desempleo de entre 0.2 y 0.5 puntos porcentuales. Esto indica que Uber permitió a muchos trabajadores complementar sus ingresos durante los períodos de desempleo, posicionando el servicio de viajes compartidos como un complemento, en lugar de un sustituto, del empleo tradicional. Además, se observa alguna evidencia de que Uber tuvo un efecto positivo, aunque muy pequeño, en los salarios en el extremo inferior de la distribución salarial, lo que sugiere que Uber pudo haber influido en el comportamiento de búsqueda de empleo de los trabajadores o en su poder de negociación.

Green Gatekeepers

Tras diferenciar a los gatekeepers verdes de los tradicionales, que son altamente sensibles a la reputación en los mercados financieros, argumentamos que los gatekeepers verdes enfrentan menos presión reputacional. Como resultado, es más probable que emitan certificaciones inexactas. Codificamos manualmente los datos de más de 450 gatekeepers verdes y demostramos que muchos de ellos son opacos, ya que en muchos casos ni siquiera revelan los estándares que siguen.

En cuatro años, entre 15.000 y 20.000 haitianos se han asentado en la ciudad de Springfield, 59.000. Ayaan Hirsi Ali yConnor Tomlinson

Pero las cifras de Inglaterra y Gales son todavía más espectaculares. Comparemos Ohio con Inglaterra y Gales, las partes del Reino Unido sometidas a la mayor concentración de inmigración. Ohio tiene 40,847.9 millas cuadradas; Inglaterra y Gales, >58.000. La población de Ohio ha sido relativamente estable de 11 millones desde el año 2000. Desde 2001, la población del Reino Unido ha crecido de 49,4 millones a 67,6 millones, 60% debido a la inmigración. 1,2 millones de inmigrantes legales son admitidos cada año. La migración neta añadió 3,7 millones de personas a la población entre 2011 y 2021. Entre las elecciones del New Labour y 2023, la migración neta se multiplicó por cien en comparación con la que existió entre 1973 y 1997. Desde entonces han llegado más migrantes que entre 1066 y la Segunda Guerra Mundial. Entre 1998, cuando el primer ministro Tony Blair abolió los controles de salida, y 2017, se estimó que había 1,2 millones de inmigrantes ilegales en Gran Bretaña. Desde 2018, otros >135.000 han entrado en pequeñas embarcaciones a través del Canal de la Mancha.  
Desde 2011, el 74% de todos los puestos de trabajo creados fueron para trabajadores extranjeros. Desde 2021, la composición de la migración interna se ha invertido: del 80% de la UE al 80% de los extracomunitarios. El año pasado, la mayoría fueron indios (+250.000) y nigerianos (+141.000), responsables de la mayor parte del crecimiento del empleo (+488.000 y +279.000 respectivamente), pero cuyos ingresos medios mensuales han disminuido en términos reales. La Oficina de Responsabilidad Presupuestaria reveló la semana pasada que estos migrantes cuestan a los contribuyentes 151.000 libras esterlinas cada uno, suponiendo que lleguen a los 25 años y alcancen la edad de jubilación (66 años). Esto se eleva a £ 500,000 si viven hasta los 80 años, y más de £ 1 millón para los 100.  
 Los datos de Dinamarca demuestran que los migrantes de Oriente Medio, el norte de África, Pakistán y Turquía, y sus descendientes, suponen una sangría neta anual de 4.900 millones de dólares. Los migrantes de fuera de la UE y sus descendientes en los Países Bajos tuvieron un coste anual de 27.000 millones de euros entre 2016 y 2019; 400.000 millones de euros netos entre 1995 y 2019. Este grupo nunca es, en promedio, contribuyentes netos de impuestos a lo largo de su vida. Por el contrario, los migrantes de Europa Occidental, Asia Oriental y la Anglosfera contribuyeron netamente a 1.000 millones de euros.

Inteligencia artificial y Reglamento General de Protección de datos

Un fondo soberano provisto con dinero tomado a préstamo es una estupidez (la hucha de las pensiones de Escrivá-Sánchez es un buen ejemplo de estupidez)

La creación de un nuevo fondo soberano en Estados Unidos plantea serias preocupaciones, dado que el país ya es un deudor neto. Establecer este fondo requeriría desviar recursos fiscales existentes (Doug Burgum, el sucesor de Trump, sugiere utilizar los ingresos del petróleo y el fracking), lo que incrementaría aún más la deuda nacional. En esencia, se trataría de una apuesta arriesgada, confiando en que las inversiones del fondo generarán rendimientos suficientes para cubrir la devolución del capital y el pago de los intereses, una estrategia que conlleva un riesgo significativo incluso con los objetivos de inversión más prudentes. Además, los inevitables incentivos para canalizar los fondos hacia proyectos con favoritismo político reducen drásticamente las probabilidades de éxito.

Producción indirecta (rond about production), Arnold Kling 

Las bobadas de Joan Ridao y Marta Espasa


en respuesta a Monasterio y Zubiri

(v., tambiénLas bobadas (y desfachatez) de Joan Ridao explicadas por los profesores Monasterio y Zubiri)

Dicen Ridao y Espasa, en contestación al muy moderado artículo de Monasterio y Zubiri (M & Z) que "no parece fácil controvertir, (Discutir extensa y detenidamente sobre una materia defendiendo opiniones contrapuestas) como hacen los profesores Monasterio y Zubiri, acerca de que 

el modelo propuesto intenta superar uno de los problemas más inquietantes del actual modelo de financiación común: la falta de responsabilidad fiscal de las comunidades

Esta afirmación es una falacia. ¿Cree de buena fe Ridao que un acuerdo por el que una región se queda con toda la recaudación fiscal de sus contribuyentes (los que pagan impuestos son los contribuyentes, no los territorios) resuelve el problema del actual modelo de financiación de todas las CCAA que es, según Ridao, la "falta de responsabilidad fiscal de las comunidades"

¿No se le ocurre a Ridao que un acuerdo bilateral entre una región y el Estado (es inidóneo) no puede resolver el problema que, según él, afecta a todas las Comunidades? ¿No se le ocurre a Espasa que quod omnes tangit ab omnibus approbari debet y que esta magnífica fórmula originada en el derecho canónico evita que se generen externalidades, es decir, que terceros que no han participado en el pacto se vean perjudicados? ¿No sabe el excelso jurista que res inter alios acta alii non nocet nec prodest?

Esta bobada va seguida de otra, 

no se comprende bien que los profesores afirmen que el modelo propuesto vaya a generar inequidades entre comunidades autónomas. Esa aseveración parte de una premisa falsa, como es que el actual modelo es equitativo.

Yo no sé cómo enseñan a razonar en las facultades de Derecho o de Economía de Barcelona, pero espero, por el bien de los estudiantes barceloneses que no les den clase ni Ridao ni Espasa. Porque afirmar que una modificación de la ley puede generar inequidades es lógicamente compatible con la simultánea afirmación de la inequidad del derecho previgente. Para que lo entiendan Ridao y Espasa: que el sistema vigente de financiación sea inequitativo no impide que, si se emprende su reforma, el resultado sea todavía más inequitativo. Todo puede empeorar y especialmente cualquier cosa que se negocie con los nacionalistas. Los españoles no aprendemos y perseveramos en el error de tratar de contentar a unos grupos políticos fascistoides, xenófobos y desleales.

Su tercer argumento pasa por reconocer, como habían dicho M & Z, que el acuerdo PSC-ERC supone una brutal transferencia de ingresos desde "lo común" a "lo particular" (catalán) pero que eso no es malo porque a ellos les parece bien que los ingresos "comunes" se reduzcan y que aumenten los "ingresos particulares" de cada una de las regiones. Pero claro, a los que nos parece mal tal evolución, la afirmación de Ridao nos resbala. 

El último párrafo es sublime

Finalmente, resulta como mínimo audaz augurar que Cataluña va a utilizar la autonomía fiscal que preconiza para favorecer a sus empresas y atraer actividades económicas ubicadas en otras comunidades. De hecho, es el modelo vigente el que permite una competencia fiscal agresiva —a la que nunca, por cierto, se ha sumado Cataluña—, y a la que se han librado algunas comunidades beneficiarias de la solidaridad actual o del efecto de la capitalidad. En ese sentido, no deja de llamar la atención que Monasterio y Zubiri cuestionen las prácticas tributarias de Cataluña aludiendo a la no deflactación del IRPF cuando, que se sepa, tampoco se ha deflactado la tarifa estatal de dicho impuesto.

¿Audaz? ¿Qué pueden esperar los españoles del uso de sus competencias por parte de los nacionalistas catalanes a la vista de lo que ha ocurrido en los últimos cuarenta años y, especialmente, en los últimos quince? Los nacionalistas catalanes se han comportado de la forma más desleal imaginable en el uso de las competencias que atribuyen al gobierno y parlamento de Cataluña la Constitución y el Estatuto. Han dado un golpe de estado. Incumplen sistemáticamente las sentencias que les ordenan respetar el derecho de los niños en Cataluña a aprender en su lengua materna. Discriminan a los hispanohablantes e insultan y desprecian todo lo español. ¿De verdad creen Ridao y Espasa que los españoles podemos fiarnos del uso que harán los que gobiernen en Cataluña de tamaña "autonomía fiscal"? 

¿Qué estupidez es esa de que el modelo actual permite "una competencia fiscal agresiva" si reconoce, a la vez, que las facultades de las regiones para regular y recaudar los tributos es muy limitada? 

Si he dedicado media hora a insultar a Ridao y Espasa es porque creo que decir bobadas cuando se discute de cuestiones de la mayor importancia para la paz y la prosperidad de los españoles no debería salir gratis, sobre todo a aquellos que no discuten de buena fe.

lunes, 16 de septiembre de 2024

Explotar las normas defectuosas. A propósito de una entrada de Paul Bloom

En inglés, "exploit a loophole" o "Intentionally violating the spirit of the law while following the letter of the law". O fraude de ley.

Rudolph von Ihering criticó ferozmente a Porcia por usar la "astucia frívola" para impedir a Shylock cobrar su deuda en El Mercader de Venecia. Y en esta entrada que resumo ahora, Paul Bloom comienza contando el cuento del diablo y los tres hijos, un cuento irlandés que no había oído nunca. En el cuento, el tercer hijo - el abogado - salva a su padre - que había vendido su alma al diablo para poder dar carrera a sus hijos - con un truco de leguleyo: le dice al diablo si esperaría para llevarse el alma de su padre a que se consuma un cabo de vela que había sobre la mesa. El diablo acepta y el hijo-abogado apaga la vela y se la mete en el bolsillo. El diablo burlado. Jurídicamente, el hijo había hecho imposible el cumplimiento del término, de manera que no cabe duda de que el diablo podía llevarse igual al padre (art. 1119 CC). Y es que la norma del artículo 1119 CC no es "defectuosa" y es muy difícil defraudarla.

Hay un cuento de Grimm - los tres pelos del diablo - que es todavía mejor. De nuevo, el éxito - pronosticado al nacer - del protagonista se basa en la astucia: en el engaño al malvado. En el caso del cuento, al diablo - al que se le extrae su conocimiento fingiendo su ama de llaves que ha soñado con la pregunta - y al rey malvado que, como el faraón egipcio, trata de matar al niño al que las hadas han profetizado que se casará con su hija. Este cuento lo dejo para otra ocasión en la que analice la tesis doctoral del nuevo jefe de gabinete de Pedro Sánchez. 

A continuación, Bloom cuenta cómo Thiel consiguió ahorrar miles de millones de dólares en impuestos. En EE.UU existen, como antes en España, ventajas fiscales - no se pagan impuestos por el aumento de valor de lo invertido - para lo ahorrado para la pensión. En EE.UU. se podían abrigar del fisco 6000 dólares al año. Thiel logró ahorrarse millones porque aprovechó una regla que permitía invertir los fondos de la cuenta y establecía que los beneficios de esa inversión quedarían igualmente exentos de impuestos. Lo que hizo Thiel fue invertir los 6000 euros en acciones de una empresa de nueva creación que compró por un precio ridículo y que, años después se convertiría en un unicornio valorado en miles de millones de dólares. De nuevo, ignoro cómo es posible que la regulación norteamericana estuviera tan mal diseñada. En España, la gestión de los fondos de pensiones no la tienen los propios ahorradores, sino sociedades de gestión que tienen el deber de invertir de forma segura y diversificada. Poner los 6000 dólares en una start up no cumpliría con los requisitos de inversión de los fondos ahorrados. En todo caso, un legislador razonable pondría límites a los beneficios de la inversión de lo ahorrado que están libres de impuestos. 

El siguiente ejemplo que pone Bloom es el de "obedecer una orden" incumpliéndola. Una niña recibe la orden de su madre de "put the tablet down", literalmente "dejar" la tablet. Es obvio que la madre quiere que la niña deje de jugar con la tablet. La niña obedece y deja la tablet en el suelo y, a continuación, se tumba y sigue jugando. Este ejemplo recuerda aquello de "la ley se obedece pero no se cumple" del derecho histórico español. El sentido de esta fórmula es fascinante. Dice Benjamín González Alonso que la fórmula 

 Según García Gallo, la formula obedecer y no cumplir constituyó una respuesta al problema de la ley injusta.  Tras citar sendos preceptor de ]as Cortes de 1379 y 1387, opina que «resolvían el caso de una disposición real contraria a Derecho...  «e1 no cumplimiento era en realidad una suspensión de la aplicación de la ley, hasta que el  monarca, informado del hecho, resolviese en definitiva... en tal caso la ley se obedece, es decir, se muestra ante ella el acatamiento que se debe a una orden del rey, pero no se cumple»

Añade que Lalinde creía que significaba otra cosa: que las órdenes del gobierno no podían contradecir la ley. O sea, que era un problema de jerarquía normativa. Benjamín Alonso cree que la fórmula, simplemente, recoge la institución de la "suspensión": la ley se obedece pero, si hay dudas respecto de su validez, puede suspenderse su ejecución hasta que se haya comprobado aquélla. Y esa situación era frecuente en la Edad Media por la multiplicidad de fuentes. Cada corporación tenía sus reglas que los reyes confirmaban y prometían respetar pero el rey producía también normas. Los conflictos entre normas debieron de ser ubicuos. Si el rey dictaba una "carta" que infringía los privilegios - normas particulares - de una ciudad o pueblo, esto es, sus fueros, la carta se decía "desaforada" y el recurso contra ella, de "contrafuero". 

Pero si el rey - siglos más tarde cuando el protagonismo de la creación de normas se concentra en el "derecho regio" - dicta una carta que contradice sus propias leyes, entonces tendríamos el segundo tipo de conflicto que pretendería resolver la fórmula "la ley se obedece pero no se cumple". Alonso explica que se usan los términos "obedecer y guardar" uno junto al otro pero no son redundantes. Obedecer "como sinónimo de honrar», de <<respetar>>  obedecer una carta equivale a no desdeñarla, romperla, <<echarla en  tierra>>" y guardar significa cumplir, ejecutar. Las cartas reales contrarias "a los derechos del rey, a los del pueblo o a los de algún particular" debían ser obedecidas pero no guardadas hasta que se hubiera confirmado su validez:  solo en el supuesto de que el rey <<enviare la segunda carta en aquella misma razón devenla cumplir>>. 

Según el equilibrio de poder entre los municipios y el rey, la carta "desaforada" solo se consideraba 'anulable' y su cumplimiento se suspendía hasta que el rey decidiese confirmarla o se consideraba "nula" de pleno derecho y se desatendía su contenido definitivamente. A partir del siglo XIV, cartas desaforadas serán solo las órdenes del rey que conculquen lo acordado en Cortes o aquellas que hubieran sido defectuosamente emitidas y tramitadas (De ahí viene lo de dar "carta blanca": el rey no completaba la orden, lo que daba lugar a todo tipo de desafueros).

Cuando en 1421 llega a Toledo Alvar Sanchez de Cartagena con su nombramiento de corregidor, los toledanos no se conforman con diferir el recibimiento y toma de posesión. No entablan, que se sepa, recurso de suplicación contra la provisión que lo designaba corregidor. Cierran las puertas e impiden su entrada, alegando que <<aquellas cartas habían de obedecer por ser cartas del rey, pero no de cumplir, por quanto eran contra las leyes destos Reynos, las quales disponían que non se diese corregidor sin ser demandado. 

Para los toledanos, la provisión que contenía el nombramiento de Alvar Sanchez era nula. 

Sin embargo, al comparecer en 1515 Rodrigo de Góngora ante el Cabildo de Carmona, para posesionarse de una regiduría que legalmente debía haberse <<consumido», el comportamiento de los capitulares es muy otro. Deciden «obedecer la carta de su alteza y sobreseer en el cumplimiento, hasta consultar con su alteza» E°. Son solo dos ejemplos, indicativos de que la práctica del obedecer y no cumplir tampoco fue lineal.

El siguiente "caso" que expone Bloom es el de la prohibición de realizar determinadas conductas durante el Sabbath de manera que los judíos ortodoxos pedían a un no-judío - “Shabbos Goy” - que lo hicieran por ellos (por ejemplo, apagar o encender una luz eléctrica). Pero no estoy seguro de que este caso cuente como un fraude de ley o una violación de la norma prohibitiva. Lo que la prohibición quiere impedir es que un judío haga tales cosas en Sabbath. Que otro las haga aunque sea en interés del judío no debería considerarse necesariamente una infracción indirecta de la norma. Pero, según Bloom, hay muchos rabinos que no piensan así.

El siguiente ejemplo es el de una inteligencia artificial

IA programada para jugar al Tetris y a la que se le dijo que hiciera todo lo posible para maximizar el tiempo de juego: se le ocurrió la idea de simplemente pausar el juego, cumpliendo así las instrucciones (mantener el juego en juego el mayor tiempo posible) pero violando el espíritu (jugar bien al Tetris).

En este caso, la cuestión es que el que recibe el "encargo" o la orden los entiende mal. Pero este caso es distinto de los anteriores porque el destinatario de la norma no tiene incentivos para incumplirla. Al revés, "quiere" cumplirla pero carece de la inteligencia - carece de emociones - que le permitan entender lo que se le pide que haga. La IA no sabe "cooperar".

Pero el problema de la AI "desobediente" es otro mucho más peligroso, que Bloom ejemplifica con el supuesto en el que el que da las órdenes a la AI tiene que dar instrucciones que limiten la capacidad de la AI para cumplir el encargo (por ejemplo, ha de destruir los aeródromos rusos pero el programador le dice que deje intactos determinados aeródromos civiles que se usarán por los ucranianos una vez ganada la guerra. Ante esas instrucciones, la AI destruye al programador porque le está impidiendo cumplir el encargo: destruir los aeródromos rusos. De nuevo, el problema es que la AI no es capaz de entender el objetivo de la orden que ha recibido. 

El uso de lenguaje indirecto sería el siguiente grupo de casos. El conductor que dice al policía que le ha ordenado parar en la autopista "agente, ¿cómo podríamos arreglarlo?" está realizando una oferta de soborno. Bloom cree que supone no respetar el espíritu de la norma sin infringir su tenor literal, pero no es seguro que tal sea el caso. La ley prohíbe las ofertas de soborno a un policía. El juez habrá de decidir si, en el contexto en el que se dijo, la frase "Agente, ¿cómo podríamos arreglarlo?" equivale a decir "Agente, le ofrezco pagarle una cantidad de dinero - menor que la cuantía de la multa - si no me pone la denuncia". Es, por tanto, un problema de interpretación de la conducta - de los hechos - para determinar si encajan en el supuesto de hecho de la norma administrativa o penal sancionadora del cohecho.

Se pregunta Bloom si, en relación con las normas fiscales, es lícito aprovechar las normas defectuosas para pagar menos impuestos. Mi impresión es que las normas fiscales son iguales a las demás normas de Derecho Público. Para aprovecharse de un fallo en la norma fiscal para no pagar impuestos tiene que ocurrir que la norma no haya gravado determinada actividad o conducta que debería haber gravado (o haber gravado más) para mantener la coherencia del sistema fiscal. 

Lo más interesante es distinguir entre infringir normas jurídicas e infringir normas sociales. En las relaciones sociales - no jurídicas - explotar las "normas defectuosas" puede ser aceptable e incluso elogiado. Lo demuestran los cuentos a los que me he referido. El cuento de los tres hijos y el diablo y el cuento de los tres pelos del diablo elogian al que hace trampas (al que miente como el ama de llaves del diablo o al que engaña, como el protagonista al rey) porque revela ingenio y es por una buena causa. En el ejemplo de la tablet, la conducta de la hija hará que la madre que ha sido desobedecida sonría y deje a la niña salirse con la suya (dice Bloom que la estratagema de la niña implica que la niña "cumple en alguna medida" la orden recibida, o sea que la niña muestra respeto por la autoridad de la madre aunque no cumpla lo que le han mandado. Es como los municipios medievales que recibían la carta real "desaforada"). Lo segundo indica que el fin justifica algunos medios. 

Las historias que se recogen en esos cuentos se refieren, a menudo, a pactos o contratos. Recuérdese El mercader de Venecia: Antonio había prometido pagar una libra de su carne a Shylock. O en el de los tres hijos, el padre había prometido su alma al diablo y los hijos celebran nuevos contratos con el diablo que "novan" el firmado con el padre. El diablo, como los Lannister, cumple sus promesas. Se pregunta Bloom por qué nos parece verosímil - los cuentos han de serlo - que el diablo cumpla sus promesas. Y la explicación que da es que hay malvados "legales" y malvados "caóticos". El diablo es un malvado "legal". Que actúa conforme a reglas. El malvado de película o el psicópata es un malvado "anómico". "su maldad es aleatoria y perversa y no puede uno fiarse de él en ninguna ocasión".  

¿Por qué un malvado preferiría cumplir sus promesas?  Porque quiere que los demás le den crédito. El diablo no podría ir por ahí comprando almas humanas si no cumpliese, a la vez, las promesas que hace a los humanos que se las venden, porque la entrega de ambas prestaciones suele aplazarse en el tiempo. Nadie haría tratos con el diablo si éste se comportase como un villano de película (hay una escena terrible en Those About to Die en la que Domiciano ordena al soldado cortarle el cuello al hijo de un gladiador que ha sido derrotado y que, en principio, se había negado a pelear) Por eso Stalin logró mantenerse en el poder hasta su muerte.

La interpretación de la ley de amnistía que ha hecho el Supremo ha provocado división de opiniones. Algunos creen que el Supremo se ha pasado de ingenioso y ha "explotado" una ley defectuosa para evitar su aplicación y otros creen que el Supremo ha actuado correctamente porque la ley (amén de injusta y desaforada es contradictoria, de manera que se "guarda" tanto si se entiende de una forma como si se entiende de otra ya que las dos interpretaciones han sido acogidas por el legislador. 

Como se ve, las normas defectuosas dan mucho juego y el Derecho es intelectualmente fascinante 

Jornadas sobre la modernización del derecho de obligaciones y contratos: diálogo entre las propuestas de 2009 y 2023


Programa

Jueves 17 de Octubre 

Inauguración (16:00h a 16:15h)
Antonio-Manuel Morales Moreno

Mesa 1 (16:15h a 17:45h)
El contrato: formación y contenido
Ponente: José María Miquel
Comentarista: María Ángeles Parra Lucán
Moderador: Xabier Basozabal Arrue

Pausa café (17:45h a 18:15h)

Mesa 2 (18:15h a 19:45h)
Vicios del consentimiento
Ponente: Antonio-Manuel Morales Moreno
Comentarista: Nieves Fenoy Picón
Moderador: Pedro del Olmo García

Viernes 18 de Octubre 

Mesa 3 (9:00h a 10:30h)
Condiciones generales de la contratación, interpretación e integración
Ponente: Sergio Cámara Lapuente
Comentarista: Jesús Alfaro Águila-Real
Moderadora: Ana Soler Presas

Pausa café (10:30h a 11:00h)

Mesa 4: 11:00h a 12:30h
Clases de obligaciones, en especial, las solidarias
Ponente: María Paz García Rubio
Comentarista: María José Santos Morón
Moderadora: Beatriz Gregoraci Fernández


Mesa 5: 12:30h a 14:00h
Remedios frente al incumplimiento
Ponente: Fernando Pantaleón Prieto
Comentarista: Encarna Roca i Trías
Moderadora: Esther Arroyo i Amayuelas

Clausura (14:00h)
Fernando Pantaleón Prieto

Contacto: pm-cc@uc3m.es

Lugar 
Salón de Grados de la Universidad Carlos III de Madrid (Campus Madrid. Puerta de Toledo. Ronda de Toledo, 1, 28005 Madrid)

Inscripción gratuita
Los asistentes que se inscriban antes del 11 de octubre recibirán un certificado de asistencia el día 18 de octubre al término de la Jornada. Para ello deberán inscribirse en el correo de contacto facilitando su nombre completo y su número de D.N.I. o pasaporte.

Con la financiación del Proyecto de investigación PEIBAS (PID2022-142468NB-I00)

Incumplimiento de pacto parasocial: actuación desleal del administrador-socio

Es la sentencia del Tribunal de Venecia de 21 de febrero de 2024

(resumen hecho con gran ayuda de NotebookLM)

En 2018 y 2019, Sacme s.p.a., Semenzato s.r.l. y Pietro Semenzato, firmaron sendos pactos parasociales que regulaban la relación entre los socios de DIMAP s.r.l., empresa en la que Sacme tenía una participación mayoritaria.

El pacto de 2018 establecía las normas básicas de la vida social de Dimap, incluyendo la distribución de beneficios, la composición del Consejo de Administración, la posibilidad de que Sacme cediera su participación a terceros y el salario de Pietro Semenzato como consejero delegado. Este acuerdo tenía una duración de 10 años.

El pacto de 2019 se centraba en la salida progresiva de Semenzato de DIMAP. Este acuerdo establecía los términos de una opción de venta (Put) y una opción de compra (Call) para la transferencia de las acciones de Semenzato a Sacme.

Aunque el segundo pacto se firmó un año después, ambos pactos estaban vinculados. Además, el de 2019 incluía cláusulas que modificaban o complementaban aspectos del acuerdo del 2018.

El Tribunal de Venecia considera demostrado que Semenzato incumplió el pacto de 2019. En concreto, Pietro Semenzato no involucró a Marta Cristiano, el nuevo responsable comercial de DIMAP designada por Sacme, en la gestión de los clientes ni en las negociaciones con BASF. DIMAP realizaba la mayor parte de su facturación distribuyendo productos fabricados por BASF.

En efecto, DIMAP es un distribuidor de productos de BASF y parece que el que tenía la relación con BASF era Semenzato y parece también que la relación entre Semenzato y Sacme se estableció, precisamente, para que Semenzato "trasladara" esa relación a Sacme, lo que aumentaría el valor de DIMAP de la que Sacme, no se olvide, era y permanecía siendo el socio mayoritario. 

Y, al parecer también, Semenzato no cumplió con lo que podríamos calificar de "prestación accesoria" (no es una prestación accesoria porque no se incluyó en los estatutos de DIMAP sino, precisamente, en el pacto parasocial). Según parece Semenzato mantuvo reservada su relación con BASF (es gracioso que las sentencias italianas reproducen los nombres de individuos con alegría. Por ejemplo, dice que Semenzato mantuvo en secreto su relación con Carsten Buschmann, contacto principal de BASF) y no presentó a Marta ni los contactos clave ni los empleados de BASF con los que Dimap trataba habitualmente. Es más, Semenzato intentó desviar el negocio de distribución de los productos de BASF de DIMAP hacia una nueva empresa que pretendía crear tras su salida de la compañía. Ofreció a Marcello Di Natale, de Terplast, participar en este nuevo proyecto para aprovechar el negocio de DIMAP con BASF.

El tribunal de Venecia falló a favor de Sacme en cuanto a la resolución del pacto parasocial del 15 de octubre de 2019. Sin embargo, el tribunal rechazó la solicitud de Sacme de resolver el pacto parasocial del 20 de febrero de 2018. 

Si esto fuera todo, el ganador - Sacme - habría obtenido una victoria pírrica. Pero se dice en la sentencia que Semenzato vio rechazadas sus pretensiones - en demanda reconvencional - entre ellas que su destitución como administrador de DIMAP había sido injusta y que merecía una compensación económica. El Tribunal consideró que había justa causa: su deslealtad.

Dice NotebookLM que, la continua vigencia del pacto de 2018 significaba, en la práctica que Semenzato perdió la posibilidad de salir de DIMAP bajo las condiciones ventajosas que le ofrecía el pacto de 2019 (en el que se contenía un put de sus acciones), pero que continuaba siendo socio de DIMAP con el derecho a nombrar a un miembro del Consejo de Administración. No se entiende que, ante una infracción tan grosera de su deber de lealtad hacia Sacme, el tribunal no considerara que Sacme tenía justo motivo para resolver, también, el pacto parasocial de 2018.

Cómo no analizar las transacciones vinculadas

Es la sentencia del Tribunal de Catanzaro (Italia) de 15 de mayo de 2024 en la que se ventila el ejercicio de la acción social de responsabilidad. NotebookLM responde así a la pregunta ¿Qué dice el Tribunal sobre la actuación de Grillo Mario en conflicto de interés, es decir, al incurrir en autocontratación?

El tribunal examinó la acusación de que Grillo Mario había actuado en conflicto de intereses al vender bienes de MC Costruzioni a su propia empresa, G.M. Costruzioni. La demandante... alegó que esta transacción se realizó en condiciones desfavorables para MC Costruzioni, incluyendo un precio de venta inferior al valor de mercado. 

Si bien el tribunal reconoció que la venta de activos a una empresa propia puede constituir un conflicto de intereses, no encontró pruebas suficientes para determinar que el precio de venta de los bienes fuese inferior a su valor de mercado. La falta de una tasación independiente de los activos en el momento de la venta impidió al tribunal evaluar si el precio pagado por G.M. Costruzioni era realmente inferior al valor de mercado. 

Sin embargo, el tribunal sí encontró que Grillo Mario incurrió en una falta al no transferir el precio de venta (32.322,00 euros) al patrimonio de MC Costruzioni. El tribunal rechazó la defensa de Grillo Mario, quien argumentó que el precio de venta se había utilizado para compensar deudas con los empleados. 

Es de aurora boreal. Lo lógico es considerar que la compraventa es nula y que el administrador debe restituir los bienes a la sociedad a la que administra, además de dejar indemne a la sociedad de todas las consecuencias dañinas que la transacción haya causado. Pero lo más lacerante es que el tribunal diga que la carga de probar que el precio de la compraventa era inferior al valor de mercado corresponde al demandante. Habiendo incurrido en autocontratación, el administrador es el que debería probar (v., art. 190.3 LSC que es una norma de "derecho natural") que la operación era conforme con el interés social - es decir, que era bueno para MC Costruzioni desprenderse de esos activos y que el precio pagado por el administrador era el mejor que podía obtenerse en el mercado. Algo no funciona bien en la doctrina jurisprudencial italiana si es así como se analizan las transacciones vinculadas.  

Somos más pero no menos pobres. Y la cosa va a peor incluso cuando la economía va como "un cohete"

Judith Arnal, vocal del Consejo del Banco de España. investigadora del Real Instituto Elcano y ex directora del gabinete de Nadia Calviño, analiza la evolución de las economías de los cuatro grandes países de la zona euro en el último lustro han tenido una evolución desigual. Todos los países han recuperado el PIB pre-pandemia pero lo han hecho de forma distinta. En lo que hace a España - y en comparación con Italia -, la renta per capita no ha crecido. 

el PIB per cápita real finalizó el año 2023 en Italia un 4,7% por encima del año 2019, frente a un... 0,1% en España... 

Lo que se explica porque  

... entre principios de 2019 y principios de 2024... la población (residente en España creció un 3,6%, pasando de los 46,9 a los 48,6 millones de habitantes... Italia (sufrío)... una caída de su población del 1,4%, pasando de los 59,8 a los 58,9 millones de habitantes. 

El crecimiento se ha debido al "aumento de la población, el consumo público (que no es todo el gasto público, solo el gasto del Estado en bienes y servicios) y las exportaciones de servicios" (que han crecido un 36 % frente a un 24 % en Italia. Las de bienes apenas han crecido un 2 % desde 2019). Italia ha crecido porque ha aumentado la inversión y la exportación de bienes. La autora dice que "conviene monitorizar esta variable - del consumo público - para evitar incrementos estructurales del consumo público" pero no explica si el incremento puede calificarse ya de estructural o no. 

En cuanto al número de horas trabajadas, 

Alemania aún no se han recuperado los niveles previos a la pandemia (-0,8%), frente a Italia y Francia, que estaban un 6,5% y un 5,1% por encima, respectivamente. En España, en el primer trimestre de 2024, el número de horas trabajadas estaban un 1,6% por encima de antes de la pandemia.

Es decir, que, a pesar de que la población ha aumentado un 3,6 % (y hay que suponer que en muy buena medida con personas en edad de trabajar), el número de horas trabajadas sólo lo ha hecho en un 1,6 % y ha debido de ser en sectores de baja productividad ya que ésta no sólo no ha crecido sino que ha disminuido en un 1,3 %. La autora no ofrece explicaciones respecto del caso español en particular y concluye que "es esencial apoyar la productividad del trabajo y... conviene adoptar medidas de fomento de esta productividad". Pone como ejemplo "integrar las nuevas tecnologías" en la empresa, lo que, con ser correcto, no parece un consejo muy útil. 

En España es el país donde más ha crecido el consumo público pero donde más ha caído - con Alemania - la "formación bruta de capital fijo" (FBCF) ("España como Alemania presentaban en el primer trimestre de 2024 unos niveles de FBCF un 2,2% y un 3,9%, respectivamente, por debajo del último trimestre de 2019". Simétricamente, en Italia la FBCF ha crecido más de un 30 por ciento. También lo hace peor España que Italia en la evolución de la ratio de deuda pública sobre PIB (9,5/3,1 de aumento en España e Italia respectivamente).

La autora afirma que estas cifras son "llamativas especialmente a la luz de los fondos puestos a disposición bajo el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR)". Es decir que, a pesar del chorro de fondos europeos, en España no se invierte, lo que quiere decir que no hay confianza en el futuro de la economía española.  

Esto podría sugerir que Italia está siendo más expeditiva en la canalización de los fondos del MRR y resalta la importancia del empleo de estos recursos como forma de estimular la inversión.

Lo que es peor: 

 Dado que la FBCF determina en gran medida el crecimiento potencial futuro de una economía, es un componente del PIB que conviene estimular en la medida de lo posible. Esto supone un llamamiento para la aceleración y la utilización plena y efectiva de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, especialmente en España

La pregunta que puede hacerse es que, aunque se gasten todos los fondos del plan asignados a España, si el plan es una birria y no asigna eficientemente los fondos, no hay ninguna garantía de que "la utilización plena y efectiva" de esos fondos mejore la FBCF y estimule el crecimiento futuro de la economía española. O sea, el plan español sería como "el polígono Valverde, el que más mete, más pierde". Recuérdese que los expertos diagnosticaron, con ocasión de la gran recesión de 2007 que la economía española había asignado los recursos de forma muy ineficiente, entregándolos a las empresas menos productivas

Y tal parece ser el caso si atendemos a la "calidad" de los proyectos de inversión incluidos en el Plan español. Mi sospecha es que la mayor parte de las inversiones previstas en ese plan eran actuaciones que la administración pública española tenía en proyecto o en marcha en el momento en el que se elaboró el plan. Dicho de otra forma, tiraron de todos los cajones de todos los gabinetes de todos los ministerios a ver en qué se podía gastar el dinero. El resultado: la mayor parte del dinero se gasta por el Ministerio de Transportes en inversiones en la red de ferrocariles. Como se verá a continuación, ya en 2021 se sospechaba que el plan español tendría un "efecto limitado a largo plazo". 

Así, en un análisis comparativo de los distintos planes de recuperación de varios países europeos, de 2021, las conclusiones de los autores sobre el plan español son las siguientes:

  • Falta de coherencia y enfoque: Algunas reformas, como las del mercado laboral, parecen contradictorias y carecen de una dirección clara.
  • Esfuerzo limitado en áreas clave: Las inversiones en educación no se corresponden con la magnitud del problema de la falta de habilidades, y el esfuerzo en I+D es insuficiente para transformar la economía hacia sectores de mayor valor añadido.
  • Debilidades en la gestión pública y la justicia: El plan no aborda con suficiente profundidad las deficiencias en la administración pública y el sistema judicial, claves para la eficiencia del gasto y la atracción de inversiones.
  • Impacto limitado a largo plazo: Existe el riesgo de que las medidas tengan un efecto principalmente coyuntural, sin generar cambios estructurales que impulsen un crecimiento sostenible.
  • Falta de atención a la sostenibilidad fiscal: El plan no incluye medidas para garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas a largo plazo, lo cual podría generar una carga para las futuras generaciones.
  • Carencia de reformas en pensiones: A pesar de la importancia de la justicia intergeneracional, no se plantean reformas para asegurar la sostenibilidad del sistema de pensiones.
  • Dificultades en la ejecución: La falta de priorización, la dispersión de responsabilidades y la falta de especificidad en algunas reformas podrían dificultar la ejecución efectiva del plan.
  • Preocupación por la baja productividad laboral: España, junto con Francia y Alemania, no ha recuperado los niveles de productividad laboral previos a la pandemia. Esto exige la implementación de medidas para integrar nuevas tecnologías y mejorar la capacitación de los trabajadores. 

¿Era un buen plan o un mal plan el plan español? No lo sabemos porque el sector público español es incapaz de hacer algo que no sea recaudar impuestos y pagar salarios y pensiones. La pérdida de capacidad estatal es brutal desde la crisis de 2007. Sería bueno saber quién y cómo se elaboró el plan de recuperación y resiliencia español; qué evaluación ha hecho el gobierno y la academia españoles del plan de resiliencia. Me temo que la academia y la administración pública española ha hecho el mismo análisis y evaluación del plan que de la gestión de la pandemia en general.

En estas condiciones, nos convertiremos en el país más pobre de Europa en 2030. Y la culpa la tendrá el sector público español: incapaz de ofrecer servicios públicos de calidad, de fomentar la inversión privada, de garantizar seguridad jurídica y bajos costes regulatorios en el ejercicio de las actividades económicas, en definitiva, de asegurar la libertad y la igualdad de los españoles para ganarse la vida honradamente.

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