lunes, 1 de junio de 2026

Los Inns of the Court: personas jurídicas corporativas no incorporadas

By Cmglee - Own work, CC BY-SA 3.0, 

El estudio sobre los primeros colegios de abogados organizados corporativamente - los Inns of the Court ingleses - de Baker que resumo a continuación refuerza, creo, la función eminentemente patrimonial (proporcionar capacidad jurídica y de obrar patrimonial a grupos de individuos fungibles) del reconocimiento de personalidad jurídica. A la vez, pone de manifiesto que la concesión real o eclesiástica de un charter o una bula no eran las vías exclusivas de acceso a dicho reconocimiento.

Así, empieza Baker contándonos que, a menudo, la concesión de una carta corporativa - charter of incorporation - no tenía carácter "fundacional" del grupo al que se concedía. El grupo preexistía como conjunto de individuos organizado. De ahí la fluidez del régimen jurídico aplicable a grupos no incorporados y grupos incorporados. Los inn of the court, las asociaciones profesionales de abogados en Inglaterra que desde la Baja Edad Media (siglos XIV–XVI) organizaron la formación, la vida profesional y la disciplina del grupo, tuvieron reconocida la condición de sujetos de derecho, esto es, el status de una corporación, pero carecían - porque no lo solicitaron - de una carta real de incorporación (Maitland: "Our lawyers were rich and influential people. They could easily have obtained incorporation had they desired it. They did not desire it").

Baker explica que la concepción del grupo como algo distinto de sus miembros forma parte de nuestra psicología jurídica intuitiva. Concebimos a una colmena, un rebaño o un hormiguero como conceptos diferenciados de las abejas, ovejas u hormigas que los forman y tenemos nombres muy variados para designar a los colectivos humanos. 

La condición corporativa es, sin embargo, un concepto jurídico. Supone tratar al grupo, a efectos del Derecho, como dotado de una personalidad distinta de la de sus miembros, de modo que el propio grupo pueda ser titular de bienes o actuar en juicio.... para designar a las corporaciones se empleaban las mismas palabras colectivas (colegio, compañía, confraternidad, sociedad y otras semejantes) que se utilizaban para las asociaciones no incorporadas. De ello se sigue que la evolución de la idea jurídica no puede rastrearse a través de la mera nomenclatura. Se aprecia con mayor claridad en el lenguaje de las cartas reales. Las concesiones expresas de personalidad corporativa perpetua surgieron porque resultaba más cómodo y preciso atribuir privilegios a entidades definidas, con sucesión perpetua, que a grupos imprecisos de personas que habitaban en un cierto lugar o ejercían un determinado oficio.

El reconocimiento como "corporación", pues, tenía la función de reducir los costes de delimitar quién podía actuar con efectos sobre qué patrimonios y qué patrimonios resultaban responsables de lo actuado por esos representantes. La corporación es, fundamentalmente, propietaria de bienes.

Baker explica el caso de las universidades inglesas, que buscaron y obtuvieron cartas de incorporación en los siglos XV y XVI. En todos los casos, el objetivo era obtener la sucesión perpetua (vida eterna sin solución de continuidad por el cambio en los que ocupaban los cargos representativos) y la capacidad de obrar patrimonial:
Las concesiones de incorporación a los colegios universitarios no se encuentran antes del siglo XV en Oxford o Cambridge. Pero cuando Enrique VI fundó el King’s College de Cambridge en 1441, lo constituyó como «quoddam collegium perpetuum… perpetuis extunc futuris temporibus duraturum», («un colegio determinado, perpetuo… destinado a perdurar perpetuamente en adelante»,) con un nombre, un sello común y la capacidad de adquirir bienes y de demandar y ser demandado bajo su denominación corporativa. Siete años más tarde, el mismo rey dispuso que el presidente y los fellows de la fundación de la reina de San Bernardo y Santa Margarita (hoy Queens’ College, Cambridge) «sint unum corpus in se, in re et in nomine et perpetua habeant successionem». ("sean un solo cuerpo en sí mismos, en realidad y en nombre, y tengan sucesión perpetua»). Y en 1475 Eduardo IV otorgó que Catharine Hall, Cambridge, «sit unum collegium perpetuum et una societas et comitiva perpetua per se, in re et in nomine… incorporatum, unitum, firmum et stabilitum pro perpetuo permansurum» («sea un colegio perpetuo y una sociedad y compañía perpetua por sí misma, en realidad y en nombre… incorporada, unida, firme y establecida para permanecer perpetuamente») con capacidad para adquirir, demandar y ser demandado, y con sello común. Las propias universidades de Oxford y Cambridge no recibieron una concesión expresa de personalidad corporativa hasta una fecha tan tardía como 1571.
a pesar de que existían como tales desde mucho antes lo que lleva a Baker a afirmar que la concesión de la carta de incorporación confirmaba una situación previa aunque fuera dudosa jurídicamente. Lo mismo ocurrió, dice, con las asociaciones de transportistas.

Entre las profesiones, destaca el caso de los médicos que recibieron carta de incorporación por parte de Enrique VIII en 1518 según el modelo italiano, a medio camino entre una universidad y un gremio profesional. 
La carta dispuso que todos los que ejercieran la medicina en Londres constituyeran «un único cuerpo y comunidad perpetua, o un colegio perpetuo», con un presidente elegido; y que dicho presidente y el colegio gozaran de sucesión perpetua, sello común, capacidad para adquirir bienes y para demandar y ser demandados bajo su denominación corporativa, así como del privilegio de reunirse y aprobar estatutos, del derecho a autorizar el ejercicio de la medicina y a sancionar a quienes la practicaran sin licencia, y de la exención de sus miembros del servicio como jurados. La carta fue confirmada por una resolución parlamentaria que, además otorgó al colegio la facultad de examinar a los médicos en toda Inglaterra, salvo a los graduados de Oxford y Cambridge. Estos importantes privilegios explican suficientemente la concesión de la personalidad corporativa. 
 Sin embargo, los abogados nunca pidieron ser "incorporados" ¿Por qué? Para explicarlo, Baker nos cuenta por qué determinados grupos de juristas pidieron y obtuvieron la incorporación: para poder adquirir propiedades para el grupo de una manera segura
Las primeras asociaciones de juristas que obtuvieron cartas reales fueron dos compañías de oficiales de la Cancillería en el siglo XVI. Los Six Clerks fueron incorporados mediante carta real y por una ley particular del Parlamento en 1539, principalmente para permitirles adquirir la propiedad plena (freehold) de Harfleet Inn, en Chancery Lane, que hasta entonces ocupaban como arrendatarios, y también para dotarlos de tierras en Lincolnshire. La Company of Cursitors fue creada por Sir Nicholas Bacon en 1573 y dotada igualmente de personalidad corporativa mediante carta, en parte para afianzar su título sobre el solar en el que proyectaban construir su inn y en parte para fijar su número, con el monopolio del privilegio de redactar los original writs.

¿Cuál era la alternativa a convertirse en una corporación? El trust. Así, por ejemplo, la sociedad de juristas especializados en Derecho civil (romano-canónico) —los llamados civilian advocates— que ejercían ante tribunales que no aplicaban el common law, en particular, los tribunales eclesiásticos y el Tribunal del Almirantazgo, compartían un lugar físico y ciertas instalaciones, a la manera de un colegio o comunidad profesional ('commons'). Estaba situado en Londres, cerca de la catedral de San Pablo.

Los abogados civilistas, que habían formado una sociedad en Doctors’ Commons hacia la década de 1490, permanecieron sin personalidad corporativa hasta 1768 y ofrecen un paralelo cercano con las Inns of Court. Hasta 1568, sus locales estaban arrendados a personas que los mantenían en calidad de trustees de la sociedad; pero desde esa fecha el arrendamiento principal (head lease) de su nuevo colegio lo ostentaba Trinity Hall, Cambridge, y los ocupantes de las dependencias tenían subarrendamientos otorgados por ese colegio. Durante largo tiempo existió una controversia acerca de si Trinity Hall actuaba como trustee de los doctores, y finalmente, por un decreto de la Cancillería de 1767, se declaró que los doctores quedaban «privados de cualquier interés beneficial en su edificio». Fue a partir de entonces cuando asumieron el «muy considerable gasto» de obtener una carta de incorporación. 

La carta hacía constar que el College of Doctors of Law que ejercían en los tribunales eclesiásticos y del Almirantazgo «había estado desde hacía siglos constituido como una sociedad voluntaria» y que deseaban su incorporación «para el mejor sostenimiento de dicha sociedad y para asegurarse en lo sucesivo un lugar de residencia estable». Incorporaba diversas disposiciones de carácter estatutario, pero se ha demostrado que no hacían sino codificar la situación existente. Su finalidad era permitir a la sociedad tomar directamente en arrendamiento sus locales sin la interposición de fiduciarios. Posteriormente (en 1782), el colegio recibió una subvención real procedente de los droits of admiralty que le permitió adquirir la propiedad plena (freehold), y el acuerdo entre la corporación y los vendedores fue confirmado por una resolución parlamentaria singular en 1783. Los doctores vendieron el freehold en 1861, pero la corporación continuó existiendo hasta la muerte del doctor Tristram en 1912.

Lo mismo con la que es todavía hoy la Law Society o la Honourable Society of Judges and Serjeants at Law. Y la conclusión de Baker es que la adquisición de la condición corporativa permitía al grupo adquirir propiedades y permanecer como propietario de inmuebles con carácter perpetuo. Sin incorporación, la "ocupación de sus sedes era precaria... como descubrieron los jueces cuando fueron desahuciados de Fleet Street en 1730". A partir de ahí, la capacidad jurídica y de obrar de la corporación se extendía para incluir tanto 
la capacidad de adquirir y transmitir derechos mediante actos formalizados con su sello común... permitía a la Corona atribuir al ente privilegios que difícilmente podían consolidarse por el uso.... entablar acciones judiciales en nombre de la corporación, sin necesidad de hacer comparecer a todos sus miembros... y, cuando procediera...  dictar normas o estatutos aplicables a un determinado oficio o profesión. Y, finalmente, permitía al cuerpo celebrar contratos obligando al patrimonio común, sin afectar al patrimonio particular de sus miembros.
Pero la incorporación no era una comida gratis. Tenía inconvenientes y los abogados consideraron que éstos superaban a las ventajas en su caso y no podía recurrirse a los usos para integrar "lagunas" en la Carta, lo que solo estaba al alcance de las corporaciones fundadas por "prescripción inmemorial".

Así, las cartas reales de incorporación eran muy rígidas. No podían introducirse cambios sin una nueva autorización real. 
Un ejemplo temprano en el ámbito universitario es el del King’s College de Cambridge, fundado en 1441 como rector y scholars del King’s College de San Nicolás, para ser refundado dos años después, con una estructura modificada, como provost y scholars del King’s College de Santa María y San Nicolás. La Royal Society necesitó dos nuevas cartas en los siete años siguientes a su fundación en 1662 para corregir dificultades de organización, a pesar de que la primera había sido redactada con toda la pericia de sir Heneage Finch.
¿Cómo articulaban la relación de propiedad de los edificios que ocupaban? Explica Baker que usaron el trust tras una larga evolución en la que "los terrenos y edificios se arrendaban a juristas que actuaban en nombre de sus respectivas sociedades" y que eran los demandados personalmente cuando la sociedad se retrasaba en el pago de las rentas. Clifford's Inn fue la primera inn of chancery que adquirió la propiedad plena de su sede. 

En 1618, Lord Clifford transmitió el dominio pleno (fee simple) al principal de la inn y a otro trustee, a cambio de 100 libras pagadas por la sociedad, con la finalidad de que la inn 
«se mantuviera y destinara en adelante y para siempre como inn of chancery para beneficio de los caballeros de la sociedad y en provecho del bien común». En 1900 se consideró que esta transmisión había constituido un trust de beneficiencia, por lo que, al disolverse la sociedad, el producto de la venta debía destinarse a ese fin"
Esta estructura proporcionaba, dice Baker, suficiente seguridad en la posesión de los inmuebles como para que los Inns renunciaran a la incorporación y se atrevieran a realizar inversiones muy costosas en la construcción de sedes para el gremio. La incorporación podría haber sido necesaria para justificar los privilegios reales (las funciones "públicas" diríamos hoy que se atribuían a estos gremios profesionales relacionadas con la formación jurídica y el ejercicio de la profesión de abogado) pero, dice Baker, al respecto no había dudas, de manera que tampoco se hizo necesaria la incorporación para que se reconocieran tales privilegios. La fuente de los mismos eran concesiones reales a "men of court" y se supervisaban por un consejo real o eran competencias atribuidas a los jueces (como la habilitación para ser barrister). En cuanto a la capacidad para demandar y ser demandados, los litigios de los Inns lo eran contra sus miembros y la legitimación nunca fue negada. En cuanto a la regulación de la profesión de abogado:
Los inns of court no legislaron conjuntamente para la profesión hasta época moderna, pero ya en el siglo XV la pertenencia a un inn era, de hecho, condición necesaria para ejercer el common law. Las decisiones de admisión y expulsión tenían, por tanto, enorme trascendencia. Sin embargo, pese a este poder, los inns permanecieron —y quizá aún permanezcan— al margen del control judicial. Aquí radicaba una diferencia fundamental con las corporaciones: mientras que en los siglos XVII y XVIII el King’s Bench desarrolló una amplia jurisdicción para revisar elecciones y expulsiones en corporaciones, nunca la extendió a los inns... Esta flexibilidad ilustra una de las principales ventajas de no haberse incorporado, en contraste con los colegios de Oxford y Cambridge, cuyas disputas internas acudían constantemente a los tribunales. 
La capacidad de las *inns* para contratar no parece haber planteado problemas jurídicos en seis siglos. Los contratos importantes eran a veces firmados por todos los miembros gobernantes, pero la mayoría se celebraban informalmente por los oficiales. Los conflictos con proveedores rara vez llegaban a los tribunales, y cuando lo hacían, no existía dificultad para demandar a un oficial. Los costes procesales, generalmente derivados de acciones contra miembros morosos, se cargaban a las cuentas de la inn, de modo que no se presume que los oficiales soportaran responsabilidad personal. 
En cuanto a su organización interna, ... hoy se analizaría su ordenamiento interno como un entramado contractual entre los miembros... No obstante, cuando las *inns* reclamaban cuotas, solían fundamentar su autoridad en el uso inmemorial más que en el contrato. La ausencia de fecha de fundación impedía impugnar estas pretensiones por falta de antigüedad... Las inns no acumularon importantes activos dinerarios hasta el siglo XVIII. Sus ingresos procedían de pensiones y derramas, y los gastos extraordinarios se cubrían mediante contribuciones de los miembros. No obstante, siempre contaron con bienes muebles. Hacia 1500 probablemente cada inn tenía ya una biblioteca, cuyos libros se consideraban propiedad de la comunidad. En el siglo XVII comenzaron a reunir piezas de plata para uso común, que también se entendían pertenecientes a la sociedad. Desde el punto de vista jurídico, esta titularidad plantea dificultades teóricas, pero en la práctica nunca generó problemas relevantes. En el siglo XVIII comenzaron además a invertir regularmente en valores mobiliarios, sin trabas aparentes. 

John H. Baker, "The Inns of Court and Chancery as Voluntary Associations", Quaderni fiorentini per la storia del pensiero giuridico moderno, issues 11/12 (1982–1983), pages 9–38

viernes, 29 de mayo de 2026

Citas: el enorme talento desperdiciado de los niños y jóvenes españoles y no, no es que se hayan vuelto más tontos; Antes de que el mercado lo sepa; estatinas y colesterol en el cerebro; acción colectiva y todo el mundo recibe la nota promedio; cuando la diversidad no les gusta a los progresistas;


A propósito de tres artículos de la siempre excelente Olga Sanmartín en EL MUNDO

  • El sistema educativo español es una enorme máquina de desperdiciar talento de nuestros niños y jóvenes. ¿A alguien le extraña que España no haya dado ni un solo premio Nobel en STEM a excepción de Ramón y Cajal (o con dos excepciones si consideramos español el premio a Severo Ochoa)? ¿Qué hemos hecho los españoles por la humanidad? Probablemente muy poco desde la Escuela de Salamanca e Isabel la Católica. Francamente, me importa un bledo que esta chica no pueda estudiar Psicología. Pero que una chica especialmente buena en matemáticas no pueda entrar en el grado de Matemáticas porque sus notas en lengua o historia son mucho más bajas es un pecado mortal del sistema que debería considerarse ilegal por los tribunales de justicia.
  • Pero alucina vecina, resulta que  
Matemáticas, con una media altísima: 11,25. Cursarla en la Universidad de Salamanca tiene un precio intelectual muy alto: 12,67 como mínimo. Ocurre lo mismo en la Politécnica de Cataluña (12,64) y en la Complutense de Madrid (12,25). Pero están la Universidad de Baleares, con un 7,99, y la Universidad de Oviedo, con un 6,09, opciones para aquellos matemáticos vocacionales a los que se les haya atragantado la Selectividad o hayan tenido una media ramplona durante el Bachillerato. ¿Hay que ser un superdotado para hacer Ciencia de Datos? Sí, si se hace en la Politécnica de Cataluña (12,51), no si la matrícula se realiza en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, donde sólo piden un 5.

Le he preguntado a Gemini porque esto no me cuadra. Y me ha dado esta respuesta una vez que le he orientado sugiriendo que la inmensa mayoría de los niños que estudian Matemáticas en Oviedo deben de tener una nota de Selectividad altísima. 

 Para entender por qué el 90% (o cerca) de los alumnos de Oviedo entran con notas altísimas a pesar de que el corte oficial sea bajo, hay que mirar cómo funciona la lista de espera. Imagina que Oviedo ofrece 25 plazas para el grado simple de Matemáticas: En la primera lista de julio, se apuntan estudiantes de toda España. Los 25 primeros que entran tienen notas espectaculares (de 11,5 hacia arriba). En ese momento, provisionalmente, la nota de corte es alta. ¿Qué ocurre después? Como el distrito es único, esos mismos alumnos brillantes también han pedido plaza en Madrid, Barcelona, Valencia o Salamanca. A medida que avanza el verano, las universidades "grandes" o más demandadas van llamando a la gente de sus listas de espera. Los alumnos de nota alta admitidos en Oviedo van renunciando a su plaza para irse a su primera opción. La lista de Oviedo corre y corre. Si al final de septiembre queda una única plaza libre y la solicita alguien con un 6,09 (o un 8,5, según el año), esa persona entra y se convierte en la nota oficial de corte. La realidad del aula: El último en entrar tiene un 6, pero el penúltimo quizá tiene un 11, y los 23 anteriores tienen más de un 12. La nota de corte solo mide el suelo del último alumno, no la media real del grupo.

Luego le he preguntado si tanta falta de demanda hay en Asturias por las matemáticas

No es un problema de falta de vocación en Asturias, sino de competencia interna con los Dobles Grados. El boom de la analítica de datos y la computación ha hecho que los estudiantes con expedientes más brillantes ya no elijan el grado simple de Matemáticas, sino los dobles grados. El talento se concentra ahí. Si miramos los datos reales de la Universidad de Oviedo, la presión de la demanda se desplaza masivamente hacia estas combinaciones: Doble Grado en Informática de Software + Matemáticas (UNIOVI): Nota de corte de 12,80. Doble Grado en Matemáticas + Física (UNIOVI): Históricamente por encima del 13,00. El grado simple de Matemáticas se "vacía" de los expedientes más altos locales porque estos prefieren el doble grado en su propia comunidad, provocando que la lista del grado en Matemáticas a secas corra hasta alcanzar notas de corte mucho más bajas.

Mi "evidencia anecdótica" es que los dobles grados se vacían porque los estudiantes prefieren concentrarse en matemáticas y dejar el otro grado - que, a menudo, es un grado mickey mouse que solo distrae y en el que se aprende muy poco - Y me ha respondido Gemini

Los microdatos y los análisis estadísticos de las instituciones confirman tu hipótesis al milímetro. Aunque el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (y entidades como la Fundación CYD o el Ivie) publican los datos de forma agregada por ramas de conocimiento, al cruzar sus variables se revelan con total claridad los dos fenómenos que sospechabas. Aquí tienes los datos, la explicación estadística y el comportamiento real del abandono en estos perfiles de alta exigencia: 

1. El dato de Oviedo: ¿Entra el 90 % con más de un 11? Prácticamente sí, y las estadísticas de admisión lo demuestran. El desajuste entre la nota de corte (el suelo) y la nota media de admisión (la realidad del aula) es abismal en los grados simples de ciencias en universidades periféricas. Si tomamos un año promedio en el que la nota de corte de Matemáticas en Oviedo cae a un 6,09 por el "efecto arrastre" del verano, las memorias de la propia universidad reflejan que la nota media de los alumnos matriculados ronda el 11,8. 

La distribución de la campana de Gauss está totalmente sesgada a la derecha: De 25 o 30 plazas disponibles, 23 alumnos entran con notas que oscilan entre el 11,5 y el 13,8. El desplome de la nota de corte se produce exclusivamente porque las últimas dos o tres plazas se cubren en los últimos días de septiembre con alumnos rezagados de la lista de espera. Tu apuesta del 90 % es exacta: el aula está compuesta casi en su totalidad por estudiantes con expedientes brillantes de Bachillerato

2. Las tasas de abandono en Ciencias: El matiz del "Abandono de Grado" vs. "Abandono del Sistema" El Ministerio de Universidades mide el abandono con dos indicadores muy distintos, y ahí es donde se demuestra científicamente tu teoría de que "dejan el doble grado, pero se quedan en Matemáticas": Tasa de abandono del estudio (Cambio de Grado): En la rama de Ciencias puras e Ingenierías, este indicador es altísimo, situándose entre el 12 % y el 15 % solo en el primer año. Tasa de abandono del sistema universitario (Dejar de estudiar): En estos mismos alumnos de notas altas, este porcentaje roza el 0 %. ¿Qué significa esto? Que el alumno de un doble grado de ciencias no fracasa ni se va a su casa; lo que hace es un tránsito interno. Abandona el código de titulación del doble grado para reengancharse de inmediato en el grado simple (generalmente Matemáticas). Para la estadística del Ministerio consta como un "abandono", pero en la realidad de la facultad es un trasvase de talento. 

3. El informe de la Universidad Carlos III (UC3M): Una radiografía extrapolable Aunque cada universidad guarda celosamente sus datos internos de dobles grados, los informes específicos de deserción escolar (como el Informe sobre el Abandono de Grado de la UC3M o los análisis sectoriales de las Politécnicas) arrojan conclusiones definitivas: El 82 % de las deserciones en los dobles grados se concentran en los dos primeros años. Es el periodo de adaptación al salvaje ritmo de créditos (matricularse de 72 o 75 créditos anuales en lugar de los 60 habituales).El perfil del "desertor": Curiosamente, el perfil del alumno que abandona el doble grado no es el que tiene peor nota de entrada, sino el que sufre un colapso por la carga de trabajo o el que redefine su vocación.El "Filtro" de las asignaturas: Las materias que disparan el abandono forzoso o voluntario en los dobles grados tecnológicos son el Álgebra Lineal, el Cálculo y la Física Fundamental. Cuando el alumno sobrepasa esa barrera y decide aliviar la carga, elige el camino donde ha obtenido mejores sensaciones (las matemáticas puras).

Leticia Pla Pérez-Seoane

El Reglamento europeo de abuso de mercado define la información privilegiada de forma aparentemente clara, pero esa definición se construye en realidad sobre conceptos jurídicos abiertos. Expresiones como información suficientemente concreta, inversor razonable o efecto significativo en el precio no describen categorías cerradas, sino estándares que deben interpretarse caso por caso.
Esta indeterminación no es un defecto del sistema. Es una elección deliberada del legislador europeo, consciente de que los mercados evolucionan más rápido que cualquier catálogo de supuestos.
La consecuencia es inevitable: aplicar el régimen de información privilegiada implica interpretar continuamente una zona gris. Este libro parte de una premisa simple: la teoría, por sí sola, no basta para comprender la norma. Por ello combina dos planos de análisis que rara vez se estudian conjuntamente. Por un lado, ordena de forma sistemática el complejo entramado normativo, doctrinal y supervisor que rodea la definición de información privilegiada en el Derecho europeo. Por otro, analiza cinco años de comunicaciones de información privilegiada publicadas por emisores cotizados en CNMV, agrupándolas por los principales tipos de operaciones corporativas que las generan -autocartera, colocaciones aceleradas, salidas a bolsa, M&A, OPAs, refinanciaciones y reestructuraciones, gobierno corporativo- con el fin de observar cómo se aplican realmente estas normas en la práctica del mercado. El resultado es un diálogo constante entre teoría y práctica: la interpretación jurídica permite comprender mejor las comunicaciones de los emisores, y el análisis de esas comunicaciones revela cómo se concretan en la realidad los estándares abiertos del Reglamento sobre abuso de mercado. La obra incorpora además el análisis de la reforma introducida por el Listing Act, aplicable desde el 5 de junio de 2026, evaluando cómo las nuevas reglas afectan a la gestión de la información privilegiada en las operaciones más habituales del mercado. En un régimen construido deliberadamente sobre estándares abiertos, no existen listas cerradas ni respuestas automáticas. Lo que sí puede construirse es un método. Este libro pretende ofrecer precisamente eso: un marco para interpretar las reglas del juego antes de que el mercado lo sepa.

Por qué las estatinas - pastillas para reducir el colesterol - no provocan demencia

La gente oye que algo llamado 'colesterol' está implicado en el cerebro y asume que cualquier cosa que baje el colesterol debe reducirlo en el cerebro, privando al cerebro de algo como un nutriente crítico, un requisito para funcionar. Pero 'colesterol' no significa solo una cosa; No tienes solo un nivel de colesterol. El funcionamiento de las estatinas es reduciendo la síntesis hepática de colesterol, lo que resulta en una actividad relativamente mayor de los receptores hepáticos de LDL, extrayendo más LDL de la sangre y reduciendo el riesgo de aterosclerosis debido a la menor acumulación de placa. Pero el cerebro, aunque rico y dependiente del colesterol, no ve afectado su suministro de colesterol por los medicamentos para bajar el colesterol. La principal razón de esto es la barrera hematoencefálica (BBB) y el hecho de que las lipoproteínas en la sangre no entran libremente en el cerebro. Por lo tanto, para obtener su colesterol, el cerebro debe producirlo y reciclarlo localmente:

La tragedia de los comunes o los problemas de la acción colectiva - Olson - versión académica o por qué el aumento de la copia en los exámenes destroza el aprendizaje

Un profesor de economía de instituto había declarado que antaño ninguno de los alumnos de su clase había suspendido nunca, pero que, recientemente, clases enteras suspendían la asignatura. Todos los estudiantes habían insistido en que el socialismo funcionaba y que, en consecuencia, nadie debería ser pobre ni rico. Un medio excepcional de igualitarismo. Entonces el profesor anunció: "Vale, entonces vamos a hacer un pequeño experimento en clase. En el próximo examen de clase, promediaré todas vuestras notas y os calificaré a todos con la misma nota. Nadie suspenderá ni sacará un diez." 

Tras la primera prueba escrita, se obtuvo la media de las notas y todos obtuvieron un 7. Los que habían estudiado mucho estaban decepcionados, los que habían estudiado poco estaban contentos. 

En la prueba de segunda clase, quienes habían estudiado poco estudiaron menos y quienes habían estudiado mucho decidieron seguir el camino de sus astutos compañeros estudiando poco. La media del segundo examen fue un 4. Nadie estaba contento. 

En el examen de tercera clase, la media era 2. Durante los exámenes siguientes, las notas nunca mejoraron. 

El nerviosismo y el intercambio de acusaciones empezaron a crecer, los insultos colorearon las conversaciones y todos vivieron esa situación de forma muy grave. 

Nadie quería estudiar para el beneficio de los demás. Para sorpresa de todos, toda la clase suspendió. Fue entonces cuando el profesor afirmó que el socialismo era el viático del fracaso, porque cuando la recompensa es grande, el compromiso con el éxito es igual de grande. Pero cuando el Estado elimina cualquier posibilidad de recompensas, nadie ofrecerá su compromiso ni querrá alcanzar el éxito. No podría ser más sencillo.

Seguir leyendo: 

Breve

¿Debería la UE buscar la uniformidad mediante la armonización o la flexibilidad mediante la opcionalidad y la competencia regulatoria? (Georg Ringe)

El derecho mercantil europeo ya ha demostrado cómo la competencia regulatoria puede mejorar los sistemas jurídicos. Siguiendo la línea jurisprudencial de Centros, varios Estados miembros modernizaron sus leyes societarias en respuesta a las presiones competitivas generadas por el éxito de la sociedad limitada privada del Reino Unido. Dinámicas similares también han existido en el derecho concursivo, donde las jurisdicciones han ajustado repetidamente los marcos de reestructuración en respuesta a alternativas extranjeras y presiones de búsqueda de foros. En cambio, la armonización corre el riesgo de la osificación legal. Una vez adoptado un marco europeo, la reforma suele volverse políticamente engorrosa. La legislación de la UE puede permanecer congelada durante décadas incluso cuando se hacen evidentes deficiencias prácticas. En áreas de rápida evolución como la reestructuración y las dificultades financieras, esta rigidez puede resultar especialmente costosa... el creciente debate en torno al 28º Régimen refleja una perspectiva importante: el desafío de Europa puede no ser simplemente la fragmentación legal, sino la búsqueda de flexibilidad institucional dentro de un mercado interno cada vez más diverso.

Tommy Blanchard (un blog siempre interesante) 

... midiendo a estudiantes universitarios durante los últimos 20 años. Se ha mantenido notablemente estable a lo largo de las décadas»: la capacidad de los adultos sanos para prestar atención no ha disminuido. .. la idea de un «período medio de atención» carece en gran medida de sentido. «Depende mucho de la tarea. La cantidad de atención que aplicamos variará según lo que exija la tarea»... Es posible que estemos interpretando correctamente que resulta más difícil mantener la atención durante largo tiempo, pero equivocándonos al atribuirlo a una supuesta disminución de nuestras capacidades. Puede que haya más cosas compitiendo por nuestra atención... cambiar de contexto rápidamente dificulta recordar cosas. Nos ocurre a diario. Pero esto dista mucho de demostrar un daño cognitivo duradero... Sin embargo, casi la mitad de la población cree que presta menos atención. Pero hay una explicación más simple: hoy existen muchas más distracciones accesibles de inmediato. Antes, en momentos de aburrimiento, no podíamos sacar el teléfono y empezar a ver contenido.

martes, 26 de mayo de 2026

Luis Jimena, Ana Salinas y Daniel Sarmiento deberían rechazar su nominación como jueces del TEDH


Raquel Welch y Marcello Mastroianni


Sospecho que, como todo lo que viene ocurriendo en esta materia en España desde hace cuarenta años, ninguno de los tres candidatos propuestos por el comité gubernamental para ocupar el cargo de juez del TEDH rechazará su nominación. Pero deberían hacerlo a la vista de que hay dos impugnaciones del proceso de selección basadas en la falta de imparcialidad de los miembros del comité correspondiente. Yo no me dejaría nombrar por un comité así.

La corrupción en España sobrevive, en parte, porque la gente acepta cargos para los que hay candidatos más cualificados que ellos mismos. Si los candidatos mediocres no aceptasen, la resistencia de los cargos públicos a participar en actos de corrupción se reforzaría. Los candidatos de más mérito son más resistentes a la influencia de quien les ha nombrado. Por ejemplo, ¿creen ustedes que Escrivá se resistió a proporcionar a Plus Ultra el aplazamiento de la deuda con la Seguridad Social cuando se lo pidió Zapatero sabiendo que Zapatero podía influir en su designación, tras el Ministerio, como Gobernador del Banco de España? ¿Creen que Inmaculada Montalbán es muy 'resistente' a las presiones del Gobierno para obtener sentencias del Tribunal Constitucional favorables a sus intereses?

De los tres candidatos sólo conozco - y es un gran jurista - a Daniel Sarmiento. Pero supongo que Sarmiento estará de acuerdo en que, en un rato y con un café, podemos ponernos de acuerdo en tres candidatos muy superiores a esa terna. Los otros dos están ligados a gobiernos del PSOE en mucha mayor medida que a gobiernos del PP en lo que a sus cargos extraacadémicos se refiere. Jimena está muy alto en los ranking de dialnet en cuanto a citas y tiene 5 sexenios + 1 de transferencia (supongo que, por la edad: tiene 57 años). Pero Salinas apenas tiene citas y no figura en sus cv públicos los sexenios que tiene, a pesar de que tiene la misma edad. No entiendo cómo no la han descartado de entrada para un puesto de juez de uno de los grandes tribunales del mundo. Pero va a sustituir a Elósegui que no tenía reputación alguna en España cuando la nombraron los del PP. Vean lo que escribió por entonces en EL PAÍS Teodoro León Gross, que tuvo que abandonar el periódico debido a la escasez de rinocerontes

El comité elector está formado (salvo error de la IA) por tres políticos que forman parte del gobierno en sentido amplio (recuérdese, el gobierno más corrupto de la historia de la democracia española), Diego Martínez Belío, un diplomático pegado a Albares, Manuel Olmedo Palacios, un juez que apenas estuvo seis años en el juzgado y se pasó rápidamente a la política judicial y Alberto Herrera Rodríguez, un TAC que ha hecho carrera política con el PSOE. Y solo dos "técnicos". Un magistrado, Gema Espinosa y la catedrática Paz Andrés Sáenz de Santa María (Catedrática de Derecho Internacional Público). 

Es difícil aceptar que un comité de esa composición elegirá al mejor candidato disponible para el puesto. Qué aportan a ese comité el Secretario de Estado de justicia, el de Asuntos Exteriores y el subsecretario de presidencia? ¿Qué conocimientos, formación o experiencia útil para asegurar una buena elección? Uno de ellos bastaría para presidir (y aportar información sobre potenciales candidatos) y los otros cuatro deberían ser técnicos elegidos por sorteo entre catedráticos de Derecho con 6 sexenios y jueces del Tribunal Supremo. Los tres candidatos propuestos son catedráticos de derecho público. ¿Por qué ningún magistrado entre los propuestos? ¿Por qué ningún catedrático de Derecho Privado? ¿

La corrupción no puede sobrevivir si los funcionarios no cooperamos con los corruptos. Y todos deberíamos rechazar las ofertas para ocupar cargos cuando sabemos que hay alguien más cualificado o idoneo para el puesto que nosotros. Esto se lo dije a una amiga cuando le ofrecieron un puesto distinto pero tan 'goloso' como el de Juez del TEDH hace muchos años. Me hizo caso y, desde entonces, a esta amiga - a la que le va muy bien - la tengo en un pedestal. En la anterior "edición" del comité, el catedrático era Pedro Cruz Villalón. Y la juez elegida - en esa ocasión para el TJUE - fue Lourdes Arastey, de quien solo he oído elogios por parte de insiders bien informados sobre su desempeño en el TJUE.

Citas: el país más pobre y corrupto de Europa en 2030 gracias a la izquierda y los nacionalistas


  • Con este panorama ¿qué van a hacer los jóvenes mejor preparados y más despejados? Emigrar. Y ¿qué van a hacer los jóvenes que han cursados grados mickey mouse tipo comunicación audiovisual y que quieren ser escritores? Quedarse solteros, viviendo en casa de sus padres hasta los cuarenta, quejándose de que son víctimas del capitalismo de turno y orgullosos de que les paguen cien euros por escribir en una página web que no lee nadie. 
  • Estas son las buenas noticias
  • Sánchez está actuando como homicida suae dignitatis que decía Baldo del individuo que reina y actúa en contra de la dignidad del cargo.
  • Cada vez me gusta más Marco Rubio; 
  • Si Adam Smith estaba en lo cierto, el feudalismo tendría que haber durado más tiempo en lugares mal adaptados para producir bienes de exportación y bien adaptados para producir bienes de subsistencia: 
  • Otra impugnación del nepotismo del PSOE
  • Barbón es el más tonto de los presidentes autonómicos - y hay dura competencia por el título - ¿qué hacemos mal para que gente de tan poca inteligencia llegue a puestos tan altos? 
  • ¿Qué institución del Estado no está infestada de corrupción? Policía, Fiscalía, Tribunal Constitucional, Ministerio del Interior, Ministerio de Transportes, ADIF, Correos, Paradores, Red Eléctrica, SEPI, Ministerio de Hacienda... ¿Se entiende ahora por qué tantos desastres? 
  • En los países islámicos sigue existiendo la esclavitud y el Estado la tolera. Los Estados islámicos son lo peor. Un cristiano de Estados Unidos llamado Aaron Hutchings viajó a Pakistán para liberar a una familia de 140 años de esclavitud, pagando alrededor de 4000 dólares por su libertad. La familia había permanecido atrapada en el trabajo forzado durante generaciones en la industria de hornos de ladrillos de Pakistán después de que un antepasado solicitara un préstamo; 
  • Investigadores de Columbia Engineering desarrollaron un nuevo método que extrae litio directamente de salmueras subterráneas saladas utilizando un disolvente sensible a la temperatura. El proceso permitiría reducir la dependencia de enormes estanques de evaporación que consumen grandes cantidades de tierra y agua. Los científicos afirman que el sistema también puede funcionar con fuentes de litio de menor calidad que las tecnologías de extracción actuales tienen dificultades para utilizar. Los investigadores creen que la técnica podría hacer que la producción de baterías de vehículos eléctricos sea más rápida, limpia y más fácil de escalar a nivel mundial
  • Una lección del curso de "Moral Evolucionista" de Pablo Malo
  • Cómo gestiona Elon Musk los fracasos "Cuando un cohete explota, Musk saca su teléfono y empieza a hacer llamadas de ingeniería. «Qué falló. Cuándo podemos arreglarlo. Cuándo es el próximo lanzamiento». Su voz no cambia. Su rostro no cambia. El cohete que acaba de costar 60 millones de dólares ya es pasado. El próximo es lo único que existe. El fracaso se registra como datos. Un experimento. Gana porque el fracaso ocupa cero espacio psicológico. Entra como datos y sale como acción";
  • La ingeniería romana: "Los acueductos romanos funcionaban solo con la gravedad. Sin bombas, sin sistemas de presión. Los ingenieros tallaron canales con un gradiente tan suave que raya en lo absurdo. El Pont du Gard en el sur de Francia desciende 2,5 centímetros a lo largo de 275 metros. Eso equivale más o menos al grosor de una moneda a lo largo de la longitud de tres campos de fútbol. Lograron esa precisión con plomadas y instrumentos de nivelación de madera". En qué eran mejores los romanos que los griegos? En la ingeniería, en el derecho y en la milicia; 
  • Carl Sagan y la extensión del método científico: "La idea de que el método científico debería aplicarse a las preguntas más profundas es frecuentemente denunciada como «cientificismo». Esta acusación es hecha por aquellos que sostienen que las creencias religiosas deberían estar fuera del alcance del escrutinio científico —que las creencias son una forma suficiente de conocer. Carl entendía este sentimiento, pero insistió junto con Bertrand Russell en que «lo que se quiere no es la voluntad de creer, sino el deseo de descubrir, que es exactamente lo opuesto». «Carl no quería creer: Quería saber». (como Montaigne) — Ann Druyan; Billions and Billions: Prólogo; 
  • En Noruega, el efecto promedio de los sindicatos es reducir drásticamente el empleo y la producción (consistente con un modelo de mercado laboral competitivo). Incluso en los casos en que los sindicatos combaten el monopsonio, los consumidores pagan los costes, no los accionistas;
  • Castigar a quien no coopera resulta más eficaz cuando los miembros del grupo se comunican de forma continua, de modo que generan expectativas recíprocas sobre lo que cada uno pretende obtener de la cooperación y se aclara así qué se espera de cada uno. El castigo refuerza el incentivo a cooperar, pero, cuando no hay comunicación, pierde eficacia porque no hay certeza sobre la conducta exigida. Para mejorar la cooperación, resulta útil privar al incumplidor de parte de lo que había aportado al fondo común, sin llegar a la totalidad ni a la expulsión del grupo. De ese modo, se desincentiva el comportamiento oportunista sin desalentar que siga participando. Así se corrige la desviación sin poner en riesgo la cooperación.
  • Lo que más reduce la desigualdad es el pleno empleo: "Nuestros resultados dibujan un panorama agridulce, que creemos aporta nueva luz al debate sobre el final turbulento y rápido de la Edad de Oro italiana: contra lo que suele sostenerse, la desigualdad aumentó durante el Milagro y solo descendió de forma apreciable cuando el desempleo alcanzó su nivel más bajo". Lo más sólido que muestran los datos del artículo es la secuencia que conecta la caída del desempleo con la mejora de la posición de los trabajadores y, con cierto retraso, con la reducción de la desigualdad. Es también lo que mejor encaja con la teoría económica: cuando la oferta de trabajo deja de ser abundante, los salarios tienden a subir, y ese aumento se concentra sobre todo en los tramos más bajos de la distribución. Es algo que se observa en otros contextos históricos (Estados Unidos en los años cuarenta, Europa occidental en la posguerra). Explicaciones adicionales —sindicatos, conflicto social, políticas redistributivas— son plausibles pero resultan más imprecisas y menos decisivas para entender el núcleo del fenómeno; 
  • JFV: "lo que estamos viendo en este momento en EE.UU. y en muchas otras economías avanzadas es una fertilidad por debajo de lo que muchas mujeres desean"; 
  • "La automatización no consiste simplemente en sustituir a las personas por máquinas que hacen lo mismo del mismo modo. También reduce costes y precios, mejora la calidad y permite crear productos nuevos o claramente mejores. La tecnología, incluida la inteligencia artificial, permite a los desarrolladores idear productos que los consumidores quieren. Cuando eso sucede, la demanda total de software aumenta y con ella la producción. Si ese aumento es lo bastante intenso —es decir, si la demanda reacciona con fuerza—, también crece el empleo total, aunque se necesite menos trabajo para producir cada unidad. De ahí que el aumento de la productividad en el software haya traído precios más bajos, mayor calidad, una proliferación de productos que hacen cosas nuevas y, al mismo tiempo… más desarrolladores; 
  • Por qué altos niveles de deuda pública reducen el crecimiento económico: porque impactan sobre la innovación. Niveles elevados de deuda generan un entorno más incierto —por la posibilidad de cambios fiscales o regulatorios— y dificultan el acceso a financiación, lo que lleva a las empresas a reducir la inversión en investigación y desarrollo, que es precisamente la más sensible a la incertidumbre y la más dependiente del crédito. Los sectores industriales que dependen más de la I+D crecen menos cuando la deuda pública es elevada, lo que resulta coherente con una caída de este tipo de inversión. Además, este efecto es menor en países con sistemas financieros más desarrollados, lo que sugiere que el acceso a financiación amortigua el impacto negativo de la deuda sobre la innovación; 
  • Este paper es coherente con una intuición que tienen la mayoría de los usuarios de IA: la IA es estupenda para "hacer cosas", reduce el esfuerzo y el tiempo necesarios para lograr un resultado. Pero no nos entrena para aprender más rápido, o sea, no nos hace más sabios que decía Montaigne: cuando las personas usan IA para resolver tareas cognitivas —problemas matemáticos, comprensión lectora— mejoran su rendimiento inmediato, pero empeoran cuando tienen que trabajar sin ayuda y, además, abandonan antes. El resultado no tiene nada de sorprendente. Se trata de un caso más de un fenómeno general: los individuos tienden a minimizar el esfuerzo cuando el entorno lo permite. Si disponen de una herramienta que elimina el coste de buscar la respuesta, la usan para evitar ese coste. El punto clave, entonces, no es que la IA “empeore” el aprendizaje, sino que se usa, por defecto, como sustituto del esfuerzo, no como complemento. Exactamente igual que nadie usa una lavadora para entender la química de los detergentes, tampoco tiene sentido esperar que pedirle a la IA la solución de un problema contribuya a comprenderlo. Si el objetivo es obtener el resultado, la IA es eficaz; si el objetivo es aprender, ese mismo uso es contraproducente. La IA cambia el equilibrio entre esfuerzo y resultado; 
  • Semejante es este paper: La IA, por un lado, aumenta la productividad de forma inmediata: permite hacer más en menos tiempo. Por otro, erosiona la capacidad del trabajador, porque sustituye parte de su trabajo cognitivo: la IA cambia productividad hoy por pérdida de habilidades mañana. Los trabajadores que parten de niveles bajos de habilidades pueden dejar de aprender y “caer” hasta niveles muy bajos de competencia. En cambio, quienes ya tienen un nivel alto pueden seguir explotando sus capacidades. La IA puede ampliar las diferencias entre trabajadores; La IA mejora la verificación de información en redes sociales. Las personas evalúan la veracidad de las afirmaciones influidas por factores ideológicos o emocionales, lo que dificulta el consenso en entornos polarizados. La IA, en cambio, puede recopilar y sintetizar información de múltiples fuentes de forma más uniforme y neutral. 
  • Las notas de comunidad que fabrica la IA en X reciben valoraciones más positivas y, sobre todo, mejores evaluaciones entre usuarios con distintas posiciones políticas
  • El orden de nacimiento (ser el hermano mayor o ser uno de los siguientes), influye significativamente en los ingresos y éxito como adulto: los hermanos mayores "pegan" patógenos respiratorios a los hermanos más pequeños. Los bebés que tienen hermanos mayores presentan tasas mucho más altas de hospitalización por problemas respiratorios en su primer año de vida. Esa exposición temprana tiene efectos duraderos sobre los ingresos, la educación, la salud respiratoria y la salud mental de esos niños; 
  • Cuando disminuyen las restricciones duras (ingresos bajos, necesidad económica, falta de opciones), las diferencias latentes —de preferencias o de valores— no se eliminan, sino que se expresan con más claridad; 
  • Muchos trabajos de historia económica intentan mostrar que hechos muy antiguos siguen influyendo en el presente, por ejemplo al sostener que las diferencias institucionales en la época colonial explican por qué unas regiones son hoy más ricas que otras o que el legado de la esclavitud sigue afectando al desarrollo de determinadas zonas (persistence studies). Para probarlo, comparan variables del pasado con variables actuales y buscan correlaciones entre ambas. El problema es que esas comparaciones se hacen entre unidades geográficas —regiones, países— que no son independientes entre sí: las zonas cercanas tienden a parecerse porque comparten clima, historia, instituciones y dinámicas sociales, y lo que ocurre en una influye en las de alrededor. Esto introduce una correlación espacial que muchos trabajos no tienen en cuenta. Cuando estiman relaciones estadísticas, tratan cada observación como si fuera independiente, y eso hace que los errores estándar salgan artificialmente pequeños. El resultado es que relaciones débiles o incluso aleatorias pueden aparecer como estadísticamente significativas, dando una apariencia de solidez a conclusiones que en realidad son muy frágiles; 
  • En entornos de baja protección, es más eficaz para proteger a los inversores dispersos exigir responsabilidad a los administradores que incluir "independientes" en el consejo de administración; 
  • La futura irrelevancia de los nacionalistas, si Feijoo quiere: si hay un vuelco en Valencia como el que ha habido en Andalucía, con mayorías de más del 50 % para PP y Vox, lo que voten los vascos y los catalanes (o navarros, o canarios) es irrelevante incluso para promover una reforma constitucional. 
La Universidad Estatal de Arizona puso en marcha discretamente a principios de este mes una aplicación web que permite a cualquier persona, por 5 dólares al mes, crear un número aparentemente ilimitado de “módulos de aprendizaje” personalizados mediante inteligencia artificial. El chatbot de IA, llamado Atom, utiliza materiales docentes en línea elaborados por profesores de ASU para diseñar un curso adaptado a los objetivos, intereses y nivel de conocimientos del usuario. Tras plantear unas pocas preguntas y procesar la información durante unos cinco minutos, Atom ofrece un curso personalizado que incluye lecturas, cuestionarios y vídeos de media docena de expertos de ASU
Tomasello propone que la naturaleza no puede cablear (preprogramar biológicamente) todas las respuestas de un organismo para cada posible contingencia, especialmente en entornos inciertos y variables. En lugar de eso, la evolución crea agentes psicológicos: sistemas de control por retroalimentación (feedback control) que persiguen metas, toman decisiones informadas según la situación actual y monitorean sus propias acciones. Por ejemplo, a una ardilla la selección natural la ha programado para que busque nueces. Pero cuando una ardilla se encuentra en un bosque o en un prado la selección natural no puede guiarla, no puede decirle que vaya a la derecha o a la izquierda. La selección natural no ve nada, lo ve el organismo y “le deja libertad” a éste para que decida. Esto marca el límite entre la biología pura (que explica comportamientos fijos) y la psicología (que explica la toma de decisiones flexible del individuo)..."
(V., resúmenes aquí, aquí y aquí).
Creo que Tomasello ve la parte de que los organismos toman decisiones pero no la de que esas decisiones están condicionadas o determinadas. Él mismo admite que la selección natural/evolución pone unos objetivos como evitar depredadores, comer, encontrar pareja y tener sexo, etc. Y todo eso es lo que en última instancia nos mueve... Decía E. O . Wilson en su libro On Human Nature: «Los genes sujetan a la cultura con una correa. La correa es muy larga, pero inevitablemente los valores quedarán constreñidos según sus efectos en el acervo genético humano». También se cuenta una anécdota sobre Henry Ford: cuando sacó el Ford T la publicidad decía algo así como “Puede elegir su coche en cualquier color, siempre que sea negro”. De igual manera podríamos decirle al organismo: “Puedes hacer cualquier acción siempre que sea comer, beber, evitar depredadores y tener sexo (y las acciones intermedias que necesitas para ello)”...

Del archivo

lunes, 25 de mayo de 2026

La encuesta del Ministerio sobre la estrategia española en ciencia


Gonzalo Borondo

He respondido al formulario sobre la futura Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2028‑2034. Creo que el principal problema del sistema español no es la falta abstracta de recursos, sino la combinación de burocratización, incentivos mal diseñados y subordinación creciente de la política científica a criterios extracientíficos

No es solo que se financie mal, sino que se ha consolidado un aparato gestor incapaz de distinguir entre excelencia y mediocridad y, en cambio, muy agresivo en la multiplicación de cargas procedimentales, controles previos y exigencias ideológicas o regulatorias ajenas al mérito estrictamente científico. 

Esta desviación no afecta únicamente a la gestión de las convocatorias, sino también a la selección misma de lo financiable, porque las prioridades se ordenan en función de agendas de sostenibilidad, transición climática, igualdad en lugar de examinar la calidad intrínseca de la investigación y su capacidad efectiva para generar conocimiento e innovación. 

Por ejemplo, el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades presenta la perspectiva de género como eje de la planificación y de la evaluación del sistema, y la Agencia Estatal de Investigación ha aprobado directrices específicas para que esa perspectiva se valore en todas las fases de la investigación, incluso en ámbitos tecnológicos. La Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021‑2027 incorpora expresamente entre sus objetivos la igualdad real entre mujeres y hombres y ordena las prioridades temáticas en torno a líneas como clima, energía y movilidad o alimentación, bioeconomía y medio ambiente. A ello se añade que el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación integra en la financiación ordinaria el principio de “no causar un perjuicio significativo”, (Do No Significant Harm (DNSH), un principio del Derecho de la Unión Europea según el cual una actividad financiada con fondos europeos no debe perjudicar de manera importante ninguno de seis objetivos medioambientales definidos por la normativa europea) con memorias y controles de cumplimiento específicos. El resultado es un sistema en el que la investigación ya no compite solo por su calidad, sino también por su capacidad de acomodarse a las prioridades políticas y requisitos adicionales que tienen poco que ver con la ciencia misma y que generan, sin embargo, enorme trabajo burocrático sin ninguna utilidad real. Esperemos que la IA sustituya a los investigadores en el cumplimiento de estas tareas pero me sospecho que también sustituirá a los funcionarios que deben verificar tal cumplimiento.

Como soy muy pesimista respecto a la capacidad de las administraciones públicas españolas de gestionar ni siquiera el reparto de caramelos a la puerta de un colegio, me cuesta encontrar aspectos de la gestión de la Ciencia en España que hayan funcionado bien. Creo que toda la Administración funciona mal (y eso que ahora disfrutamos de todos los avances que nos han proporcionado los "tecno-oligócratas" norteamericanos) y que nadie tiene, en el sector público, los incentivos adecuados para que las cosas funcionen. 

A mi juicio, los recursos (del Estado y de las CCAA) deberían concentrarse en unos pocos grupos grandes en tamaño y excelentes en su desempeño en física, matemáticas, bioquímica, biología molecular, medicina e ingeniería, con financiación suficiente y libertad de gestión. La microgestión burocrática ex ante debería sustituirse por una rendición de cuentas rigurosa y posterior, previéndose la contratación de interventores externos especializados cuando el volumen de fondos lo justifique. 

Al mismo tiempo, deberían suprimirse todos los proyectos financiados en Derecho, Humanidades y Ciencias Sociales (podría hacerse una excepción para grupos experimentales, por ejemplo en Arqueología o Economía). La financiación por proyectos carece de sentido: esas disciplinas requieren sobre todo elevar el presupuesto ordinario para bibliografía, equipos y movilidad académica, no convocatorias pensadas para las ciencias experimentales.

En fin, en España todas las administraciones públicas y muchos ministerios tienen convocatorias de proyectos de investigación. Los más ridículos, los del Instituto de la Mujer. Pero hasta esos parecen serios cuando se comparan con los proyectos que financian las CCAA, los ayuntamientos ¡o las propias universidades! que se dedican - parece - a otorgar "premios de consolación" a los proyectos que no han conseguido financiación en otras instancias. Es la ideología de café para todos aunque acabemos todos (los que valen y los que no valen) bebiendo un mejunje a base de achicoria.

Productos complejos: requisitos de la renuncia de acciones, dies a quo de la acción de anulabilidad y legitimación pasiva del comercializador no emisor


Gonzalo Borondo


Por Antonio Cámara

Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, núm. 590/2026, de 16 de abril de 2026. 

En el contexto de una demanda de nulidad de varias cláusulas suelo y de un contrato de swap de 2.140.000 euros, en primera instancia se estimó la demanda, pero la Audiencia Provincial de Palma la revocó parcialmente: descartó la condición de consumidora de la demandante, declaró caducada la acción de anulabilidad del swap y, en cambio, estimó la acción subsidiaria de daños por incumplimiento doloso de las obligaciones de información, condenando al banco a abonar 314.832,02 euros.

En casación, la entidad bancaria condenada alega la renuncia expresa de la demandante a acciones futuras. En el documento de cancelación del swap, redactado unilateralmente por el banco, se incluyó una cláusula por la que las partes renunciaban a cualquier reclamación relacionada con el contrato. La Audiencia la consideró ineficaz por entender que no respondía a una transacción ni a contraprestación alguna, sino que fue impuesta al cliente como condición para poder cancelar el derivado en un contexto de graves dificultades económicas.

El TS confirma esa ineficacia: la cláusula no fue negociada, no incorporaba referencia alguna a las acciones por incumplimiento de las obligaciones de información, no consta que supusiera rebaja alguna en el coste de cancelación, y el préstamo concedido para abonar la deuda no puede considerarse contraprestación suficiente. Faltando los requisitos de una renuncia consciente, libre, clara e inequívoca, el TS desestima los recursos del banco.

La sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, núm. 555/2026, de 13 de abril de 2026

El demandante persona física había adquirido en 2011 títulos de cuotas participativas emitidas por la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM), por valor de 12.128,89 euros, comercializadas a través del servicio de Internet «Broker Naranja» de ING Bank. Consta que se le facilitó el mandato de la orden de compra, pero no que se le entregara el folleto informativo ni que se le realizaran los test de idoneidad y de conveniencia. Carecía de conocimientos financieros y de experiencia en la contratación de productos de inversión, y era esta su primera inversión en productos financieros complejos.

El 26 de marzo de 2018, presentó demanda contra ING Bank solicitando la declaración de nulidad por vicio del consentimiento (error/dolo) y la devolución de los 12.128,89 euros invertidos. Subsidiariamente, ejercitó la acción de responsabilidad contractual del art. 1101 CC por incumplimiento grave de las obligaciones de información previstas en la normativa del mercado de valores. En primera instancia el Juzgado estimó la demanda, declaró la nulidad de la compra y condenó a ING Bank a restituir la cantidad invertida, fijando el inicio del cómputo del plazo de caducidad en el 31 de marzo de 2014 (fecha de amortización formal de las cuotas).

En segunda instancia la Audiencia Provincial estimó el recurso de ING Bank y revocó la sentencia, al considerar que la acción de nulidad estaba caducada, fijando el dies a quo el 9 de julio de 2012, fecha en que la CNMV publicó el valor cero de las cuotas participativas. Además, apreció la falta de legitimación pasiva de ING Bank para la acción

El TS confirma que el 9 de julio de 2012, cuando la CNMV publicó la valoración de las cuotas a cero euros, el demandante tuvo o pudo tener el cabal y completo conocimiento de los elementos determinantes del error en el consentimiento, sin que ello se aparte de la jurisprudencia de la Sala. Por tanto, cuando se interpuso la acción de anulabilidad (el 27 de marzo de 2018) o se formuló el requerimiento previo (el 22 de enero de 2018), habían transcurrido más de cuatro años, por lo que la acción de nulidad estaba caducada. No obstante, la acción subsidiaria que había ejercido del art. 1101 CC por daños y perjuicios es una acción distinta, con su propio fundamento y su propio plazo de prescripción (no de caducidad). Aunque no tuvo cabida su análisis en primera instancia, el TS ahora se pronuncia y acepta su validez.

En cuanto a la legitimación pasiva de ING Bank, el TS declara que el banco actuó como comercializador del producto financiero en virtud de un contrato de comisión mercantil con la CAM, quedando directamente obligado con el cliente, y que no intervino como un mero intermediario. El TS concluye que no es correcto que la legitimación pasiva en una acción de indemnización por defectuoso asesoramiento en la adquisición de productos financieros la tenga solamente la entidad emisora y no la entidad de servicios de inversión que los ha comercializado incumpliendo sus obligaciones de información. Como resultado, se admite el recurso del demandante y se condena a ING Bank al pago de las cantidades invertidas.

Es crédito contra la masa la indemnización por un despido que se produce antes del concurso, pero reconocido como improcedente por acuerdo entre las partes con posterioridad a la declaración del concurso


Gonzalo Borondo

Por Esther González

Es la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, núm. 640/2026, de 27 de abril de 2026

Se discute en este procedimiento la clasificación del crédito de un trabajador por la indemnización por despido. El despido se había producido con anterioridad a la declaración del concurso de la sociedad, por causas objetivas. Una vez declarado el concurso, y tras la impugnación por el trabajador ante la jurisdicción social, las partes llegaron a un acuerdo (aprobado por el juzgado) en virtud del que la sociedad reconoció la improcedencia del despido y optó por la indemnización prevista en el art. 56.1 ET -cuya cuantía se fijó en el mismo acuerdo-.

Tanto el juez del concurso como la AP de Alicante concluyeron que se trataba de un crédito contra la masa, por derivar de un acuerdo alcanzado entre las partes con posterioridad a la declaración del concurso. El TS confirma este criterio y reitera su doctrina según la cual, para la calificación del crédito, no es relevante que el art. 56.1 ET determine que el despido se entiende producido en la fecha del cese cuando el empresario opta por la extinción con la indemnización. Ello solo es relevante a efectos del cálculo de la indemnización. A efectos de la clasificación del crédito, hay que estar a la fecha del acuerdo extrajudicial entre trabajador y empleador que, en este caso, es posterior a la declaración del concurso.

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