jueves, 9 de abril de 2015

Modificación de estatutos por el socio único ejecutadas por el administrador


Fuente. Wikipedia

Otra Resolución de la DGRN revocatoria de la calificación registral. Se trata de la RDGRN de 12 de marzo de 2015.

El administrador único y socio único de una sociedad limitada aumenta el capital social, amplía el objeto social y modifica el sistema de retribución del cargo de administrador. Lo hace en su calidad de administrador y añade que

Inscripción registral de la unipersonalidad sobrevenida de una sociedad

Se trata de la RDGRN de 9 de marzo de 2015. En una entrada anterior habíamos comentado otra resolución referida a la unipersonalidad de una sociedad que pretendía inscribir un acuerdo de modificación del domicilio social y en cuya escritura se decía que la junta había sido universal.

miércoles, 8 de abril de 2015

¿Hasta dónde llega el deber de diligencia del administrador que renuncia a su puesto?


Mar de Castilla @thefromthetree

Una administradora de una SA convoca formalmente una junta de accionistas. La sociedad se encuentra en concurso de acreedores (lo que explica lo que pasó, probablemente). En el acto de la junta, la administradora dimite y pide a la junta que nombre a un administrador en su lugar. Los asistentes a la junta, sin embargo, se niegan a designar a nadie como administrador. La administradora pide la inscripción de su renuncia al cargo en el Registro y el registrador deniega la inscripción porque, de acuerdo con la doctrina que impone a los administradores hacer lo razonable para que la sociedad no quede descabezada, no le ha presentado los documentos que acrediten que ha convocado una nueva junta para que la sociedad designe a un administrador que la sustituya.

Junta universal en una sociedad de un único socio

Cuando lean lo que sigue – la RDGRN de 5 de febrero de 2015 – comprenderán que hay registradores y registradores. En el blog, nunca citamos a los ponentes de las sentencias ni a los registradores cuyas notas de calificación son objeto de recurso ante la DGRN. Pero sería bueno hacer un análisis estadístico de las audiencias o juzgados que ven más a menudo revocadas sus decisiones y de los registradores que ven igualmente revocadas más a menudo sus notas de calificación, aunque sea a efectos de evaluación del desempeño de los servidores públicos. La que dio lugar a esta Resolución es de traca (y nunca mejor dicho).

Aumento de capital con cargo a reservas y prima de asunción

En la Resolución de 29 de enero de 2015, la DGRN mantiene la nota denegatoria de la inscripción de un aumento de capital realizado en una SL con cargo a reservas y prima de asunción, es decir, en parte con cargo a reservas y en parte con cargo a nuevas aportaciones. El registrador había denegado la inscripción porque, aunque el aumento se había realizado por unanimidad y sobre la base de un balance aprobado y verificado por el auditor, el informe de éste expresaba una salvedad: que no había podido comprobar la información financiera de dos sociedades participadas y, por tanto, el informe del auditor no podía verificar que, efectivamente, esas reservas que se convierten en capital existieran realmente.

El “bucle” del cierre registral

La única cuestión que se plantea es si es posible el depósito de las cuentas anuales de una sociedad que tiene cerrada su hoja registral por haber transcurrido más de un año desde la obligación de presentación sin haber verificado el depósito.
La actualización de las cuentas no presentadas en su día, constan firmadas por el administrador único de la sociedad, no inscrito.
Previamente, debido a dicho cierre, fue inscrito el cese del administrador saliente pero no el nombramiento del entrante.
el artículo 109.2 del Reglamento del Registro Mercantil, dispone que «será necesario que las personas que expidan la certificación tengan su cargo vigente en el momento de la expedición. Para la inscripción de los acuerdos contenidos en la certificación deberá haberse inscrito, previa o simultáneamente, el cargo del certificante». 

La representación de una comunidad hereditaria en la junta

¿Hay que probar al Registrador la representación de una comunidad hereditaria en una junta?


La respuesta es, naturalmente, no. Porque el control de legalidad del registrador no alcanza a la válida adopción de acuerdos de la junta salvo que se trate de acuerdos nulos de pleno derecho y la nulidad de pleno derecho resulte de los documentos presentados a inscripción. Ya lo hemos dicho varias veces en el blog

Mire, yo de eso no hablo

En los últimos días hemos asistido al despelleje público de Fernando López-Aguilar, ex ministro de Justicia, raising star del PSOE durante algún tiempo y “padre” de la Ley contra la Violencia de Género. Lo que se va publicando sobre su relación marital, el trato que daba a su mujer y, ahora, el comportamiento y los problemas de ésta resulta cada vez más triste. Decía Yourcenar – no recuerdo la cita – algo sobre que no hay nada más secreto que la vida en pareja. A la vez, hemos conocido detalles de la vida de Nisman, el fiscal argentino que llevaba el caso del atentado contra la sinagoga en Buenos Aires. EL PAIS ha titulado la información: “de héroe a villano”.


martes, 7 de abril de 2015

El artículo 160 f) LSC y el artículo 1812 CC


Por Gonzalo Sánchez del Cura


El artículo 1812 C.c., dentro del Título de las transacciones y compromisos dispone: “Las corporaciones que tengan personalidad jurídica sólo podrán transigir en la forma y con los requisitos que necesiten para enajenar sus bienes”.

Hasta la reforma reciente de la LSC, no hacía falta ningún requisito particular para que una sociedad pudiera enajenar sus bienes, más allá de que quien firmara en nombre de la sociedad el contrato que sirviera de título tuviera facultades suficientes (y de los casos en que por representar el bien prácticamente la totalidad del activo se entendía por prudencia que era necesaria autorización de la junta).


¿Se ha reducido la asimetría informativa?

A propósito de Cowen/Tabarrok, The End of Asymmetric Information



Puede que sí y puede que no. Pero nuestra intuición, compárese con la de Tabarrok y Cowen, es que la parificación informativa entre compradores y vendedores, si ha ocurrido, tiene más que ver con los cambios tecnológicos que con los cambios en la información disponible y producida por los mercados o por el Derecho y que la reducción de las asimetrías informativas no se está produciendo donde tendría más valor, esto es, en los mercados de productos financieros.

Los dividendos a cuenta

La ley permite la distribución entre los accionistas de cantidades a cuenta de los beneficios del ejercicio en curso (art. 277 LSC). Su naturaleza jurídica es discutida. Se ha dicho que tienen el carácter de un préstamo de la sociedad a los socios que se devolvería por compensación cuando se acuerden y repartan los dividendos al aprobar las cuentas del ejercicio. Pero esta concepción no se compadece con el hecho de que su finalidad no es la del préstamo sino la de hacer participar a los accionistas en las ganancias sociales.

La excepción de resolución por incumplimiento ha de oponerse por vía de reconvención

Es evidente que, en nuestro Derecho, la resolución de un contrato es extrajudicial. El contratante que ejerce su derecho a resolver un contrato por incumplimiento de la otra parte sólo necesitará el auxilio judicial cuando la contraparte no acepte la resolución o para exigir las consecuencias de la misma (liquidación retroactiva del contrato y/o indemnización de daños por el incumplimiento). En el caso, Salamanca demanda a Tánger pidiendo que se declare que la resolución del contrato realizada por Tánger estaba “mal hecha” porque Salamanca había cumplido lo que le correspondía de acuerdo con el contrato y, por tanto, Tánger tenía que cumplir. La demanda pide, pues, que se condene a Tánger a cumplir pagando lo prometido.

lunes, 6 de abril de 2015

English Tips for Spanish Lawyers (vii)

Por Nick Potter


In this series we look at real-life examples of the most common mistakes in English by native Spanish lawyers. These and lots more invaluable tips are available in a new e-book/paperback, here: 50 English Tips for Spanish Professionals.

the Uncountables


La reserva fraccionaria puede ser tan antigua como la civilización



Los cazadores-recolectores no podían acumular comida. Porque eran nómadas y sólo podían llevar consigo muy pocas cosas. Bueno, es al revés. Eran nómadas porque no podían acumular comida y tenían que extraerla del entorno en el que se encontraban. La “despensa”, pues, estaba formada por los animales que pudieran cazar y que estuvieran en esa zona y los frutos y vegetales comestibles que proporcionase el suelo. Igual que los animales, los seres humanos tenían que desplazarse periódicamente una vez agotados los recursos alimenticios de una zona. No es raro que las técnicas agrícolas más antiguas se basen en cambiar periódicamente el terreno plantado. Y tampoco es raro que se volvieran sedentarios cuando se convierten en agricultores.

Un tweet que ha enfadado a Daniel Lacalle

Aunque yo no lo cito en la entrada, Daniel Lacalle se ha enfadado porque en un tweet de “presentación” de la anterior entrada le citaba diciendo “en qué no estoy de acuerdo con Daniel Lacalle”. En su intervención en La Sexta Noche, el Sr. Lacalle criticó la política energética del gobierno en relación con las renovables, en concreto, en el hecho de que el fomento de las energías renovables se hubiera hecho vía primas a la producción en lugar de hacerse vía subvenciones a la inversión en plantas como se hace – ahora – en Estados Unidos. Espero que el Sr. Lacalle no me acuse de manipular su opinión. Yo no he dicho que él estuviera de acuerdo con la reforma del Gobierno y con aplicar recortes retroactivos a las empresas generadoras de electricidad en las primas “prometidas” por el Gobierno en la década pasada. Lo que dijo el Sr. Lacalle es que deberíamos haber hecho como los EE.UU y haber dado subvenciones a la instalación de centrales eléctricas renovables y que el Gobierno debería mantener sus “promesas” y cargar a los presupuestos del Estado el déficit acumulado y el que se generará en el futuro si se mantiene la remuneración prometida a los generadores cuando realizaron su inversión en plantas fotovoltaicas fundamentalmente.Vean a partir del minuto 20


El mayor proceso concursal de la Historia de España no ha sido el de las Cajas de Ahorro: ha sido el del sistema eléctrico

En alguna ocasión hemos dicho que la reestructuración de las Cajas de Ahorro no ha sido una auténtica reforma. Más bien ha sido el procedimiento (para)concursal más grande de la Historia de España. Ahora tenemos que rectificar. Es probable que ese honor corresponda a la reforma energética que el Gobierno ha ido ejecutando en el último año.

domingo, 5 de abril de 2015

Estados y pacificación genética


foto: @thefromthetree

Si ejecutas al 1 % de los hombres de cada generación y lo haces persistentemente durante centenares de años ¿puedes esperar una reducción de la violencia en la sociedad? Eso parece. Los homicidios en Europa, tras siglos de condenas a muerte a gran escala a los autores de actos de violencia se han reducido a casos de violencia familiar, enfermos mentales y actos realizados bajo la influencia de drogas o alcohol. Además, en sociedades en las que el entorno no era tan peligroso como las previas a la agricultura, la imagen del macho belicoso pasó de héroe a villano y los pacíficos ganaron la tierra y la habilidad para reproducirse porque parece que la conducta agresiva se hereda en buena medida.


Siete recomendaciones para hacer un buen MOOC

La corta historia de los cursos masivos disponibles en Internet es turbulenta. Aunque parece consolidarse, no son vistos como una alternativa a la formación presencial y, como en toda buena evolución no dirigida centralizadamente por un Estado, formas mixtas proliferan: las universidades tradicionales incorporan estos materiales en sus plataformas tipo Moodle y las que proporcionan educación a distancia los utilizan en mayor medida. En este pequeño trabajo, los autores dan algunos consejos para aumentar la eficacia de los videos que forman parte esencial de un MOOC. El problema fundamental parece ser el de que se requiere una gran fuerza de voluntad por parte de los alumnos para terminar los cursos. La tasa de abandono es muy elevada. Estos son algunos consejos de Philip Guo: (vía marginalrevolution.com)

Auge y caída de Holanda

“Todas las variantes del Mercantilismo tienen algo en común: eran intentos más o menos conscientes por parte de los gobernantes territoriales (de los reyes europeos en el siglo XVII que habían formado las naciones-estado) de imitar a los holandeses y convertirse en capitalistas en su orientación como la forma más efectiva de lograr sus objetivos de acumulación de poder”

sábado, 4 de abril de 2015

Chamberlain y Churchill


Chamberlain murió sin que nadie le llorara, ni le rindiera honores o le compusiera himnos…. buscó afanosamente alcanzar el poder y cuando lo tuvo, nunca dejó de utilizarlo. Su ignominia parece un precio justo por su fracaso. Fracasó, no porque actuara venalmente o fuera un cobarde o un incompetente. Su fracaso fue el producto de su mayor virtud. Chamberlain se dedicó completamente a la causa de la paz. En un lugar diferente o en un tiempo diferente, tal dedicación habría hecho de él un héroe. Pero en esa ocasión, le hizo vulnerable frente a las manipulaciones de Hitler y puso a su país al borde de la destrucción”.  
“Todo el mundo reconocía su talento pero pocos respetaban su opinión. De él dijo Stanley Baldwin: “Cuando Winston Churchill nació, muchas hadas cayeron sobre su cuna con regalos – imaginación, elocuencia, laboriosidad, capacidad – y entonces llegó un hada que dijo <<nadie tiene derecho a tantos dones>>, lo agarró y le dio tal meneo que … le quito el buen juicio y la sabiduría. Y esa es la razón por la que disfrutamos mucho escuchándolo en el Parlamento pero no le hacemos caso”.

Texto: Gautam Mukunda, Indispensable

martes, 31 de marzo de 2015

El deber de mitigar el daño


@thefromthetree

y algunas sugerencias sobre cómo redactar un recurso


La Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de marzo de 2015 se refiere a la obligación de una empresa eléctrica de indemnizar los daños sufridos por otra porque la primera negó ilícitamente el acceso a su red a la segunda empresa. Hay dos extremos de la sentencia que tienen relevancia “doctrinal”. El primero se refiere al deber del acreedor de mitigar el daño y el segundo a la deuda indemnizatoria como deuda de valor y, por lo tanto, al derecho del acreedor a que se actualice la cantidad a la que resulta condenado el demandado desde la fecha de la condena hasta el pago efectivo, cuestión de la que no nos ocupamos en esta entrada.

Canción del viernes en martes: Júníus Meyvant - Color Decay

Confirmada la doctrina sobre la responsabilidad del administrador por las deudas sociales cuando omite la liquidación ordenada de la sociedad

Esta Sala ha indicado también con reiteración que la imputación al administrador de responsabilidad por permitir la desaparición por vía de hecho de dicha entidad está justificada al amparo de la acción prevista en el artículo 135 del TRLSA , pues no actúa con la diligencia exigible al ordenado administrador ( artículo 127 del TRLSA ) al enfrentarse a una situación de crisis empresarial sin proceder a una ordenada liquidación de la sociedad que gestionaba, quebrantando así los principios de confianza y buena fe que han de regir en el tráfico mercantil y causando con ello daño a los acreedores que, como la demandante, han visto cercenadas las posibilidades de ver atendido, siquiera en alguna medida, su crédito contra ella.

lunes, 30 de marzo de 2015

Causalidad, Moralidad y Democracia

“In proportion as any man’s course of life is governed by accident, we always find that he increases in superstition”, David Hume


Los Derechos Penales más respetuosos con los derechos de los delincuentes suelen ser los de los países – digamos – ilustrados, no los de los países más religiosos, ni los de los países más democráticos. La comparación entre el Derecho Penal de un país del occidente europeo con el Derecho Penal de la mayoría de los países musulmanes o con el de los Estados Unidos de América es suficiente prueba. Aunque el de Estados Unidos es, quizá, más garantista en lo que al procedimiento se refiere, no lo es en cuanto al contenido de las conductas que se consideran merecedoras de reproche penal.  El Derecho Penal moderno, en Europa, es producto de la Ilustración (Beccaria fue un miembro destacado de la Ilustración), no de la Religión ni de la voluntad del pueblo acerca de las conductas que merecen los castigos más severos.

domingo, 29 de marzo de 2015

Los impecables

Para Teresa Duarte, una mujer de izquierdas y buena voluntad

En el Diario Público se ha publicado un artículo firmado por Pablo Pascual González, que se define como Miembro del Comité de Solidaridad con América Latina de Asturies www.cosal.es, en el que se reprocha a los medios de comunicación españoles “desacreditar a la democracia venezolana”. En concreto, “la desigual atención y el trato diferenciado que la prensa española presta a Venezuela respecto a otros países de América Latina”. Según el autor, “a diario se producen violaciones de los derechos humanos, torturas, desapariciones, asesinatos, que no merecen ninguna reseña en la prensa, mientras se llenan páginas enteras con mentiras continuas y descaradas contra el país de Bolívar

Dilema



Juego Cuero.

El dilema es falso. La cuestión se plantea expresamente en términos típicos de un dilema moral como si sólo pudieras salvar una vida de tres o, en el caso del dilema del trolebús (y aquí y aquí, sobre las distintas partes de nuestro cerebro que se iluminan cuando se nos plantea un dilema moral), de utilizar a alguien como medio y no como fin – al gordo para salvar la vida de cinco personas – y, en realidad, la situación no es semejante. 

Es evidente que la solución correcta es la de llevar a la señora mayor al hospital. Para ella, esperar en la parada de autobús es – o podría ser – cuestión de vida o muerte, ni para el amigo ni para la mujer-hombre de tus sueños la elección de la anciana supone nada más que aguantar las inclemencias del tiempo durante un rato. Por tanto, la pregunta es tramposa porque plantea como un dilema moral lo que no es más que un acertijo semejante a esos lógicos que consisten en dibujar una figura sin levantar el lápiz del papel. Lo que la respuesta hace es maximizar el bienestar del que contesta a costa del amigo que, a cambio de no esperar más el autobús, tiene que llevar en primer lugar a la anciana al hospital. Por tanto, se mejora el bienestar de la anciana y del que contesta, se deja igual a la mujer-hombre de tus sueños y se empeora la situación del amigo que no sé por qué te tendría que estar agradecido salvo por darle la oportunidad de hacer una buena obra. En otro sentido, el acertijo es un buen ejemplo de la coincidencia normal entre conducta racionalmente egoísta y conducta socialmente maximizadora del bienestar si presumimos su carácter voluntario para todos los afectados.

viernes, 27 de marzo de 2015

Conclusiones del Abogado general sobre el cártel de la parafina

Sobre la prueba de la participación en un cártel y el “distanciamiento público” respecto del cártel por parte de una empresa


Desde luego, la elección de Nils Wahl como Abogado General es una bendición para la calidad del ordenamiento sancionador de la Unión Europea en particular y de los razonamientos dogmáticos del Tribunal de Justicia, en general. Tras sus magníficas conclusiones en materia de cláusulas abusivas y las espléndidas en el caso Cartes Bancaires donde empieza a arreglar desde sus cimientos la cochambrosa estructura de la interpretación del art. 101.1 TFUE, el Abogado General nos proporciona ahora unas excelentes Conclusiones sobre la distribución de la carga de la prueba y el uso de presunciones en perjuicio de las empresas sancionadas por participar en cárteles de larga duración. Esperemos que la CNMC y la Audiencia Nacional estén a la escucha.

Canción del viernes: Ennio Morricone. El éxtasis del oro

English Tips for Spanish Lawyers (vi)

Por Nick Potter


In the next in this series looking at real-life examples of the most common mistakes in English by native Spanish lawyers, the lesson is not to be contrary! These and lots more invaluable tips are available in a new e-book/paperback, here: 50 English Tips for Spanish Professionals.

contrary vs contrast


jueves, 26 de marzo de 2015

¿Es inconstitucional el artículo 18 de la Ley de Emprendedores?


Foto: Biancoshock

Imponer la legalización de los libros de contabilidad y de actas o de registro de socios infringe la libertad de empresa


Dice el art. 18 de la Ley de Emprendedores

Legalización de libros
1. Todos los libros que obligatoriamente deban llevar los empresarios con arreglo a las disposiciones legales aplicables, incluidos los libros de actas de juntas y demás órganos colegiados, o los libros registros de socios y de acciones nominativas, se legalizarán telemáticamente en el Registro Mercantil después de su cumplimentación en soporte electrónico y antes de que trascurran cuatro meses siguientes a la fecha del cierre del ejercicio.
2. Los empresarios podrán voluntariamente legalizar libros de detalle de actas o grupos de actas formados con una periodicidad inferior a la anual cuando interese acreditar de manera fehaciente el hecho y la fecha de su intervención por el Registrador.
3. El Registrador comprobará el cumplimiento de los requisitos formales, así como la regular formación sucesiva de los que se lleven dentro de cada clase y certificará electrónicamente su intervención en la que se expresará el correspondiente código de validación.

miércoles, 25 de marzo de 2015

¡Qué parecidos somos!

Instituciones societarias en la India hasta la independencia


En Occidente, la cooperación económica tenía lugar a través de la familia extensa (el sujeto de derecho del mundo antiguo es mucho más la familia o el linaje que el individuo, la centralidad del individuo como sujeto de derechos y como sujeto moral es producto de la Ilustración y de la Ciencia, que establece como objeto de estudio – reduccionismo – al organismo lo que tiene su reflejo filosófico y jurídico en el individuo como sujeto que siente y padece y tiene voluntad. Recuérdese la centralidad de la voluntad en el iusnaturalismo que precede a la Ilustración) y a través del contrato de sociedad.

Derecho de información, aprobación de cuentas e ingresos en “negro”

La sentencia que reseñamos a continuación es un buen ejemplo de cómo los jueces, crecientemente; examinan los conflictos societarios desde una perspectiva contractual; se preguntan quién está cumpliendo de buena fe el contrato de sociedad y quién lo está incumpliendo y aplican las normas sobre impugnación de acuerdos sociales, en particular, por infracción del derecho de información. La Audiencia de Madrid aplica el art. 196 LSC que autoriza a los socios a solicitar “informes” de los administradores.

martes, 24 de marzo de 2015

A esto no ayudan las cuotas en los consejos de administración

Fuente

y lean este post de Soraya Chemaly

Consulta: el contrato de administración con el consejero-delegado



Estimado profesor,

Siento molestarte, pero estoy de prácticas y me gustaría que me ayudaras en una duda que tengo, si te es posible.

El art. 249.3 de la reforma de la LSC, establece que "Cuando un miembro del consejo de administración sea nombrado consejero delegado o se le atribuyan funciones ejecutivas en virtud de otro título, será necesario que se celebre un contrato entre este y la sociedad que deberá ser aprobado previamente por el consejo de administración con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros. El consejero afectado deberá abstenerse de asistir a la deliberación y de participar en la votación. El contrato aprobado deberá incorporarse como anejo al acta de la sesión". La pregunta es la siguiente: ¿este contrato vincula únicamente a los nuevos consejeros nombrados , o también a los antiguos consejeros que ejercían sus funciones sin contrato? ¿el contrato debe firmarse aunque el consejero delegado ejerza sus funciones ejecutivas de forma gratuita?
Gracias por su ayuda,
Un saludo

Carta abierta a Don Pedro Rivero Torre*: ¿no han aprendido nada de la crisis?




Estimado Sr. Presidente del Consejo de Administración de Liberbank



Soy cliente suyo – lo era de CCM – a raíz de haberme subrogado en un préstamo hipotecario concedido a la promotora a la que, en 2008, adquirí un pequeño apartamento en Madrid. El entonces director de la sucursal de San Fernando de Henares me ofreció mejorar las condiciones del préstamo (pasar de euribor + 0,75 a euribor + 0,60) a cambio de que realizara un depósito en su entidad por una cuantía semejante a la del préstamo hipotecario. ¡Ay! la amistad con el notario (que declinó cobrarme sus honorarios) me llevó a decirle que no leyera la escritura. Y lo hice en el convencimiento – que he expresado por escrito – de que lo mejor que puede hacer un consumidor enfrentado a un contrato de adhesión es no leerlo. Leer la letra pequeña es irracional económicamente y el legislador, que parte de la racionalidad de la conducta de los contratantes, me autoriza para comportarme así al declarar nulas las cláusulas abusivas y no incorporadas al contrato las cláusulas referidas a los elementos esenciales del mismo que sean “intransparentes”, entendiendo por tales no solo las que sean ilegibles o incomprensibles, sino aquellas en las que exista una desproporción entre su trascendencia respecto de la decisión de contratar del cliente-adherente y la actuación del predisponente en el sentido de llamar la atención del primero sobre su existencia, contenido y relevancia para la economía del contrato.

Revocación del poder de representación para asistir a la Junta y prueba de la resistencia

Blanca solicitó la nulidad de las juntas de socios celebradas en los días 19 de enero, 21 de julio y 27 de julio de 2010.  La impugnación se basaba en que Blanca había revocado el poder otorgado a favor de Blas, otro de los socios, por lo que la Junta no podía considerarse universal (que era como había sido calificada). Además, se impugnaban las otras dos juntas sobre la base de que se impidió el acceso a otros dos socios, Emiliano y Faustino.

La Audiencia Provincial de Madrid, en Sentencia de 18 de febrero de 2015, estima parcialmente el recurso de la sociedad frente a la sentencia del Juzgado que había estimado íntegramente la demanda de Blanca.

lunes, 23 de marzo de 2015

La comunidad hereditaria como socio y el control de la asistencia a la Junta por el registrador mercantil

… La tacha hace referencia a la necesidad… de que se justifique la representación de una comunidad hereditaria que comparece en junta general de una sociedad de responsabilidad limitada a efectos de ejercitar los derechos inherentes a la condición de socio.

El hecho histórico de mayor importancia en la Economía de Nueva Zelanda

Sheep farm tucked up under the southern alps, New Zealand.
Me gusta creer que el hecho histórico de mayor importancia para la Historia Económica de España fue el Plan de Estabilización de 1959. Cuando el general Franco se enteró de que no había divisas para pagar la gasolina de los coches del Parque Móvil, encargó a los técnicos que hicieran lo que les pareciera y a los técnicos les pareció que había que poner en marcha el mayor proceso de liberalización de la economía desde la caída del Antiguo Régimen. Daniel Davies, un economista que escribe ahora también sobre viajes, narra el que hizo (durante meses) por Nueva Zelanda y explica que el acontecimiento más notable de la historia económica de Nueva Zelanda fue ¡la entrada de Gran Bretaña en la entonces Comunidad Económica Europea en 1972!

The Most Important Woman in the History of Mathematics


Emmy Noether vía @elnalfaro

Recuperar el orgullo de ser europeos

Los españoles deberíamos ponernos al frente de la manifestación a favor de la Unión Europea. De construir unos Estados Unidos de Europa. Al mos europeum, lo que quiere decir, seguramente con demasiada burocracia y procedimientos, con muchos comités, mucho poder para las burocracias tecnocráticas, mucho reparto de poder entre distintos y heterogéneos niveles de decisión mucho mercadeo, muchas reglas de protección de las minorías de todo tipo, exceso de regulación etc. Nada es bueno sino por comparación.

domingo, 22 de marzo de 2015

Responsabilidad por consejos y dictámenes

El parágrafo 675.2 del Código Civil alemán y el 1300 del austríaco establecen que los daños que resultan de la emisión de un consejo o una recomendación no son indemnizables salvo que exista un contrato o un delictum (el supuesto de hecho del art. 1902 CC, esto es, un acto culposo).
“Es una reminiscencia del mandatum tua gratia del Derecho Romano (quod si tua tantum gratia tibi mandem, supervacuum est mandatum et ob id nulla ex eo obligatio nascitur: cuando yo te hago el encargo exclusivamente en tu interés, el mandato es superfluo y no se origina ninguna obligación). Los consejos no hay que seguirlos, por lo que no desatan ninguna responsabilidad en el que los da. Esta idea refleja un aspecto central de la autonomía privada que consiste en que en los asuntos de uno, es uno mismo el que debe valorar los hechos y decidir autónomamente”.

sábado, 21 de marzo de 2015

Caso práctico: ¿cómo saber si una conducta debe calificarse como de manipulación del mercado?



Las conductas que constituyen manipulación de los mercados están, obviamente, prohibidas (art. 83 ter LMV). No siempre es fácil distinguir una conducta de manipulación de una legítima basada en la persecución racional de un beneficio. La CNMC no lo tiene fácil cuando expedienta a las compañías eléctricas cuando retiran capacidad, esto es, cuando no ofrecen la producción de sus centrales en el mercado eléctrico (pool). La forma de hacerlo es ofrecer la producción de una de tus centrales a un precio muy elevado de manera que estás seguro de que no te la van a comprar (que no vas a “casar”) porque el precio que se formará en el mercado será inferior al que tú has ofertado. La compañía eléctrica ha podido actuar racionalmente – “no me interesa vender la electricidad que produce esta central a este precio porque espero venderla en el futuro a un precio más alto” – o ha podido intentar manipular los precios del mercado – al reducirse la oferta, el precio que se forma es más elevado y recibo una mayor retribución por la producción de las demás centrales de mi propiedad cuya producción he ofertado a un precio más bajo porque me pagan, por esta última producción, el precio de casación con independencia del que yo hubiera ofertado –.

viernes, 20 de marzo de 2015

Más sobre el artículo 160 f) LSC

Por Pedro Portellano Díez 


Profesor titular, UAM


No estoy seguro de poder compartir íntegramente las opiniones expresadas por el profesor Alfaro en su entrada sobre el artículo 160 f) LSC, en particular, sobre la consecuencia de que los administradores realicen la transacción sin el consentimiento de la junta, pero desde luego coincido en la necesidad de leer el precepto desde una clave distinta a la presunción de esencialidad del 25%, es decir, desde una clave más sustantiva que puramente porcentual. Es esa referencia, a mi entender, lo que está perturbando la correcta interpretación del precepto. Me explico.

English Tips for Spanish Lawyers (v) “recommend, suggest + gerund”

Por Nick Potter


Here’s another in this series looking at real-life examples of the most common mistakes in English by native Spanish lawyers - yes, even some of the readers of this blog. These and lots more invaluable tips are available in a new e-book/paperback, here: 50 English Tips for Spanish Professionals.

recommend, suggest + gerund

jueves, 19 de marzo de 2015

El Tribunal de Justicia reitera la jurisprudencia Cartes Bancaires

Califica como infracción por el objeto los intercambios de información en el caso Bananas


Es la Sentencia de 15 de marzo de 2015



La sustancia del caso la proporcionan los intercambios de información entre empresas importadoras de plátanos a Europa (Chiquita, Dole y Weichert) sobre los “precios de referencia” practicados por cada uno de ellos. La Comisión Europea entendió que se trataba de un cártel (denunciado por Chiquita, que se libra de la multa) y el Tribunal General desestimó los recursos de las empresas, desestimación que confirma el Tribunal de Justicia en la sentencia que comentamos. La mayor parte de la sentencia se ocupa de cuestiones de prueba y motivación y, en el plano sustantivo, de la calificación correcta que merecía la conducta de las empresas sancionadas.


La persistencia de una institución no garantiza su eficiencia

“Los historiadores de la Economía han mantenido una actitud respecto de las instituciones tradicionales excesivamente optimista. En concreto, han tendido a adoptar el punto de vista según el cual si una institución económica particular ha persistido durante mucho tiempo de forma estable es porque ha tenido que ser eficiente. Una versión moderna de la idea de Pope en su Ensayo sobre el hombre de 1732 según la cual, “lo que existe, está bien… Creer que podemos explicar las acciones de los hombres y las sociedades no exige creer que estas acciones e instituciones son justas o acertadas. Que lo sean es solo una de las posibles explicaciones.

La remuneración de los consejeros ejecutivos en los grupos de sociedades

A menudo, en los grupos de sociedades, (i) la remuneración de los ejecutivos se hace depender, no solo de la rentabilidad de la sociedad matriz sino también de la de alguna o algunas de las sociedades filiales. Especialmente, cuando la matriz es una sociedad holding y el ejecutivo tiene asignadas sus funciones gestoras en relación con alguna división del grupo.

miércoles, 18 de marzo de 2015

El saqueo de Amberes y la evolución del Derecho Cambiario



foto Francisco Aranguren

Entre el 4 y 8 de noviembre de 1576 una horda de más de 5.000 soldados españoles y alemanes se amotinaron y descendieron sobre la ciudad de Amberes y saquearon la ciudad de un modo frío, planificado, metódico y brutal. El comercio urbano se había reducido porque muchos comerciantes habían abandonado la ciudad meses antes, ante lo inseguro de la situación. Sin embargo, todavía había mucha riqueza que saquear y destruir. Dinero en efectivo, joyas y objetos preciosos eran, por supuesto, el principal objeto de deseo pero los amotinados buscaron, también, documentos que reconocían deudas (los billetes de banco de antaño), o sea, pagarés. Además, los soldados amotinados extorsionaron a los ciudadanos de Amberes obligándoles a firmar pagarés o a emitir nuevos, como sucedió con el administrador de la sociedad mercantil Merchant Adventurers Heton. Cuando terminó el motín y los saqueadores habían abandonado la ciudad, su Ayuntamiento anuló los pagarés robados… algo que, cual moderno proceso de amortización de títulos, ya había tenido lugar en 1546… entonces, dos socios ingleses Philips Coqueran y Janne âboro se habían comprometido a pagar a la compañía italiana de Bonaventura Michaeli o al portador del pagaré £ 251,95. El pagaré se había perdido y no pudo encontrarse, de manera que las autoridades de la ciudad lo declararon nulo e intimaron al que lo encontrase a que lo entregara a las autoridades… Eran naturalmente los deudores los que denunciaban la pérdida de un pagaré, temerosos de que acabaran en manos de cualquiera que les reclamase el pago y se vieran obligados a pagar dos veces (porque hubieran pagado ya al acreedor primigenio). Debido a que estos títulos eran activos líquidos, eran un objetivo fácil para ladrones y soldados amotinados.
Se comprende que en un mundo en el que la violencia estaba muy presente, la amortización de los títulos cambiarios tuviera una enorme importancia.

La aporía del turno

Una reflexión sobre la función notarial


Por Juan Álvarez-Sala, Notario


Hay un índice, que veneran los matemáticos, de problemas cuya solución resulta todavía indescifrable. Dentro de esa lista figuran algunos enigmas mundialmente célebres, como el escurridizo teorema de Fermat, que ha ocupado a la ciencia occidental durante más de trescientos cincuenta años, o la famosa conjetura de Poincaré sobre las esferas en el espacio de tres dimensiones. Existe incluso un catálogo de siete aporías matemáticas enunciadas a principios del siglo XX cuya solución está dotada por una academia de ciencias norteamericana con un premio de siete millones de dólares, cifra muy por encima del premio Nobel. Y es que algunos problemas son prácticamente irresolubles. No sólo en el mundo de las matemáticas. También en el ámbito jurídico.

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