martes, 12 de marzo de 2024

Citas: los más pobres de Europa en 2030 gracias al progresismo, los irlandeses son más sabios que los españoles, algoritmos, medicina de género, Ramón y Cajal, desinformación y la mala suerte de ser el hermano pequeño

Otra garantía de que seremos el país más pobre de Europa en 2030: la extensión de los permisos de maternidad a los padres y su ampliación reduce la desigualdad entre padres y madres pero también reduce los incentivos para volver a trabajar 
un estudio publicado por la Fundación Iseak tras los dos primeros años de equiparación de los permisos (2021 y 2022)... constata que la ampliación del derecho redujo en un 3% la probabilidad de los padres de seguir trabajando un año después. Sorprendentemente, también se redujo la probabilidad de las madres de seguir trabajando entre un 4 y un 6%. Esto significa que afectó de forma negativa al empleo de los padres sin beneficiar a las madres: “Lo cual puede coincidir con la hipótesis de que permisos de maternidad más largos no mejoran necesariamente el nivel de empleo de las mujeres”, escriben los autores del estudio, Imanol Lizarraga y Lucía Gorjón. Sin embargo, este nuevo derecho generó un beneficio para las mujeres en forma de menor parcialidad en el empleo. En total, el número de madres que redujo su jornada laboral para cuidar al bebé fue un 8% menos, con el impacto que este fenómeno tiene en sus carreras profesionales. Además, esta caída en la reducción de jornada de las mujeres no afectó al horario de los padres. En consecuencia, los autores concluyen que “la brecha de género en la reducción de la jornada laboral asociada a la llegada de hijos se ha reducido ligeramente debido a la aplicación de esta política, si bien aún lejos de la paridad”.


¿Debemos preocuparnos por los algoritmos que ofrecen precios distintos en función de la demanda


La columnista del FT cree que sí. Y que debería prohibirse la discriminación a los consumidores, pero la vigencia desde hace ya más de treinta años del art. 16 LCD que la prohíbe demuestra que no se pueden poner puertas al campo. Como dice siempre Arnold Kling, toda estrategia de comercialización de un producto por parte de un empresario se explica como una estrategia de discriminación de precios. Es evidente que cualquiera que desee maximizar los ingresos ha de cobrar a cada cliente el precio máximo que éste esté dispuesto a pagar. Y lo que protege a los consumidores frente a la discriminación 'injusta' es la competencia. Así que, nihil novum sub sole. Persigamos la colusión (o sea, los cárteles de precios en forma de utilización de un algoritmo común por parte de distintos oferentes con el objetivo de repartirse los clientes reduciendo la competencia entre ellos).

La 'medicina de género' es, simplemente, una forma de delincuencia


Otro efecto de la feminización 

 un 20% de las personas de entre 18 y 35 años está preparando o ha preparado oposiciones, y otro 32% más planea hacerlo.


Religión, patriotismo y Derecho aseguran el cumplimiento de las normas que sostienen la cooperación, por eso no puede dejarse un país en manos de sus elementos más progresistas

¡Cuán desconsolador para un corazón de patriota es, después de cuarenta y nueve años, reconocer que todavía buena parte de nuestros militares, empleados y hasta próceres políticos siguen entregados al saqueo del Estado! Y es que para muchos españoles el Estado es pura entelequia, vacuo ente de razón. Estafarle equivale a no estafar a nadie. ¡Singular paradoja, creer que no se roba a nadie cuando se roba a todos!... Perdido el sentimiento religioso, que antaño contuvo algo inveteradas codicias, no hemos sabido substituirlo con el patriotismo, la religión fuerte y moralizadora de las naciones poderosas.

Santiago Ramón y Cajal


Interpretación de las omisiones (o del silencio): Si nadie o casi nadie roba, la omisión deja de ser una conducta difícil de interpretar. Es la conducta debida. 


El Derecho español protege al delincuente cuando el delincuente es un político o un trabajador a sueldo y lo machaca cuando el delito es sexual


Shoppers visiting stores want to be inspiredPor qué Zara está reduciendo el número pero aumentando el tamaño de sus tiendas 

Meritocracia y democracia 

Es importante distinguir entre los sistemas de selección meritocráticos para los empleos altamente cualificados y una sociedad meritocrática. Los primeros son a la vez necesarios y deseables: es mejor tener expertos competentes para gestionar nuestros programas nucleares, por ejemplo. Pero la segunda no lleva la marca de una buena sociedad, e incluso es potencialmente una fuente de descontento colectivo”. Sobre todo, porque… Los que están dotados de las mejores capacidades cognitivas, sienten menos obligaciones hacia los menos inteligentes que antaño los ricos respecto a los pobres.

David Goodhart, citado en La tiranía de la mediocridad, Sophie Coignard

 

Elogio de la argumentación rigurosa

Primero, es como comer las verduras. No es la parte emocionante, pero si no lo haces, estarás mucho peor y, en última instancia, menos en condiciones de apreciar las partes emocionantes. Creo que alguien que solo trata de "¡ser interesante!" sin hacer ejercicios, o atarse a los estándares, que lo restringen y disciplinan... 

... simplemente sé aburrido. Lo opuesto al rigor no es la creatividad, es solo una especie de lodo aburrido y pseudo-profundo en el que uno dice sus opiniones largo y tendido y pretenciosamente. Véase, por ejemplo, artículos como este o el tipo de "trabajo" que pasa la prueba aquí. 

... temo mucho las consecuencias de... hacer una métrica de lo interesante...  Puesto que es necesario algún medio de evaluarse mutuamente cuando los recursos son limitados como lo son, es mejor que sea para una habilidad intelectual que esté relacionada y al menos algo sujeta a ser discernible. 

En tercer lugar, y lo más importante, los argumentos revelan el contenido... A través de la argumentación aprendemos qué es lo que estamos diciendo. 


Responsabilidad de los Estados por infracciones del Derecho Internacional

Los artículos no componen un tratado (como los Convenios de Ginebra, por ejemplo). Pero son una guía aceptada para el derecho internacional consuetudinario, que la Corte Internacional de Justicia de La Haya ha citado como autorizada. Por ejemplo, son la base sobre la cual Sudáfrica, un tercer país, tiene "legitimación" ante la corte para acusar a Israel de cometer genocidio en la Franja de Gaza. 

Como era de esperar, los artículos sobre la responsabilidad tienen mucho que decir sobre las contramedidas que Ucrania puede tomar legalmente contra Rusia. Pero el texto también deja claro que Rusia, al causar crisis internacionales de refugiados, alimentaria y de seguridad, también ha perjudicado a muchos otros países, y que estos Estados están igualmente en su derecho de responder. Además, es crucial que los artículos estipulen que algunas atrocidades son tan graves que equivalen a ataques contra la comunidad internacional en su conjunto. En la frase técnica, estos crímenes, incluidos el genocidio y las guerras de agresión, equivalen a ataques "contra todos", en latín, erga omnes.

Andreas Kluth, Articles on Responsibility of States for Internationally Wrongful Acts


Cinco mitos sobre la desinformación (Dan Williams)

  1. Estamos viviendo una "era de la desinformación" o "posverdad" sin precedentes.
  2. Identificar la desinformación es una tarea políticamente neutral.
  3. Las noticias falsas están muy extendidas y tienen un gran impacto.
  4. La gente se deja engañar fácilmente por la desinformación.
  5. La desinformación es la principal causa de las percepciones erróneas populares.
y cambien Trump por Sánchez

Más importante aún, la mayoría de las mentiras de Trump son transparentes e idiotas... la idea... de que Trump es un maestro manipulador que lava el cerebro a millones de estadounidenses para que lo apoyen hace que las cosas retrocedan. La gente acepta sus mentiras porque le apoya y porque desprecia a las élites liberales y al establishment, no al revés. Las causas de tales simpatías y antipatías son, a su vez, increíblemente complejas y específicas del contexto, incluida una intensa polarización afectiva (es decir, votantes a los que no les gustan mucho los partidarios del otro partido) y altas tasas de desconfianza institucional entre muchos republicanos, factores que a su vez tienen causas profundas y complejas que no pueden reducirse a la "desinformación". Así que incluso si piensa, como yo, que Trump es una mala persona, una amenaza para la democracia estadounidense y considerablemente peor que el político promedio, la idea de que ha creado una nueva era de lavado de cerebro a gran escala no es una buena teoría de la política estadounidense moderna.

Propaganda: cuando se trata de intentos de persuasión masiva, el fracaso es la regla y no la excepción (Hugo Mercier)

la propaganda autoritaria... sirve bien para algunos propósitos, como mostrar el poder del régimen, u ocupar las ondas de radio y hacer que sea más difícil para la población escuchar puntos de vista alternativos.

Lo que no impide que los ciudadanos que viven bajo la bota de un dictador se comporten externamente como si la propaganda fuera eficaz, pero eso significa que la propaganda cumple la función de un focal point, informa a todos de la conducta que cada ciudadano puede esperar de los demás, Binmore). 

Y tampoco es incompatible con que la propaganda sea eficaz cuando se dirige a grupos específicos de la población que son "persuadibles" (ej., en España, el núcleo duro de los votantes de Sánchez que se dejan persuadir por el argumento de que Sánchez es preferible a un gobierno del PP en el que Vox tuviera alguna influencia. Si ese grupo de 'persuadibles'-'progresistas' sigue votando a Sánchez, la formación de una mayoría alternativa a la del PSOE con nacionalistas y comunistas deviene más difícil.

Y recuerden, finalmente, lo de Ruanda y la Radio de las mil colinas 


Si quieres reducir las ventajas de los ricos, usa pruebas estandarizadas de acceso y vigila que el tipo de pruebas no beneficia a los ya privilegiados

Yale, Dartmouth y el MIT han vuelto a introducir las pruebas estandarizadas en el proceso de admisión. Para los estudiantes brillantes pero pobres, esto es un regalo del cielo. El hecho es que todo, excepto las pruebas, es inútil o está seriamente sesgado, desde las entrevistas hasta las actividades extracurriculares, las cartas de recomendación y prácticamente todo lo demás. Con los mismos niveles de rendimiento en las pruebas estandarizadas, las probabilidades de asistir a una universidad Ivy-Plus eran mucho más altas para los estudiantes con los antecedentes más ricos.

 

En Alemania, aumentar las plazas universitarias no reduce la diferencia en conseguir el título de bachillerato entre familias ricas y modestas

A nivel nacional, un aumento de 10 percentiles en el rango de ingresos de los padres se asocia con un aumento de 5,2 puntos porcentuales en la probabilidad de obtener un título de A-Level. Esta relación se mantuvo estable para las cohortes recientes, a pesar de un despliegue masivo de la educación secundaria superior en el período 1997-2018. Por lo tanto, una ampliación del acceso a la educación superior por sí sola puede no ser suficiente para reducir la brecha de oportunidades entre los niños de hogares de ingresos altos y bajos.

 

Subsidios a los salarios más bajos

un aumento en la generosidad de los subsidios salariales aumenta el número de horas trabajadas, aunque compensado por una disminución en el salario por hora...  Específicamente, las elasticidades a nivel del mercado laboral para los salarios (respectivamente el empleo) son aproximadamente cero para la tasa neta de impuestos. En resumen, los efectos sobre los salarios y el empleo presentan magnitudes similares pero signos divergentes, lo que lleva a que los ingresos laborales muestren poca capacidad de respuesta a los subsidios salariales. Estas respuestas sugieren una transferencia de los subsidios salariales a los salarios equivalente al 28% en promedio.

 

Por qué los hermanos pequeños ganan menos de adultos que los hermanos mayores

 Los niños en edad preescolar se enferman con frecuencia y transmiten la enfermedad a otros miembros de la familia. A pesar de la universalidad de esta experiencia, existe una evidencia causal limitada sobre las magnitudes y consecuencias de estas externalidades, especialmente para los hermanos pequeños con sistemas inmunológicos y cerebros en desarrollo. Con datos administrativos daneses se documenta que, antes de cumplir un año, los hermanos menores tienen tasas de hospitalización por afecciones respiratorias de 2 a 3 veces más altas que los hermanos mayores. Combinamos el orden de nacimiento y la variación dentro del municipio en la prevalencia de enfermedades respiratorias entre los niños pequeños, y encontramos impactos diferenciales duraderos de la exposición a enfermedades respiratorias en los primeros años de vida en los ingresos de los hermanos menores, el logro educativo y los resultados relacionados con la salud mental.

N. Meltem Daysal/Hui Ding/Maya Rossin-Slater/Hannes Schwandt, Germs in the Family: The Short- and Long-Term Consequences of Intra-Household Disease Spread, 2023

Pero la gran Emily Oster aclara: 

El impacto es bastante pequeño... inferior al 1%; En términos numéricos, es de unos 280 dólares al año sobre una base de 45.000 dólares... Los impactos en consultas de salud mental son ligeramente mayores, pero solo del 4%; un aumento de una visita en 20 años. Los autores argumentan que estos impactos son causales, pero no son, de ninguna manera, deterministas. Hay mucha superposición en la distribución de los ingresos de los niños mayores y los más pequeños, y entre los niños que están enfermos en el primer mes y los que no lo están. Es, pues, un factor, pero menor" y añade que los padres puede lavarse las manos más frecuentemente y vacunar a los niños contra el Virus Respiratorio Sincitial.

 

Los efectos de aumentar el impuesto sobre el patrimonio sobre la emigración de los más ricos, los ingresos fiscales del Estado y la inversión y el empleo en Suecia 

Si el 2% más rico paga un punto porcentual más en el impuesto sobre el patrimonio, el número de contribuyentes ricos se reduce en un máximo del 2% a largo plazo. Esto también provoca una disminución de como máximo 0,03% en el empleo total y de como máximo 0,1% en el valor añadido total. Así, nuestros resultados indican que la migración de los ricos por motivos fiscales tiene efectos de goteo, pero son muy pequeños.
Jakobsen, Katrine and Kleven, Henrik and Kolsrud, Jonas and Landais, Camille and Munoz, Mathilde, Taxing Top Wealth: Migration Responses and Their Aggregate Economic Implications (February 2024). 

¿Préstamo o cuentas en participación?

Matt Levine cuenta hoy en Bloomberg un proceso judicial por usura dirigido por la fiscalía de Nueva York contra una empresa llamada Yellowstone que financia a comerciantes adelantándoles fondos contra el pago, a corto plazo – un año – de una porción de los ingresos del comerciante. Este pago tiene un límite establecido en el contrato como una proporción de dichos ingresos. P. ejemplo, “te doy 45.000 $ hoy por el 10 % de tus ingresos del próximo ejercicio, con un máximo de 60.000 $”. Esto suena como unas cuentas en participación del artículo 239 del Código de Comercio. Si consideramos que el cuentapartícipe y el gestor están en condiciones de defender sus propios intereses, esas cifras reflejarán un ajuste equilibrado de los intereses de ambos. Es decir, que el 10 % de los ingresos brutos es una retribución de mercado para una inversión de capital como la que representan esas cifras en el negocio del gestor. Poner un máximo a la retribución del cuentapartícipe simplemente reflejaría el hecho de que unos ingresos extraordinariamente elevados no serían imputables de manera proporcional a la inversión de capital, sino a otros ‘insumos’ (fondo de comercio, habilidad o inteligencia comercial del gestor) que no han sido aportados por el cuentapartícipe. En fin, el cuentapartícipe asume el riesgo de que los ingresos del ejercicio sean especialmente bajos y no reciba más que una parte de lo que aportó (ej., si los ingresos son de 400.000 $, solo recibiría 40.000). Se dan, pues, los elementos de las cuentas en participación: un comerciante se “interesa” en “las operaciones” de otro, “contribuyendo para ellas con la parte del capital que convinieren, y haciéndose partícipe de sus “resultados prósperos o adversos en la proporción que determinen”. En el ejemplo, si las cosas le van muy bien al gestor, el cuentapartícipe obtendría un 34 % de rentabilidad para su inversión más o menos.

Pero si cambiamos las cifras – nos propone Matt Levine – y redactamos el pacto diciendo que “te doy 45.000 $ por el 50 % de tus ingresos del próximo ejercicio con un máximo de 60.000, el elemento de compartición de riesgos desaparece y la operación se parece mucho a un préstamo. La razón: es altísimamente improbable que los ingresos del gestor sean inferiores a 120.000 $ a la vista de los ingresos de ejercicios anteriores y las tendencias del mercado. Los contratantes estarían celebrando, realmente, un contrato de préstamo disimulado como uno de cuentas en participación. Es más, la proporción de los ingresos del comerciante podían llegar al 100 % (o incluso superarlo, porque un mismo comerciante podía recibir varios préstamos simultáneamente cada uno con un límite propio de cantidad a devolver en términos de los ingresos del comerciante: ej: cinco préstamos cada uno con un límite del 25 % de los ingresos del comerciante) lo que significaba que el comerciante debía destinar todos sus ingresos preferentemente a devolver el préstamo hasta cubrir el capital – 45.000 – y los intereses – 15.000, lo que, si se lograba antes de la llegada del término pactado – un año – significaba que los intereses realmente pactados eran mucho más elevados que el 34 % anual.

El contrato sería usurario si concebimos objetivamente el supuesto de hecho de la usura (es decir, basta con que el interés pactado sea claramente superior al precio del dinero en el mercado) y no lo sería si requerimos un elemento subjetivo (que el prestamista se aproveche de las limitadas capacidades mentales del prestatario o de su situación angustiosa).

Pero la ‘causa’ del contrato – si es un contrato de sociedad interna o un préstamo – puede determinarse atendiendo a si se comparte el riesgo del negocio (no el riesgo de solvencia del gestor, ese es un riesgo que corre tanto el cuentapartícipe como el prestamista). Si el que contribuye con capital asume el riesgo de la variabilidad de los ingresos del comerciante, estaríamos ante unas cuentas en participación y la acusación de usura se desvanecería porque la remuneración del cuentapartícipe estaría ajustada al riesgo asumido y estaríamos ante un préstamo – cuyo interés habría que calificar – si el que contribuye con capital no asume el riesgo de variabilidad de los ingresos del comerciante.

La fiscalía pretende condenar a Yellowstone a pagar 1.400 millones de dólares – habrían hecho préstamos por 500 millones – y uno no puede evitar pensar lo fascinante que es Estados Unidos. Una vez más: haga usted lo que quiera para ganar dinero. No ponemos límites a las ganancias que pueden obtener aquellos que asumen riesgos. Pero como le pillemos haciendo trampas, lo hundiremos en la miseria y dará con sus huesos en la cárcel. Una cultura que induce a jugar en los límites del terreno de juego para maximizar los beneficios sociales de la asunción de riesgos y de la innovación (incluida la financiera) debe incorporar sanciones terribles para los que, dolosamente, juegan fuera del campo de juego.

lunes, 11 de marzo de 2024

Compañías comerciales en el mundo antiguo

Foto: Pedro Fraile 

En las sociedades preindustriales, los comerciantes y artesanos podían satisfacer sus necesidades de capital y de diversificación de riesgos sin recurrir a ninguna organización empresarial de tipo societario. Incluso las actividades económicas que implicaban más capital y mayor asunción de riesgos, como el comercio a larga distancia, a menudo se realizaban dentro del ámbito familiar. Además, cuando el Estado --- o una persona o familia muy rica --- disponía de suficiente capital y capacidad para asumir riesgo, no era necesario ni siquiera crearlas. Un posible ejemplo sería el Egipto faraónico. 

Hay pruebas de la existencia de sociedades mercantiles en Mesopotamia ya a finales del tercer milenio a.C. y, siglos más tarde, en Assur, se conoce el desarrollo de dos tipos: el ellutum y el tapputum para dedicarse al comercio de caravanas de larga distancia... Eran compañías de un solo viaje... eran.. fácilmente terminables (se disolvían por voluntad o muerte de cualquiera de los socios) y eran estrictamente personalistas...  

El ellutum era una sociedad constituida para un solo negocio para compartir el riesgo entre varios socios capitalistas que designaban a un socio gestor que dirigía el negocio... Tenemos noticia de un ellutum formado por quince mercaderes de Asiria que aportaron diversas cantidades de plata con el propósito de comprar cobre, cambiarlo por lana y volver a cambiar ésta por plata.  

 El tapputum era una asociación de un solo negocio con un máximo de cuatro partes que compartían instalaciones y bienes y que se representaban mutuamente en las operaciones por cuenta conjunta. Por ejemplo, el taputo era utilizado por los terratenientes para obtener un fuente adicional de ingresos más allá de la inversión agrícola. El taputo terminaba con la muerte del gestor. 

A finales del primer milenio antes de Cristo, los neobabilonios desarrollaron el harrānu (literalmente, "contrato de la caravana"). Había un socio financiero senior y un socio gestor junior... La participación en la sociedad podía heredarse y algunos harrānu duraban más de cuarenta años. Las harrānu no se limitaban al comercio de larga distancia como un viaje marítimo sino que podía referirse a actividades locales como la producción textil o la elaboración de cerveza. Además, se utilizaron como elementos en grupos o redes empresariales más grandes... 

 A principios del segundo milenio, los mercaderes de Assur desarrollaron el naruqqum ("saco" o "bolsa de dinero") para reunir capital y compartir riesgos, principalmente en relación con el comercio de caravanas... no se limitaba a un solo negocio y...  de hecho, parece ser el primer ejemplo de sociedad con partes transmisibles... se constituía por escrito... Los inversores pasivos o ummeanum aportaban una suma de oro u otros activos. ... Muchos mercaderes tenían participaciones en varios naruqqum... muchos negocios asirios antiguos sobrevivieron durante varias generaciones... las participaciones eran heredables... muchos naruqqum pertenecían a los miembros de un grupo familiar... El número de socios oscilaba entre diez y veinte... 

 Los atenienses formaban koinonía o sociedades tanto para fines comerciales como no comerciales. Por ejemplo, la koinonía se utilizaba en el comercio marítimo para allegar capital que cubriera los costes de adquirir mercancías en un puerto extranjero que se transportarían a Atenas y se venderían en el emporion...  

El mundo islámico desarrolló varias formas de sociedades, entre las que se destacan el mudaraba (o qiridi), el inan y el mufawada. Estas formas de sociedades tienen quizás el récord mundial por su duración y su extensión geográfica. Se usaron en el mundo islámico durante más de mil años, hasta el siglo XX, y algunas de ellas siguen vigentes en la actualidad. El mudaraba o qirid era un tipo de sociedad que se empleaba para negocios locales, como tiendas o almacenes. Este tipo de sociedad combinaba elementos de un contrato de asociación y un contrato de agencia. Se le ha comparado con la commenda italiana, que surgió más tarde. El mudaraba consistía en un acuerdo contractual por el cual uno o más inversores (rabb al-mal) aportaban capital o bienes a uno o más agentes (mudarib). El rabb al-mal era un inversor pasivo que no intervenía directamente en las actividades del mudarib. Era habitual que el rabb al-mal solo retirara las ganancias después de cada viaje y transfiriera el capital original al mismo mudarib para una nueva mudaraba, lo que facilitaba las inversiones a largo plazo...La mudaraba se utilizó como elemento de estructuras organizativas más amplias que ampliaron considerablemente la capacidad de acumular capital y distribuir riesgos. Por ejemplo, el capital de una mudaraba podía transferirse a otra mudaraba o utilizarse para formar una sociedad con un tercero... 

La mufawada (era una suerte de sociedad universal)... requería la aportación de todas las actividades comerciales y activos de los socios...

Hay pocos testimonios que sobrevivan sobre los detalles de las sociedades comerciales en la India antes de 1800. Sin embargo, a diferencia del antiguo Egipto... la existencia de sociedades está bien respaldada por obras literarias... 

Hubo muchas formas societarias... desde la unificación Qin de China en el siglo III a.C. ... una... muy interesante fue el heben o hegu (合股)... se utilizaba... para empresas de alto riesgo, como viajes comerciales en el extranjero, o empresas intensivas en capital, como el comercio de sal y té. Lo que distingue al heben de otras sociedades chinas es la transmisibilidad de las partes de socio, aunque no en un mercado bursátil. En ese sentido, el heben se parecía al antiguo asirio naruqqum y a la societas publicanorum romana...A menudo había un socio de capital (pasivo) y un socio de trabajo (activo) que compartían las ganancias con frecuencia de acuerdo con una división de 50-50 a 70-30.... El socio gestor a menudo tenía amplia discreción para tomar decisiones y asumía pérdidas.

 Hawk, Barry E., Family, Partnerships and Companies, 2024

Patricia Crone, Sociedades preindustriales (i): rasgos de las sociedades preindustriales

 

segunda parte aquí

Resumo a continuación el libro. Destaco los pasajes que me parece que encierran lecciones importantes para nuestra sociedad. Por ejemplo, lo que se dice a continuación sobre la división del trabajo - la asignación de tareas - en las sociedades preindustriales es muy relevante para entender los límites (los beneficios y costes) de la meritocracia.

Asignación de los recursos por herencia, no por el mercado: quién seas es mucho más importante que lo que sabes hacer, especialmente porque no hay mucha especialización 

Lo que esto significa es que el linaje, y no las fuerzas del mercado, determinaba quién debía hacer qué: el trabajo había sido asignado de antemano al grupo social en el que uno nacía. La ventaja radicaba en el automatismo con que se reclutaba y formaba a las personas para sus puestos de trabajo. No había necesidad de sistemas educativos elaborados (a la gente le enseñaban sus padres), ni de centros de empleo y otras formas de intercambio impersonal de mano de obra; tampoco había necesidad de anunciar un nuevo ocupante del trono cuando moría el gobernante. Resolvía el problema de la asignación de puestos de trabajo con un mínimo de organización o, en otras palabras, era barato. (Por el contrario, consideremos los costes de unas elecciones presidenciales, o incluso el alboroto y la molestia de cubrir un puesto universitario: sería mucho más fácil simplemente nombrar al hijo). 

También funcionó, en cierto modo, porque la mayor parte del trabajo no era cualificado y porque las cualificaciones requeridas cambiaban muy lentamente: si cualquiera puede hacer un trabajo tan bien como cualquier otro, los elaborados procedimientos de asignación de puestos son superfluos; y si las cualificaciones no cambian de una generación a otra, los padres pueden formar a sus hijos tan bien como cualquier otro. De ahí salieron gobernantes ineptos, aunque también algunos muy impresionantes; y cuando en la Corea del siglo XV incluso los artistas llegaron a ser reclutados por herencia, también salieron pintores ineptos.

Las bondades del nepotismo

En el mundo preindustrial, la confianza siempre tuvo una importancia primordial, con el resultado de que el mercado laboral que existía estaba dominado por las redes personales: yo te recomendaría a mi hijo y tú recomendarías al tuyo; tú recomendarías a tu sobrino y yo recomendaría a mi amigo. La gente se empleaba en el seno de comunidades pequeñas donde todos se conocían. Los padres organizaban el aprendizaje de sus hijos y los maestros que los acogían sabían todo lo que había que saber sobre el aprendiz antes de aceptarlo. 

Para los puestos en la burocracia política, una red extendida de parientes, amigos y aliados era muy deseable, si no indispensable. En una narración musulmana del siglo X, un burócrata de alto rango se lamenta de que el único hijo de un amigo fallecido es tan estúpido que no puede convertirlo en juez ("el muchacho es tan tonto que deshonraría por completo mi recomendación"). como dijo Macauley de un primo en 1833). Pero aunque un mecenas se deshonraría a sí mismo al apoyar a un completo ignorante para un trabajo que requiriese pericia, no había nada vergonzoso en el mecenazgo como tal: beneficiaba tanto al empleador como al empleado. Dondequiera que la confianza importara tanto o más que las habilidades, el nepotismo era una virtud, no un signo de corrupción.

La concentración del excedente en pocas manos 

Un emperador persa del siglo III supuestamente decretó que los súbditos debían quedarse solo con la cantidad de sus productos cultivados que les bastara para vivir y cultivar sus tierras. Un rey de Kashnur lS del siglo VIII habría ordenado que se vigilara que los aldeanos no tuvieran más provisiones de alimentos que las necesarias para un año, ni más bueyes de los que requerían para arar sus campos. Un documento japonés del siglo XVII afirmaba que los campesinos eran el fundamento del Estado y que cada hombre debía tener bien delimitados los límites de sus campos, y se debía calcular la cantidad que necesitaba para su consumo. El resto se debía pagar como impuesto. No sorprende que los discípulos de Jesús se escandalizaran cuando su maestro cenaba con recaudadores de impuestos ('publicanos') y otros pecadores."

Dondequiera que la riqueza tomara la forma de tierras y un excedente almacenable, los cuales podían ser confiscados físicamente, un pequeño número de especialistas en violencia tendía a eliminar a otros participantes de la arena política, especialmente cuando la tasa de participación militar era baja, o en otras palabras, donde pocos varones adultos eran llamados a participar en la guerra. Por el contrario, los medios de producción (a diferencia de los productos en sí mismos) no podían ser confiscados físicamente donde predominaba la riqueza comercial, ni las masas podían ser excluidas de una voz en la política donde la tasa de participación militar era alta.

La inseguridad individual elevaba enormemente la importancia de la autotutela por los grupos basados en el parentesco o en estructuras corporativas

Ya sea que tomaran la forma de familias, linajes, tribus, barrios, aldeas, gremios, comunidades religiosas o una combinación de ellos, eran islas de confianza y solidaridad en un mundo inestable y peligroso (lo que no quiere decir que no pudiera haber divisiones o tensiones dentro de ellas). Por lo general, eran organizaciones autónomas, unificadas frente a terceros, endogámicas, con mecanismos de resolución de disputas entre los miembros e incluso capaces de levantar un ejército...

Es por esta razón que las personas eran amigas o aliadas, como se mencionó en el capítulo anterior, no una masa indiferenciada de ciudadanos que podían proporcionar mano de obra neutral. Para el Estado, la existencia de tales grupos era una bendición sólo en parte. Mantenían a la gente bajo control, pero también intervenían entre el Estado y sus súbditos, lo que dificultaba el gobierno directo. Podían ser heréticas, y siempre corrían el peligro de rebelarse.... En resumen, la organización política tendía a... una situación en la que los diferentes poderes se contrarrestan y anulan entre sí en lugar de combinarse para lograr un efecto conjunto. Los estados preindustriales tenían un poder considerable para evitar que las cosas sucedieran, pero muy poco para hacer que sucedieran. Por lo tanto, no es sorprendente que los estados fueran estructuras frágiles que colapsaban fácilmente bajo tensión interna o presión externa. El bajo grado de integración, por un lado, y los mínimos servicios prestados por el Estado, por otro, significaban que había poco que los mantuviera unidos.  

La importancia del matrimonio monógamo 

Siendo los reyes gobernantes de dominios privados, la sucesión al trono era idéntica a la sucesión en la propiedad de la tierra; Y así... la propiedad de la tierra podía ser transmitida tanto por hombres como por mujeres. Al mismo tiempo prevalecía la estricta monogamia. Fuera de Europa, por el contrario, la sucesión al trono era normalmente distinta de la de la propiedad privada. Por lo general, las mujeres no podían transmitir ni la tierra ni los derechos políticos de ningún tipo, mientras que la poligamia, el concubinato o el divorcio fácil aseguraban que los herederos varones fueran abundantes. Por lo tanto, los gobernantes no europeos se limitaban a sellar alianzas políticas mediante sus matrimonios, pero sus homólogos europeos competían constantemente tanto por aliados como por herederos; y mientras que los reyes no europeos tendían a tener un exceso de herederos potenciales, sus homólogos europeos siempre estaban preocupados por su capacidad para producir uno solo, de modo que los asuntos matrimoniales de los reyes eran temas políticos candentes; y aunque las guerras de sucesión a la muerte de los gobernantes están atestiguadas en todo el mundo, las guerras de sucesión entre monarcas reinantes eran peculiares de Europa, donde las reclamaciones dinásticas de territorios específicos basadas en las reglas de la sucesión privada desempeñaron un papel crucial en la política internacional hasta el siglo XVIII. 

La concepción privada del poder político

... una persona dotada de poder supremo, ya sea por herencia o de otra manera, no puede distinguir fácilmente entre su yo privado y público. "La tierra pertenece a Dios, y yo soy el diputado de Dios", dijo el califa Muawiya (661-80). L'Etat c'est moi, diría Luis XIV. 

... la falta de transparencia y rendición de cuentas de los actores políticos fomentaba la idea de que la política era un asunto de pactos entre caballeros del mismo club. La ventaja de reducir las decisiones públicas a acuerdos privados era que se simplificaba la comunicación y se aseguraba que las decisiones fueran satisfactorias para los involucrados. En cambio, las normas impersonales complican el proceso de decisión y generan resultados indiferentes o contrarios a los intereses privados de los decisores, que es, por supuesto, su propósito. Sin embargo, las normas impersonales solo se establecen y se cumplen cuando la administración está expuesta al escrutinio de agentes externos, ya sea a través de los tribunales, los parlamentos o los medios de comunicación. A los gobernantes preindustriales rara vez se les exigía responsabilidad ante nadie más que Dios; normalmente, sus servidores solo respondían ante sus superiores; y los medios de comunicación masivos no existían. En resumen, el proceso político se mantenía al margen del ojo público, dejando a todos libres para participar en interminables negociaciones privadas tras bambalinas."

Patricia Crone, Sociedades preindustriales, 1989

Congreso sobre sostenibilidad y gobierno corporativo

 



JUEVES 18 DE ABRIL DE 2024 
9.00-9.30 Recepción de asistentes y entrega de materiales y acreditaciones 
9.30-9.45 Apertura del Congreso • Sra. D.ª María Emilia Adán García; Decana del Colegio de Registradores de España 
9.45-10.30 Lecture/ Conferencia • Luca Enriques, Professor of Corporate Law, Faculty of Law, University of Oxford – Corporate Purpose, Sustainability, and Conflicts of Interest in European Company Law 
10.30-12.00 Panel/ Mesa redonda 1: Sostenibilidad corporativa, derechos humanos y competitividad de las compañías de la Unión Europea en el ámbito internacional/ Corporate sustainability, human rights and the competitiveness of EU companies in the international arena • Moderador: Alfonso Martínez-Echevarría y García de Dueñas, Catedrático de Derecho Mercantil, Universidad CEU San Pablo; Director de la Cátedra de Derecho de los Mercados Financieros-Colegio de Registradores de España; Socio de Martínez-Echevarría Abogados • Jesús Quijano González, Catedrático de Derecho Mercantil, Universidad de Valladolid; Consejero Académico de Allen & Overy • Jorge Noval Pato, Profesor Titular de Derecho Mercantil, Universidad de Navarra • Carlos Balmisa García-Serrano, Secretario General Técnico del Colegio de Registradores de España • Konstantinos Sergakis, Professor of Capital Markets Law and Corporate Governance, University of Glasgow (United Kingdom) 
12.00-12.30 Coffee break/ Pausa-café 
12.30-14.00 Panel/ Mesa redonda 2: Sostenibilidad corporativa y diligencia debida/ Corporate sustainability and due diligence • Moderadora: Geraldine Bethencourt Rodríguez, Profesora Colaboradora Doctora de Derecho Mercantil, Universidad CEU San Pablo; Investigadora de la Cátedra de Derecho de los Mercados Financieros-Colegio de Registradores de España • Dulce Calvo González-Vallinas, Vocal de RSC del Colegio de Registradores de España, Registradora de la Propiedad – La propuesta de Directiva sobre diligencia debida y su incidencia en el ámbito del Derecho internacional privado • Esperanza Gallego Sánchez, Catedrática de Derecho Mercantil, Universidad de Alicante • Santiago Hierro Anibarro, Catedrático de Derecho Mercantil, Universidad de Alcalá, Of Counsel de DLA Piper • Gabriella Iermano, Associate Professor of Business and Company Law, University of Pisa (Italy) 
14.00-16.00 Lunch/ Comida (servida en el vestíbulo de la Universidad/ served in the University foyer) 
16.00-17.30 Panel/ Mesa redonda 3: La presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas. La Directiva (UE) 2022/2464 y su transposición por medio del Anteproyecto de Ley de información sobre sostenibilidad/ Corporate sustainability reporting. Directive (EU) 2022/2464 and its implementation through the draft Sustainability Reporting Act • Moderador: Fernando Díez Estella, Profesor Titular de Derecho Mercantil, Universidad Antonio de Nebrija; Investigador de la Cátedra de Derecho de los Mercados Financieros-Colegio de Registradores de España • Hanne S. Birkmose, Professor of Law, University of Southern Denmark (Denmark) – Presentación de información sobre sostenibilidad (arts. 19 bis y 29 bis Directiva UE 2022/2464)/ Sustainability reporting (Art. 19a and 29a EU Directive 2022/2464) • Florian Möslein, Professor of German Civil and Business Law, University of Marburg (Germany) – Normas de presentación de información sobre sostenibilidad, formato electrónico e informes relativos a empresas de terceros países (capítulos 6 bis, 6 ter y 9 bis Directiva UE 2022/2464)/ Sustainability reporting rules, electronic format and reporting on third country companies (Chapters 6a, 6b and 9a EU Directive 2022/2464) • Javier Juste Mencía, Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad Complutense de Madrid, Of Counsel de Cuatrecasas –Artículo primero. APL. Modificación del Código de Comercio, publicado por el Real Decreto de 22 de agosto de 1885 • Antonio Roncero Sánchez, Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Castilla La Mancha, Of Counsel de Écija Abogados – Artículo segundo. APL. Modificación del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio. • María Isabel Martínez Torre-Enciso, Profesora Titular de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad Autónoma de Madrid – Artículo tercero. APL Modificación de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas. 
17.30-19.00 Panel/ Mesa redonda 4: Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (NEIS). El Reglamento Delegado (UE) 2023/2772/ European Sustainability Reporting Standards (ESRS). Commission Delegated Regulation (EU) 2023/2772 • Moderadora: Sara González Sánchez, Profesora Titular de Derecho Mercantil de la Universidad CEU Cardenal Herrera; Investigadora de la Cátedra de Derecho de los Mercados Financieros-Colegio de Registradores de España • Dario Latella, Profesor Catedrático de Derecho Mercantil en la Universidad de Messina (Italia) – NEIS 1 “Requisitos generales” y NEIS 2 “Información general”/ NEIS 1 "General Requirements" and NEIS 2 "General Information" • Pablo Esteban Sánchez, Subdirector General, Spainsif – NEIS E1 Cambio climático, NEIS E2 Contaminación, NEIS E3 Recursos hídricos y marinos, NEIS E4 Biodiversidad y ecosistemas, NEIS E5 Uso de los recursos y economía circular • Belén Varela Nieto, Responsable de Reporting No Financiero, Inditex – NEIS S1 “Personal propio”, S2 “Trabajadores de la cadena de valor”, S3 “Colectivos afectados” y S4 “Consumidores y usuarios finales” • María José Gálvez Cardona, Head of ESG, Sustainability Services, Ernst & Young, S.L. – NEIS G 1 “Conducta empresarial” 
20.30 Cocktail dinner/ Cena cóctel. Lugar: Casa de América, calle Plaza Cibeles, s/n, Salamanca, 28014,

 

VIERNES 19 DE ABRIL DE 2024 
10.00-11.15 Panel/ Mesa redonda 5: El “Código de buenas prácticas de inversores” de la CNMV 2023/ The CNMV’s “Good practices Code for Investors” 2023 • Moderador: Rafael del Castillo Ionov, Profesor de Derecho Mercantil, Universidad CEU San Pablo; Coordinador de la Cátedra de Derecho de los Mercados Financieros-Colegio de Registradores de España; Socio Fundador de Stocken Capital • Javier Zapata Cirugeda, Secretario General de Emisores Españoles • Nerea Vázquez García, Analista Sénior del Departamento de Información Financiera y Corporativa, Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) • Juan Prieto, Director General de Corporance Asesores de Voto 
11.15-11.45 Coffee break/ Pausa-café 
11.45-13.00 Panel/ Mesa redonda 6: La diligencia debida societaria y la productividad empresarial/ Corporate due diligence and business productivity • Moderadora: Irene Navarro Álvarez, Profesora Colaboradora Doctora de Derecho Mercantil, Universidad CEU San Pablo; Presidenta de la Asociación Multisectorial de Mujeres Directivas y Empresarias (AMMDE) • Otilia García-Rivero Gener, Directora de Estrategia y Políticas de Corporance Asesores de Voto • Ana Martínez-Pina, Socia de Gómez-Acebo & Pombo, Exvicepresidente de la CNMV • Ramón Hernández Peñasco, Socio Fundador de Legalfield, Consultores y Abogados; Investigador de la Cátedra de Derecho de los Mercados Financieros-Colegio de Registradores de España • José María Elías de Tejada, Socio de Deloitte España, Copresidente de la sección de Derecho de Sociedades, Gobierno Corporativo y Desarrollo Sostenible del ICAM 
13.00-13.45 Lecture/ Conferencia de clausura • Manuel Conthe, Expresidente de la CNMV, Árbitro 
13.45-14.00 Clausura del Congreso: Excmo. Sr. Dr. D. Agustín Probanza Lobo, Vicerrector de Investigación, Transferencia y Divulgación Científica de la Universidad CEU San Pablo

 

INSCRIPCIÓN Las inscripciones se tramitan enviando el nombre y cargo del asistente a catedra.dmf@ceu.es • Matrícula gratuita • Se hará entrega de certificaciones de asistencia 

Citas: el Papa, Hegel, Buffet, Grocio y, cómo no, la 'diversity' mal entendida en las universidades

Ruth Orkin

El Papa tiene que abdicar. No es que diga gilipolleces de vez en cuando. Es que parece que solo dice gilipolleces. Y la rectificación empeora las cosas.


"Nunca trates con un bribón bajo la expectativa de que puedes evitar que te engañe".

Hugh McCulloch, 1863


Si bien hacemos hincapié en tratar bien a nuestros empleados, comunidades y proveedores, ¿quién no desearía hacerlo? – Nuestra lealtad siempre será a nuestro país y a nuestros accionistas. Nunca olvidamos que, aunque su dinero se mezcle con el nuestro, no nos pertenece.

Warren Buffet

"Puedo declarar abiertamente que, así como los matemáticos describen las formas haciendo abstracciones de cuerpos que están muy distantes de nosotros, yo, en mi tratamiento del Derecho, he abstraído mis pensamientos de cualquier instancia de hecho"

Hugo Grocio

"si los príncipes escriben las leyes, lo único que tendrán en mente es el interés público"

Muratori (1742)

La misma palabra "representante" era un truco, según Necker, porque "el término da la impresión de 'otro yo", una impresión que él veía como absolutamente falsa 

Paolo Grossi 

"Hay jóvenes que no quieren tener hijos porque el mundo va a ir de mal en peor. Por desgracia, vivirán para lamentarlo"

Matt Ridley


Parece que en Stanford no hay diversidad política e ideológica

Todo el claustro es progresista y muy progresista. Pero eso no parece molestar a los encargados de asegurar la 'diversidad'


“No solo hay que estar callado cuando no se tiene nada que decir, también hay que callar cuando no se puede expresar algo con precisión" 

Jamás alcanzará a usted la plenitud de escritor sí, en el instante en que toma papel y pluma, no está espabilado como un durmiente al que echan un cubo de agua. Usted es un comunicante, no lo olvide. También su situación indecisa debe ser expresada de manera inteligible.  
Espero que no ceda usted al punto de vista alemán de que no se puede escribir rápido. Un buen libro. Yo solo sé escribir bien y rápido. Los alemanes escriben científicamente también los libros poéticos. Sienten científicamente, por eso son lentos. El moroso trabajo de un Flaubert, por ejemplo, estriba en condiciones previas, totalmente distintas, a saber, en la pereza. Desde la escuela sabrá usted que se pueden apoyar todo el día con la mayor de las perezas en el alma”  
Aunque la relación entre dos personas decentes no se basa en pan y comida, es importante que ambos tengamos pan. La necesidad es capaz de aniquilar todo lo noble. También la amistad. Es importante que ninguno de los dos esté en manos de la vil necesidad”.

Joseph Roth, Cartas


La concepción de la propiedad como expresión de la voluntad en el iusnaturalismo racionalista 

"La forma dada a una posesión y su marca son en sí mismas signos externos sólo por la presencia subjetiva de la voluntad, que es lo que da significado y valor a esos signos externos... la voluntad así expresada... es un acontecimiento en el tiempo que tiene carácter continuado, en el sentido de no interrumpido)Sin continuidad de la voluntad expresada, la cosa se convierte en a res nullius, porque ha sido privada de la voluntad y posesión actuales. Esto explica por qué se adquiere o se pierde la propiedad a través de la prescripción adquisitiva o extintiva... La prescripción extintiva... descansa pues... en el carácter fáctico de la propiedad, en el hecho de que la voluntad de ser propietario debe manifestarse. La prescripción se basa en la presunción que he dejado de considerar la cosa como mía. Si una cosa ha de seguir siendo mía, Mi voluntad debe continuar en ella, y usarla o mantenerla bajo mi control demuestra la continuidad"

Hegel, Filosofía del Derecho 

domingo, 10 de marzo de 2024

Las mujeres no son menos cooperativas que los hombres. Sólo son menos competitivas

foto: Pedro Fraile 

En resumen, entre los mamíferos, la reproducción de los machos generalmente está limitada por el acceso a las parejas. Esto, combinado con el ritmo de la historia de la vida humana, favorece la participación de los machos en (i) estrategias de alto riesgo, (ii) la protección de la pareja y (iii) la búsqueda de un alto estatus social. Por extensión, se espera que los hombres y los niños formen alianzas políticas y participen en la defensa colectiva de la pareja a través de la agresión intergrupal, y se beneficien de la formación de redes sociales amplias y difusas. 

... el éxito reproductivo de las hembras de mamíferos generalmente está limitado por el acceso a los recursos. Como consecuencia, se espera que las mujeres adopten estrategias de bajo riesgo que mejoren su propia salud y supervivencia y la de sus hijos. Se espera que las mujeres y las niñas establezcan vínculos vinculados al cuidado de los hijos, sean muy selectivas a la hora de elegir a los socios cooperativos, formen redes sociales estrechas, excluyan a los competidores y cooperen principalmente con parientes cercanos. 

La evidencia de este marco teórico ha sido mixta. En su apoyo, varios estudios señalan que las mujeres y las niñas forman menos amistades con personas de su mismo sexo, invirtiendo más en cada relación, siendo más propensas a terminarlas si se produce una transgresión de las reglas por la otra persona y siendo menos cooperativas que los hombres y los niños en las interacciones entre personas del mismo sexo. Por otro lado, la investigación de la psicología social y de la salud indica que las mujeres son más propensas a responder a escenarios estresantes buscando y brindando apoyo y participando en estrategias orientadas a los demás a pesar de interactuar con extraños, mientras que los hombres son más propensos a responder de manera egoísta y competitiva. 

Además, una revisión sobre el comportamiento prosocial de los niños encontró que las niñas a menudo tenían grupos de juego más pequeños, pero eran más prosociales que los niños en la mayoría de los demás aspectos. 

Un estudio que comparó registros etnográficos de sociedades a pequeña escala argumentó que los hombres a menudo cooperan en grupos más grandes, mientras que las mujeres son más propensas a participar en actividades paralelas no cooperativas. 

Por el contrario, en un estudio con cazadores-recolectores Hadza en Tanzania, los hombres y las mujeres no difirieron en su número de compañeros de campamento preferidos o en el número de individuos con los que compartirían regalos. 

También se ha encontrado una ausencia de diferencias de género en las redes sociales en otros estudios... No hay evidencia de diferencias de género en la prosocialidad y la equidad entre los niños en 21 sociedades diversas. 

Según Cassar y Rigdon... las mujeres pueden suprimir los comportamientos competitivos en un esfuerzo por conservar los beneficios potenciales de las relaciones cooperativas. En su resumen, destacan los estudios que muestran que las niñas con frecuencia prefieren los juegos cooperativos a los competitivos y son menos tolerantes a las diferencias de estatus social entre sus compañeros que los niños. Los autores sugieren que esta es la razón por la que las mujeres son menos competitivas en los juegos experimentales en los que el ganador se lo lleva todo, pero más competitivas cuando los experimentos tienen la opción de que los ganadores compartan con los perdedores. 

Starkweather y sus colegas demostraron que las redes cooperativas de cuidado infantil y de trabajo de las mujeres Shodagor en las zonas rurales de Bangladesh diferían según las actividades económicas de las mujeres. También era probable que las mujeres que se dedican al comercio cooperaban cuidando recíprocamente de los hijos de las otras cuando éstas viajaban. Dado que el comercio es incompatible con el cuidado de los niños, este intercambio les permitió resolver el equilibrio entre la asignación de tiempo al cuidado de los niños y las actividades económicas. Por el contrario, la pesca es compatible con el cuidado de los niños, y las mujeres que trabajaban como pescadoras tenían redes de cooperación más reducidas.

Fox SA, Scelza B, Silk J, Kramer KL. 2022, New perspectives on the evolution of women’s cooperation. Phil. Trans. R. Soc. B

viernes, 8 de marzo de 2024

Liquidación y extinción de una sociedad que carece de bienes y tiene un solo acreedor

El hombre de Río 

Mediante la escritura cuya calificación es objeto del presente recurso se elevan a público los acuerdos adoptados por unanimidad de los socios en junta general universal de una sociedad de responsabilidad limitada por los que se aprueba el balance de liquidación, del que resulta que no existe activo alguno que liquidar, y se declara liquidada y extinguida la sociedad, con solicitud de la correspondiente cancelación de los asientos registrales de la sociedad, conforme a lo dispuesto en la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 22 de agosto de 2016. En la misma escritura se expresa por el liquidador que la sociedad tiene un solo acreedor (la Agencia Tributaria), cuyo crédito no se puede satisfacer por inexistencia de masa activa. El registrador Mercantil resuelve suspender la práctica del asiento registral solicitado porque «conforme al artículo 395 de la Ley de Sociedades de Capital, la escritura de extinción de la sociedad debe contener la manifestación de los liquidadores de que se ha procedido al pago de los acreedores o a la consignación de sus créditos»...  

La cuestión planteada debe resolverse conforme al criterio mantenido por este Centro Directivo en sus Resoluciones de 29 de abril de 2011, 1 y 22 de agosto de 2016 y 19 de diciembre de 2018, según las cuales, sin necesidad de prejuzgar sobre la procedencia o improcedencia de la declaración de concurso, en el ámbito estrictamente registral no existe norma alguna que supedite la cancelación de los asientos registrales de una sociedad de capital que carezca de activo social a la previa declaración de concurso.... para practicar tal cancelación... se estimó suficiente que en el balance de liquidación, y bajo la responsabilidad del liquidador, constara la inexistencia de activo alguno para la satisfacción del acreedor...  

  la cancelación de tales asientos no perjudica al acreedor, toda vez que se mantiene la aptitud de la sociedad para ser titular de derechos y obligaciones, mientras no se hayan agotado todas las relaciones jurídicas pendientes de la misma (cfr. artículos 390.1, 391.2, 395.1, 398 y 399 de la Ley de Sociedades de Capital y 228 del Código de Comercio; y, por todas, la Resolución de 5 de marzo de 1996). La cancelación de los asientos registrales de una sociedad no es sino una fórmula de mecánica registral para consignar una vicisitud de la sociedad, que en el caso de la disolución es que se considere terminada la liquidación. Por ello, no impedirá la ulterior responsabilidad de la sociedad si después de formalizarse e inscribirse la escritura pública de extinción de la sociedad aparecieren bienes sociales no tenidos en cuenta en la liquidación (cfr. artículo 398 de la Ley de Sociedades de Capital)...  

Por otro lado, el hecho de que no se puedan aplicar las medidas tuitivas establecidas en las normas de la Ley Concursal no implica que los acreedores de la sociedad insolvente se vean privados de suficiente protección. Es indudable que, al margen del procedimiento concursal, pueden iniciar un procedimiento de ejecución singular contra la sociedad y contra los socios, administradores o liquidadores si la falta de pago de la deuda por la sociedad es a ellos imputable, mediante el ejercicio de la acción individual de responsabilidad (cfr. artículos 397 a 400 de la Ley de Sociedades de Capital), con posibilidad de ejercitar las acciones previstas en el Código Civil para los actos realizados en fraude de acreedores (artículo 1291.3.º) o la acción revocatoria o pauliana (artículo 1111). En definitiva, a efectos de la cancelación de los asientos registrales, debe admitirse la manifestación que sobre la inexistencia de activo y sobre la existencia de un único acreedor realice el liquidador bajo su responsabilidad –confirmada con el contenido del balance aprobado–, como acontece en otros muchos supuestos contemplados en la legislación societaria (cfr. artículos 160 bis, apartado 3, 170.4, 201.2.1.º y 2.º, 208.3, 218.1, 227.2.1.ª y 2.ª, 242.3.ª y 246.2.2.ª del Reglamento del Registro Mercantil. Vid. las Resoluciones de 10 y de abril de 2014 y 23 de junio de 2016)

Es la RDGSJFP de 5 de febrero de 2024.

Nombramiento de liquidador en expediente de jurisdicción voluntaria y aceptación del cargo que resulta del mandamiento: inscripción en el Registro Mercantil


El hombre de río (1964)

Es la RDGSJFP 6 de febrero de 2024. 

... en el ámbito de los procedimientos de jurisdicción voluntaria...  la resolución que causa toma de razón en el Registro es el mandamiento en el que resulte el decreto firme del letrado de la Administración de Justicia o, en su caso, la resolución firme del juez competente de acuerdo con las previsiones de la Ley de Enjuiciamiento Civil. 

Dicho documento debe completarse con el que contenga la aceptación del designado. 

Por su parte el Reglamento del Registro Mercantil en su artículo 243 dispone que: «El nombramiento de liquidadores o interventores se inscribirá en virtud de cualquiera de los títulos previstos para la inscripción de los administradores o en virtud de testimonio judicial de la sentencia firme por la que se hubieren nombrado. Queda a salvo el caso previsto por el artículo 238». Finalmente el artículo 142.1, párrafo segundo, del mismo reglamento dispone: «Si el nombramiento y la aceptación no se hubiesen documentado simultáneamente, deberá acreditarse esta última, bien en la forma indicada en el párrafo anterior, bien mediante escrito del designado con firma notarialmente legitimada». 

Resulta en definitiva que para la toma de razón en el Registro Mercantil del cargo de liquidador designado en procedimiento judicial de jurisdicción voluntaria es preciso aportar al Registro tanto la resolución judicial firme de la que resulte la designación como la de su aceptación, por tratarse de actos que se producen en dicho ámbito en momentos diferentes.

En el supuesto de hecho del presente expediente, la registradora manifiesta en su informe que «existe un error en la redacción de la nota de calificación que se recurre que se notificó cuando estaba sin completar, pero lo que queda claro es que se pide el nombramiento del liquidador porque sólo se ha presentado la aceptación». Sin embargo, en el título presentado en el Registro Mercantil se dice lo siguiente: «Mandamiento (…) Que en este Juzgado Mercantil de Las Palmas se tramita el Expediente de Jurisdicción Voluntaria número 145/2018, en el cual se ha designado como liquidador de la mercantil Procor San Ignacio dos, SL con CIF (…) a Dña. L. L. H., con NIF (…), habiendo aceptado el cargo mediante comparecencia en este Juzgado el día 24/03/2021». Es decir, el título presentado es un mandamiento del que resulta el nombramiento y la aceptación del cargo de liquidador, por lo que el defecto en los términos que ha sido redactado debe ser revocado.

Auto no firme de suspensión de acuerdos sociales adoptados por una junta de una sociedad en liquidación

@thefromthetree 

Una sociedad anónima se encuentra según Registro en estado de disolución con nombramiento de liquidador inscrito. Instada la nulidad de los acuerdos adoptados en la junta general que así lo decidió, la propia sociedad presenta una instancia solicitando que se anote preventivamente en el Registro Mercantil la suspensión de dichos acuerdos por haber resuelto el Juzgado de lo Mercantil que conoce del procedimiento dicha medida cautelar. A dicha solicitud se acompaña copia del auto no firme que contiene la resolución judicial. El registrador suspende la anotación solicitada porque no se acompaña del mandamiento del que resulte la firmeza de la resolución.  

El registrador plantea en su informe la cuestión de la legitimación de los recurrentes al tratarse de dos socios de la sociedad objeto de la demanda los que plantean la alzada, socios que no son los actores en el procedimiento judicial y tampoco los solicitantes del procedimiento registral. 

Los recurrentes entienden que la dicción del precepto reglamentario debe ceder ante la previsión legal del inciso final del artículo 735 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: «Contra el auto que acuerde medidas cautelares cabrá recurso de apelación, sin efectos suspensivos», con lo que la anotación debería practicarse aun sin que resulte su firmeza. Pero esta afirmación no puede ser respaldada por esta Dirección General pues no debe confundirse el plano procesal y el registral... Así resulta de la propia ley procedimental que en su artículo 738 relativo a la ejecución de las medidas cautelares establece lo siguiente en el último inciso de su apartado segundo: «Si se tratare de la anotación preventiva se procederá conforme a las normas del Registro correspondiente». Procede en consecuencia la exigencia de la firmeza de la resolución como hace el Reglamento del Registro Mercantil. Y es lógico que así sea pues como ha quedado expuesto, los efectos de la anotación no son los propios de un asiento provisional que no produce cierre del Registro (como ocurre con el supuesto de anotación de demanda de nulidad del artículo 156 del propio Reglamento del Registro Mercantil), sino que por el contrario causa el cierre frente a cualquier acto que traiga causa del acto suspendido (vid. Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 19 de octubre de 2020). 

Estos efectos, propios de los asientos de inscripción justifican la exigencia de firmeza de la resolución que lo ordene.

 Es la RDGSJFP de 7 de febrero de 2024

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