El caso que da oportunidad a Micheler para hablar la naturaleza jurídica de los estatutos sociales es Hickman contra Kent or Romney Marsh Sheepbreeders’ Association.
Se trata de un litigio relacionado con una entidad registrada como asociación sin ánimo de lucro. Su finalidad era fomentar la cría de ovejas de raza Kent o Romney Marsh, mantener la pureza de esa raza y publicar un registro oficial (llamado flock book) con los ejemplares reconocidos como puros.
Alfred J. Hickman era criador y agente exportador de ovejas Kent. El 12 de diciembre de 1905 se hizo miembro de la Asociación de Criadores de Ovejas Kent o Romney Marsh. El secretario de la Asociación era el señor Chapman, quien además trabajaba como agente de exportación de ovejas, igual que Hickman. De hecho, ambos eran los únicos exportadores dentro de la Asociación, lo que generó competencia directa entre ellos. Chapman también escribía artículos en revistas agrícolas, lo que le daba visibilidad.
Según observó un juez en otro pleito relacionado, Hickman sospechaba que Chapman aprovechaba su cargo de secretario para obtener ventajas en su negocio de exportación Esa desconfianza se convirtió en una enemistad abierta.
El conflicto que originó el caso surgió porque Hickman atravesaba dificultades económicas y llegó a un acuerdo con su cuñado: este compraba ovejas registradas y Hickman las alquilaba para criar corderos. El problema era que el cuñado no era miembro de la Asociación, y las normas establecían que solo los socios podían registrar ovejas, y únicamente las que fueran de su propiedad. Hickman, sin decir que no era dueño, intentó registrar esas ovejas alquiladas. Cuando se descubrió, en marzo de 1914, hubo largas discusiones entre los socios, el secretario (Chapman) y el presidente. Finalmente, el consejo de la Asociación decidió borrar esas ovejas del registro oficial.
Hickman aceptó inicialmente y el 20 de junio de 1914 firmó una disculpa por las críticas que había hecho contra el presidente, el secretario y otros miembros. Pero poco después reanudó sus quejas y llegó a acusar a Chapman de falsificar actas de reuniones.
El 18 de diciembre de 1914 Hickman presentó dos demandas por difamación contra Chapman y el presidente Wheler. Perdió ambas en 1917. Luego, en 1920, inició otras dos acciones contra la Asociación: una alegando que la entidad había apoyado ilegalmente a Chapman y Wheler en el pleito por difamación y que había hecho un pacto ilícito con ellos; la otra, que había sido expulsado de la Asociación de forma ilegal. Estas dos demandas se tramitaron juntas y fracasaron tanto en primera instancia como en apelación.
El caso versa sobre si los estatutos de una asociación (o sociedad) pueden obligar a sus miembros a resolver conflictos mediante los mecanismos como el arbitraje, y por qué esas normas son vinculantes para los socios. Hickman, al hacerse miembro, aceptó esas reglas. Cuando intentó acudir a los tribunales ordinarios sin seguir el procedimiento interno, se planteó la cuestión de si podía hacerlo. El tribunal sostuvo que las obligaciones derivadas de los estatutos son contractuales para los miembros, por lo que deben respetarse.
El juez ponente - Astbury - parte de la section 14 de la Companies (Consolidation) Act 1908, que decía que el memorandum y los articles of association “bind the company and its members as if each had covenanted to observe them”. El “as if” revela que no existe un contrato real entre los miembros de la corporación y ésta; que estamos ante una ficción legal por la que se equipara la relación que surge de la constitución de una corporación y de la adhesión de los asociados o miembros a la que existe entre las partes de un contrato cuyo contenido viene especificado en los estatutos de la corporación. En el caso, eso significa que Hickman y la Association estaban obligados a cumplir con lo dispuesto en los estatutos incluyendo, naturalmente, la cláusula de sometimiento a arbitraje. Ahora bien, también por aplicación de la doctrina contractual sobre la privity of contracts, los estatutos sociales no pueden generar obligaciones para los miembros en su condición de tales (como ganaderos, en este caso, no en su esfera extracorporativa). Si un socio adquiere la condición, por ejemplo, de proveedor o cliente de la sociedad-asociación, lo será en virtud del correspondiente contrato, no en su condición de miembro de la corporación o de los estatutos.
Autores posteriores, cuenta Micheler, como Wedderburn (1957) criticaron la interpretación restrictiva de Astbury J y sostiene que el caso Quin & Axtens Ltd v Salmon demuestra que un socio puede obligar a la sociedad a cumplir los estatutos incluso si eso implica, indirectamente, hacer efectivos derechos que parecen “de outsider” (por ejemplo, el derecho de Salmon como director a vetar ciertas operaciones). Pero no parece haber contradicción entre ambos casos. En Hickman, el socio intentaba ignorar la cláusula arbitral y acudir a los tribunales ordinarios. El tribunal dijo que, como miembro, está obligado por los estatutos. En Quin & Axtens, Salmon demandó como socio para que se obligara a la sociedad a respetar los estatutos que le daban poder de veto en su condición de administrador. No demandó “como administrador”, sino para que la sociedad cumpliera lo dispuesto en los estatutos.
Micheler describe la "corporate constitution" como una evolución del "deed of settlement" por el que se constituía una partnership en el siglo XIX y luego las "companies" en general. Pero esto es simplemente una descripción. Un análisis de la naturaleza jurídica más profundo lleva a considerar que la partnership es un contrato en sentido estricto, basado en el consentimiento de los socios y su contenido (derechos y obligaciones de los socios) es obligatorio. El deed of settlement era el documento contractual que vinculaba a los socios porque la “compañía” no existía como sujeto distinto (no se reconocía personalidad jurídica a la partnership). Cuando la compañía adquiere personalidad jurídica separada (Companies Act 1856) los estatutos dejan de ser un contrato entre socios y pasan a ser reglas organizativas internas que rigen el funcionamiento de la corporación. No son un contrato consensual, sino normas “puestas en vigor” por el acto constitutivo (antes, charter o resolución - act - del Parlamento; luego, inscripción registral). El legislador crea una ficción contractual (Companies Act 1908, s.14; hoy s.33 CA 2006) para explica la fuerza vinculante de los estatutos entre la sociedad y los socios, pero no cambia su naturaleza: siguen siendo normas estatutarias, no un contrato. Ahora bien, en mi opinión, lo que se produce cuando se permite a los particulares constituir corporaciones societarias es que se combina un contrato de sociedad con una organización - reglas para tomar decisiones - de las relaciones entre los socios de carácter corporativo: nace una corporación societaria. Pero el fundamento de la vinculación de los socios sigue siendo contractual en estas corporaciones. Y es "as if" como si fuera contractual - análogo al contractual - cuando la vinculación se funda en que el socio se adhiere a la corporación y ésta, como ocurre con las asociaciones, pero no con las sociedades anónimas o limitadas, se ha constituido a través de un negocio jurídico semejante al que hace nacer un trust o una fundación.
Hickman, al aclarar que la sociedad está vinculada por sus estatutos, es un hito en el derecho corporativo que se desvincula del derecho de sociedades
En realidad, si se interpreta en ese sentido, el caso Hickman sería indicativo de que hay en derecho inglés una diferencia fundamental entre sociedades - partnerships - y corporaciones - companies y associations - en cuanto las primeras carecen de personalidad jurídica separada de la de sus socios y las segundas, en cambio, disfrutan de ella y, por lo tanto, pueden "obligarse" a someterse a arbitraje.
La autora concluye que los estatutos de una corporación son un contrato especial y que su fuerza vinculante no deriva del consentimiento de los members de la corporación, sino de la ley lo que explica la aplicación analógica de las normas sobre contratos. Yo creo que eso es decir "poco". Porque en el caso de una asociación, el que se hace miembro de una asociación, se somete - consiente - a los estatutos cuyo cumplimiento es, a la vez, la garantía de los derechos que le corresponden como socio. Por tanto, los estatutos serán o no contenido contractual en función de que efectivamente podamos decir que los miembros de la corporación son parte de un contrato - de sociedad - o no. No de si han consentido o no los estatutos.
En cuanto a la crítica sobre los derechos de terceros (“outsider rights”), la autora sostiene que si los estatutos fueran un contrato ordinario, en principio podría generar derechos para terceros (outsiders) y estos podrían exigir su cumplimiento. Pero podría hacerlo a través como estipulaciones a favor de terceros. Por eso no es convincente que afirme a continuación que como es un contrato especial y su fuerza vinculante deriva de la ley, su contenido está limitado a la regulación de las relaciones entre socios y entre éstos y la sociedad.
Examina la autora finalmente el caso Privy Council en Tianrui v China Shanshui Cement Group Ltd que es el que sienta la doctrina sobre el proper purpose como una exigencia derivada del deber fiduciario de los administradores de actuar en interés de la csociedad. La ley de sociedades de las Islas Caimán (similar a la inglesa) dice que los estatutos (articles of association) “vinculan a la sociedad y a sus miembros como si cada miembro hubiera suscrito los estatutos y hubiera pactado cumplirlos”. La sociedad emitió nuevas acciones para que las suscribieran partes vinculadas con el socio mayoritario, con el objetivo de reducir la participación de otro socio por debajo del 25%, quitándole así el poder de bloquear acuerdos que requerían de mayorías reforzadas del 75 %. El Privy Council afirmó que como
‘as an intrinsic feature of the contract constituted by the … articles of association, it is implicit that when exercising their powers on behalf of the company the directors will exercise them in accordance with their fiduciary duties, including the duty to exercise powers only for a proper purpose.’
Es decir, que los administradores ejercerán sus facultades conforme a sus deberes fiduciarios, especialmente el deber de actuar con un propósito legítimo. Emitir acciones para cambiar el equilibrio de poder no es un propósito legítimo. Por tanto, el accionista tiene un derecho personal a demandar a la sociedad para impedir o reparar esa actuación.
¿El deber de los administradores tiene origen en los estatutos o en la ley? Micheler dice que en la ley, que la obligación de los administradores de usar sus facultades para avanzar "propósitos legítimos" no deriva de un contrato sino de la ley. Yo sostengo que (i) dado que los particulares pueden constituir libremente corporaciones y (ii) que las corporaciones disfrutan de autonomía (dictarse sus propias reglas), las obligaciones de los administradores y las de los socios así como sus derechos tienen todas un fundamento negocial, no legal. Sucede, como en cualquier contrato, que la ley completa la regulación autónomo-privada.
Micheler, Eva, The Legal Nature of the Corporate Constitution: Hickman v Kent or Romney Marsh Sheedbreeders’ Association Ltd and Tianrui v China Shanshui Cement Group 2025
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