lunes, 11 de febrero de 2019

La agenda del cambio o cómo el PSOE convierte su programa electoral en un documento oficial del Ministerio de Economía


Misa de peregrinos norteamericanos en el Coliseo de Roma en 1927

El documento titulado “Agenda del Cambio” publicado este viernes próximo pasado comienza con una descripción de la situación actual de la economía española. Nada que no conozca cualquiera que lea las secciones de economía de los periódicos.

Respecto de la deuda pública dice lo siguiente:
la deuda pública, tras alcanzar el 100% en 2014, apenas se ha reducido desde entonces, a pesar del dinamismo del crecimiento económico. Ello ha sido debido a una política fiscal acomodaticia y procíclica que, desde 2014, ha ido reduciendo el déficit únicamente por el impacto de los estabilizadores automáticos y que incluso ha resultado en un deterioro del déficit estructural . Tanto la Comisión Europea como el Fondo Monetario Internacional han señalado lo arriesgado de esta estrategia recomendando la adopción de medidas para situar la deuda pública en una trayectoria claramente descendente.
Esto lo dice el mismo gobierno que ha presentado unos Presupuestos (PGE) que obligarán a emitir mucha más deuda para cubrir el espantoso déficit que generan las pensiones y los compromisos asumidos en materia de salarios públicos.

Añade que ha aumentado la pobreza – aunque reconoce que se ha debido al aumento del paro – ¡y cita a Oxfam! (caduta di stile. Oxfam no es una fuente fiable que pueda ser utilizada en un documento gubernamental). Y el cuadro de la pagina 15 es infumable. No cita fuentes de tales afirmaciones que, especialmente las referidas a los efectos de la brecha de género, no se sostienen. 

Lo que dice de la reducción del déficit estructural y de que por primera vez tendremos superavit primario no se lo puede creer la señora Calviño. No creo que se hubiera atrevido a decir tal cosa en un informe para la Comisión Europea. Todos los que han examinado los presupuestos presentados por el Gobierno han concluido que los ingresos están muy inflados y que el déficit supera con mucho el 1,3 % PIB. Basta remitirse a la Autoridad Fiscal Independiente, al Banco de España o a la Comisión Europea. Calviño no debería publicar documentos de este tipo con afirmaciones como la siguiente:
Más allá del ajuste propiciado por el crecimiento económico, se trata de lograr, por primera vez en cinco años, que la política económica contribuya de manera activa a la reducción tanto del déficit público como de la deuda pública mediante un ajuste estructural que refuerce la solidez de las finanzas de cara al futuro.
Está bien la idea de “redirigir” el gasto público, no de disminuirlo. Pero la política de este gobierno ha sido justamente la contraria: sus prioridades de gasto van dirigidas a reforzar la “dirección” del gasto público. Esto es, dar más dinero a los pensionistas y a los funcionarios y a aumentar las subvenciones a los grupos que están mejor. Difícilmente se reducirá la pobreza si el gasto público no redistribuye. Y España es el país de Europa que peor redistribuye a través del gasto público (v., abajo).

La parte de la reforma de la fiscalidad carece de contenido concreto. Se limita a pinceladas muy gruesas (hay que “reformar” el IRPF o adaptar al siglo XXI la fiscalidad).

La exposición de los “puntos fuertes” de la Economía española es igualmente pobre e inconcreta. Se habla hasta de las “smart cities” y se alaba a las PYMEs españolas sin aportar ningún dato que indique en qué se basan las fortalezas de las empresas españolas. El resultado es que las afirmaciones que contiene el texto podrían habérselas inventado o incluirse en cualquier informe semejante de cualquier país del mundo. Es pura cháchara típica de los peores organismos internacionales. Tres párrafos de la p 27
La red de infraestructuras físicas y digitales junto con el importante sector de ensamblaje y componentes automovilísticos, un potente sector empresarial de energías renovables y de gestión y tratamiento del agua, permitiría liderar un proceso de transformación hacia la movilidad sostenible que atraiga inversión, genere nuevos empleos y promueva la reducción de emisiones de CO2 para luchar contra el cambio climático y mejorar la calidad del aire y de vida en las ciudades. También para situarse entre los países líderes de procesos innovadores como los vehículos sin conductor. 
La inversión en salud es un motor de desarrollo que se concreta en indicadores macroeconómicos, como el PIB, el empleo o la productividad, y en indicadores sociales como la esperanza de vida o la reducción de la desigualdad. El Sistema Nacional de Salud tiene una gran capacidad de generar actividad económica con importantes efectos para el sector privado. La calidad de nuestro sector sanitario permite convertirlo en una plataforma de innovación tanto en el ámbito biomédico y farmacéutico como en el digital. 
Igualmente, las necesidades de renovación del parque de viviendas para mejorar la eficiencia energética suponen una gran oportunidad para un sector de ingeniería y construcción líder en el mundo.
Y los tres siguientes parecen sacados de un libro de texto de la ESO (ya saben ustedes qué calidad tienen los libros de texto)
La actividad turística tiene una importancia capital para nuestra economía, como lo prueba el que representa el 12% del PIB y el 14% del empleo, ocupando nuestro país una posición de liderazgo a nivel internacional.
(¡ay el gerundio!)
El sector agroalimentario presenta un enorme potencial para abordar una transformación tecnológica que mejore su competitividad y sostenibilidad, con una mayor eficiencia en el uso de los recursos. Lo mismo ocurre con la costa y los recursos marinos, que tienen un gran potencial de aprovechamiento sostenible en el marco de la nueva economía azul.
(¡ay cuánta “nueva” economía, no vamos a tener colores en el arco iris para nombrarlas!)
Así mismo, los últimos años han demostrado la fortaleza de las empresas de la economía social para mantener y crear empleo estable y de calidad. El cooperativismo, la economía social y el resto de posibilidades que están incluidas dentro de este sector, que representa el 10% del PIB y el 12% del empleo, son elementos importantes para alcanzar una economía más inclusiva y democrática, por tratarse de empresas que generan empleos de calidad y su actividad contribuye a un crecimiento con mayor cohesión social, más sostenible medioambientalmente y con más calidad de vida para la sociedad.
(¡ay qué pena que Fagor haya quebrado y que Eroski esté de capa caída!)

La inclusión de la “brecha de género” entre los “retos” junto a los otros tres (que sí parecen retos serios) es otra caduta di stile producto de la ideología barata que domina a este gobierno.

Las cursilerías abundan (“ante un entorno tan incierto y cambiante como el que vivimos” “apuesta decidida por la I+D+i en tecnologías disruptivas de la información y la comunicación y con alto potencial tractor” como si la Ministra de Economía supiera qué tecnologías serán “disruptivas” y cuáles serán como el polígono Valverde – el que más mete, más pierde –)

Las reformas: educación


En Educación, el Gobierno no propone ninguna reforma de calado en lo que hace a las Universidades. Simplemente, mejorar algunos procedimientos administrativos. Respecto al resto, confunde – como es frecuente en este tipo de documentos – objetivos con medidas y dice, por ejemplo, que una reforma consiste en universalizar la escuela de 0 a 3 años. Eso será un objetivo, no una medida ni una reforma. Lo propio respecto a la reforma de la enseñanza no universitaria. No se hace más que enunciar objetivos.


Medio ambiente

Obviedades afirmadas contundentemente (“la gestión del agua es fundamental”). Lo del transporte, lo podría haber redactado una alumna espabilada de la ESO y lo de la “agricultura biológica” no lo ha revisado un científico. Y, de nuevo, el documento no contiene medidas ni proyectos. Sólo objetivos y gruesas indicaciones de los instrumentos normativos que habría que promulgar para lograr los objetivos. La ausencia de datos específicos es especialmente de lamentar.


Ciencia e I+D


Esta parte es especialmente pobre y está trufada de afirmaciones gratuitas sin apoyo en datos o estudios. Un ejemplo:
Los avances tecnológicos provienen de la investigación básica. A medio y largo plazo introducir tecnología importada no es la solución para modernizar el tejido productivo.
Bueno, no creo que haya muchos ejemplos de países que han alcanzado a los más desarrollados del mundo en los últimos años y que no lo hayan logrado a través de la importación de tecnología que incorporan a los productos que fabrican y que generan, a su vez, innovaciones incrementales. Un documento del Gobierno español no puede tener este nivel tan pobre y poco riguroso de análisis. Miren lo que dice sobre la inteligencia artificial
Finalmente, la inteligencia artificial se apunta como una de las disciplinas (sic) que pueden influir más en el cambio tecnológico y social. Ello exige una estrategia decidida para encauzar el proceso desde el punto de vista científico, empresarial y de retorno a la sociedad. También hay que encontrar un enfoque coherente con respecto al uso público de los servicios en la “nube”.
Y más expresiones de libros de texto de primaria “la industria presenta un importante potencial para reforzarse como motor económico”. ¡la industria! ¡la industria como motor económico! ¡la industria! Y sobre el sector financiero
El futuro del sector financiero va a estar(¡ay! “va a estar” ¡ay!) marcado por los avances tecnológicos, cuyo desarrollo ofrecerá nuevas oportunidades a consumidores e inversores. Esto supondrá un reto para los reguladores y supervisores, pues deberán acompasar las nuevas tecnologías con una normativa ágil y eficaz, que no lastre las innovaciones financieras, pero garantice simultáneamente la debida protección a los ahorradores y pequeños clientes.
De nuevo el listado de “reformas” son, en realidad, objetivos (rejuvenecer las plantillas de las universidades o digitalizar el comercio. Lo más cursi es lo que quieren hacer con el Turismo: (¡ay! empieza la frase con una preposición)
Con la participación de las Comunidades Autónomas y de los principales agentes económicos y sociales del sector, consolidar la posición del sector Turismo (¡ay! el “sector turismo” ¡ay!) en España basado en la sostenibilidad y en la implementación (¡ay!) de la inteligencia turística (¡ay ay ay!).

Mercado de trabajo


Aquí, el pecado de los autores del documento es mortal. A pesar de su mala fama (de ocuparse de cosas que no importan a nadie), nuestros economistas se han ocupado intensamente y con trabajos de gran calidad (limitados por la escasez de bases de datos) de nuestro mercado laboral. El Gobierno no puede decir cosas como ésta:
Si bien esta dualidad responde a un conjunto de factores, éstos se pueden agrupar principalmente en dos categorías: factores institucionales, relacionados con la regulación del mercado de trabajo español; y, factores económicos, relacionados con el modelo productivo español. Ambos han llevado al empeoramiento de las condiciones laborales de parte de la población, en particular los jóvenes y los niveles salariales más bajos.
No. El modelo productivo español no obliga a la gente a contratar a sus empleados con contratos de una semana de duración. La estructura económica de España no dará para pagar sueldos elevados a la mayoría de los trabajadores, pero no impide que todos ellos tengan un contrato indefinido. Son los incentivos generados por la regulación los que provocan la elevadísima proporción de contratos temporales. Es una falta de honestidad intelectual por parte del Ministerio de Economía recoger en un documento oficial tal afirmación. Pero ya, la siguiente es de traca. Porque a pesar de reconocer la responsabilidad de la regulación en la dualidad del mercado laboral, insiste en mantener el régimen vigente y reforzar aquellos aspectos que favorecen la dualidad. La ministra Valerio sigue sin enterarse de cuál es su función. Sigue creyendo que es una activista sindical y que puede dejar a su suerte (o a que los acoja la beneficencia) a los trabajadores precarios.
En este contexto, a corto plazo se derogarán los aspectos más lesivos de la reforma laboral del año 2012. A medio plazo, se elaborará un nuevo Estatuto de los trabajadores para el siglo XXI, que adapte las reglas al sistema social, económico y productivo actual para compaginar la imprescindible competitividad empresarial en un marco económico y productivo globalizado con la recuperación de los derechos laborales básicos y el papel de la negociación colectiva como elemento de reequilibrio necesario
Todo son objetivos y nada es reformas o medidas. El pavoroso problema de las pensiones ni se aborda en el documento. Se habla de la “seguridad social” y se retuerce el lenguaje para no reconocer que es perfectamente posible que no puedan pagarse las pensiones en su totalidad si algo grave ocurre en la economía mundial y los mercados financieros se ponen “serios” con España y se reduce el apetito por nuestra deuda pública (el déficit del sistema ha sido, en 2018 de casi 20 mil millones de euros. Y otros 20 mil se esperan para el 2019. El déficit del Estado será una ridiculez al lado del de la Seguridad Social). ¿Qué piensa hacer Calviño? Nada. Literalmente, nada (espera que los demás se encarguen: los inmigrantes, las empresas, y los “consensos”)
Junto a la mejora de las condiciones laborales para proporcionar un marco estable y favorable al desarrollo del proyecto vital de los jóvenes, el proceso migratorio ha de encauzarse activamente, actuando en las comunidades de origen y tránsito, así como en la frontera y en nuestro territorio. También hay que aumentar la tasa de actividad femenina y cerrar la brecha salarial, y abordar un proceso de revisión y adaptación de los diferentes parámetros del régimen de Seguridad Social que garantice la sostenibilidad social y financiera del sistema a largo plazo. Las reformas del sistema de Seguridad Social requieren de amplios consensos sociales y políticos para que sean sostenidas en el tiempo. Así, la Comisión del Congreso para el Seguimiento del Pacto de Toledo y el diálogo social proporcionan el marco óptimo para abordar este proceso, que afecta a toda la sociedad y es clave para la justicia intergeneracional.
En fin ¿qué es empleo “estructuralmente” temporal? Se me dirá, por ejemplo, el de un camarero en un chiringuito de playa. No. Si el dueño del chiringuito solo trabaja en verano es que eso le da para comer todo el año, ergo, mientras vuelva el verano, sus empleados pueden ser contratados indefinidamente (aunque haya meses de suspensión del contrato, en su caso). Y si el chiringuito no le da para comer – al dueño – seguramente tendrá un bar o restaurante “de invierno”. De nuevo, no hay empleos que requieran de contratos laborales estructuralmente temporales. Porque la temporalidad en términos jurídicos no tiene por qué ajustarse a la temporalidad del empleo en el sentido de que la tarea a desarrollar tenga una duración preestablecida en el momento de la contratación. 

Lo que se dice sobre la utilización del trabajador “fijo-discontinuo” es de risa. Esa figura existe desde hace la torta de tiempo. Y todo lo demás que se dice, de nuevo, no son medidas. Son objetivos. Lo de las políticas activas de empleo mueve a la risa: la Administración española ha sido incapaz de atender a los menores no acompañados que entran por nuestras fronteras de forma irregular ¿va a ser capaz de “perfilar” (profiling) y “acompañar” a 3 millones de parados?

Lo de la mochila austriaca me parece un bluff. El único efecto que puede tener tal cosa es una reducción de los salarios que se llevan los trabajadores a casa. No sé cómo piensan venderlo. Pero ya lo que se dice sobre un nuevo estatuto de los trabajadores debería darles vergüenza ajena (¿lo habrán copiado del programa electoral del PSOE?)
En concertación con los agentes sociales se elaborará un nuevo Estatuto de los Trabajadores que compagine el reconocimiento de nuevos derechos de los trabajadores propios de la realidad económica, social y laboral del siglo XXI, con la necesaria competitividad empresarial y el papel de la negociación colectiva como elemento de reequilibrio necesario.

Pobreza (que en el PSOE llaman desigualdad)


Empieza engañando (vía endulzamiento)
la labor redistributiva del Estado ha sido claramente insuficiente para contener el aumento de desigualdad de rentas en nuestro país.
Es mucho peor como se ve en este gráfico. Antes de las transferencias, la tasa de riesgo infantil en España está en la media. Después de las transferencias, por encima de la media. Nuestro Estado del Bienestar redistribuye a favor de los que están mejor.



No. La labor “redistributiva” del Estado ha contribuido a aumentar la desigualdad en lugar de reducirla.

Luego una lección de libro de texto sobre “Demografía española”; los lugares comunes – ayunos de pruebas – sobre la “brecha de género” y el “techo de cristal” y se acabó. Ni una palabra sobre cómo se va acabar con la vergüenza que es el nivel de pobreza infantil. Se dedica mucho más a la brecha de género y a la discriminación femenina hasta el punto de que la medida estrella es la creación de una “Oficina Estatal de Lucha contra la Discriminación en el empleo y la ocupación” (¿qué añade “la ocupación” a “el empleo”? ¡ay que me temo que es una traducción del catalán, son así de cursis!). Lo de la despoblación se resuelve creando más oficinas públicas que se dedicarán a “acompañar” (¿se puede ser más cursi?):
acompañar a las personas o empresas que quieran instalarse en la zona, facilitándoles todos los contactos y la mediación en el proceso; impulsar “Espacios de Innovación Rural” así como el emprendimiento, formación y asistencia para la mujer en el medio rural, que faciliten su incorporación al mercado laboral, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, y su capacitación en la creación de empresas.
La parte más elaborada es la última “Progresar hacia una administración más eficiente al servicio de la ciudadanía” donde se contienen medidas concretas con plazos concretos de implantación (“Carpeta ciudadana” o base de datos que contenga todos los expedientes en los que es parte un ciudadano). Lo que se dice sobre la “arquitectura institucional” es compartible en buena medida aunque falta mucho detalle. Lo que no se entiende es que este Gobierno diga estas cosas “reforzar la independencia y profesionalidad en los nombramientos de los altos cargos de organismos reguladores” y haya nombrado a amigos del presidente para todos los puestos en los que el presidente del gobierno puede influir en la elección. Desde Correos al CIS pasando por Red Eléctrica Española, AENA o Paradores.

En general, se confirma, en todo caso, que estamos más ante un programa electoral que ante un auténtico libro blanco de las reformas que necesita España en el medio y largo plazo. Es muy triste comprobar qué poco trabajo tiene este documento detrás. Qué poca cantidad de “cerebro” se ha invertido en su elaboración y redacción. Qué poco cuidado en la presentación formal (lenguaje, cita de fuentes, gráficos…) y qué pocas aportaciones de los que saben de cada uno de los temas.

Documentos generales o de conjunto sólo pueden publicarse tras haber elaborado documentos parciales que estudien en profundidad sectores determinados de la Sociedad o de la Economía y que, a partir del diagnóstico, dibujen objetivos y diseñen las medidas concretas que se han de poner en marcha para alcanzar tales objetivos. Eso requiere, como mínimo, examinar las que hay ya en vigor, evaluarlas y extraer enseñanzas. No puede repetirse una y otra vez que hay que desarrollar políticas activas de empleo, por ejemplo, o implantar un sistema dual en la formación profesional o reducir el número de contratos laborales sin explicar qué ha pasado desde la última vez que el Gobierno dijo que había que hacer tales cosas.

viernes, 8 de febrero de 2019

La traición del PSOE (de Sánchez)


Tras un par de días recopilando información, creo haber entendido de qué va la mesa de partidos para la que la vicepresidenta del gobierno ha aceptado que incluya un “relator”. Si estoy en lo cierto, se trata de organizar reuniones periódicas entre los partidos que forman parte de la “coalición de la moción de censura” y que incluye notoriamente a Podemos y a los partidos separatistas (no hay ya partidos nacionalistas que no sean separatistas).

¿Por qué habría de importarnos al resto de los españoles lo que hagan los partidos de la coalición de la moción de censura? No debería importarnos en absoluto si en esas reuniones no participara el Gobierno de la nación. Hablaran de lo que hablaran. Pero si participa el Gobierno de la nación, entonces, ha de importarnos y preocuparnos.

Sin el Gobierno por medio, es fácil adivinar de qué van a hablar en esas reuniones: de cómo terminar con los arreglos territoriales y de forma de Estado de la Constitución de 1978. Es legítimo que lo hagan. Es lo que viene proponiendo Podemos desde su fundación y es lo que los partidos separatistas consideran el mínimo aceptable para, sobre tal transformación, ejercer el derecho de autodeterminación de sus pueblos y acabar definitivamente con España tal como la conocemos. Lo que chirria es que en esas reuniones y con esa “agenda” el PSOE pueda participar. Y lo que es del todo punto inaceptable es que el Gobierno de la nación tenga nada que ver con tal contubernio.

Porque sin el PSOE en esas reuniones, lo que en ellas se discuta y decida es absolutamente irrelevante. Todos los participantes no representan más de un 20 % de la nación española. Y, como minoría, tienen derecho a existir pero no a que sus deseos se conviertan en ley. Para eso, necesitan al PSOE.

Y aquí es donde se justifica el título de esta entrada: la participación del PSOE en ese contubernio no puede considerarse más que una traición. La participación del gobierno es, simplemente, imposible constitucionalmente. Como he dicho en otra ocasión, esa es una actuación ultra vires. El Gobierno no tiene competencias sobre las materias que se pretenden discutir en esa mesa.

Se me dirá que la “agenda” de esa mesa está abierta y que el PSOE no aprobará nada en esa mesa que sea inconstitucional. Pero, si así son las cosas, ¿qué sentido tiene esa mesa cuando el resto de los que en ella se sentarán han declarado por activa y por pasiva objetivos abiertamente inconstitucionales? Y si la negociación se mantendrá dentro de la Constitución, ¿por qué no se invita a todos los partidos y se ha tramado entre el Govern y el Gobierno nacional? Y si tal es el caso ¿para qué es necesario un foro añadido a las Cortes y al Parlament? ¿Por qué es necesario un foro específico? Quizá, como ha dicho Joaquim Coll, para saltarse la democracia representativa y dar igual valor al voto de los separatistas golpistas y al del PSOE. El PSOE, desde el gobierno, traicionando la democracia constitucional.

Esta mesa de negociación altera cualitativamente los lazos del PSOE de Sánchez con los partidos separatistas: de “acepto sus votos para echar a Rajoy” hemos pasado a “vamos a consensuar un plan de gobierno con contenidos claramente inconstitucionales” y todo ello con con la intervención directa del gobierno separatista de Cataluña y el gobierno de la nación. No me digan que no es para llamar traidor a Sánchez. Claro, salvo que se trate sólo de un paripé para engañar a los separatistas catalanes. Pero no creo que sean tan tontos o, por lo menos, no deberíamos tener que aceptar que son tan tontos cuando son Sánchez y Calvo los que así los califican. 

Canción del viernes y nuevas entradas en el Almacén de Derecho: Cloud Cult. There's So Much Energy in Us




jueves, 7 de febrero de 2019

Dietrich E. Vollrath sobre instituciones y desarrollo económico



Una crisis óptima es una crisis suficientemente profunda como para generar cambios y no tan profunda como para destruir los medios que nos  permitan salir de ella
Hirschman

Un buen ejemplo es el trabajo de Lakshmi Iyer sobre si la dominación británica directa en la India tenía efectos distintos a la dominación indirecta (aquella en la que el rajá o gobernante local seguía gobernando la zona pero sometido a los británicos). La autora argumenta que esta es una variación plausiblemente aleatoria porque caían bajo gobierno directo de los ingleses los territorios cuyo gobernante local moría sin herederos. Si transcurría un tiempo determinado, los británicos tomaban el control directo. Por el contrario, en las áreas donde existía un heredero, su control y gobierno era indirecto. Con este tipo de variación cuasialeatoria en las instituciones, la autora puede hacer una comparación empírica bien definida. El resultado de su investigación es que las áreas gobernadas directamente por los ingleses tienen menos bienes públicos (escuelas, clínicas, carreteras), incluso hoy en día, que los lugares indirectamente gobernados. 
Esto sólo funciona porque había un colonizador que tenía un nivel de control de la estructura institucional que le permitía desactivar las instituciones locales autóctonas (las cuales podrían haber resuelto el problema de la falta de hijos del rajá utilizando la adopción o cualquier otro medio para elegir a un  sucesor). Este mismo tipo de lógica está presente en muchos otros trabajos sobre los efectos de las diferencias institucionales que se han publicado recientemente. Al aprovechar el poder de los colonizadores sobre una colonia dada, podemos ver algún tipo de variación exógena clara en la estructura institucional que de otra manera estaría correlacionada con las inobservables… 
Es decir, un objetivo común en estos trabajos es establecer que persisten diferencias aún hoy en los niveles de vida asociadas con diferencias en las instituciones históricas. Ese es el propósito del documento de Dell sobre la mita minera, y el propósito del documento de Iyer sobre el dominio británico en la India… 
Las instituciones que estudian estos autores ya no existen, por supuesto. Así que el hallazgo de que la mita o el gobierno directo británico en su momento tiene efectos negativos sobre el nivel de vida actual no es una afirmación sobre los efectos directos de esas instituciones sobre las poblaciones contemporáneas sino (sólo)… que el retraso de estas zonas se consolida incluso después de que la propia institución sea eliminada (es decir)…  que hay una cierta dependencia del camino (path dependence) en el desarrollo, y que si los efectos son suficientemente intensos, el área no se recupera nunca. Nótese que esto va en contra de nuestras historias habituales sobre crecimiento y desarrollo, donde los shocks negativos tienen efectos temporales y las fuerzas de la acumulación, la recuperación y/o la convergencia hacen que la economía vuelva a la normalidad. 
Si instituciones como la mita o el gobierno británico pueden empujar un área por debajo del umbral más allá del cual no puede recuperarse, entonces las instituciones son importantes para el desarrollo. Y la evidencia parece seguir acumulando que instituciones de varios tipos tienen estos efectos. La conclusión más amplia es que existen umbrales, y eso a su vez significa que la historia es muy importante para el desarrollo. Esto nos da otra razón para mirar hacia atrás en cuanto a las fuentes de desarrollo comparado. 
Además, mientras que la literatura de las instituciones ha sido crucial para probar que existen tales umbrales, eso no debe llevarnos a pensar que sólo las instituciones pueden generar el retraso duradero. Cualquier cosa, desde la geografía a la cultura, podría ser una razón para caer por debajo de tal umbral. No son “las” instituciones o “la” geografía o “la” cultura. Son las instituciones Y la geografía Y la cultura.


The deep roots of development - Part 3

¿Por qué no se equipara el hurto al incumplimiento de contrato?


@thefromthetree

Dice Adam Smith
Vernos privados de lo que poseemos es un mal mayor que sentirnos decepcionados en nuestras expectativas. El quebranto de la propiedad, es decir, el robo y el hurto, que nos quita lo que nos pertenece, son delitos más graves que el incumplimiento de contrato. Éste, simplemente nos desilusiona respecto a lo que esperábamos. Las leyes más sagradas de la justicia, por lo tanto, aquellas cuya violación parece llamar más intensamente a la venganza y al castigo, son las leyes que protegen la vida y la persona de nuestro prójimo.
Esto explicaría por qué el carácter vinculante de los contratos se afianza tan tardíamente en los sistemas jurídicos. Al comienzo, sólo las promesas rodeadas de solemnidades – los contratos formales – generan acción.

martes, 5 de febrero de 2019

La retórica al servicio de la razón


“Para Hobbes, esa certeza última es que, sean cualesquiera que sean nuestros intereses, hay uno que predomina sobre todos ellos y que todos compartimos: el deseo o impulso de autopreservación. Este es algo más que un interés o una <<preferencia>>, es la condición de posibilidad para tener preferencias. Y para acceder a este dato no basta el recurso a una explicación racional. Esta vendrá luego, una vez que hayamos despejado todas las dudas sobre el carácter imperativo de la primera ley de la naturaleza, la que nos conmina a buscar la paz. Y esto sólo puede conseguirse mediante una persuasión que apele directamente a las pasiones, en particular a la más primaria de ellas: el miedo. O sea, que todo el énfasis se pone en la representación del estado de naturaleza, que en sí mismo es una metáfora más y sirve casi como capítulo-bisagra entre la primera y la segunda parte del libro. Aquí es donde se contiene, a nuestro juicio, junto con la mayestática figura del Leviatán y todas las metáforas que lo acompañan, el principal rasgo <<retórico>> de Hobbes. Más que una instancia de decisión racional, como han afirmado algunos, su descripción parece destinada a hacer posible el que podamos guiarnos por la razón. en ningún otro lugar aparece la prosa de Hobbes con tanta fuerza persuasiva, que se combina, sin embargo, con una implacable cadena de razonamiento lógico. La retórica al servicio de la razón, desde luego. El hilo argumental funciona aquí, además, como verdadera computatio de razones que, in crescendo, hacen casi inexorable el unánime consentimiento final. 
La condición de igualdad, la pareja exposición al riesgo de perder la vida, y la advertencia sobre los riesgos derivados del orgullo y la vanagloria, el vicio de los <<grandes>>, contribuye a afianzar el consenso resultante del cálculo. Todos nos sometemos por igual porque la amenaza nos afecta a todos: la habitual preeminencia social se diluye. En este sentido se podría decir que el miedo en el estado de naturaleza es ‘democrático’. O, como dice Leo Strauss cuando habla de la relación entre razón y pasiones, <<el miedo, o más exactamente, el miedo a la muerte, es la fuerza que hace a los hombres clarividentes (clear-sighted) y la vanidad es la fuerza que los ciega>> Aparte del cambio de estilo con sus anteriores descripciones del estado de naturaleza, la principal novedad que va a introducir Hobbes en el Leviatán es el suplir la <<renuncia de derechos>> y su transferencia al soberano… a favor del concepto de <<autorización>>. En realidad, no cambia la posterior relación de los súbditos con respecto al gobernante, no les dota de nuevos derechos. Pero en los simbólico es importante, les otorga mayor <<unidad>>, el Leviatán se convierte en nuestro <<agente>> – el agente de todos – y sus decisiones pueden entenderse como propias por parte de los representados; el <<principal>> somos todos nosotros. De nuevo nos encontraríamos así con su reiterado énfasis sobre lo que nos unifica y sobre las razones que hacen imperativa la preservación de dicha unidad.


Fernando Vallespín, Política y Verdad en el Leviatán de Thomas Hobbes, Madrid 2019, pp 93-95

“No tomarás la rebus en vano. Usarás las normas sobre interpretación del contrato”. El Supremo acoge ¿por primera vez? la interpretación integradora del contrato




El pleito


Básicamente, las partes acordaron un precio por una vivienda con parcela y aplazaron parte del pago por los líos urbanísticos generados por la gestión de Gil y Gil que hacían prever a ambas partes que hubiera que realizar obras o pagos o entregar terreno al Ayuntamiento para regularizar la situación. La cosa se regulariza y, suponían las partes, que cuando el ayuntamiento lo hiciese en el nuevo plan general, se podría determinar con exactitud el menor valor de la parcela y vivienda por las cargas que el ayuntamiento impusiese en relación con el precio pactado, que lo era “libre de cargas”. El ayuntamiento reordena la zona y fija criterios para determinar las cargas pero no fija cantidades.

El vendedor, no obstante, reclama el pago de la parte aplazada del precio. El comprador se opone. Gana el vendedor pero la Audiencia funda su decisión en la rebus sic stantibus y el Supremo dice que la rebus no va de eso. Pero desestima igualmente el recurso de casación del comprador (le obliga a pagar el precio aplazado) porque tal es el resultado que se sigue de la interpretación integradora del contrato.

El interés del grupo y la rescisión de las garantías en sede de concurso


Aunque hay muchas sentencias del Supremo sobre esta cuestión, la que resumo a continuación tiene interés porque, contra la regla general, considera rescindible una garantía otorgada por una sociedad que, posteriormente, cae en concurso, a favor de otra sociedad con la que estaba vinculada.

La Audiencia de Valladolid había dicho
"[...] la garantía constituida por parte de PROINSA a favor de(l banco que había otorgado) un préstamo otorgado a TECONSA no se contrapone con ningun beneficio, ni directo ni indirecto, de ninguna clase para la garante... No basta con afirmar reiteradamente la existencia de un grupo, y el interés del mismo, para excluir el sacrifico patrimonial injustificado que supone gravar el patrimonio propio del deudor luego concursado, a favor de deudas ajenas, sin que dicho interés de grupo se concrete en algún beneficio preciso, directo o indirecto, para el patrimonio de tal garante. " 
… SAREB habla de que ello contribuyó a la financiación del grupo de sociedades con una línea de crédito de 45 millones de euros, pero choca con la inexistencia de grupo en cuanto a PROINSA, en el concepto legal incorporado a la Ley Concursal, y con la ausencia de prueba sobre la atribución de fondos provenientes de tal financiación directamente a PROINSA, por parte de aquellas sociedades favorecidas con la recepción del préstamo bancario… 
… no se ha acreditado en modo alguno cuál fuera dicho beneficio a favor de PROINSA, que debe derivar de modo directo de la operación por la que se ofrece la garantía contextualmente a la obtención del préstamo por TECONSA, y no de la mera invocación genérica de la posibilidad de continuar contratando con esta última entidad.
El Supremo desestima el recurso de casación y confirma la resolución de la Audiencia con la siguiente argumentación
Para decidir si ha existido o no perjuicio para la masa, cuando se ha ejercitado una acción rescisoria concursal, lo relevante es si ha existido un sacrificio patrimonial injustificado, porque se haya producido una reducción del valor del activo sobre el que más tarde, una vez declarado el concurso, se constituirá la masa activa, que carezca de justificación.
Si lo que pretende rescindirse es la garantía prestada en favor de un tercero, esto es, una garantía de deuda ajena, ha de examinarse únicamente si ha existido algún tipo de atribución o beneficio en el patrimonio del garante, que justifique razonablemente la prestación de la garantía. No ha de ser necesariamente una atribución patrimonial directa como pudiera ser el pago de una prima o precio por la constitución de la garantía. Puede ser un beneficio patrimonial indirecto. Por tanto, lo relevante no es tanto si se cumplen o no los requisitos establecidos en el art. 42 del Código de Comercio para considerar que existe un grupo societario como comprobar si ha existido alguna atribución o beneficio para el garante que justifique el sacrificio patrimonial. 
… La cuestión decisiva, puesto que es la que ha determinado fundamentalmente la decisión de la Audiencia, es la que se plantea en la segunda parte del motivo, esto es, si el interés de grupo justifica el sacrificio patrimonial derivado de la constitución de una garantía real sobre un bien propio para el aseguramiento de una deuda ajena y excluye per se la existencia de perjuicio.

Comunicación de la agravación del riesgo a la aseguradora y error de valoración de ésta



El 21 de diciembre de 2006, Áridos Aguilar S.L. suscribió un contrato de seguro, denominado multirriesgo empresarial, con la compañía de seguros Allianz, S.A. 2.- El 31 de agosto de 2013, personas desconocidas provocaron un incendio en las instalaciones de Áridos Aguilar, que afectó a tres máquinas industriales (dos excavadoras hidráulicas y una topadora) de su propiedad. 3.- Tras la pertinente reclamación, Allianz solo ofertó a su asegurada una indemnización de 8.218,80 €, por considerar que existía un 95,52% de infra seguro en la partida de ajuar industrial…
Áridos Aguilar comunicó debidamente al agente de seguros de Allianz la nueva adquisición de maquinaria y fue la aseguradora quien, al recibir dicha comunicación, consideró inadecuadamente (al parecer, por la mala información suministrada por el agente) que tales objetos debían ser incluidos como "vehículos en reposo" en vez de como "ajuar industrial". 
Ni el agente ni la aseguradora sometieron al tomador un cuestionario en que éste pudiera declarar con exactitud el riesgo que se incrementaba. Frente a esa negligencia de la aseguradora, que debemos calificar como profesional, puesto que es ella quien tiene los conocimientos para incluir en un apartado u otro de la cobertura el tipo de bien asegurado, no cabe apreciar negligencia por parte del tomador del seguro, en esa especie de concurrencia de culpas que estima la Audiencia Provincial, pues ni la tomadora tiene obligación de suplir las omisiones o incorrecciones de la aseguradora en un ámbito, insistimos, que es de naturaleza especial y profesional, ni ha incumplido su deber de comunicar la agravación del riesgo. 
En su virtud, el recurso de casación debe ser estimado, en tanto que la sentencia recurrida se opone a la jurisprudencia de esta sala ( art. 487.3 LEC ), por lo que debe asumirse la instancia y, por las mismas razones, desestimar el recurso de apelación de la aseguradora.

Para convocar válidamente una junta de una sociedad limitada que es una pajolera droguería necesitas un doctorado ¡como poco!

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El caso de la Resolución de la Dirección General de Registros y del Notariado de 9 de enero de 2019

En este expediente debe decidirse si es o no fundada la calificación negativa del registrador Mercantil por la que considera que la forma de convocatoria de la junta general que ha adoptado los acuerdos objeto de la certificación calificada (mediante «entrega en mano de la misma, y acuse de recibo suscrito por cada uno de los socios», según afirma el certificante) no se ajusta a lo establecido en el artículo 14 de los estatutos sociales (mediante «carta certificada con acuse de recibo, cuya remisión podrá hacerse notarialmente, o notificación notarial dirigida a cada uno de los socios»)... 
El recurrente dijo que
la convocatoria llegó a conocimiento de todos y cada uno de los socios, al comunicárseles personalmente, y de forma escrita, la convocatoria de la Junta, cumpliendo dicha convocatoria con todos los requisitos legales, y firmando cada uno de los integrantes de la sociedad el acuse de recibo de dicha convocatoria. Por tanto, la convocatoria cumplió completamente su finalidad, pues todos los socios fueron individual y fehacientemente convocados a la Junta. Es cierto que no se realizó la convocatoria por conducto o carta notarial (este es el modo de convocatoria estatutariamente establecido, y no la carta certificada con acuse de recibo, como erróneamente se señala en la calificación realizada por el registrador Mercantil de Sevilla), pero cuando la filosofía que hoy en día impera en la normativa mercantil es la de simplificar los trámites y abaratar costes, siempre que no se perjudiquen los derechos individuales de los socios, entendemos que la fórmula usada para convocar a los socios cumple su objetivo.

Finalidad concurrencial y relación de competencia en la ley de competencia desleal


Es la Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de enero de 2019  ECLI: ES:TS:2019:140
La sociedad Restaurante Karrika, S.A. desarrollaba un negocio de restauración con esta misma denominación, en un local sito en la localidad de Llodio. Los socios mayoritarios de Restaurante Karrika, S.A. eran los hermanos Eutimio y Feliciano , y el socio minoritario Jesús Carlos . El local en el que se explotaba el restaurante es propiedad de Jesús Carlos , quien lo tenía arrendado a Restaurante Karrika, S.A. En el año 2014 interpuso una demanda de desahucio. Señalada la fecha de lanzamiento para el 21 de octubre de 2014, Jesús Carlos manifestó a algunos proveedores y clientes que el restaurante se iba a cerrar como consecuencia del lanzamiento. Una de las empleadas del restaurante era Cristina , a quien se atribuye una conversación en voz alta haber manifestado también que el local se iba a cerrar. 
Restaurante Karrika, S.A. interpuso una demanda contra Jesús Carlos y Cristina , en la que ejercitaba acciones de competencia desleal, encaminadas a obtener una indemnización del perjuicio sufrido. Los actos que se imputaban a los demandados eran: 
i) que hubieran comunicado a los proveedores y a clientes que el restaurante se cerraría a lo largo de octubre de 2014, lo que era falso; 
ii) enviar al local, el 7 de noviembre de 2014, a cinco cobradores vestidos de torero con intención de hacer notoria una supuesta situación de insolvencia, junto con otros actos difamatorios; y 
iii) haber inducido a un grupo de trabajadores a romper la relación contractual con la sociedad demandante mediante engaño y, en cualquier caso, con intención de causarle graves perjuicios, para eliminarla del mercado. Estos actos se calificaban en la demanda como actos 4 de confusión ( art. 5 LCD ), actos de denigración ( art. 9 LCD ) y actos de inducción a la infracción contractual ( art. 14.2 LCD ).

lunes, 4 de febrero de 2019

Hay que acabar con los contratos temporales



Foto: @thefromthetree

En una entrada de este blog proponía una reforma del Estatuto de los Trabajadores que, simplemente, tuviera por no puesta la cláusula de duración en un contrato laboral. Se pacte lo que se pacte, los contratos laborales son, todos, de duración indefinida. A la vez, proponíamos una regulación flexible de la indemnización por despido. Esta debía de ser equitativa y el juez, el encargado de revisarla si el trabajador la consideraba no equitativa. Para valorar el carácter equitativo, el legislador debería orientar a los jueces fijando una cuantía máxima y unos criterios como la duración del contrato, previsibilidad de su terminación, comportamiento de las partes durante la vigencia del contrato, razones aducidas para la terminación etc que permitieran a éstos determinar si la propuesta del empleador es o no equitativa.

En el trabajo que figura al final de esta entrada, los autores recogen la doctrina y los estudios empíricos disponibles sobre el funcionamiento de lo que llaman “mercados laborales duales” esto es, donde conviven, por un lado, trabajadores que gozan de una elevada protección frente al despido (EPL) en forma de un despido causal, formal y cuantías indemnizatorias elevadas salvo que el empleador logre probar irrefutablemente un incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del trabajador y, por otro, trabajadores sometidos a contratos temporales encadenados con una protección muy baja frente al despido en términos de ausencia de causalidad, carácter automático de la terminación (por llegada del término), desjudicialización (no hay nada que verificar por parte del tercero imparcial que es el juez) y cuantías indemnizatorias más bajas. Como dicen los autores, la judicialización de los despidos es muy costosa en términos de incertidumbre, intervención de abogados y retraso. Me sigue maravillando que buena parte de la doctrina siga considerando compatible con el art. 14 de la Constitución la configuración por el Derecho del mercado laboral como un mercado dual. 


sábado, 2 de febrero de 2019

Liderazgo de precios y colusión tácita




Rodolfo Valentino

Cuando en un mercado oligopolista hay un competidor cuya “potencia” está muy por encima de la de los demás oligopolistas (por ejemplo, en el mercado de los carburantes, Repsol frente a Cepsa y BP) se produce lo que se denomina un liderazgo de precios, es decir, la modificación de precios llevada a cabo por el líder conduce a algunos o a todos los restantes empresarios a seguir esta conducta y a fijar sus propios precios prácticamente al mismo nivel. Esta conducta puede producirse también con carácterbarométrico (Bain): un determinado competidor toma la iniciativa individualmente y es seguido por sus rivales como consecuencia de las inevitables presiones que impone la interdependencia y porque entienden que el líder dispone de superior información y, porque si los clientes del líder son fieles a éste, una diferencia de precios significativa entre el producto del líder y el de los seguidores puede ser entendida por los consumidores en el sentido de que el producto del líder es de una calidad superior, lo que obliga a los seguidores a aumentar también sus precios para que la diferencia no implique “denigración”.  Piénsese, por ejemplo, en el mercado de las revistas del corazón y la determinación del precio por parte de la líder Hola.

En sentido contrario, el problema para los oligopolistas no líderes es que no pueden permitirse abrir una guerra de precios con el líder rebajando agresivamente los precios porque la respuesta del líder bajando igualmente los precios puede ser tan brutal que, a priori, el de menor entidad decida que, cuando no se puede ganar una guerra, lo mejor es no comenzarla. En tales circunstancias, el mercado será muy poco competitivo.

En un oligopolio no cooperativo, lo normal es que haya largos períodos de estabilidad en los precios con guerras de precio temporales. En los períodos de estabilidad, la competencia se desarrolla en torno a factores distintos del precio lo que aumenta la diferenciación de productos y la generación de mercados de competencia monopolística con lealtad a las marcas, lo que, si no está justificado por la existencia de diferentes demandas de los consumidores respecto del producto, abre una oportunidad de negocio para un newcomer que puede provocar la modificación de la estructura del mercado, de nuevo

Gracias a un programa del gobierno australiano para aumentar la transparencia (y, con el objetivo, sin duda de incrementar la competencia en precios) en el mercado local de gasolina, los autores de este trabajo disponían de todos los datos de precios en todas las gasolineras de Perth (Australia) durante una década. Analizándolos, llegan a alguna conclusión interesante sobre la colusión tácita. Y sus conclusiones son que la colusión tácita es hacedera a partir de una situación en la que hay un líder de precios. Los autores han podido probar que la
“empresa dominante usa su liderazgo en precios para crear focos que facilita la coordinación en precios y aumenta los márgenes de beneficios. Además, los líderes de precios realizan experimentos de precios para comprobar cuán dispuestos están los demás a coordinar su conducta, a mandar señales de sus intenciones y a crear una comprensión mutua de una estrategia de precios coordinada entre rivales”
En el estudio, BP, como empresa líder,
“explota su tamaño para señalar el momento y la magnitud de los cambios de precios a sus rivales, y establecer puntos focales para la coordinación de precios. Esta asimetría en el tamaño de las empresas genera efectos coordinados que contrastan con los convencionales. preocupaciones antimonopolio sobre las fusiones que crean empresas simétricas, ya que son las empresas simétricas. las que tienen mayores incentivos para coludir (véase, por ejemplo, Ivaldi et al. 2003). Una consecuencia aprovechable es que las fusiones que generan empresas asimétricas también pueden facilitar la colusión al permitir el liderazgo y la experimentación en materia de precios”.
La doctrina jurídica al respecto puede resumirse diciendo que mientras no haya comunicación directa entre los oligopolistas, la simple coordinación tácita no es punible. Pero, si pudiera probarse que el líder de precios “habla” o se “comunica” con los demás a través de – no palabras sino – los precios que fija cada día y su “mensaje” es entendido por los otros competidores que “contestan” y este “diálogo” es intencional, no debería haber inconveniente para considerar que hay colusión.
Dado que las empresas pueden controlar perfectamente las fluctuaciones de los precios y costes de sus rivales día a día en nuestro escenario, es revelador que BP haya cambiado el mercado a una estructura de precios simple con subidas los jueves y recortes de 2 céntimos por litro. Esto sugiere que las empresas pueden adoptar estructuras de precios sencillas, incluso en presencia de un control perfecto de los precios, porque son fáciles de experimentar y de comunicar a sus rivales. Además, la simplicidad aumenta la transparencia de los precios y reduce el riesgo de que se produzcan errores de comunicación. Esto ayuda a las empresas a identificar las desviaciones de las reglas de fijación de precios, facilitando así los ajustes a la estructura de precios y mejorando su estabilidad... interpretamos varios movimientos del mercado por parte de BP como mensajes. El liderazgo de precios y los experimentos de precios ayudaron a que el mercado evolucionara hacia un punto focal de equilibrio; los aumentos del miércoles indicaban los niveles de precios a los rivales de una semana a otra.

David P. Byrne and Nicolas de Roos Learning to Coordinate: A Study in Retail Gasoline, American Economic Review 2019, 109(2): 591–619

La hipótesis del cerebro cultural


@kokoyart

“El mensaje clave de la Hipótesis del Cerebro Cultural (CBH) es que los cerebros existen principalmente para adquirir, almacenar y  gestionar conocimiento que favorece la adaptación de la especie al medio y que este conocimiento adaptativo puede ser adquirido a través del aprendizaje asocial o social. Los individuos que aprenden socialmente prosperan en un entorno rico en conocimientos (como los que se encuentran en grupos más grandes y los que descienden de antepasados más inteligentes), mientras que los individuos que aprenden asocialmente prosperan en entornos donde el conocimiento es socialmente escaso, o costoso pero se puede obtener a través de esfuerzos individuales. Las correlaciones que se han encontrado en la literatura empírica entre el tamaño del cerebro, el tamaño del grupo, el aprendizaje social, el período juvenil y el conocimiento adaptativo surgen como resultado indirecto de estos procesos. 
La Hipótesis del Cerebro Cultural Acumulativo postula que estos mismos procesos pueden, bajo circunstancias muy específicas, provocar la acumulación de conocimientos y conducir al ámbito de la evolución cultural acumulativa. Estas circunstancias incluyen una fidelidad en la transmisión de conocimientos suficientemente alta, la extensión de la monogamia (que reduce la selección individual); que el aprendizaje asocial efectivo ya haya evolucionado, y que el entorno ecológico ofrezca suficientes recompensas al conocimiento adaptativo”

Michael Muthukrishna ,Michael Doebeli, Maciej Chudek,Joseph Henrich, The Cultural Brain Hypothesis: How culture drives brain expansion, sociality, and life history

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