Osip Mandelstam
Por Mercedes Agreda
Es la Resolución de la DGSJFP de 27 de octubre de 2021
Se rechaza la inscripción del nombramiento de un consejero por no constar su NIE. Como sabéis la para la inscripción del nombramiento de consejeros de nacionalidad extranjera (persona física) es necesario obtener el correspondiente número de identificación de extranjero (NIE), con base en su posible responsabilidad subsidiaria por deudas tributarias (resolución DGRN de 16 de julio de 2012, similar a la resolución DGRN de 18 de enero de 2012). El recurrente alega que dicha exigencia es contraria al principio de igualdad de trato de la normativa europea.
La DGSJFP tras hacer un repaso de la normativa tributaria, concluye que es necesario indicar el NIE del consejero. Respecto al posible trato discriminatorio en aplicación de la legislación comunitaria, o en relación con el funcionamiento de la Administración Tributaria, considera que no es el órgano adecuado para resolverlas.
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