En el caso de autos, las partes suscribieron un contrato de línea de crédito el 25 de enero de 2017 y pactaron un interés remuneratorio del 29,33% TAE según consta en el contrato aportado por la parte demandada que confirma las manifestaciones de la demanda sobre el tipo de interés pactado. En la fecha de celebración del pacto, las estadísticas del Banco de España reflejaban un tipo medio para este tipo de operaciones del 20,7550%, con lo que el tipo de interés pactado según la doctrina expuesta, debe considerarse usurario.
Es la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 26 de julio de 2023.
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