miércoles, 8 de octubre de 2025

Interpretación literal de cláusula penal; acción directa contra la aseguradora y legitimación de terceros para impugnar contratos simulados con causa ilícita


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La STS 4025/2025

«Se conviene resolver el presente contrato para el caso de que la compradora no hubiera cancelado el saldo del segundo préstamo con garantía hipotecaria antes del próximo 14 de mayo de dos mil dieciséis, dando por rescindido la vendedora el presente contrato por incumplimiento de la parte compradora, quedando ambas partes saldadas, sin derecho a pedir ni reclamar nada.»  

El litigio versa sobre la interpretación de una cláusula penal en un contrato de compraventa de finca rústica con cesión de derechos, sobre si la vendedora podía retener las cantidades entregadas a cuenta por la compradora en caso de incumplimiento de esta última. El Tribunal Supremo estima el recurso de casación, revoca la sentencia de apelación y confirma la de primera instancia, al considerar que la cláusula contractual era clara y que la interpretación de la Audiencia Provincial vulneró el artículo 1281 del Código Civil. La sentencia reafirma que, en caso de incumplimiento de la obligación principal por parte de la compradora, la cláusula quinta del contrato permitía a la vendedora resolver el contrato y retener las cantidades entregadas, quedando ambas partes saldadas sin derecho a reclamarse nada.

La STS 4027/2025 

aborda la legitimación activa de terceros para instar la nulidad de contratos simulados o con causa ilícita. En este caso, los demandantes, padres del titular registral de una vivienda, alegan que la propiedad les pertenece realmente y que su hijo, afectado por adicciones, celebró contratos simulados de compraventa y arrendamiento con opción de compra para encubrir préstamos con pacto comisorio. Posteriormente, el supuesto comprador vendió la vivienda a una tercera persona. El Tribunal Supremo estima el recurso extraordinario por infracción procesal, anula la sentencia de apelación que había rechazado la legitimación activa de los demandantes, y ordena a la Audiencia Provincial que se pronuncie sobre el fondo del litigio. 

La sentencia desarrolla una extensa doctrina sobre la legitimación activa en acciones de nulidad, afirmando que cualquier tercero con interés legítimo puede instar la nulidad de un contrato, especialmente cuando se trata de nulidad absoluta por simulación o causa ilícita. El Supremo considera que los demandantes tienen un interés legítimo, dado que han residido en la vivienda durante décadas, que existen indicios de que la titularidad registral era meramente formal, y que los contratos impugnados podrían dar lugar a su desahucio. 

La STS 4028/2025 

trata sobre la acción directa contra la aseguradora de una administración sanitaria cuando esta ha sido previamente exonerada de responsabilidad por resolución administrativa firme. El caso se refiere a una reclamación por daños derivados de una presunta mala praxis médica en el parto de un menor, que resultó con discapacidad. La reclamación administrativa fue desestimada y no se recurrió en vía contencioso-administrativa. Los padres del menor interpusieron entonces una demanda civil contra la aseguradora del Servicio Andaluz de Salud. El Tribunal Supremo estima el recurso de casación de la aseguradora, revoca las sentencias de instancia que habían admitido la acción directa, y desestima la demanda. La sentencia establece que, cuando el perjudicado opta por acudir a la vía administrativa y consiente la resolución que exonera a la administración asegurada, no puede posteriormente ejercitar la acción directa contra la aseguradora en vía civil. El Supremo reafirma que la responsabilidad del asegurado es presupuesto necesario para que exista responsabilidad de su aseguradora, y que la jurisdicción civil no puede revisar actos administrativos firmes. 

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