Peter Clarke
... ni el balance final de liquidación ni los informes sobre las operaciones de liquidación ni la propuesta de reparto de resultados están sometidos a las normas generales sobre presentación de cuentas anuales. Lo único que se exige es: 1.- En relación con el balance final, una síntesis de la situación patrimonial de la sociedad una vez realizadas las operaciones liquidatorias: activo y pasivo en el momento del cierre. Como se indica en la sentencia de la AP de Barcelona de 18 de diciembre de 2013 "no tiene por finalidad recoger las consecuencias de la actividad social desde las últimas cuentas anuales para determinar el resultado". 2.- En relación con el informe sobre las operaciones de liquidación: se deben reflejar todas las operaciones liquidatorias realizadas y sus resultados. 3.- En relación con la propuesta de reparto de resultados: que respete el porcentaje que corresponda a cada socio
Es la Sentencia de la Audiencia Provincial de León de 23 de mayo de 2022
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