viernes, 6 de septiembre de 2024

Productos financieros: Responsabilidad por daños y perjuicios vs. responsabilidad por folleto


foto: JJBOSE 

Por Antonio Cámara

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, núm. 936/2024, de 1 de julio de 2024

El demandante persona física demandó a Banco Santander por una indemnización por daños y perjuicios debido a la pérdida de valor de unos "Valores Santander" que había adquirido en 2007, en el contexto de una oferta pública de suscripción con una opción de canje obligatorio posterior. Tanto el Juzgado de Primera Instancia como la Audiencia Provincial desestimaron la demanda, la primera por considerar que el demandante era un inversor experimentado que conocía los riesgos, mientras que la segunda no entró en el fondo al considerar que la acción era de responsabilidad por folleto y que estaba prescrita. El demandante recurrió al Tribunal Supremo, alegando que la acción era una acción de daños y perjuicios por incumplimiento contractual, que no estaba prescrita.

El Tribunal Supremo concluye que efectivamente era una acción de daños y perjuicios por incumplimiento contractual y no de responsabilidad por folleto. La contratación se dio en el contexto de un asesoramiento del Banco Santander, que según reiterada jurisprudencia es susceptible de generar daños y perjuicios de forma independiente en caso de incumplimiento, por lo que sí cabría en este caso. En consecuencia, consideró que el plazo de prescripción aplicable era el del artículo 1964.2 CC, que se inició el día en que se produjo el canje obligatorio de los valores, y que no había transcurrido en el momento de presentar la demanda.

Por lo tanto, el Tribunal Supremo estima los motivos de casación y devuelve las actuaciones a la Audiencia Provincial para que resuelva el recurso de apelación, sin poder aplicar la prescripción.

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